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civilización que descansa, vive y progresa, y á la vez una serie de hechos desconocidos, que en vano el hombre se afana en esclarecer. Y en cuanto á las ideas que pueden constituir el objeto final de la civilización, sobre las que tantos y tan diversos juicios han emitido los modernos publicistas, más que á la filosofía de la historia, pertenecen á una filosofía transcendental, ambiciosa, hipotética, que no es la crítica de que hablamos y que obtendrá la preferencia en este trabajo. Valiéndonos del vocabulario de Kant, diremos que una cosa es la etiología y otra la teleología histórica, que representa la doctrina de las causas finales.

Si en lugar de ver en la historia de la humanidad y de la civilización, una serie de epopeyas en que cada pueblo toma distinto rumbo, á título de representante de una idea, aceptamos, con Vico, que existen leyes constantes, aplicables á la historia de cada pueblo, y á cada época en particular, que determinan las mismas fases según un orden invariable, como acontece en el movimiento luna-solar, se comprenderá la idea que debe formarse de la filosofía de la historia, y aun entonces la palabra filosofía aparecerá impropia, porque lo que resultará es, una teoría, una ciencia, que bien pudiera calificarse de fisiología de la historia. Ésta deberá eliminar lo fortuito, lo accidental, el hecho propiamente dicho, para no considerar más que las leyes permanentes é inmutables, que son las que con seguro paso nos conducirán á la averiguación de la verdad, guía necesaria para el historiador, para el filósofo y para el jurisconsulto, si se propone estudiar lo pasado con imparcialidad para meditar sobre lo presente, y preparar á la vez el porvenir.

LÍMITES DEL TEMA QUE DESARROLLA ESTA MEMORIA.

Difícilmente se ofrecerá á la consideración científica de los hombres estudiosos, un tema más importante, más transcendental y á la vez más arduo, que el designado, como primero, por la Real Academia de ciencias morales y políticas para el concurso

ordinario de 1883 (2). Demuéstralo bien la esterilidad de anteriores llamamientos, y lo confirma la natural grandiosidad de un asunto, que tiene por objeto la investigación y explicación filosófica del principio de autoridad en el más glorioso de los reinados españoles, que inauguró la época moderna de la historia patria y el examen de sus vicisitudes hasta el establecimiento del sistema constitucional. Tres siglos en la vida de un pue blo como el español, que tanta influencia ejerció en los destinos del mundo, ni se estudian ni se sintetizan fácilmente, para presentar la historia, el desenvolvimiento y las causas que produjeron las vicisitudes del poder civil en España, institución que aparece constantemente unida á la sociedad de que es nervio y consistencia. Y no pueden estudiarse completamente en el breve plazo concedido, porque los datos necesarios no han sido coleccionados como los de otras épocas, y es indispensable reunir los que todavía andan dispersos en Academias, Bibliotecas y Archivos que recogieron los tesoros de las pasadas edades, lo cual demanda tiempo y sacrificios, que no puede exigirse á ninguna individualidad por diligente que sea.

Sin embargo, el tema se ha repetido con insistencia, lo cual prueba la importancia que le atribuye la Real Academia que lo patrocina; y si no se hallan reunidos y coleccionados los datos indispensables para escribir la historia y vicisitudes del poder civil en España, como lo han hecho en Francia Bonnald, Desorges, Raboisson y otros, con un criterio esencialmente filosófico, entendemos que los deseos de la docta Corporación quedarán satisfechos, si en el breve plazo concedido presentamos un traba jo sintético, que sirva de luminoso faro para nuevas y más transcendentales investigaciones. Presentaremos, pues, no una historia, sino la apreciación de las causas y vicisitudes que, en un espacio de más de tres siglos, ha tenido el principio de autoridad en la civilización española, en la medida que nos lo aconseja nuestro amor á la verdad y nuestro deseo de contribuir al progreso científico. La imparcialidad más rigorosa será nuestra constante guía.

PLAN DEL PRESENTE TRABAJO.

Meditando acerca de la forma de este estudio, ha preocupado nuestro espíritu una duda: si resueltamente debíamos partir del reinado de los Reyes Católicos, sin relacionarlo en manera alguna con las anteriores enseñanzas de la historia, ó si antes de arribar à época tan gloriosa, sería más conveniente fijar las bases fundamentales del poder civil, y estudiar sus vicisitudes desde los tiempos más remotos hasta la reunión de los reinos de Castilla y Aragón, por el matrimonio de D. Fernando y Doña Isabel. Lo primero constituiría el estricto cumplimiento del tema publicado; pero lo segundo daría al trabajo todo el desarrollo necesario para comprender su importancia y grandiosidad, toda vez que en España no se ha escrito todavía la historia del poder civil, ni determinado sus vicisitudes y las causas á que fueron debidas.

Casi es indispensable, al tratar del poder civil entre nosotros, preocuparse de su origen y esencia, porque es imposible trazar el progreso de una institución, sin conocer perfectamente las bases sobre que descansa y los principios que informan su pe culiar naturaleza. Nuestro trabajo comenzará por una Introducción, cuya primera parte tendrá por objeto determinar los orígenes y caracteres de la autoridad civil, representativa del poder público, para señalar en la segunda parte, cómo este principio, que es uno de los ejes sobre que gira y debe moverse el mundo social, se ha desenvuelto y desarrollado en España, desde los tiempos más antiguos que se prestan á una investigación científica, hasta el memorable reinado que realizó la unidad política de la Monarquía española.

Apoderados así de los precedentes necesarios para desenvolver concienzudamente el tema designado, podremos con tranquilo, pero seguro paso, señalar la importancia social y política del reinado de los Reyes Católicos, las causas de su preponderancia en el interior y el exterior; las instituciones y clases en

que se apoyaba, y las vicisitudes que el poder civil ha tenido hasta el establecimiento del gobierno constitucional. La marcha de las ideas y de los acontecimientos en los siglos XVI, XVII y XVIII, con relación á los indicados extremos, completará el estudio á que desde hoy consagraremos nuestra actividad. Tal vez se nos tache de incurrir en el mismo defecto, si tal puede llamarse, que advertimos en el tema propuesto, ampliando en vez de restringir y sintetizar sus términos; pero es forzoso repetir, que cuando hemos señalado su importancia y grandiosidad, es porque creemos que no se puede escribir del poder civil en España, con referencia á una época determinada, sin señalar su origen y estudiar los caracteres que constituyen su propia naturaleza; así como no es posible apreciar lo que ese mismo poder fué en tiempo de los Reyes Católicos, sin estudiarlo en sus precedentes, sin examinar lo que fué; si es cierto, como afirmó Leibtniz, que lo presente, producto de lo pasado, engendra á su vez el porvenir. El trabajo será tan vasto, como requiere una peregrinación por la historia de la sociedad española; pero es absolutamente indispensable. Sólo un criterio sintético puede hacer al escritor más ligera la ímproba tarea que se ha impuesto.

Las fuentes en que nos inspiraremos para dar cumplimiento á nuestro compromiso, no pueden ser otras que las puramente legales. En la ciencia social resalta un principio de una evidencia incontestable. Las sociedades no pueden ser gobernadas por lo arbitrario, y lo arbitrario es la voluntad del hombre. No es, pues, el individuo el que debe mandar, sino la autoridad que debe nacer y apoyarse en la ley. La necesidad de las leyes nace de la índole misma de la sociedad, que no se concibe sin una autoridad que la dirija y gobierne, y sin un poder bastante eficaz para obligar á su cumplimiento. Toda reunión de hombres supone un lazo que los une, y este es precisamente la ley, que bajo la dirección de la autoridad los dirige á un fin común. Cuando todas las leyes civiles de una nación desaparecen por la violencia, existirá la sociedad doméstica ó la familia, existirá la sociedad general y primitiva, pero la sociedad civil habrá desapa

recido, porque las leyes que la constituyen habrán dejado de existir. La ley, pues, es la representación del principio de autoridad, y ella es la que conserva en el Estado la tranquilidad, el orden y la armonía. Ella la que protege los derechos de cada uno y de todos. Ella la que contiene y reprime la explosión de las pasiones humanas. Ella es, en una palabra, la que hace cumplir á la sociedad su objeto y su fin.

Siendo la ley la que sanciona y robustece el principio de autoridad, y el poder civil el que realiza sus naturales funciones, claramente resulta, que hay que formar la historia de esta institución por los actos indubitados del poder público, reflejados en primer término en los Códigos generales y particulares; en los acuerdos de las Cortes, aun en la época en que los monarcas españoles compartieron con ellas su omnímodo y absoluto poder; en las pragmáticas y resoluciones reales dictadas en cada reinado para atender á las diversas y variadas necesidades públicas; en los acuerdos de los altos Cuerpos consultivos del Estado, á quienes los Reyes consultaban ó encomendaban diferentes puntos de la administración general; y en una palabra, en todas las disposiciones del representante de la autoridad pública, ejercida personalmente ó compartida ó delegada en otras entidades ó corporaciones. La Historia será un auxiliar poderoso para juzgar las consecuencias de las transformaciones que ha sufrido el poder civil en España; pero acaso fuera más exacto decir, que el trabajo aceptado tendrá por natural consecuencia, trazar la verdadera historia de la sociedad española, en lo que tiene de más fundamental y sólido. En cambio la Filosofia, buscando la razón de las cosas; la Etiología, aquilatando las causas de los acontecimientos, y la Crítica, inspirándose en la imparcialidad y apreciando causas y vicisitudes, contribuirán seguramente á satisfacer el natural deseo de la Real Academia de Ciencias morales y políticas.

Persiguiendo una sola idea, es fácil y hasta posible, que muchos extremos no reciban gran amplificación. En vez de una Bibliografia, que pudiera parecer jactanciosa, presentaremos al final del trabajo, bajo el modesto título de Notas y Citas, las ilus.

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