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bados, ó el dia anterior útil, si el sábado fuere feriado, un extracto de los procesos de su resorte que se hayan iniciado en la semana, en el que se expresarán el nombre de los reos que les hayan sido consignados, la fecha de la consignacion, el delito por el que se les procesa, el lugar de su detencionó prision, ó si han sido puestos en libertad provisional ó bajo caucion, y finalmente las diligencias que hubieren practicado y la fecha de la última.

669

Tan luego como se reciban en el Tribunal Superior aquellos extractos, el presidente los mandará pasar al ministro á quien corresponda. A ese efecto, los magistrados de las salas 12 y 2a del Tribunal se turnarán por meses, excluyendo al presidente, para el desempeño de esta comision.

670

El magistrado á quien toque el turno, oyendo verbalmente al Procurador de justicia, á quien citará al efecto, dictará inmediatamente las providencias que creyere convenientes y que fueren necesarias, para evitar que los procesos se retarden.

671

Si el magistrado creyere, en vista de los extractos, que el juez ha incurrido en una falta grave que dé mérito á una responsabilidad, mandará entregar las diligencias al Procurador de justicia para que formule su queja, y de ello dará aviso al presidente del Tribunal, con objeto de que á su tiempo convoque el jurado respectivo. Si no hubiere providencia alguna que dictar, remitirá las diligencias á la presidencia del Tribunal para que se archiven.

672

Los procesados, siempre que consideren que se retardan sus procesos indebidamente ó cuando reciban mal trato de sus jueces, tienen derecho de ocurrir directamente al Tribunal.

673

Tan luego como esa queja sea recibida, se pasará al magistrado en turno, para que si lo creyere necesario y urgente, y acompañado del Procurador de justicia y de un secretario del Tribunal, se presente en la prision, oiga al quejoso y haga que el juez le muestre el proceso, para investigar si el retardo no ha tenido fundamento ó para asegurarse de si es cierto ó no el maltrato que originó la queja. En uno y otro caso dictará las providencias que crea conducentes á poner término al segundo y á violentar la marcha del primero, mandando pasar las diligencias al Procurador de justicia, ó remitiéndolas á la presidencia para los efectos del art. 670.

674

Aun cuando no haya queja de algun procesado, siempre que el Tribunal lo crea oportuno, podrá mandar que se visiten, en los términos de los artículos anteriores, los juzgados del ramo penal para examinar uno ó más pro

cesos.

675

Si al elevar su queja algun procesado, no se limita al retardo en el proceso ó al mal trato del juez, sino que se extiende á los puntos de deben que encargarse las autoridades administrativas, segun lo dispuesto en el artículo 665, respecto de ellos, el magistrado dará la noticia

correspondiente al presidente del Tribunal, para que éste á su vez lo comunique al Gobierno, á fin de que dicte las medidas convenientes para aclarar y remediar el mal.

DE LAS VISITAS DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS.

676

Las visitas de las autoridades administrativas se harán por medio de las juntas de vigilancia de cárceles, donde las hubiere, y donde no, por la primera autoridad política del lugar, acompañada del president, del síndico y de la comision de cárceles del Ayuntamiento.

677

Son obligaciones de las juntas de vigilancia y de las autoridades políticas en su caso, las enumeradas en el artículo 9o de la ley transitoria del Código penal, y además, tener el cuidado á que se refiere el art. 665 de este Código; dando cuenta del resultado de sus visitas semanariamente á la autoridad que corresponda, para que se dicten las providencias que conduzcan á mejorar el estado de las prisiones y el trato que en ellas se dé á los procesados ó reclusos.

Lo dispuesto en este artículo y en el que precede, no obsta para que los ayuntamientos ó autoridades políticas superiores, visiten las prisiones y dicten las medidas de su resorte conforme á las leyes y reglamentos especiales.

TITULO III.

DE LA JUNTA DE VIGILANCIA Y DE LOS FONDOS QUE ESTAN A SU CARGO,

678

El fondo que se forme de lo que produzca el trabajo de los reos; de las multas impuestas por cualquiera autoridad y por todo género de infracciones, y del producto de la venta de los instrumentos ó cosas, efecto ú objeto de un delito, por lo que respecta al Distrito federal, se recaudará y depositará por el tesorero municipal de la ciudad de México; y en la Baja-California por el tesorero municipal de la capital del Territorio. Ambos tesoreros, por lo que se refiere á este fondo, estarán bajo la dependencia de la respectiva Junta de vigilancia de cárceles.

679

La tesorería municipal tendrá este fondo en caja separada, llevando los libros necesarios con distincion de los fondos de reserva de los reos, de los que deben emplearse conforme á los artículos 123 y 361 del Código penal y 88 y 327 de este Código, y de los destinados para mejoras y gastos de las prisiones.

680

La junta de vigilancia de cárceles se compondrá de ocho personas nombradas por el Gobierno de la Union, del regidor presidente de la comision de cárceles del Ayun

tamiento, de un representarte del Ministerio público y de un secretario que nombrará igualmente el Gobierno.

681

Para ser miembro de la junta de vigilancia, se requiere: no ser empleado público, y ser ciudadano en ejercicio de sus derechos, con modo honesto de vivir.

682

El cargo de miembro de la junta de vigilancia es consejil, y deberá durar dos años, renovándose la junta por mitad cada año.

683

Es presidente nato de la junta de vigilancia de cárceles, el regidor presidente de la comision de cárceles del Ayuntamiento.

684

La junta de vígilancia podrá celebrar sus sesiones con la presencia de cuatro de sus miembros, y dictará sus resoluciones por mayoría de votos de los presentes.

685

Son atribuciones de la junta de vigilancia, con relacion al fondo que está á su cargo, las siguientes:

I. Hacer que ingrese á la tesorería municipal el producto del trabajo de los presos;

II. Visar el último dia de cada mes, por medio del presidente, uno de los miembros de la junta y su secretario, el corte de caja de este fondo, y asegurarse de que en la tesorería y en caja separada existen realmente las

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