Código de procedimientos penalesImprenta del Comercio, de Dublan y compañía, 1880 - 210 páginas |
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... delito , corresponde únicamente á los tri- bunales de justicia . A los mismos toca , tambien de una manera exclusiva , declarar la inocencia ó la culpabilidad de las personas acusadas por algun delito , y aplicar las penas que la ley ...
... delito , corresponde únicamente á los tri- bunales de justicia . A los mismos toca , tambien de una manera exclusiva , declarar la inocencia ó la culpabilidad de las personas acusadas por algun delito , y aplicar las penas que la ley ...
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... delitos que se cometan , y vigilar por que se ejecuten puntualmente las sentencias que se pronuncien . 3 La violacion de los derechos garantidos por la ley pe- nal , puede dar lugar á dos acciones : la penal y la civil . La accion penal ...
... delitos que se cometan , y vigilar por que se ejecuten puntualmente las sentencias que se pronuncien . 3 La violacion de los derechos garantidos por la ley pe- nal , puede dar lugar á dos acciones : la penal y la civil . La accion penal ...
Página 8
... delitos de que habla el Código penal , sin ser préviamente oida en juicio por los tribunales que la ley señala , y en la forma que determina este Código . Las faltas serán perseguidas y castigadas en la forma que el mismo ordena . LIBRO ...
... delitos de que habla el Código penal , sin ser préviamente oida en juicio por los tribunales que la ley señala , y en la forma que determina este Código . Las faltas serán perseguidas y castigadas en la forma que el mismo ordena . LIBRO ...
Página 9
... delitos , la reunion de sus pruebas y el descubrimien- to de sus autores , cómplices y encubridores . 12 La policía judicial se ejerce en la ciudad de México : I. Por los inspectores de cuartel ; II . Por los comisarios de policía ; III ...
... delitos , la reunion de sus pruebas y el descubrimien- to de sus autores , cómplices y encubridores . 12 La policía judicial se ejerce en la ciudad de México : I. Por los inspectores de cuartel ; II . Por los comisarios de policía ; III ...
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... varios funcionarios de la policía judicial tomen , simultánea ó sucesivamente , conocimiento de un delito , tendrá la preferencia para practicar las primeras diligen- cias el 10 CAP . I. - ORGANIZACION DE LA POLICIA JUDICIAL .
... varios funcionarios de la policía judicial tomen , simultánea ó sucesivamente , conocimiento de un delito , tendrá la preferencia para practicar las primeras diligen- cias el 10 CAP . I. - ORGANIZACION DE LA POLICIA JUDICIAL .
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Términos y frases comunes
accion civil acta acumulacion acusacion acusado apelacion arts audiencia auto averiguacion Baja-California blico CAPITULO casacion caucion causa cédula cion circunstancias citacion ciudad de México civil Código penal cometido concluida la instruccion conducentes conforme criminal debate deberá declaraciones defensor delito despues dias dictar dili diligencias Distrito federal estuviere examinados excusa expresa fraccion fuere funcionarios habitacion hará constar hubiere impedimento incidente inculpado indulto insaculacion instruc jueces correccionales jueces de paz jueces del ramo juez 6 tribunal juicio del juez junta de vigilancia jurado juzgado lista magistrado mandará menores foráneos Ministerio pú Ministerio público necesario notificacion oficio órden pena peritos perjuicio persona pidiere podrá podrán policía judicial practicar preguntas presente presidente prision proceso pronuncie prueba querella ramo penal recurso recurso de casacion recusacion refiere remitirá resolucion respecto responsabilidad responsabilidad civil Sala del Tribunal secretario sentencia irrevocable siguientes superveniente tambien tancia término Territorio testigo tículo TITULO Tribunal Superior tuviere veredicto
Pasajes populares
Página 49 - Las visitas domiciliarias solamente podrán practicarse durante el día, desde las seis de la mañana hasta las seis de la tarde...
Página 115 - Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser conocido por medio de los sentidos, y que el testigo lo conozca por sí mismo y no por inducciones ni referencias á otras personas; V.
Página 55 - Para los efectos del artículo anterior, cuando el juicio pericial recaiga sobre objetos, que se consuman al ser analizados, los Jueces no permitirán que se verifique el primer análisis, sino cuando más sobre la mitad de las...
Página 114 - Dos testigos que no sean inhábiles por alguna de las causas expresadas en este Código, harán prueba plena, si concurren en ellos los siguientes requisitos: I. Que convengan no solo en la sustancia, ¡sino en los accidentes del hecho que refieren; II. Que hayan oido pronunciar las palabras, ó visto el hecho material sobre que deponen.
Página 174 - La inhibitoria se intentará ante el juez ó tribunal que se crea competente, pidiéndole que dirija oficio al juez que estime no serlo para que se inhiba y remita los autos.
Página 5 - El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue: "Porfirio Díaz, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed: "Que...
Página 60 - Si el testigo se hallare fuera del territorio jurisdiccional, se le examinará por medio de exhorto dirigido al juez de su residencia. Si ésta se ignorare, se le citará por medio de edictos, que se publicarán en el periódico oficial y se encargará á li policía que averigüe el paradero del testigo.
Página 67 - Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los interesados, que se presenten por el otro, se reconocerán por aquél para hacer fe.
Página 115 - Que por su edad, su capacidad y su instrucción tenga el criterio necesario para juzgar del acto: III. Que por su probidad, por la independencia de su posición y por sus antecedentes personales, tenga completa imparcialidad: IV. Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser...
Página 76 - Las órdenes que se expidieren para que comparezca la persona puesta en libertad bajo de fianza, se entenderán con su fiador. Si éste no pudiere desde luego presentar á su fiado, el Juez podrá otorgarle un plazo hasta de quince días, para que lo haga, sin perjuicio de librar las órdenes de aprehensión que creyere oportunas.