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OTRA

SOBRE CONSULTA DE DOS PLAZAS DE ÓRDENES

Y QUE CONVENÍA SE DIESE LA PRIMERA AL DECANO DE LA CHANCILLERÍA DE VALLADOLID, Y RESOLUCIÓN DE S. M.

Señor:

En cumplimiento de orden de V. M. y á pedimiento del Marqués de Mirabel, se consultaron dos plazas del Consejo de Ordenes, sobre ellas se hicieron dos consultas, porque en la primera no se había hallado memorial del Licenciado Don Rodrigo Jerónimo Pacheco, y así no se consultó; habiendo llegado después, se hizo consulta á V. M., proponiéndole por el primero para estas plazas, así por su calidad y antigüedad, respecto de hallarse Decano de la Chancillería de Valladolid y Ministro, cuando muchos de los que sirven en ella y otros en esta corte, eran oyentes, como por la buena cuenta que ha dado en todos los puntos que ha tenido y ejemplo de virtud, que es grande la de su casa.

Esto me obliga á representar á V. M., que de las plazas que se proveyeren en Ordenes, se debe á este sujeto la mayor y la primera; demás de que resultaría nota á su calidad, si mereciendo por tantos títulos, se quedase sin esta plaza; y no puede haber otra con que recompensarle, porque su edad y su genio no es para Alcalde ni para Fiscal, y para hacienda hay otros de mayores letras.

Haciéndole V. M. merced de plaza de Oidor, será bueno para la fiscalia Don Antonio de Campo Redondo, recibiéndole por cuenta de años, los que ha servido su padre. V. M. ordenará lo que más fuere servido.-Madrid 5 de Abril 1646.-Sigue la rúbrica.

A la espalda de la última hoja dice lo siguiente:

Señor.-5 de Abril de 1646.-El Presidente del Consejo.Con una consulta de la Fiscalía de órdenes.-Va resuelta como veréis.-Sigue la rúbrica.

OTRA

PROPONIENDO PARA UNA PLAZA DEL CONSEJO DE HACIENDA Á DON MELCHOR DE VALENCIA, Y RESOLUCIÓN DE S. M.

Señor:

Habiendo de vacar plaza del Consejo de Hacienda en la consulta inclusa de plaza de Indias, se puede servir V. M. de proveer en ella al Doctor Don Melchor de Valencia, que va en tercero lugar. Fué Catedrático de prima de Salamanca, de muchas letras cuales son menester para las materias de hacienda, de gran virtud en toda su casa, tan limpio, que siempre ha andado á pie en Granada,, sin coche, sin caballo y sin silla para su mujer; vive con desconsuelo de verse obligado y pospuesto a otros. Parecerá muy bien su provisión.-Madrid 5 de Abril de 1646.-Sigue la rúbrica.

A la espalda de la última hoja dice lo siguiente:

Señor.-5 de Abril de 1646.-El Presidente del Consejo.Con una consulta de plaza de Indias.- Va resuelta como veréis.— Sigue la rúbrica.

OTRA

SOBRE VARIOS PUNTOS, COMO ERAN CORTES,

CORPUS

EXPOLIO DEL CARDENAL BORJA, SITIAL DEL DÍA DEL
Y QUE SALIESE LUEGO EL CONDE DE OÑATE Á SU EMBAJADA
DE ROMA, Y RESOLUCIÓN DE S. M.

Señor:

Antes de partir V. M. escribí á todos los conventos de esta corte, generales y provinciales de todas las Religiones para que, con particulares y continuas oraciones, encomendasen á Nuestro Señor la salud y larga vida de V. M. y sus Altezas, los progre

sos de esta campaña, la paz universal, la reformación de costumbres, la reverencia de los templos, y me diesen los avisos de todo lo que conviniese remediar con la mano superior del Consejo, en cuya ejecución continuaré las instancias dentro y fuera de la

corte.

Agradezcoos esta diligencia que habéis hecho, pues sin duda y la firmeza pura en conseguir lo que deseamos; os encargo se continue esto con loda atención.

He remitido ya todos los despachos de las Cortes á los ciudades que tienen voto en ellas con carta mía, en que va la instrucción y forma con que se ha de disponer el servicio. Voy haciendo el repartimiento entre Ministros, que enviaré á V. M., para que se sirva de remitirle á cada Consejo.

Encargoos el cumplimiento pronto de esto, pues nos hallamos con poco caudal y con mucha necesidad, el para tanto como hay

que hacer.

Su Santidad ha mandado hacer expolio en la hacienda del Cardenal de Borja, en virtud de la bula de residencia que expidió Urbano VIII, en que privó á los Cardenales que contraviniesen en ella de la facultad de testar. En cuya consecuencia, ha embargado la cantidad que tenía en el banco de Florencia, y diciendo á un Ministro del Nuncio la tenía dada á V. M. para empleo, me respondió que se embargaría lo empleado.

Decidme qué os parece se podrá hacer en esto.

Reconociendo el Cardenal había incurrido en esta pena, me dicen pidió á su Santidad el indulto, y aunque se le concedió en cuanto á la absolución, no quiso en cuanto á los bienes. Vea vuestra Majestad si convendrá hacer en esto alguna diligencia.

Lo mismo respondo que en el capítulo antecedente.

El año pasado se sirvió V. M. de remitirme un decreto del tenor siguiente:

Por no haber tomado última resolución en la diferencia que en estos años ha habido entre el Consejo Real de Castilla y el de las Indias, sobre la pretensión que tiene el de Indias de haber de poner sitial en la capilla de la iglesia de Santa María, donde asiste el día del Corpus, me ha parecido se guarde y observe este

año la misma forma y temperamento que el año pasado, de seiscientos y cuarenta y cuatro, mandó ejecutar la Reina, que haya gloria, de que el Gobernador del Consejo de Indias no asistiese en la iglesia, sino que en saliendo la procesión se incorporase en ella; haráse así, sin perjuicio de la pretensión de cada Consejo. Rubricado de la real mano de V. M.-En Zaragoza á 11 de Junio de 1645.

Y aunque no parece hay necesidad de repetirle, hallándose ausente el Conde Castrillo, por si el Marqués de Mirabel quisiere entrar en la pretensión, será más seguro que V. M. le duplique.Madrid 17 de Abril de 1646.-Sigue la rúbrica.

Así lo he mandado.

La falta que hace un Embajador en Roma, mira á la mayor y más importante negociación que tiene V. M.; si el Conde de Oñate no parte luego no podrá entrar en Roma hasta Noviembre. Veo que está muy despacio, porque dice que no le entregan los despachos ni la ayuda de costa. Sírvase V. M. de que se dén órdenes apretadas para todo al Conde, para que salga y para que se le dé pronta embarcación.-Sigue la rúbrica.

He mandado con todo á punto, se despache luego al Conde por Το que importa su asistencia en Roma.-Sigue la rúbrica.

A la espalda de la última hoja, dice:

Señor.-17 de Abril de 1646.-El Presidente del Consejo.Sobre diferentes puntos. Rogativas. Córtes. Expolio. El Cardenal Borja. Sitial del día del Corpus. Embajador de Roma.

OTRA

SOBRE LA COBRANZA DEL REPARTIMIENTO,

CONSIGNACIONES QUE SE HACÍAN Á LOS HOMBRES DE NEGOCIOS,
CARROS QUE SE HABÍAN ENVIADO DE AMBAS CASTILLAS
AL EJERCITO Y LEVAS PARA FLÁNDES,

CON LA RESOLUCIÓN DE S. M.

Señor:

En la cobranza del repartimiento, se continúan generalmente las diligencias, y en esta corte se ha dividido entre los del Consejo y Sala de alcaldes, no sé si el pedir y porfiar ha de bastar, y

el llegar á apremio ha de evitar clamores; mezclarse ha de todo hasta el último esfuerzo.

Juan García de Avila, me ha entregado hoy la orden de vuestra Majestad de 24, en razón de las consignaciones que se dán á los hombres de negocios en este servicio, y luego haré entregar los despachos á cada uno por el Reino.

También me ha traído el Serenísimo Don Gregorio de Tapia, el decreto de V. M. para que se le entreguen cien caballos que montar, por las Ordenes, y luego le hice dar setenta que habían llegado de la Andalucía, y se suplirá el número de otros cuarenta que se esperan cada día.

Por las relaciones de Manuel Pantoja, que fué servido V. M. de remitirme, parece que de los doscientos nueve carros que se han enviado de ambas Castillas al ejército, se han deshecho seis carros para aderezar otros, y esta no es falta de acá, sino de allá; porque es fuerza perezcan los carros sino se adoban, principalmente habiendo caminado en lo más riguroso del invierno, y empezado á traginar tan temprano. La misma razón corre en las treinta y una mulas que se han muerto, y no son muchas para lo que han trabajado, cuando en sólo un viaje se suelen morir muchas más.

La falta de carreteros está considerable, porque de cuatrocientos diez y ocho carreteros, faltan ciento veintidós: hánse despachado órdenes á las justicias de los lugares donde son naturales, para que los prendan y reduzcan, ó envien otros para que sirvan como tienen obligación, de que se enviará aviso al Proveedor general.

Queda en poder de Don Gregorio de Mendizábal la orden que recibo hoy de V. M. para cumplir las levas de Flándes y lo demás que en ella se contiene, á que asistiré en todo lo que pudiere ser de provecho.-Madrid 27 de Mayo de 1646.-Sigue la rú

brica.

A la espalda de la última hoja dice lo siguiente:

Señor.-El Presidente del Consejo.-27 de Mayo de 1646.Sobre diferentes puntos.-Quedo advertido de lo que me decís, y os encargo déis mucha prisa á su ejecución por lo que conviene no

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