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Año de 1814. los últimos reglamentos percibia tres novenos de la masa de diezmos. El resto, deducidos los gastos se distribuia entre los arzobispos, obispos, canónigos, seminarios, hospitales y curas. Muchos eclesiásticos querian tambien persuadir que siendo los diezmos de derecho divino, y concedidos á los reyes de España solo por un privilegio especial supuesto que habian cesado estos paises de estar sugetos á su dominacion; debian distribuirse todos sus productos al clero, y que era un crímen del gobierno republicano el percibir los tres novenos con las vacantes mayo. res y menores que tocaban ántes al rey. Sin embargo de los clamores de los eclesiásticos, principalmente del cabildo metropolitano de Santafé, el congreso y los gobiernos provinciales sostuvieron sus derechos con firmeza, y

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continuaron administrando los diez- Año de 1814.

El mos del mismo modo que en la época

de la monarquía, por que sabian muy bien que la espiritualidad de los diezS mos era una gerigonza escogitada por los clérigos, y que en todos tiempos 2 aquellos no han sido otra cosa que una contribucion de los pueblos para mantener el culto divino y pagar los sacerdotes. Por tanto cumpliendo con estas cargas, como en efecto cumplian los gobiernos republicanos, no podia darse mejor destino al sobrante de los diezmos que emplearleen beneficio de los mismos pueblos, defendiendo su independencia

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y

libertad. Este destino era sin duda mas santo que el de enviar aquel sobrante mas allá de los mares, á una corte corrompida para servir de pábulo al lujo

y

á las rapiñas de un favorito inmoral. Cuando así sucedia el clero guardaba

Año de 1814. silencio sin manifestar el ardiente zelo

que durante la revolucion afectaban muchos de sus miembros por las inmunidades eclesiásticas. La diferencia nacia, de que durante el gobierno monárquico se trataba de sostener el despotismo de los reyes, y en el de la república de libertar á los pueblos, reformando los abusos que constituian la riqueza y prosperidad de ciertas clases.

Los fanáticos enemigos de la independencia de su patria hacian mucho ruido y alucinaban á las gentes sencillas é ignorantes, como eran la mayor parte de los pueblos de la Nueva-Granada, con la falta de las bulas de Cruzada, de difuntos, de composicion, y de dispensa para comer carne los dias de abstinencia. Habia algunos que ignoraban que la venta de estas bulas concedidas por los Papas á los reyes de España

como una gracia especial, y favor muy Año de 1814. a señalado, les daba una renta conside

rable en sus dominios de América, se-
gun manifestamos en otra parte. * La
bula decia que el comprador ganaba
todas las indulgencias y gracias con-
cedidas por el sumo Pontífice « Por
cuanto habia dado tanta cantitad de
plata acuñada. » Eran muchas las gra-
cias que se habian derramado con pro-
fusion sobre los que poseyeran las
bulas, especialmente para que los pe-
nitentes fueran absueltos de sus peca-
dos en el tribunal de la confesion au-
ricular; de modo que á todos los espa-
ñoles americanos de ámbos sexos, desde
la edad de siete años para arriba, les
era preciso haber pagado un egemplar
impreso de la bula, y con este arbi-

* Introduccion.

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Aão de 1814. trio las rentas de la monarquía se habian aumentado bastante. Los productos de este ramo debian emplearse en hacer la guerra á los infieles y hereges; pero se les daba el mismo destino que

á los demas caudales de real hacienda.

Los gobiernos nacientes se abstuvieron de tocar aquel punto y de continuar vendiendo las bulas, pues creian que necesitaban otra nuevo privilegio del Papa, y que este arbitrio fiscal acaso no era conforme á las luces del siglo. Mas siendo una de las reglas establecidas en la materia que la bula' comprada una vez sirve hasta que se publique nuevamente, los patriotas ilustrados persuadian á los pueblos, que aun gozaban de las gracias concedidas en virtud de las últimas bulas que tenian por no existir otra publicacion. Por el contrario los enemigos de la in

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