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nuel de la Concha es asesinado en el camino al dirigirse á Veracruz.-Terror que ese hecho causa en los españoles.-Se dan órdenes para perseguir á los asesinos, pero no se logra su aprehension.-Algunas reflexiones sobre ese hecho.-Sale ocultamente de Méjico el conde de la Cortina.-Lo que le pasó en el camino.-Medio ingenioso de que se valió para embarcarse.-Dispone la Junta la fórmula que la Regencia habia de usar en los encabezamientos de sus decretos, y que se le diese el tratamiento de Alteza.-Se hacen rogativas públicas implorando la gracia divina para el acierto del gobierno.-Se dispone la bandera y armas que ha de usar el imperio. - La Junta arregla la planta de las secretarías del gobierno y dicta diversas providencias.-Funcion religiosa en accion de gracias por la independencia.—Jura de la independencia.-Salen las tropas de la capital para sus respectivas provincias. Por algun tiempo llevó el ejército la misma escarapela y las mismas banderas que cuando sirvió al gobierno español.-Capitulacion de las fortalezas de Acapulco y Perote.-Unicamente le quedaba al gobierno español el castillo de San Juan de Ulua.-Salen de Veracruz en el navío Asia el virey Apodaca con su familia, y otros muchos españoles.

1821.

1821. Setiembre.

El justo y noble anhelo de los mejicano estaba conseguido. Eran ya una nacion independiente y soberana, con todos los elementos de prosperidad que puede atesorar el país mas privilegiado de la tierra para ser grande. Siete meses habian transcurrido solamente desde que Iturbide proclamó su plan de independencia en Iguala hasta la realizacion de ésta, en que se verificó la entrada del ejército trigarante en la capital de Méjico, el 27 de Setiembre de 1821. El caudillo que habia consumado felizmente y sin efusion de sangre la grandiosa obra de emancipacion, era objeto de la admiracion

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del cariño de la nacion entera. Todas las clases de la
sociedad, dominadas del mas vivo y profundo entusias-
mo, victoreaban al hombre que habia colocado al país en

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el catálogo de las naciones independientes. Aquel júbilo, aquel regocijo ardiente que se revelaba en los semblantes, en los vivas y en las demostraciones del pueblo entero, eran justos.

La entrada del victoreado ejército y de su afortunado jefe, se verificó el mismo dia en que éste cumplia treinta y ocho años de edad.

El siguiente dia, 28 de Setiembre, se instaló la Junta Provisional gubernativa, nombrada por Iturbide. Se componia la expresada junta de treinta y cuatro individuos, de los cuales eran españoles siete, entre estos O-Donojú, y los canónigos Bárcena y Monteagudo.

Al hacer la eleccion del presidente de ella en la sala de cabildo de la catedral, despues de prestado el juramento, el obispo de Puebla D. José Joaquin Perez, que habia sido diputado en las córtes de Cádiz, propuso que se dijese que Iturbide habia sido nombrado por aclamacion. Se opuso á ello D. José María Fagoaga, diciendo: «Dígase que por unanimidad: no demos este mal ejemplo, porque en lo sucesivo, en soltando esta voz y considerándose ya los demás sin libertad, se verán en el caso de sufragar aun contra su intencion. Acto continuo de haberse instalado la Junta, decretó el Acta de Independencia, redactada por el abogado D. Juan José Espinosa de los Monteros, vocal secretario de la expresada Junta. El acta decia así: «La nacion mejicana, que por cientos años ni ha tenido voluntad propia, ni libre el uso de la voz, sale hoy de la opresion en que ha vivido. Los heróicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la empresa eternamente memorable, que un

tres

genio superior á toda admiracion y elogio, amor y gloria de su patria, principió en Iguala, prosiguió y llevó al cabo arrollando obstáculos casi insuperables.

>>Restituida, pues, esta parte del Septentrion al ejercicio de cuantos derechos le concedió el Autor de la naturaleza, y reconocen por inagenables y sagradas las nacio

1821. Setiembre.

nes cultas de la tierra, en libertad de cons

tituirse del modo que mas convenga á su

felicidad, y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios, comienza á hacer uso de tan preciosos dones y declara solemnemente, por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es nacion soberana é independiente de la antigua España, con quien en lo sucesivo no mantendrá otra union que la de una amistad estrecha en los términos que prescribieren los tratados; que establecerá relaciones amistosas con las demás potencias, ejecutando respecto de ellas cuantos actos puedan y estén en posesion de ejecutar las otras naciones soberanas; que va á constituirse con arreglo á las bases que en el plan de Iguala y tratados de Córdoba estableció sabiamente el primer jefe del ejército imperial de las Tres Garantías; y, en fin, que sostendrá á todo trance y con el sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos (si fuere necesario), esta solemne declaracion, hecha en la capital del Imperio, á veintiocho de Setiembre del año de mil ochocientos veintiuno, primero de la independencia mejicana.»> (1)

(1) El acta original, está colocada en la cámara de diputados. Hé aquí los nombres de los individuos que la firmaron y formaban la Junta, apareciendo, como correspondia la firma de Iturbide, á la cabeza.-Antonio Agustin de Iturbi

Como el lector habrá advertido, algunas palabras de la anterior acta de la Junta Provisional gubernativa, entre las cuales se encuentran las que dicen que la nacion no habia tenido <«<libre el uso de la voz,» y que «salia de la opresion en que habia vivido,» diferian de las que Iturbide habia dicho en su proclama de 24 de Febrero de aquel mismo año, al anunciar la independencia, elogiando la España hizo por el engrandecimiento de sus co

lo que

lonias.

1821.

Convengo en que entre la independencia y Setiembre. la dependencia, por suave que la segunda sea, aparecerá la primera infinitamente mas hermosa y digna á los ojos de todo el que aliente sentimientos elevados; pero creo que en aquellos momentos en que se acababa de realizar la mas noble y grandiosa de las empresas por medio de la union de europeos y americanos; de realistas y antiguos independientes; de jefes peninsulares y del país; en que el pueblo, la sociedad entera, justamente satisfe

de.-Antonio, obispo de la Puebla.-Juan O-Donojú.—Manuel de la Bárcena.Matías Monteagudo.-Isidro Yañez.-Licenciado Juan Francisco Azcárate.Juan José Espinosa de los Monteros.-José María Fagoaga.-José Miguel Guridi ý Alcocer.-El marqués de Salvatierra.-El conde de Casa Heras Soto.-Francisco Manuel Sanchez de Tagle.-Antonio de Gama y Córdoba.-José Manuel Sartorio.-Manuel Velazquez de Leon.—Manuel Montes Argüelles.-Manuel de la Sotarriva.-El marqués de San Juan de Rayas.-José Ignacio García Illueca.José María Bustamante.-José María Cervantes y Velasco.-Juan Cervantes y Padilla.-José Manuel Velazquez de la Cadena.—Juan de Horbegoso.-Nicolás Campero.-El conde de Jala y de Regla.-José María de Echeveste y Valdivieso. Manuel Martinez Mansilla.-Juan Bautista Raz y Guzman.-José María de Jáuregui.-José Rafael Suarez Pereda.-Antonio Bustamante.-Isidro Ignacio de Icaza.-Juan Jose Espinosa de los Monteros, vocal secretario.

TOMO XI.

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cha con el presente, olvidaba el pasado para gozar con las delicias que esperaba alcanzar en lo futuro, no debió tocarse un punto que pudiera herir susceptibilidades y recordar hechos pasados. Igualmente creo que en el párrafo que empieza así: «Restituida esta parte del Septentrion al ejercicio de cuantos derechos le concedió el Autor de la naturaleza,» debió omitirse la palabra restituida, usando de otra, pues restituir indica volver lo usurpado á su legítimo dueño; y como los que acababan de hacer la independencia eran descendientes de españoles, y por lo mismo de nada habian sido despojados, era dar motivo á que la raza india, creyéndose la única con justicia á ejercer en el país los derechos de que se hablaba, se levantase contra las otras, promoviéndose una guerra de castas que envolviese en sangre el país entero. Por desgracia algo de esto aconteció, transcurridos algunos años, en la provincia de Yucatan, donde los indios se levantaron contra la raza blanca, juzgando á esta como usurpadora de su territorio, como veremos al llegar en esta obra á la época de referir esos sucesos en que el gobierno mejicano tuvo que gastar enormes sumas para sofocar la sangrienta revolucion. Decir que entraban en posesion de todos los derechos. que correspondian á las naciones libres, independientes y soberanas, hubiera sido lo verdaderamente propio y exacto, pues aunque la nacion llevaba el nombre de mejicana, era muy distinta de la de Moctezuma; y restituir sus derechos á la antigua, hubiera equivalido á poner en posesion de todos los demás países de Anáhuac que habia tenido conquistados y sujetos á su cetro cuando llegó Hernan Cortés, y dejar sin voz ni voto, no solo á la

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