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DECRETO DE S. M.

REMITIENDO AL PRESIDENTE UNA REPRESENTACIÓN

DEL GENERAL DE SAN FRANCISCO, Y MANDANDO TUVIESE UNA JUNTA DE HOMBRES GRAVES Y DOCTOS SOBRE CIERTO

INCIDENTE EN EL PUNTO DEL MISTERIO

DE LA PURÍSIMA CONCEPCIÓN

Fray Juan de Palma me ha dado la carta inclusa del General de su religión, Fray Juan de Nápoles, y el papel que va con ésta, en que me representa cómo por la orden de Santo Domingo se ha sacado de la Congregación del Santo Oficio de la general Inquisición de Roma, un decreto sobre el artículo de la Concepción de la Virgen Nuestra Señora, que si se publicase podría ocasionar graves inconvenientes, y porque con particular devoción y afecto he interpuesto mis oficios (como sabéis) con el Papa pasado y el presente, en favor de la opinión piadosa que sobre ello hay para que se determinase, y esta está en mi permanente, he resuelto remitiros dichos papeles porque eligiendo vos las personas que os pareciere más doctos y graves, con quien se pudiera tratar la materia, los llaméis luego, y con atención á ella se confiera la forma en que se podrá acudir á lo que se pide, porque conforme lo que se juzgare (dándome cuenta de ello) resuelva lo que convenga.-En esta conformidad lo ejecutaréis, teniendo entendido que también ha de concurrir Fray Juan de Palma.-Sigue la rúbrica.

En Madrid, á 26 Febrero de 1648.-El Presidente del Consejo.

Señor:

Los padres de la Orden de nuestro patrón Santo Domingo, con el buen celo que tienen de averiguar la certeza y verdad en el misterio de la Concepción de la Virgen Nuestra Señora, dieron algunos memoriales á la Sacra congregación del Santo Oficio de

la general Inquisición de esta Curia, en tiempo del Señor Urbano VIII, de feliz recordación, con tanto silencio y secreto, que no se pudo penetrar en esta agencia. Ahora, fiados en nuestro silencio, sacaron más la cara y presentaron otro memorial, cuya copia remito á V. M., en el cual se alargan con necesidad, descomedimiento é injuria de los Príncipes Xpianos de las universidades, de las Iglesias, de las religiones y puesto cristiano à censuras tan perjudiciales, que ha sido fuerza hacerles rostro para reprimir este orgullo. Aquí en esta Curia nos habemos juntado algunos eclesiásticos para este fin; y para el deseado de la distinción ha parecido sería de importancia que todas las universidades de España escribiesen sobre esto, para lo cual remito á todas copias de los dos mismos memoriales de los Padres de Santo Domingo, para que respondan y escriban conforme lo que del presente se conoce que sería de importancia. También se acordó que se diese cuenta y razón á V. M., como especial patrón de la Cristiandad y singularisimo de la gracia original de la Virgen, para que fuese servido si fuese necesario de interponer su Real Autoridad, para que las universidades escriban en la conformidad de lo que se les envía á pedir en la ocasión presente, y de amparar causa tan justificada, tan pía, tan propia de su real Monarquía; y cosa conforme à la ocurrencia de las necesidades y dificultades que se vayan ofreciendo, de las cuales avisaré á V. M., cuya real persona guarde Nuestro Señor con la felicidad y grandeza que deseo, y la cristiandad ha menester.-Roma, Noviembre 16, de 1647.-Sacra Real Católica Majestad.-Su más humilde vasallo y Capellán.— Sigue la rúbrica y firma.

Señor:

Fray Juan de Palma dice tiene orden de su General, para acudir á los reales piés de V. M. á pedirle su protección y amparo en la causa más justa, más piadosa y grave que se ha podido ofrecer, por tocar y pertenecer á la Concepción Purisima de Maria, Señora nuestra.

Señor: Estando esta causa tan adelante, y en el estado que

V. M. sabe para definirse, pues es así, que por su Real decreto y mandato de V. M. se consultaron el año pasado para este efecto las universidades de estos reinos, las religiones y varones doctos; y habiendo V. M. mandado al Presidente de Castilla formase especial junta de los más graves Teólogos que se hallaban en esta corte, resolvieron se hiciese instancia á Su Santidad para que declarase por misterio de fe el artículo de la Purisima Concepción. Ultimamente sus reinos de V. M., congregados en Cortes con orden de V. M., determinaron enviar comisionados á Su Santidad, en la prosecución de esta causa.

Estando la materia en este estado, la parte contraria ha procurado hacerla dificultosa, intentando enflaquecer los fundamentos más sólidos y eficaces, con que este misterio se hacía próximamente definible, y con la mano poderosa que tiene en la Inquisición de Roma sacaron un decreto clandestinamente, había cuatro años que hoy han publicado con memoriales y defensorios en grande ofensa del caso; el cual decreto, si no se reformase, se perdería cuanto ha ganado la devoción de los fieles con la protección de V. M. y de los Señores Reyes, vuestros progenitores.

La materia es gravísima, puédese temer que si se manifestase causaria gran turbación á los fieles esta novedad. Conviene mucho que se ocurra á este daño con decencia, con autoridad y acierto; pues V. M. se ha servido de tomar tan por su cuenta y á su devoción la defensa de la Concepción Purísima.

Parece que sería medio hábil, que el Presidente de Castilla hiciese junta de las personas más graves que pueden deliberar en esta materia lo más conveniente, y con su acuerdo se eligiese el modo más eficaz para obligar à& Su Santidad á que mande recoger dicho decreto, dejando esta causa en la posesión que goza y que se ha ganado con tantos desvelos y estudios de la piedad católica.

Quedan en mi poder los papeles que ha escrito la parte contraria en defensa de su decreto; el cual ha causado en Roma, en toda la Italia, Francia y en otras provincias de la cristiandad, grande escándalo, sobre que actualmente están escribiendo defensorios en favor de la opinión piadosa. La clemencia de V. M., la piedad de sus reinos en orden á este articulo, es la mejor y más

conocida; y que siendo así debe mostrarse en ocasión tan forzosa. Suplico & V. M. humildemente, en nombre de esta Purísima Señora, ampare y favorezca este intento.

DECRETO DE S. M.

PIDIENDO AL PRESIDENTE DEL CONSEJO

CUANTOS PAPELES Y NOTICIAS TUVIESE CONCERNIENTES AL MISTERIO DE LA CONCEPCIÓN PURÍSIMA, PARA HACER LA CORRESPONDIENTE INSTRUCCIÓN AL EMBAJADOR QUE HABÍA DE IR Á ROMA Á SOLICITAR LA DECLARACIÓN DE DICHO

MISTERIO, Y MINUTA DE LOS PAPELES

QUE DICHO PRESIDENTE LE REMITIÓ

Siendo tan del servicio de nuestro Señor, de su Santísima Madre y mio, continuar las diligencias en defensa de la concesión inmaculada de la Virgen Santísima, tengo resuelto enviar persona. á Roma, que en mi Real nombre solicite esta causa con todo calor; y porque conviene formarle un nuevo papel de apuntamientos de todo lo que será bien lleve entendido y advertido, en orden å tan santo fin; entregándole también una relación histórica de todo lo sucedido, así en la primera Embajada de F. Plácido de Tosantos en tiempo del Rey mi Señor, mi Padre (que esté en gloria), como en las demás que por mi mandado se han hecho hasta hoy; os encargo que para que esta narración se haga muy entera y cumplida, enviéis á mis manos cuanto antes sea posible todos los papeles y noticias que de esta materia tuviéredes, para que con vista de todo se pueda formar una entera noticia, y la persona que fuere á Roma, vaya instruido de los sucesos y lances que ha habido, de los pretextos con que se ha negado lo que se ha podido, de las oposiciones y cautelas de los contrarios, de las dilaciones y sus causas, para que con la experiencia de lo pasado pueda gobernarse prudentemente en lo presente y futuro, huir los inconvenientes experimentados y abrazar los medios más útiles.-Sigue la rúbrica.-En Buen Retiro, à 21 de Junio 1652.-A Don Francisco de Chumacero Carrillo.

Señor:

Por decreto de 22 de este mes, me manda V. M. envie á sus reales manos todos los papeles y noticias que tuviese de las diligencias que se han hecho para que Su Santidad defina el artículo de la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora. Y los papeles son los que se siguen y remito con éste:

Una consulta mia, de 16 de Octubre de 643, respondida de V. M.; con la cual, va el parecer de la junta de Teólogos que se hizo sobre la justificación de este articulo.

Un decreto de V. M., de 11 de Mayo de 644, inserta una copia de carta del Padre Diego de Madueño, de la Compañía de Jesus, sobre esta materia.

Otro decreto de V. M., de 2 de Septiembre del mismo año, para que se vuelva a tratar de este punto, respecto de haber muerto Urbano VIII, que no se mostraba propicio á su difinición, sobre que hice consulta á V. M. en 5, que vino respondida de V. M. y va con este decreto.

Una consulta mía, de 23 de Octubre de 644, respondida de V. M., para que se firme por las universidades el papel que se estaba imprimiendo en comprobación de este artículo.

Otra, de 5 de Noviembre del mismo año, sobre la pretensión que tenia el Obispo de Tortosa de solicitar en Roma esta difinición.

Otra, de 3 de Enero de 645, respondida de V. M., sobre los memoriales de la Inmaculada Concepción y lo que se debe atender en la persona del Obispo de Tortosa para su nombramiento.

Otra, de 7 de Marzo, con un memorial traducido del latín, sobre el artículo de la Inmaculada Concepción y carta del Cardenal Filomarino. A que responde V. M. se ha quedado con el memorial y carta.

Un decreto de V. M., de 14 de Noviembre, con un memorial del Obispo de Tortosa, y consulta mía de 20 del mismo mes.

Queda en mi poder el papel impreso por la junta de Teólogos, que entregaré á quien ordenare V. M., y por tener volumen no va con éstos.

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