nifiesta la venta que otorgó Alfonso Lopez en 3 de agosto del año de 1456 á María Diaz, muger que fué de Simon Ruiz, de una tierra de pan llevar en término de Chillaron, surco de tierra de doña María Gonzalez, (1) manceba de don Rodrigo Roys, y las cuentas que se tomáron en 1457 á Diego Rodrigues Daza de las alcabalas de la villa de Roa. La venta dice (2) „por pres»cio de dos mil maravedis: los quales rescebí de vos la dicha Ma"ría en reales é en maravedis de la moneda vieja, que seis cornados viejos, é diez dineros viejos fasen el maravedi." Las cuentas se explican así: (3) » En xxij de mayo pagué de la desco"munion de Alvaro seis maravedis é tres cornados desta mo»neda de blancas.....................VI maravedis medio." دو 197 No traigo otras escrituras en comprobacion de que el cornado fué constantemente en Castilla sexta parte de maravedí, porque las expuestas y las que hemos copiado en otros reynados lo comprueban sobradamente. 198 En los reynos de Leon, Galicia y Principado de Asturias, ademas del cómputo de sexta parte de un maravedí, tuvo el de décima, es decir, que diez cornados hacian un maravedí. Entre otras comprobaciones testifican dicho valor dos escrituras de foro, el uno de una viña llamada la cabana, sita en Cansilvosa, dado en 8 de junio de 1459. por Fr. Fernando, monge del monasterio de San Vicente de Monforte á Alfonso de Neyras y su muger Aldonza Fernandez, en renta anual (4) de un maravedi de la moneda de á diez cornados o maravedi: El otro del lugar de Santa María de Teymil, dado en 16 de febrero del año 1466 por don Alvaro Quiroga, abad del monasterio de San Julian de Samos, á Rodriego Arias en pension (5) de treinta maravedis vellos de dez cornados o maravedi. 199 El valor de estos cornados de á diez por maravedí, y su proporcion con los maravedis de á diez dineros novenes, le explica el señor Cantos Benitez en muchos lugares de su Escrutinio de monedas. En el capítulo VIII tratando de las que labró (1) Véase la nota 5. (2) San Blas de Lerma. (3) En el archivo que tienen los duques de Alburquerque en su villa de Cuellar. le el rey don Sancho escribe: (1) "De don Sancho el IV, hijo » de don Alonso el Sabio, dice su crónica que (2) mandó el rey „labrar una moneda á sus señales que llamáron cornados, cuyo >> valor no fué mas que el de un dinero. Este rey pasó con la mo>>neda de su padre, especialmente con los maravedis blancos in>> feriores (son los novenes) de los quales diez de sus cornados » hacen un maravedí, y ocho forman el sueldo." 200 En el mismo capítulo, número 26 rifiriendo las monedas que acuñó don Fernando el Emplazado, hijo de dicho don Sancho, dice: (3) „En la menor edad de don Fernando el IV. "aconsejáron á la reyna doña María su madre labrase moneda "con que autorizase y socorriese el vacilante reyno de su hi»jo (4). En esta ocasion con acuerdo de los que seguian su par>>tido el año 1297 se labráron cornados y maravedises: los cor>>nados fueron de poco mas valor que los de su padre, porque »ocho de ellos hacian un maravedí de estos segundos blancos "(ó novenes) y los mismos ocho valian diez dineros de la com»posicion de estos segundos blancos. Así consta de la descrip„cion ó libro de las Behetrias, llamado vulgarmente el Becerro, » empezado á ordenar por el rey don Alonso el XI, y fenecido „por su hijo don Pedro. Por varias de sus partidas resulta que »dos de estos cornados valian dos dineros y medio, de lo que „aparece que ocho cornados hacian un maravedi noven de a »diez dineros cada uno, y por consiguiente que cada cornado „ valia cinco maravedis y medio, y octava parte de otro de los de >>este tiempo." En el número 27 dice: "Los maravedises que >> labró el rey dón Fernando en esta ocasion fueron los mismos »blancos inferiores de á diez dineros cada uno, los que empe› záron á llamarse novenes en este reynado." 201 Hasta aquí el señor Cantos Benitez, cuya doctrina es cierta en quanto á que el rey don Sancho acuñó los dineros cornados; y falsa en quanto á que estos eran de menos valor que los que acuñó su hijo el rey don Fernando, pues él mismo opina lo contrario en la respuesta á la peticion II de las cortes (5) de (1) Num. 25. У 59. (3) Num. 26. pág. 59. (4) Pag. 60. Va (5) Estas cortes se publiciron en 1775 por don Ignacio Jordan de Aso, y don Miguel de Manuel. دو Valladolid de la era 1345. Otrosi á lo que me dixéron que "quando llegaba á cada uno de los lugares, é demandaba yan>>tar, que el îmi espensero, é los mis oficiales, que tomaban tanto >>conducho, que montaba de dos mil maravedis arriba, é quan"do yo no iba á los logares, que enviaba demandar los yantares "en dineros. E esto que en contra ficiéron, es contra los priville"gios, que han del rey don Sancho mi padre, é de mí, é que me "pidian mercet, que toviese por bien que quando fuese en los lo>>gares de mis regnos que non tomase por yantar en conducho „mas de seiscientos maravedis, é en los logares do los no fuese „tomar en conducho (1) que los no tomase en dineros, segunt >>dice el ordenamiento que han del rey don Sancho mio padre, é >>confirmado de mí. A esto digo, que tengo por bien de no en"viar demandar los yantares, sino que los tome quando fuere. >>Pero pues tengo por bien de los no enviar demandar, sino que >> los tome en los logares dó fuere, é porque esta moneda que yo >> fiz es menor, que la del rey don Sancho mi padre, é por me fa>>cer servicio tengo por bien, que me den por yantar en los loga»res, dó fuere, daqui á diez años, en cada logar dó fuere, mil >>maravedis, salvo quando fuere en hueste, ó que ficiere costa, ó "estudiese en frontera de los moros, habiendo en ellos guerra, ó "quando la reyna mi muger encaesciere que es razon é derecho." 202 Aunque no tuvieramos otro documento que este solo, él bastaria para convencer la equivocacion del señor Cantos; pero aun hay otros que demuestran lo mismo, y al mismo tiempo quanto era el exceso de unas monedas á otras. El ordenamiento que dicho rey don Fernando hizo en Toledo en 10 de marzo de la era 1343, que corresponde al año de Christo de 1305. da al de su padre la ventaja de casi una mitad mas. (2) " Otrosi (dice), porque me dixéron que los seisenes é cornados, é las "meajas coronadas quel rey don Sancho mio padre mandó facer, "que los sacaban de la tierra, é que los levaban á vender é á fon>> dir á otras partes porque valian mas de ley que esta mi mone"da que yo mandé labrar. Sobresto yo fiz llamar ante mí homes "sabidores de moneda, é acordaron porque la tierra fuese mas "cum (1) Existe en el archivo de la villa de Peñatiel donde le copié, y otra copia me dió don Miguel de Manuel. (2) Cap. 1. fol. "cumplida de moneda, porque aquellos que las tenian demos„trasen é usasen dellas en las compras é en las vendidas, que los »seisenes que valiesen cada uno un sueldo, é los cornados a » quince dineros, é las meajas coronadas á esta razon. E yo >> tengolo así por bien, é mando que vala ansí::: E otrosi man„do que todos los mios pechos, é todas las debdas que deben >> unos á otros, tambien de cristianos como de judios é de mo„ros, que se paguen á esta quantía de diez dineros el marave"di de los que yo mandé labrar, ó seis dineros de los cornados »por maravedi, ó de los seisenes en esta misma manera, con>>>tando el seisen ó sueldo como dicho es." 203 Aun es mayor el exceso que señala la crónica del rey don Fernando á la moneda antigua, ó á la buena moneda respecto de la suya, pues la computa en seis partes de mas valor: las siguientes son sus palabras: (1) » E porque en la villa de Pla>> sencia habia un ome muy poderoso del pueblo, que decian Juan „Fernandez, é habia ahí otro ome que decian Alonso Martinez, >> que era contrario de este Juan Fernandez, mas non era tan po„deroso como él, la reyna envió por este Alonso Martinez, é » vino á ella á Valladolid dó ella era con el rey; entonce habló "con este Alonso Martinez, é mostróle todo este hecho como >>andaba, é díxole que si él podiese guisar con los de Palencia é >> con los de los concejos que ahí eran, que non acogiesen en la » villa al infante don Juan nin á don Juan Nuñez, que por esta » manera ordenarian los de los concejos lo que quisiesen, é serian „guardados de este peligro el rey é ellos : E Alonso Martinez le „dixo que rescelaba que lo non podria facer, ca Juan Fernandez "era muy poderoso en la villa, é que habia por sí todo el pue„blo. E la reyna le dixo que ella le mostraria carrera como lo >>pudiese facer, é él dixo que lo faria luego de buena mientre, é "ella le dixo que sabia el como en las cortes de Valladolid fue„ra ordenado por todos los de la tierra que non diesen al rey por "su yantar mas de treinta maravedis en cada villa de la buena ·»moneda que entonces era que corria ciento é ochenta marave"dis: é que el infante don Juan tomaba agora por yantar en >> cada villa cinco ó seis mil maravedis, é que así lo habia hecho (1) Cortes de don Sancho IV, y don Fernando IV, pág. 31. "en >>en cada lugar donde fuera, é que bien cuidaba que así lo fa»ria, é lo demandaria agora en Palencia quando ahí llegase, é »que por esta manera podria meter á los del pueblo á ser contra >> aquel Juan Fernandez, que era por el infante don Juan." 204 Si el señor Cantos se equivocó en decir que la moneda del rey don Fernando fué de poco mas valor que la de su padre, no procediéron mas advertidos don Ignacio Jordan de Aso y don Miguel de Manuel en afirmar que la moneda deste rey era de cinco partes de ménos valor respecto de la antigua, citando para ello la crónica del dicho don Fernando, por ser manifiesto que esta no declara que el rey labró tal moneda, y sí que los que la acuñáron fueron sus competidores al reyno los infantes don Alonso y don Juan. Así dice el capítulo 9 de dicha crónica, que es el que citan los referidos autores. دو دو 205 „Don Juan Nuñez era en Dueñas, y salió dende, é "fuése para Seron donde era don Alonso, que se llamaba rey >>de Castilla, hijo del infante don Fernando, é desque el in>>fante don Juan que se llamaba rey de Leon, é don Alonso >>que se llamaba rey de Castilla, é don Juan Nuñez que era con >>ellos, vieron que la reyna doña María traia la hacienda del »rey su hijo tan bien y tan cuerdamente, y con tan gran recau>>do, é que tan esforzadamente se paraba contra ellos, é que no >>habian de que se mantener, acordaron de hacer moneda en »nombre é en señal de este rey don Fernando, é que fuese de ménos valor las cinco partes, é en esta manera falsáron la »moneda á este rey, é ellos labráron aquella moneda en estos »lugares que aquí se diran: en Leon, é en Castro Torafe, é en "Dueñas, é en Osuna, é en Deza, é por esta moneda que la»braron en estos lugares, confundiéron toda la buena moneda "de este rey don Fernando; é por esta razon toda la tierra fué "en gran turbamiento: lo uno porque la moneda no la cono>>cian los omes, é lo otro porque pujáron todas las cosas á muy gran precio, en manera que valian al doble de quanto valia la > buena moneda de este rey don Fernando." دو 206 Lo otro que afirma el mismo señor Cantos que el rey don Sancho pasó con la moneda de su padre, especialmente con los maravedis blancos inferiores ó novenes, tiene contra sí el ordenamiento que acabamos de transcribir de su hijo que expresa |