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La libertad civil y el Congreso de Jurisconsultos aragoneses.—28 rs.

OTRAS PUBLICACIONES DEL AUTOR

Discurso leido en el acto de la inauguracion del Ateneo Oscense. Hues-1866.

ca,

Ideas apuntadas en la Exposicion Universal de 1867. Huesca, 1868.

La Vida del Derecho, introduccion al «Ensayo sobre el Derecho consuetudinario,» obra premiada en concurso público en la Universidad central. Madrid, 1876.-16 rs.

Cuestiones celtibéricas: religion. Huesca, 1877.

Derecho Consuetudinario del Alto-Aragon. Madrid. 1880.—16 rs.
Teoría del Hecho jurídico, individual y social. Madrid, 1880.-28 rs.
La Poesía Popular española, y Mitología y Literatura celto-hispanas:
Introduccion á un Tratado de Política racional é histórica sacado

de los Refraneros, Romanceros y Gestas de la Península. Madrid,
4881.-50 rs.

El Comercio español y la cuestion de Africa. Madrid, 1882.—6 rs. Tranvías y ómnibus: estudio de derecho administrativo. Madrid, 4882.-4 reales.

Estudios jurídicos, políticos, económicos y sociales. (En prensa.)

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Decia poco há en la Academia de la Historia un ilustre literato, que la institucion aragonesa del Justicia es de tan conspicua significacion y de tan extraordinaria trascendencia, que constituye una forma peculiar de gobierno; pudiera haber añadido que la única nueva y original que se ha producido en la Historia desde Aristóteles y Ciceron hasta la centuria presente. Pues de igual manera, el aforismo jurídico aragonés standum est chartae como principio generador de toda una legislacion, es de tal virtud y excelencia y envuelve una concepcion tan elevada de la vida, que determina por sí sólo todo un régimen civil enfrente del régimen civil romano, y el único tambien original que registra la historia del derecho positivo desde Justiniano hasta nuestros dias. La libertad civil es todavía un proble ma en la ciencia, pero no lo es en la realidad y en la vida: hace siglos que el legislador aragonés le halló una solucion en aquella famosa observancia: judex debet stare et judicare semper ad cartam et secundum quod in ea continetur, nisi aliquid impossibile vel contra jus naturale contineturin ea.

Mientras los científicos plantean y discuten ese problema en el terreno de la filosofía del derecho, séame lícito indicar algunos de sus términos en el terreno de la prác

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tica, tomando por motivo y por guia la revision crítica que el Congreso de Jurisconsultos de Zaragoza ha hecho de la legislacion aragonesa. Ceñiré mi estudio á muy pocas cuestiones: criterio general standum est chartae; instituciones consuetudinarias; la costumbre como fuente de derecho; consejo de familia; derechos de la mujer casada; adopcion; usufructo foral ó derecho de viudedad; sucesion testamentaria. Y procuraré hacer hablar al Congreso mismo, exponiendo opiniones, reproduciendo discursos ó trascribiendo dictámenes, y reservándome el modesto papel de cronista: únicamente, la falta de documentos y reseñas de sesiones, que no siempre he podido procurarme, y la necesidad de hacer algunas sintesis ó de poner de relieve el lado liberal de tal ó cual institucion, me obliga en alguna ocasion á hablar por propia cuenta.

Me han prestado su cooperacion diversos miembros del Congreso, y muy particularmente los Sres. Polo, Peña, Tapia, Azcárate, Ibarra y Burillo, facilitándome copias de documentos ó de actas y apuntes de sesiones. Obra suya y del Congreso es este libro. A la verdad, para dar noticia cabal de la obra y tendencias de aquella Asamblea, hubiera sido menester añadirle un segundo volúmen, incluyendo en él notables memorias, dictámenes y discursos de los Sres. Guillen, Ripollés, Gil Berges, Marton, Isábal, Peña, Sanchez Gaston y otros, sobre estatutos, capitulaciones matrimoniales, dotes, organizacion de bienes en la familia, suplemento de legítima, sucesion intestada, contratacion, retracto gentilicio, prescripciones y servidumbres; pero no ha sido tal mi propósito, al responder á la invitacion del celoso editor de este libro, ni el tiempo me alcanza ya para ello. En el Congreso han brillado jóvenes aboga dos, escritores unos, profesores otros de la Universidad, á quienes sobran saber y entusiasmo para llevar á cabo ménos fáciles empresas: á su amor por la ciencia y por la pá

tria recomiendo esa publicacion, que no considero desprovista de interés ni de oportunidad.

No quiero cerrar este prefacio sin deplorar vivamente la clausura del Congreso de Jurisconsultos catalanes, del cual pudieron prometerse tanto la ciencia del derecho y las Córtes españolas, juzgando por el gran número de espíritus vigorosos, entusiastas y de elevada cultura científica que se revelaron en sus borrascosas sesiones preliminares, únicas celebradas, en la protesta de 28 de Enero de 1881, y en algun otro documento salido del seno de aquella malograda Asamblea.

Diciembre de 1882.

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