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treinta y quatro maravedis. Convéncese asimismo el que dicho escritor se engañó en sentar por cierto que (1) desde este tiempo no ha tenido mudanza alguna el número de maravedis de que se compone el real, sea de plată ó de vellon, pues ni en todo este reynado, ni en el siguiente de los Reyes católicos don Fernando y doña Isabel, hasta las cortes de Medina del Campo del año de 1497, se contó á dicho precio, como manifiestan los ordenamientos hechos por aquellos reyes, y las escrituras de su tiempo que pondrémos tratando de sus monedas.

494 Igualmente se demuestra que dicho escritor no debia haber valuado la moneda de quartillos en ocho maravedis y medio, sino en quatro quando el real valió diez y seis maravedis, en cinco quando se estimó en veinte, en cinco y quartillo quando se contó á veinte y uno, y en siete y medio quando subió a treinta.

495 Por lo que hace al Señor Cantos Benitez se descubre que dicho Señor no alcanzó la distincion de los maravedis viejos ó novenes, de los maravedis nuevos ó de blancas, por cuya razon dió á entender que el real subió en este reynado de tres maravedis á diez y seis, y en el siguiente á treinta; y no es así, sino que todas las alteraciones que padeció el real fueron con respecto á los maravedis de moneda nueva ó de blancas, como probamos tratando del maravedí, y demuestran los ordenamientos reales, pues dicen: (2),, Bien sabedes como conosciendo los graves é intole,, rables males que mis subditos é naturales padecian por la grand ,, corrupcion é desorden de la mala é falsa moneda que en estos ,, mis regnos se ha labrado de algun tiempo á esta parte:: é man

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dé é ordené que cada uno de los dichos enriques que agora yo ,, mando labrar valiesen de la moneda de blancas que yo agora ,, mando labrar quatrocientos é veinte maravedis:: é el real caste„llano ansi de los fechos fasta aquí, como de los que yo agora „he mandado labrar treinta é un maravedis."

496 » Mandé que en las mis seis casas antiguas de moneda >> se labrasen las mis monedas de oro, é plata, é de vellon, con>> viene á saber, enriques, é medios enriques de oro fino, é rea„les, é medios reales de plata fina, é moneda menuda de blan

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>> cas, é medias blancas de vellon, de cierta ley é talla, é mandé "eso mismo que cada un enrique de los que se labrasen valiese >> quatrocientos é veinte maravedis de la dicha moneda de blan>>cas, é cada un real treinta é un maravedis de la dicha » moneda."

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497 Otrosi por quanto por los dichos caballeros é perlados ,, fué notificado al dicho Señor rey que por causa de la moneda „ que su Señoría mandó facer, ha venido é viene muy grand mal é ,, dampno á sus regnos é súbditos, é naturales dellos, ansí por estar „puesta é tasada con mas valor é estimacion de lo que ella vale ,, segund su verdadera ley, é porque por esta causa el oro é las ,,mercaderías son subidas dos tercias ó la mitad mas de lo que ,, valen &c."

498 No se explica con menos claridad Lope García de Salazar en el pasage que copiamos en el número 12, pues decia: >> Despues de muerto el rey don Juan, é regnando su hijo don >>Enrique, fizo enriques de mucho fino oro, é fizo reales de fina plata, é fizo quartos de reales, mezclados con cobre, tan >>grandes como reales, que quatro dellos valian de buena ley "un real, é fizo blancas de baxa ley, é valian dos el maravedí. »E valian los enriques al, comienzo á ccx maravedis, é el florin >> de Aragon á cv maravedis, é el real de plata á xvi marave»dis, é quarto á Huj:: é por quartos é enriques que se ficiéron >> en el reyno por caballeros con licencia del rey, por mala ordenanza, é de baxa ley, valieron los finos gran quantía que llegó >>elenrique á CCCXL maravedis, é el real a xx maravedis..

499 Creemos que son bastantes los testimonios alegados para el pleno convencimiento de que las variaciones del valor del real todas eran con respecto á los maravedis de blancas ó de moneda nueva, y no con comparacion á los maravedis de novenes, ó de moneda vieja; respecto de la qual siempre mantuvo el real el valor de tres maravedis. Sin embargo, para que el lector se instruya mejor, le harémos á la memoria el ordenamiento de don Juan el segundo del año 1442 sobre el labrar de la moneda en las casas de ella, que dice: (1),, Otrosi mandé, é mando á los dichos mis ,, tesoreros que labren en cada una de las dichas mis casas de las

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(1) Está impreso en el apéndice á la crónica del rey don Juan el II.

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monedas, reales, é medios reales, é quartos de reales de plata, ,, á la ley de once dineros é quatro granos, é á la talla de sesenta ,, é seis reales en el marco, que es á la mesma ley é talla que el ,; rey don Enrique mi padre, é el rey don Johan mi abuelo, é

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el rey don Enrique mi bisabuelo, que Dios hayan, mandáron ,, labrar, é labráron reales de plata en sus tiempos, poco mas ó ,, ménos, los quales, antes que yo mandase labrar la dicha mone,, da de blancas en mis regnos, valian á siete maravedis, é á siete „ maravedis é medio, é á ocho maravedis de las dichas „blancas viejas.“

500 Recorramos ahora los documentos que aprecian el real por los maravedis de moneda vieja. Las escrituras, que pusimos en el reynado de don Enrique tercero (1), todas unanimemente convienen en que tres maravedis de dicha moneda hacian un real de plata. El arrendamiento de santa Olalla de Liéncres, hecho en 22 de junio del año 1408 por don Sancho, abad de San Salvador de Oña, á Gonzalo Fernandez, que copiamos en el reynado de don Juan el segundo, dice lo mismo (2),, por seis,, cientos é setenta maravedis de renta de moneda vieja, en plata ó en oro. El real en tres maravedis: el florin en veinte é dos maravedis: el franco en treinta é tres, é la dobla castellana en treinta é ocho."

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501 El libro titulado: De las rentas y gastos del mismo monasterio, que rige desde el año 1455 hasta el de 1482, tratando de san Pelayo de Lorza (hoy Arredondo) dice que por una carta de censo de 16 de enero de 1453 se arrendáron por nueve años los diezmos de aquella iglesia:,, por ciento é veinte marave,, dis de moneda vieja, contando el fiorin á veinte é dos marave,, dis, é el real a tres maravedis." Hablando el referido libro de santa Olalla de Liéncres escribe :,, Renta veinte é quatro coronas , de moneda vieja, contando el florin en veinte é dos maravedis ,, de moneda vieja, el franco en treinta é tres maravedis, é la do,, bla é corona en treinta é seis maravedis, la moresca en treinta é ,, siete maravedis, é la castellana en treinta é ocho maravedis, é , el real de plata en tres maravedis."

(1) Pag. 116, 117, 118 y 119.

(2) Apéndice á la crónica de dicho rey, pág. st. núm. 142.

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502 Otro libro de aquel monasterio intitulado: De las Ren

tas y Memorias, que gobierna desde el año 1460 hasta el de 1497, concuerda con el antecedente De las Rentas y Gastos, pues tratando de los expresados lugares, dice en el año de 1460, que estan arrendados los diezmos de san Pelayo de Lorza,, por ,, ciento é veinte maravedis de moneda vieja, pagados en coro,, nas, reales é florines, conviene a saber, las coronas á treinta é , cinco maravedis cada una, é los florines á veinte maravedis, é „los reales á tres maravedis cada uno." Del lugar de Liéncres expresa: „ Los diezmos del lugar de Liéncres tiénelos Juan Gu,, tierrez por ochocientos maravedis de moneda vieja pa gados en „reales, a tres maravedis el real, puestos en el monasterio. ,, Cumple año de 62."

503 En fin quantas escrituras hemos leido que valuan el real por los maravedis de moneda vieja, otras tantas le computan en tres maravedis. Y esto mesmo observáron los capellanes de coro de la santa iglesia de Toledo en las que tuvieron presentes para el memorial en derecho del pleyto, que siguieron contra el dean y cabildo de dicha santa iglesia sobre la dotacion de sus capellanías, pues escriben en él (1):,, Donde es de notar que desde el >> rey don Pedro hasta el rey don Enrique el quarto, un real de »plata valió tres maravedis viejos, y este fué su justo precio. » Y no obsta, como queda dicho, que en tiempo del rey don >>Enrique el segundo, y en este dicho tiempo del rey don Enri„ que el quarto valiese el real de plata á 16 maravedis blancas, „ porque esta moneda de blancas y blancos se subian y baxaban „ de precio por las necesidades públicas &c."

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504 Teniendo contra sí tantos y tan fuertes testimonios la opinion del Señor Cantos, no será fácil que aquel escritor ni otro por él concuerden como habiendo tenido el real en los reynados de los Juanes y Enriques el valor constante de tres maravedis, pudiese en los mismos haber subido al de diez y seis maravedis, ó como pudo valer diez y seis maravedis por las cortes de Madrigal del año 1476, y al mismo tiempo valer solo tres maravedis, ó como siendo casi siete tantos mayor el florin que el real, podia el real ser casi igual al florin, como es notorio, porque en el sobre

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(1) Página 38. núm. 129.

dicho año de 62 el florin se computaba en veinte y uno y veinte y dos maravedis, y en ciento y tres por las referidas cortes de Madrigal, y el real en tres y en diez y seis. Pero dexémonos de estas implicaciones ú oposiciones, que se hallan en la doctrina del señor Cantos Benitez por no haber llegado á comprehender la distincion de los maravedis de moneda vieja y de moneda nueva, y el exceso del valor que mediaba entre ellos, y veamos otra de sus equivocaciones.

505 En el mismo pasage que transcribimos de él, nos dixo que el real se mantuvo en el valor que le dieron las cortes de Madrid del año de 1462, hasta las cortes de Madrigal del año 1476 en que los Reyes católicos le dieron el precio de treinta maravedis de los suyos, que son quince quartos de los de este tiempo poco mas ó ménos, y por las escrituras y ordenamientos reales hallamos que en el año de 1465 se contó á veinte maravedis, en el de 1468 á treinta, y en los de 1471 y de 1472 á treinta y uno, y en los de 1473 como en el año de 1468. El valor que da al real con respecto á la moneda de su tiempo tampoco le tenemos por cierto, porque entre los reales de Enrique quarto y los de los Reyes católicos no hubo otra diferencia que la de un real en marco, por sacarse de él sesenta y seis reales de los del rey don Enrique, y sesenta y siete reales de los labrados por los Reyes católicos, y aun esta desigualdad no empezó hasta las cortes de Medina del Campo del año 1497, pues hasta ellas corriéron iguales, y valiendo los reales de don Enrique quatro de los del tiempo del señor Cantos Benitez, necesariamente los de los Reyes católicos habrán de valer mucho mas de quince quartos.

506 La descripcion que hace de los reales de plata don Manuel de Lamas, ensayador de los reynos, es la que sigue: (1) Entre las monedas que me ha franqueado don Pedro de Sepúlveda hay un real de plata, que por el anverso representa una P coronada, y la inscripcion en dos vueltas de círculo, que dice: » Do»minus mihi adjutor et ego des-pitiam inimicos meos: y por el >> reverso un castillo y leones á quarteles, una B por señal, y la leyenda: Petrus Rex Castellæ et legionis. Pesa cinco tomines

(1) En la carta que escribió al autor de la demostracion de las monedas

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de don Enrique III, que se halla impresa en dicha demostracion.

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