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los de su hijo don Fernando el Emplazado, valiendo los maravedis de don Sancho once dineros cornados ménos tercio, y los de don Fernando seis dineros cornados, el maravedí de don Sancho valia mas que el maravedí de don Fernando veinte y tres maravedis del señor don Cárlos IV, y valiendo el maravedí de don Sancho diez dineros cornados, y el de don Fernando seis, valia el de don Sancho mas que el de don Fernando veinte maravedis del dicho señor.

Real de plata.

429 Del real de plata dexamos probado tratando de la ley de las monedas de plata, que era de ley de once dineros y quatro granos, y de talla de sesenta y seis reales por marco: por lo que solo nos resta que tratar de sus valores y correspondencia con nuestra actual moneda.

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430 Si creemos á don Josef Caballero, el real de plata en este reynado no tuvo mas que un valor, y fué el de treinta y quatro maravedis. (1) » En el reynado del señor don Enrique IV (escribe) el marco de plata de ley de once dineros y quatro »granos valia 2250 maravedis de plata, que hacian 66 reales » seis maravedis de plata. (2) En este tiempo un real de plata cons»taba de treinta y quatro maravedis de vellon, y cada maravedí » de vellon era una parte de treinta y quatro de que se componia »el real de plata; y desde este tiempo no ha tenido mudanza al"guna el número de maravedis de que se compone el real sea de » plata ó de vellon.”

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431 El señor Cantos Benitez le señala el de tres maravedis el de diez y seis. (3) » Este real de plata mantuvo por mas tiempo el precio de tres maravedis novenes, ó quatro reales de » vellon. En este tiempo lo menciona en el reynado de Enrique tercero la Silva Palentina del Arcediano de Alcor, los estatutos » del orden de Santiago del comendador Parra, y el precio que »dió á las monedas Enrique quarto en las cortes de Madrid

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, del año 1462, como se dixo en el capítulo 9. y 10. En este » valor se mantuvo este real de plata hasta las cortes de Madrigal » del año 1476, que los Reyes católicos le diéron el precio de ❞ treinta maravedis de los suyos, que son quince quartos de los » de este tiempo, poco ménos."

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432 Lope García de Salazar, que vivia por aquellos tiempos, no le da el valor que Caballero de treinta y quatro maravedis, ni el del señor Cantos Benitez de tres; sino los de diez y seis, y veinte maravedis, pues como ya tenemos visto afirma : (1) Despues de muerto el rey don Juan, é regnando su hijo don Enrique, fizo enriques de mucho fino oro, é fizo reales de fina plata, é fizo quartos de reales mezclados con cobre, tan gran»des como reales, que quatro de ellos valian de buena ley un »real; é fizo blancas de baxa ley, é valian dos el maravedí: é va»lian los enriques al comienzo á ccx maravedis, é el florin de »Aragon á cv maravedis, é real de plata á xvi maravedis, é »quarto á ш, é corona de Francia, é dobla de Castilla á CLX » maravedis; é por quartos é enriques que se ficiéron en el rey"no por caballeros con licencia del rey por mala ordenanza é de » baxa ley, valiéron los finos gran quantía, que llegó enrique á » CCCXL maravedis, é real á xx maravedis, é quarto á v mara⚫vedis.

número

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433 El Anónimo que citamos al principio de este reynado 5, conviene con Lope García de Salazar en quanto al valor de veinte maravedis, pues al quarto del real le computa en cinco. » Fué (decia) la confusion tan grande, que la moneda de » vellon que era un quarto de real, que valia cinco maravedis, »fecho en casa real con licencia del rey, non valia una blanca, »nin la tenia de ley."

434 Hemos visto ya los valores que señalan al real los autores que tratan de monedas: veamos ahora los que le dan las cortes, ordenamientos, y otras escrituras de aquel tiempo.

435 Segun estas el real tuvo dos computaciones, una con respecto á los maravedis de moneda vieja ó novenes; y otra con respecto á los maravedis de moneda nueva ó de blancas. Valua

(1) Las obras de este célebre escritor existen en la biblioteca de san

dos

Lorenzo el real, y en la de don Luis de
Salazar.

dos del primer modo valió el real constantemente tres maravedis. Estimados del segundo se aprecio en quince, diez y seis, veinte, veinte y uno, veinte y dos, treinta, treinta y uno.

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436 El valor de tres maravedis viejos ó novenes por real de plata le comprueba un libro del monasterio de Oña, que rige desde el año 1455 hasta el de 1482, quando dice: (1) » El lugar » de Liéncres renta veinte y quatro coronas de moneda vieja, » contando el florin en veinte é dos maravedis de moneda vieja, »el franco en treinta é tres, é la dobla é corona en treinta é seis; » la morisca en treinta é siete, é la castellana en treinta é ocho » maravedis; é el real de plata en tres maravedis.

437 El mismo valor le da otro libro de aquel monasterio, que gobierna desde el año de 1460 hasta el de 1497. Así dice en el dicho año de 1460: (2) » Estan arrendados los diezmos de san » Pelayo de Lorza en Redondo por ciento é veinte maravedis de » moneda vieja, pagados en coronas reales é florines, conviene á »saber, las coronas á treinta é cinco maravedis cada una, é los » florines á veinte maravedis, é los reales á tres maravedis."

438 El quaderno del monasterio de Tortoles, del qual dimos razon en el reynado de don Juan el segundo, va conforme con los libros de Oña, pues dice: (3) »Año 1458 Domingo » Martinez debe (4) de la furcion de las casas un real de plata » viejo, que son tres maravedis.............................

66

439 Los fueros de la provincia de Guipuzcoa le valoran tambien en tres maravedis, aunque no se explican con la claridad que quisieramos. (5) »Ordenamos y mandamos que si algun alcalde ó merino, ó corregidor de la provincia oviere menester » ayuda de homes para tomar preso algun malhechor, ó cercar alguna casa, que en el lugar o colacion, ó lugares que por » ellos é por qualquiera de ellos fueren requeridos, sean tenudos » de los dar ::: é si non toviere bienes el tal malhechor para pa» gar la pena de los tales homes, que la dicha provincia se los "pague, é reparta en la primera junta por cada un home un real » de plata, si el dia que así salieren à la noche tornaren á sus

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» casas; é si fasta otro dia de ante de comer tornaren, cinco maravedis de dineros blancos. “

440 Con mas claridad que los fueros de Guipuzcoa se explica la obligacion que hicieron en tres de diciembre del año 1461 los alcaldes, alguaciles, jurados y vecinos de la villa de Capilla estando ayuntados en su concejo en la iglesia de Santiago de ella de pagar á don Alvaro de Estúñiga, conde de Plasencia, y á sus sucesores en cada un año de renta y tributo diez y seis mil novecientos maravedis de moneda vieja por las dehesas de las Yuntas, Piedrasanta y las labores de las del barranco y Berrocal, y y Castillejo: (1) todos pagados en doblas de la banda castellanas, contadas á rason de treinta é seis maravedis de moneda vieja por cada dobla ó en florines de oro á veinte é dos maravedis de mo→ neda vieja por cada florin; ó en reales de buena plata, contados d rason de tres maravedis de moneda vieja por cada real.

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441 Con la misma expresion se explican las cuentas dadas por Juan de Roa en el año 1462 de las rentas que habia admi❤ nistrado de la villa de Cuellar en la partida siguiente. (2) » Mas » para. facer las diligencias en lo del lanzamiento de las pedre»zuelas quince reales, que son quarenta é cinco maravedis de »moneda vieja. (3) “

442 No traemos para comprobar dicho valor otros testimonios por parecernos que los alegados le confirman bastantemente, y no contemplar muy necesaria esta comprobacion respecto que son poquisimas las escrituras del tiempo de Enrique quarto que aprecian el real de plata por los maravedis de moneda vieja

ó de dineros novenes.

443 Que el real de plata valió quince maravedis de moneda nueva ó de blancas en aquel reynado, y que este fué el primer valor que tuvo, lo dicen claramente las cuentas de la cofradía de san Pedro y san Pablo de Burgos, llamada de los trece caballeros, de que hablámos en el reynado de don Juan el segundo, y los libros del monasterio de san Benito de Valladolid en las partidas que ahora trascribirémos.

(1) Archivo de los excelentísimos duques de Bexar.

(2) Existe entre los papeles que los

La

duques de Alburquerque tienen en su
casa palacio de la villa de Cuellar.
(3) Veáse la nota 8.

Año de 1454.

444 La siguiente es del libro de dicha cofradía: (1) » Que »rescibió del censo de la tierra::: cinco reales á dicho precio (á » 15 maravedis)................

Los libros de san Benito dicen así: (2) » Jueves 28 de enero res»cebí del arca treinta maravedis en dos reales de plata :::

Año de 1455.

445 En este año tambien se contó á quince maravedis segun dichos libros, y lo mismo en el año de 1456. Por lo respectivo al primer año dicen los de san Benito: » Martes 18 de febrero resce»bí del arca 100046 maravedis en esta manera, 7800 marave» dis en blancas; mas cinco doblas en 760; mas ocho florines »en 896; mas seis reales en 90 maravedis ; mas 500 marave» dis nuevos ; así son los dichos 100046 maravedis. A 25 de fe»brero rescebí del arca 100624 maravedis en esta manera: vein»te é siete florines é medio, é seis reales é medio, é 7446 mara» vedis medio; ansí son los dichos 100624. Jueves 13 dias de » marzo rescebí del arca 140 maravedis, que les dió el mayordo❤mo en esta guisa ; cincuenta florines á 112, é 8300 maravedis » en blancas, un real en 15 maravedis, 85 maravedis de qua»tro varas de buriel; así son 140 maravedis.

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446 » Por lo respectivo al año de 1456 dicen: Este dicho dia »rescebí del arca dosientos é cinco reales, à quinse maravedis,

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3075 maravedis. 447 Los de Burgos por lo tocante á dichos dos años, y al .de 1457, escriben: »De la tierra de :: de los dichos tres años »cinco reales cada año, contados á quinse maravedis real, son »dosientos é veinte é cinco maravedis."

1457.

448 En este año, como acabamos de ver por la partida an

(1) Existe en su archiao.

(2) Existe en el suyo.

te

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