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á Aparicio dosientos maravedis en ciertas veses; cLx maravedis „é mas que tenia ante ; xxx maravedis para pagar un „real.........cc." Lunes siguiente dí á Alonso para fruta á los pa „ges:: x. maravedis. Mas dí al Judio que fiso las calzas á los „ mozos de Tristan dos reales.......LX maravedis."

479 Las partidas de los libros de san Benito de Valladolid no las damos literales, porque su archivero Fray Mauro Mazon, que es á quien el público debe las muchas que dexamos puestas hasta aquí, no nos las remitió, contentándose con decir, que segun dichos libros no resultaba que el real y las otras monedas hubiesen tenido novedad en este año.

1469.

480 En la villa de Cuellar en 1469 se contó a treinta maravedis, como resulta de la tasacion que hizo Juan Guas, maestro de cantería, de la obra que Pedro Polido habia de hacer en la capilla de san Francisco de aquella villa. (1), Item ha menes

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ter quinientas varas de pendientes, en que vale labrar cada „vara, á medio real, vijd maravedis.“

En Plasencia valió lo mismo segun las referidas cuentas (2).,, Mas

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se le rescibió tres reales que dió á Juan Sanches, vecino de „Riotortillo, que los ovo de haber por dos carretadas de paja „ que traxo para las camas del palacio.......LXXXX. maravedis." 481 Por lo tocante al valor que tuvo en tierra de Ledesma, se halla una partida en la cuenta de los maravedis que se cargáron á Alvar García de Cuenca del pedido é monedas de dicha tierra en el referido año, la qual incorporaremos aquí sin embargo de que no está con toda la especificacion que quisieramos. (3) Recibió mas de mí el contador LXXXVDccccxvj maravedis ,, para enviar al señor duque, los quales le di en vjdxxxvj quar„tos, en CLIIIj enriques, en CXXIIj reales, é medio florin, é „LXvj maravedis, ij cs. en dineros."

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(1) En dicho palacio de los excelentísimos duques de Alburquerque. (2) Archivo de los excelentísimos

duques de Bexar.

(3) En el mismo archivo.

La

1470.

482 La misma falta de especificacion padece la venta que hizo don Pedro Enriquez, adelantado mayor de Andalucía, y señor de la villa de Palenzuela, y doña Beatriz Ribera su muger, vecinos de la ciudad de Sevilla, en la colacion de santa Marina, en la villa de Olivares á 30 de junio del año 1469, á don Juan Ponce de Leon, conde de Arcos de la frontera, señor de Cádiz y de Marihena, de 150 maravedis de juro, demas de los treinta mil que antes le habia vendido en las xabonerías de Sevilla y de su tierra, pues dice que se los vende por docientos y ochenta é cinco mil maravedis desta moneda que se agora usa, los quales nos los dichos vendedores rescebimos de Fernando de Sevilla, contador de vos el dicho señor conde, en ochocientos é treinta é ocho enriques é alfonsies de buen oro é de justo peso, é en trecientos é quarenta é seis quartos, todo del cuño de castillo contado é aumentado, sin mengua, é sin error alguno, que montó los dichos docientos é ochenta y cinco mil maravedis.

483 Por lo respectivo al valor que tuvo el real en este año no tenemos escritura alguna que nos certifique dél; pero si se considera el que se le dió en el año anterior, y el que le da el ordenamiento del año siguiente, podemos presumir que fué su precio el de treinta, ó el de treinta y un maravedis.

1471.

484 En este año expidió el rey don Enrique dos ordenamientos, el uno en Segovia en 18 de abril, y el otro en Medina del Campo á 30 de julio, y en ámbos tasa el real en treinta y un maravedis. El ordenamiento de Segovia dice: (1), Los procurado,,res de las cortes, habida su informacion acordáron, que para me„jor quitar la corrupcion é falsedad de la dicha moneda que fasta „aquí se ha fecho, é se espera que se faria si sobre ello no remediase é proveyese en la manera por ellos acordada, é porque los mantenimientos é mercadurías fuesen reducidos á mas razo

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(1) Véanse al fin de esta demostracion dichos ordenamientos.

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:

,, nables precios é valor, que me debian suplicar é suplicáron ,, que yo mandase que se labrasen monedas de oro, é plata, é

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vellon en las dichas mis seis casas de moneda, conviene á saber,

en las dichas cibdades de Burgos, é de Toledo, é de Sevilla, é ,, Segovia, é Cuenca, é la Coruña, é non en otras partes, las qua

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les dichas monedas se labrasen de cierta ley, é talla, é valor, ,, contenidas en las suplicaciones que por sus peticiones me fué,, ron fechas, las quales por mí vistas tovelo por bien, é mandé, ;, é ordené que en cada una de las dichas mis seis casas de mone,, da se labrasen de aquí adelante las dichas mis monedas de en,, riques, é medios enriques de oro fino, é de reales, é medios ,, reales de plata fina, é de blancas, é medias blancas de vellon, de las quales dichas blancas valan dos un mara,, vedí, segund é por la forma, é manera que por los dichos pro,, curadores me fué suplicado. E mandé, é ordené que cada uno ,, de los dichos enriques que agora yo mando labrar valiesen de ,, la moneda de blancas que yo agora mando labrar quatrocien„tos é veinte maravedis, é la dobla castellana del cuño del rey ,, don Juan mi señor é mi padre trescientos maravedis, é el flo,, rin del cuño de Aragon doscientos ochenta maravedis, é el real „castellano, ansi de los fechos fasta aqui, como de los que yo „ agora he mandado labrar, treinta y un maravedis."

485 La carta de Medina del Campo escribe:,, Don Enrique ,, por la gracia de Dios rey de Castilla::: á los duques, marqueses, ;, condes, perlados:: salud é gracia: Bien sabedes como yo que,, riendo remediar, é proveer á los grandes dampnos, é conside,,rables males que cada uno de vos ha padecido por la mala é ,, falsificada moneda que en estos mis regnos se ha labrado de ,, ocho á nueve años á esta parte, Yo, con acuerdo de los del mi ,, consejo, é de los procuradores de las cibdades, é villas, é lo,, gares de mis regnos, que aquí se nombran, por mi manda,, do mandé que en las mis seis casas antiguas de moneda se labra

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sen las mis monedas de oro, é plata, é de vellon, conviene a ,, saber, enriques, é medios enriques de oro fino, é reales, é me,, dios reales de plata fina, é moneda menuda de blancas, é me 5, días blancas de vellon, de cierta ley é talla, é mandé eso mis„mo que cada un enrique de los que se labrasen valiese quatro,, cientos é veinte maravedis de la dicha moneda de blancas, é

,,са

cada un real treinta é un maravedis de la dicha moneda, é ,, que cada dobla de la banda valiese trescientos maravedis; é ca,, da un florin doscientos é diez maravedis. "

1472.

486 Los libros de cuentas del monasterio de nuestra Señora de Valbuena valuan el real por lo respectivo á este año en treinta y un maravedis, que es el precio que le dan los dos ordenamientos reales del año antecedente. (1),, Item se diéron á Villaandran,, do para cumplimiento de la plata que tenia la casa depositada

دو

de doña Leonor veinte é seis reales é medio, que son.. Dccc„xxj. maravedis é medio. Mas dió el padre abad á Rodrigo ,, Sanches tres reales, que le prestó para ir á Sotosalbos, xcuj. , maravedis."

487 Tambien estiman así al real las cuentas dadas por Simon Ximenez, mayordomo de la villa de Cerezo, que exîsten en su archivo: »mas (dicen) que dí al frayle que predicó un real, y ,, al margen pone XXXI maravedis : " Mas que dí á (2) don Johan el yelsero por cuenta del yelso que truxo para la obra de la iglesia quatro reales, los que saca al margen así: cxxiij ma

دو

ravedis.

1473

488 En 26 de marzo de 1473 expidió el rey don Enrique otro ordenamiento, moderando la estimacion que habia dado à las monedas por los dos que despachó en 1471, y en él dispuso que el real se contase a treinta maravedis: (3) "é mando que la >moneda de oro, é reales, é blancas fechas en qualquier de las >seis casas, que valga, é se tome el enrique viejo a quatrocientos >>> maravedis, é la dobla á trescientos, é el florin á rason de á do> sientos maravedis, é la blanca á dos cornados, é el real á trein»ta maravedis, é non mas. “

489 Y á dichos treinta maravedis se contó el real en el monasterio de Valbuena, como acreditan sus libros de cuentas en las

(1) Archivo de este monasterio.

8

(2) Véase la nota 9.

par

(3) Véase al fin antes de las notas.

partidas siguientes. (1),, Mas pagué á Francisco de Polanco de „Valladolid que él debia del tiempo del Pacífico, de unos cabro„nes que habia comprado, é non vino por ellos, quatro reales » que habia dexado en señal.. cxx maravedis. Item un real que „dí al padre abad quando se fué á despedir á Sotosalbos, para su »costa del camino.. xxx maravedis. Item un real que dí á Frey „Juan de Treviño, quando fué á Sotosalbos para su costa.. xxx »maravedis. Mas dí á Pedro Pañero quando le enviaron á Aran»da para su costa medio real.. xv maravedis.“

: 490 En la ciudad de Murcia no tuvo efecto el ordenamiento, pues á 4 de mayo del año de 1473 en que se expidió, hiciéron recuento de monedas el dean y cabildo de dicha ciudad, y en él valuan al real en treinta y un maravedis.,, Item se falláron mas ,, tres reales castellanos é un maravedí, que montan noventa é ,, quatro maravedis." Llaman á estos reales castellanos para distinguirlos de los reales catalanes, de que hay diferentes partidas en el referido recuento, los que aprecian en veinte y seis y veinte y siete maravedis.

1474

491 En el año de 1474, que fué el último del reynado de don Enrique, el real se computó en Valbuena y Cuellar conforme al ordenamiento del año anterior de 73, esto es, a treinta maravedis.,, Item se vendiéron (dicen los libros de dicho monas,, terio) ciertos añinos:: Recebí dellos un real... xxxmaravedis. 5, Mas al escribano, é al procurador, quando intimáron la apela„cion, un real.. xxx maravedis."

492 La partida que sigue es del memorial de las cosas que el duque (de Alburquerque) mandó traer para los pages, é otras cosas: (2),, Pesaron los clavos de plata:: dos reales é medio-Lxxv

„maravedis."

493 Tenemos descubiertos los valores que dan á el real los Ordenamientos y escrituras de este reynado, y constando por ellas que tuvo muchos, y que el mas subido fué el de treinta y un maravedis, tenemos tambien demostrada la equivocacion de Caballero en señalarle un solo precio, y en decir que este fué el de trein

(1) En su archivo.

(2) Palacio de los duques de Alburquerque de su villa de Cuellar.

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