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CAMPAÑA DE CATALUÑA DEL AÑO 1644

CONTIENE

LA BATALLA, SITIO Y TOMA DE LÉRIDA Y EL SITIO QUE EL ENEMIGO PUSO SOBRE TARRAGONA SIN CONSEGUIRLA

Recuperado felizmente en la campaña pasada el importantísimo castillo de Monzón por las armas católicas, resolvió el Rey Nuestro Señor (que había asistido á dar calor á esta operación) volver á Madrid á las disposiciones de tantas guerras como fatigaban á toda su católica Monarquía. Dejó en Zaragoza por Presidente de la junta que allí quedaba, al Conde de Monterrey, con asistencia del Conde de Chinchón, del Consejo de Estado, y de Don Fernando Ruiz de Contreras, Secretario del de Guerra, para que tan acreditada y experimentada suficiencia como la del Conde, previniese todo lo tocante al progreso de aquellas armas, en cuanto conviniere á la artillería y su tren, que estaba sin forma de poder exercer, como á la provisión de víveres y conservación del exército, alojándose en el Reino. En todas estas disposiciones obró tanto, que se lucieron bien sus diligencias al servicio de S. M. y á los buenos efectos de la futura campaña.

Después de haber dirigido S. M. las disposiciones convenientes en la Corte volvió á Zaragoza, y llegado allí adelantó con increible celeridad algunas cosas que faltaban de executar. Consultó lo que se había de obrar en esta campaña con Don Felipe de Silva, Capitán general del exército Real, y conformándose con su parecer para la empresa de Balaguer, mandó al Conde de Peñaranda partiese luego á Barbastro, á juntar en aquella ciudad cuanto el cuidadoso desvelo y trabajo del de Monterrey había pre

venido, no fiando de menor autoridad que de Ministro tan grande el acierto. Era lo más esencial la subsistencia del exército, mónstruo que se ha de comenzar á formar por el vientre y tratar de asegurarle el sustento antes de ponerle en exercicio. Executólo todo el Conde, como el Rey lo deseó, con maravillosa prontitud.

Mandó S. M. á Don Felipe de Silva pasase muestra al exército, que le diese una paga y le juntase en paraje donde le pudiese ver cómodamente. Dió órdenes Don Felipe de Silva al Marqués de Mortara, Maese de Campo general. Distribuyólas el Marqués; pasó muestra al exército en un día, y en otro, & 1.o de Mayo, con pocas horas de diferencia le juntó en la campaña de Berbegal, sin que a su práctica del país fuese embarazo el tenerle alojado en distantes provincias. La gente de que se formó este exército, es la siguiente: ocho mil trescientos y cuarenta y cinco soldados; mil y doscientos y nueve Oficiales, y en todos nueve mil y quinientos y cincuenta y cuatro infantes. Soldados de caballería montados, tres mil trescientos y cincuenta y seis; Oficiales, trescientos y setenta y ocho; desmontados, seiscientos y dos, y en todos cuatro mil cuatrocientos y treinta y seis.

«Nos Don Felipe, por la Gracia de Dios Rey de Castilla, de Aragón, de León, de las dos Sicilias, de Jerusalen, de Portugal, de Hungría, de Dalmacia, de Croacia, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y Tierra Firme del mar Occéano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Bravante, de Milán, de Atenas y Neopatria, Conde de Aspurg, de Flándes, de Tirol, de Barcelona, de Rosellón y Cerdaña, Marqués de Oristan y Conde de Goceano. Por cuanto deseamos ver reducidos los vasallos de los nuestros Principado de Cataluña y Condados de Rosellón y Cerdaña á nuestra obediencia y á su entera quietud, y que queden libres de la opresión que padecen de las armas francesas, viviendo en paz, y apartándose del error y confusión que hoy la turba, para cuyo fin solo habemos formado los exércitos

que han entrado en aquella provincia. Y es nuestra voluntad y Real intento usar con ellos de medios de clemencia y benignidad, para obligarles más á que sigan sus propias conveniencias y reconozcan los yerros en que han caído, y las utilidades grandes que se les siguen de reducirse á su obligación y mi obediencia, viviendo en el pacífico gobierno que solían tener, como conviene al servicio de Dios y bien común de todos; y en esta consideración, habemos declarado por diferentes despachos nuestros el ánimo y resolución con que estamos de perdonarlos y recibirlos en nuestra gracia, siempre que como buenos y fieles vasallos se hicieren dignos de ella. Por tanto, por tenor de las presentes, de nuestra cierta esciencia y Real autoridad, deliberadamente y consulta, y usando de nuestra suprema y absoluta potestad, como verdadero y soberano Señor que somos de los dichos Principado de Cataluña y Condados de Rosellón y Cerdaña, ofrecemos perdón general á todos los vasallos y naturales de ellas de cualquier Estado, grado, condición, edad y calidad que sean, y los aseguramos, debajo de nuestra fe y Real palabra, que reducidos á nuestra obediencia como estaban antes, los tendremos por perdonados de todos y cualesquier cargos, delitos y penas que hubieren incurrido por su inobediencia y sedición, y desde ahora para entonces los admitimos a nuestra gracia y ponemos debajo de nuestro amparo y salvaguarda Real; y prometemos olvidar todo lo pasado y tratarlos como buenos y leales vasallos, manteniéndolos en sus haciendas, privilegios, usages, fueros, premacías, capítulos de Cortes, leyes y constituciones de los dichos nuestro Principado y Condados. Y para mayor seguridad, si necesario fuere, desde luego se los aprobamos y los confirmamos; y los conservaremos en paz y quietud con todo nuestro poder y atenderemos á su protección y defensa en todo tiempo. Y mandamos al respetable Don Felipe de Silva, nuestro Lugarteniente y Capitán general en dichos nuestro Principado de Cataluña y Condados de Rosellón y Cerdaña, y á otros cualesquiera Capitanes generales, Cabos y Oficiales de nuestros exércitos, y del que ahora entra en aquel Principado, que tengan entendido nuestro Real ánimo y absoluta determinación en todo lo referido, y que á los lugares que se fueren ro

duciendo á nuestra obediencia voluntariamente, no se les haga daño, molestia, ni mal tratamiento en personas ni en haciendas, en general ni en particular, antes es nuestra voluntad y mandamos que pongan particular cuidado en la observancia de esta orden, y castiguen con severa demostración al que no la guardare, y que así la observen y guarden inviolablemente, y lo hagan observar y guardar sin contravención alguna, si nuestra gracia tienen cara, y en nuestra ira é indignación y en las penas à nuestro arbitrio reservadas, desean no incurrir, declarando, empero, como declaramos, que en este nuestro perdón general, no es nuestra voluntad, ni queremos que hayan de ser comprendidos, ni se comprendan Don José Marguerit, el Doctor Fontanella, José Rocabruna y Francisco Bergos, ni los que hubieren puesto mano en la muerte del Conde de Santa Coloma. Y asimismo queremos y mandamos, en virtud de las presentes, so las mismas penas arriba referidas, y á todas y cualesquier personas, así eclesiásticas como seglares, en los dichos nuestro Principado de Cataluña y Condados de Rosellón y Cerdaña, y fuera de ellos constituidos, que en ellos tuvieren vasallaje, jurisdicción ó dominio civil ó criminal, mero ó mixto Imperio, que no molesten, ni molestar permitan á ninguno de sus vasallos directa ni indirectamente por haberse salido de su obediencia y de la nuestra; y en caso de contravenir (lo que no creemos), mandaremos que se proceda contra las tales personas á la secuestración ó confiscación de sus jurisdicciones, según permitiere el derecho y la justicia. Y notificamos y publicamos á todas y cualesquier personas de dichos nuestro Principado y Condados, que, así como los perdonamos y perdonaremos de buen corazón como padre y Señor natural, y que los ampararemos y defenderemos, y mandamos no sean molestados, como en este nuestro perdón se contiene así, en caso que no quieran gozar de nuestra benignidad y paternal amor, perseverando en su inobediencia, les notificamos y publicamos que mandaremos se proceda contra todos con toda hostilidad, según lo permitieren las leyes de la guerra hasta reducirlos á nuestra obediencia por ser su Señor natural y Príncipe Soberano con titulo de sucesión tan antigua como todo el mundo sabe; protestando delante de Dios Nuestro Señor que

todos los daños, muertes y escándalos que mediaren, cargarán sobre sus conciencias, atento que no les habemos dado, ni ellos han tenido ocasión para salirse de nuestra obediencia, por lo menos que á nuestra noticia haya llegado. En testimonio de lo cual, mandamos despachar las presentes con nuestro sello Real común en el dorso selladas. Dado en nuestra ciudad de Zaragoza á veinticinco días del mes de Abril del año de mil seiscientos y cuarenta y cuatro.-Yo el Rey.»>

Publicado este perdón y Manifiesto, que desde luego se fué esparciendo por Cataluña, el día siguiente, 2 de Mayo, ayudado de los Tenientes de Maese de Campo, General Don Pedro de Valenzuela, Don Gaspar de Mesa y Don Alonso de Garnica, dispuso el Marqués de Mortara los batallones en esta forma:

Don Ferrante Limonti, General de la caballería de Nápoles en el estado de Milán y Gobernador en interin de la de este exército Real. Don Juan de Oto, Comisario general de la Caballería de las Ordenes, y Roque Matamoros, Comisario general de las guardias viejas de Castilla, con veinte batallones, todos de frente en el cuerno derecho y con debida proporción. Asimismo, de frente los tercios españoles de los Maeses de Campo Don Simón Mascareña, Caballero de la Orden de San Juan, Gentilhombre de la Cámara del Señor Cardenal Infante, Teniente Coronel del regimiento de la Guardia de S. M.; Don Nuño Pardo de la Casta, Don Martin de Muxica, Don Esteban de Ascárraga, Don Alonso de Villamayor, Don Francisco Freire. Seguían los regimientos de walones de los Coroneles (1), Calona, del Barón de Brandestral, y los de alemanes de Galaso y Glosflet, Barón de Sabac y Haumel, y los tercios de napolitanos del Barón de Amato, de Frey Tito Brancacho y del Duque de Lorenzana.

En el cuerno izquierdo, Don Carlos de Padilla, Teniente general de la caballería; el Comisario general Andrés de Haro, con la caballería de Rosellón. El Comisario general Blas Janini, con la caballería de Flandes, y el Barón de Brutier, con su regimiento de

(1) Hay un claro en el original.

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