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una grammaire sous forme d'introduction), Edim-hermosa ciudad de construccion reciente, y

burgo, 1840, en 4.0

Madrás, 1790, en 4.°

H. Harris: A. Dictionary english aud hindostany, cuya poblacion consta de 2,700 habitantes. Los tribunales de la Union se reunen alternativaJ. Taylor et W. Hunter: Dictionary hindustany mente en Coridon y en Vincennes. Esta última aud english, Calcutta, 1808, 2 vols. en 4.0 J. Shakespear: 4. grammar of the hindustany ciudad es la única del estado donde hay un colanguage, Londres, 1818, en 4.0-Dictionary hin-legio. Citemos tambien á Harmoni, ciudad maduslany aud english, Londres, 1834, en 4.0

ge, Londres, 1827, en 4.

W. Price: Grammar of the hindoostanee languaW. Yates: Introduction to the hindoostanee language, Calcutta, 1827, en 8.o

Sandford Arnot: Hindustani grammar (con una crestomatia y un vocabulario por Dunhan Forbes),

Londres, 1831, en 8.o

nufacturera, completamente habitada por la secta anglicana de los harmonitas; Albany, Rischmond, Vevay y Jeffersouville, donde hay una fuente mineral. La constitucion promulgada en 1816 es puramente democrática. El estado envia al congreso dos senadores y ocho di

Garcin de Tassy: Rudiments de la langue hin-putados. doustani, Paris, 1833, en 4.°-Rudiments de la langue hindoui, Paris, 1847, en 8."-Histoire de la literallure hindoui et hindoustani, París, 1839, 2 volú

menes en 8.°

INDICADOR. (Historia natural.) Género de aves del orden de los zigodáctilos y muy próximo á los cuclillos, de los cuales hasta hace poco no se ha separado por Vieillot y Levai

Dunkan Forbes: A. grammar of the hindoustani language, Londres, 1846, en 8.° Ballantyne: Elements of hindi aud braj-bhakhallant para formar un género aparte; muchos grammar, Londres, 1839, en 4." lo conocen aun con el nombre de cuclillo inG. Adley: Compendius grammar of the jargon of dicador, y efectivamente se coloca al lado de Indoostan called moors, Londres, 1804, en 8.0 R. Drummoud: Ilustrations of the gramatical los cuclillos constituyendo con ellos una mispars of the guzeratee maharatta aud englisch lan-ma familia. yuages, Bombay, 1808, en fólio.

Sus caractéres son los siguientes: pico mas corto que la cabeza, un poco doblado en arco, INDIANA. (Geografia é historia.) Uno de los convexo por encima y estrechándose hácia la veinte y siete estados unidos de la América punta; la mandíbula superior inclinada en su Septentrional, situado en el centro y confinan- estremo y sin escotadura; la inferior levantada do al Norte con el estado y el lago de Michi- en su punta; las ventanas de la nariz pequegán, con el estado de Illenés al Oeste, el de ñas, redondeadas y medio cubiertas por las pluKentucky al Sudeste, y el de Ohio al Este. Sumas; tarsos desnudos y anillados; cuatro desuperficie es de unas 1,890 leguas cuadradas, 7 su poblacion de 683,000 habitantes.

dos, dos dirigidos hácia adelante y dos hácia atrás, armados de uñas fuertes, ganchosas y afiladas.

El estado de Indiana se llama asi de las numerosas poblaciones indianas que lo habitaban El nombre de indicador que se ha dado á antiguamente, y de algunas que residen toda la especie tipo de este género y por consevía en él en la parte septentrional. Los france-cuencia á todas las que se refieren á él, nos ses que vinieron del Canadá son los primeros parece que debe hacer sospechar una alusion colónos de aquel pais. En 1783 se puso la co-á hábitos particulares y costumbres escepciolonia bajo la proteccion de la Union, que por el uales: y es asi. La presencia de los indicadotratado de Grenville (1795) adquirió muchos y res en cualquier parage es siempre indicio de vastos distritos en aquella comarca, á los cua- que hay en las cercanías un nido de abejas salles añadieron despues otros que se compraron vages: y como estas aves se descubren por sus á los indios. En 1801 la Indiana fué erigida en continuos gritos, parece como que llaman al territorio, y eu 1816 declarada uno de los esta- | hombre y le indican que en el sitio en que dos de la Union. ellas se encuentran hay que hacer recoleccion de miel. Este hecho de la presencia de los indicadores en los lugares en que se encuentran las colmenas no tiene mas causa que la estremada aficion á la miel y á la cera que tienen dichas aves.

Este estado forma una meseta de mediana elevacion, regada por el Ohio, y su afluente el Wabah, por el Whité y por el Kankakee. El clima, muy agradable en las alturas, es malsano en las tierras bajas. El suelo es pantanoso en la region septentrional; pero muy fértil en otras Los hotentotes las estiman mucho, y aun partes: las llanuras producen en abundancia las veneran, no mirando con buenos ojos á los cereales, plantas oleaginosas, tabaco, etc., se que las cazan. Este afecto se concibe muy bien, cultiva la vid en ciertos puntos, y particular-puesto que los indicadores son para ellos los mente en Vevay. El reino mineral da hierro, cobre, vitriolo, salitre, hulla, etc.; pero hasta ahora ha permanecido casi inesplotado. La industria ha hecho muy pocos progresos; pero el comercio, que consiste en la importacion de los productos naturales, es bastante activo y cada dia mas interesante.

El estado de Indiana se divide en sesenta y cuatro condados. La capital es Indianópolis, donde reside el tribunal supremo de justicia,

mejores auxiliares para el descubrimiento de la miel en los vastos desiertos africanos. Los viageros que han tenido ocasion de estudiar estas aves, cuentan que cuando las personas que van en busca de colmenas silvestres oyen al indicador, se dirigen hácia él, y le responden imitando su grito; y que al momento que el ave los descubre vucla á colocarse sobre el árbol en que se hallan los panales, y que si tardan en llegar redobla sus gritos, se acerca á

ellos y parece con sus movimientos que les pide que se apresuren. Mientras que se recoge lo que contiene la colmena, él se mantiene en los alrededores aguardando la parte que siempre se le deja. La existencia de los indicadores es, pues, utilísima para los pueblos que habitan en las mismas comarcas en que aquellos se encuentran.

Levaillant dice en su Viage á Africa que la piel de la especie que habia observado era tan gruesa y el tejido tan apretado, que estando todavía fresca le costó trabajo el atravesarla con un alfiler; y añade: «no veo en esto sino una admirable precaucion de la naturaleza que queriendo que el indicador dispute su subsistencia al mas ingenioso de los insectos, le dió tambien unos tegumentos capaces de librarle de su picadura. »

recta y del todo independiente, al paso que la afirmacion espresada por medio de las palabras que te marches, no es mas que indirecta y está subordinada á la primera. Asi, pucs, el indicativo es el modo absoluto y positivo de los verbos, que indica la existencia considerada en sí misma. Los tiempos del subjuntivo se hallan de tal modo bajo la dependencia de las palabras o conjunciones que las preceden,, que no pueden ser separados de ellas; en tanto que los tiempos del indicativo no tienen sujecion alguna de este género y pueden formar solos un sentido claro y determinado, en que consiste la afirmacion simple. Asi en esta frase: yo creo que iremos á Roma, si segregamos yo creo que, lo demas, iremos á Roma, presenta al espíritu un sentido determinado, y se entiende con absoluta independencia de otra palabra.

Los indicadores se alimentan de cera, de INDICIO. (Legislacion.) Asi se llama en el miel y de insectos. Hacen sus nidos en los derecho criminal, en cuya aplicacion hay que huecos de los árboles y ponen tres ó cuatro hacer un uso mas frecuente de las pruebas inhuevos de un blanco sucio; no dejando como diciarias, á las acciones que nos dan á conocer los cuclillos á aves estrañas el cuidado de in-otra que permanece oculta á las conjeturas que cubar sus huevos y alimentar á sus polluelos. Durante mucho tiempo no se han conocido sino dos especies de indicadores; en la actualidad se admiten tres, y no faltan autores que

reconozcan cuatro.

2.2 El pequeño indicador, Ind. minor, Cuv. Capa parda verdosa; alas flameadas de rojo; las partes inferiores grises matizadas de verde. Habita el cabo de Buena Esperanza.

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hacen nacer las circunstancias de una accion cualquiera, ó la sospecha que induce un hecho que conocemos y que podemos apreciar, para juzgar de otro que nos es desconocido y cuya averiguacion nos interesa.

1. Elgrande indicador, Ind. major, Vieill. La doctrina de los indicios ha sido, con soCapa parda; las partes inferiores de un rojo brado motivo, objeto de acaloradas controveramarillento claro; la cola blanca por debajo y sias entre los jurisconsultos y moralistas. Y no manchada de negro. Pico y tarsos negros. Ha-podia ser de otro modo si se atiende á que bita en el cabo de Buena Esperanza. mientras por una parte la ley quiere que los hechos criminales, para ser castigados, se demuestren con pruebas claras como la ley en que no quepa duda, y mientras que la moral misma nos aconseja no proceder á la imposicion de una pena mientras no se halle plenamente probado el delito, porque de aqui podria acaso resultar la condenacion de un inocente, los mismos sentimientos de moralidad y de Mr. Lesson describe una especie mas justicia, y la necesidad de mantener el órden que da como dudosa, bajo el nombre de indica- social y de reprimir los crimenes, nos dicen dor variado, Ind. variegatus. Tiene una parte que si hubiésemos de aguardar para su castigo del plumage salpicado de llamitas blancas so-á que se hallasen probados siempre y en todos bre un fondo pardo y amarillento; el vientre amarillo. Habita el Africa.

3. El indicador de pico blanco, Ind. alvirostris, Temm. Cuello castaño oscuro; megillas blancas; cabeza parda por debajo. Habita el Cabo, el Senegal y el Egipto. 4.a

los casos de una manera plena y absoluta en el sentido legal, serian muchos los que quedaINDICATIVO. (Gramática.) Del verbo latino sen impunes, porque los delincuentes procuran indicare, término de gramática que sirve para siempre que el crimen se cometa de modo que indicar el modo de los verbos, cuya funcion es no haya pruebas, vestigios ni señales de su espresar los diversos tiempos con la afirmacion comision. Es, en efecto, indudable que la masimple y directa, sin dependencia de ninguna yor parte de los asesinatos se cometen en la otra palabra precedente. Asi cuando se dice: 30 soledad; que los robos generalmente se verificodicio el oro; tú me has admirado; el acaba-can en el silencio de la noche; que las violenrá su trabajo, la afirmacion es simple en cada cias hechas á mugeres tienen lugar en parages una de estas frases. Llámase á este modo indi- solitarios y donde no hay testigos, todo lo cual cativo, porque indica ó marca directa y posi-procura con cuidado el reo antes de cometer su tivamente lo que el verbo significa. El indicativo se diferencia del subjuntivo en que los tiempos de este último modo no afirman jamás sino indirectamente, estando siempre subordinados á una indicacion directa y principal. En esta frase, por ejemplo: yo quiero que te marches, yo quiero espresa una afirmación di

delito. Asi, pues, si hubiésemos de quedar reducidos para el castigo de todos los crímenes á los casos en que estos se prueban por confesion del reo, por testigos, ó por documentos fehacientes, ¡cnántos de ellos no quedarian sin correctivo, y cuanto no se alentaria á los criminales protegidos por la impunidad que creerian

tener asegurada siempre que procurasen bor-luz que puede guiar al juez en la indagacion y rar y hacer desaparecer todos los hechos que podian constituir una prueba plena!

Es, pues, indudable que no puede menos de admitirse en la legislacion el sistema de indicios como uno de los medios de llegar al conocimiento de los delitos, y como un fundamento para la imposicion de las penas. Toda la dificultad consiste en servirse de este medio de prueba con gran juicio y discernimiento, estableciendo algunos principios generales para la aplicacion de la prueba indiciaria á los hechos criminales; pero no empeñándose en establecer sobre este punto una série de reglas precisas y detalladas para cada caso, porque solo el criterio judicial es el que puede formarlas, á medida que los casos se vayan presentando, sobre los principios establecidos de untemano. La ley y la doctrina deben hablar aqui lo bastante para que no haya arbitrariedad, y lo preciso para que no se coarte la racional libertad y el libre uso de la conciencia por parte del juez.

A este propósito nos parecen diguas de ser conocidas algunas reflexiones que apunta el señor Escriche en su Diccionario de jurisprudencia y artículo de este nombre, con el buen juicio que caracteriza las opiniones de este ilustrado escritor.

Los indicios, dice, tienen mas o menos fuerza para un hecho, segun sea mayor ó menor la relacion ó el enlace que tengan con el mismo hecho que se quiere acreditar. Asi es que los criminalistas dividen los indicios en próximos y remotos, leves y graves, urgentes, vehementes o violentos y equivocos ó medianos, claros ó indudables, oscuros y dudosos, etc.; pero en la esplicacion que hacen de ellos forman un verdadero laberinto, cruzando y confundiendo las ideas, y llenando muchas påginas con aserciones que frecuentemente son hijas de la cabilosidad y que rara vez dejan de ser inexactas. No es fácil, en efecto, dividir, subdividir, clasificar ni sujetar á cálculo lo que por su naturaleza es incalculable, indivisible y vago: no es posible formar una tabla ó escala en que se aprecie y fije en abstracto el valor real de los indicios simples ó combinados; los indicios no pueden considerarse ni apreciarse sino en cada uno de los casos particulares en que se presentan, porque los indicios varian en razon de las circunstancias, y estas variaciones no pueden menos de producir combinaciones infinitas.

No puede sentarse en general, continúa, que dos indicios forman prueba semiplena, y que tres, cuatro ó mas la forman completa: dos solos ponen á veces la verdad en evidencia; y cuatro reunidos no hacen en algunos casos mas que mostrarnos el camino que conduce á ella, ó tal vez no se hallan reunidos sino por el acaso ó el azar, sin conexion ninguna con el hecho principal que se está averiguando. El indicio á veces no es una prueba, es solo una 1563 BIBLIOTECA POPULAR.

descubrimiento de la verdad. La concurrencia de muchos indicios puede formar un aparato terrible contra el acusado; pero para ello es necesario que sean fuertes y no dependan unos de otros. Encuéntrase un cadáver en cuyo pecho está clavado el cuchillo que le quitó la vida. Dos testigos idóneos declaran que estando poco distantes de aquel sitio vieron huir al acusado despavorido, al mismo tiempo que se cometió el delito; otros dos testigos aseguran haberle visto manchado de sangre, y otros dos afirman que le vieron comprar el cuchillo hallado en el pecho del muerto, lo cual confirma tambien el vendedor. He aqui tres indicios fuertes é independientes uno de otro, porque cada uno de ellos se prueba aparte y con distincion : los tres concurren á hacernos creer que el acusado es efectivamente reo, formando un cargo espantoso contra él; y aunque no escluyen del todo la posibilidad de su inocencia, pueden, sin embargo, bastar por si solos para declararle delincuente, si no presenta medios de justificacion, ni esplica satisfactoriamente unos hechos que á primera vista le condenan. Mas cuando los indicios dependén unos de otros; cuando la fuerza de todos consiste en la verdad de uno solo, cuando destruido el uno quedan destruidos los demas, entonces merecen poca consideracion, y su número no añade ni quita nada á la probabilidad del hecho. Dos testigos deponen haber visto huir al acusado; otros dos aseguran haberle visto volverá su casa apresuradamente, y otros dos declaran baberle visto alquilar una mula para escapar del pais. He aqui tres indicios; pero tres indicios que dependen mútuamente entre sí, y que en realidad no sou mas que uno solo, cual es la fuga.»

Los antecedentes principios son, como puede verse, justos en su esencia, y partiendo de ellos puede un juez ilustrado hacer aplicaciones á los indicios que se le ofrezcan en cada caso particular, para distinguir cuidadosamente cuando forman lo que en el lenguaje del foro se llama un reato y cuando son aislados é independientes entre sí, de suerte que no se ayudan ni concurren á formar prueba los unos con los otros. Esto es muy importante en la materia criminal, porque asi como se atribuye justamente un gran valor y se puede imponer una grave pena por indicios que, fortaleciéndose mútuamente, producen una verdadera prueba, asi fuera una lamentable temeridad creer que varios indicios aislados han de producir el mismo resultado, cuando pueden muy bien no ser otra cosa que coincidencias casuales, cosas que pudieran haber sucedido las unas sin las otras, que no señalan claramente la huella de un delito, y que darian por resultado mas de una vez el que se condenase á una persona que, pudiendo ser criminal, pudiese, sin embargo, ser inocente, habida consideracion á esos mismos indicios en cuya virtud se le T. XXIV. 2

impone la pena. En esta parte debe ser el juez | acusado, la proximidad de su casa al lugar del muy previsor y no olvidar nunca aquella máxi- delito, y otras circunstancias semejantes, son ma de moral y de alta justicia, conforme à la indicios demasiado débiles por sí solos : mas cual es preferible que se salven cien crimina-la conducta conocida del mismo puede ser un les á que se condene à un solo inocente. indicio considerable en su favor ó contra.

>>La confesion estrajudicial del reo, añade el mismo autor, probada por dos testigos: el hallazgo de la cosa burtada en poder de persona sospechosa que no diere razon del modo ó titulo de su adquisicion; la transicion repenti

Esto es lo que, á nuestro juicio, conviene tener mas en cuenta para la apreciacion del valor que ofrecen los indicios reunidos y del apoyo que mútuamente se prestan. Pero hay otra cosa que advertir sobre este punto, y es que ni todos los indicios son dignos de estima-na de un estado de miseria ó estrechez á otro cion, ni tienen la misma fuerza aplicados á todas las personas, por lo cual antes de apre ciarlos en su valor ordinario, conviene averiguar el carácter y circunstancias de los sugetos en quienes se presentan. La mutacion de color y las alteraciones del semblante, que no ya en el órden legal, sino en todos los hechos de la vida social, se reputan como indicios de la culpabilidad de la persona en quien se nota aquel fenómeno, son, sin embargo, de las pruebas mas falaces que pueden imaginarse: basta para tenerlas por nulas saber que es un hecho positivo y demostrado por repetidas esperiencias, que hay personas á quienes una simple sospe cha que contra ellas se abrigue, una reconvencion que se les dirija, una idea estraña ó atrevida que se les proponga, produce graves alteraciones en el semblante y frecuentes mudanzas de color. Conviene llamar muy particularmente la atencion hacia este punto, porque de ordinario se cuenta la palidez ó la alteracion del semblante del presunto reo como un grave indicio de criminalidad, y puede muy bien no tener este hecho significación alguna. Asi sobre este particular como sobre el valor que debe darse á las diferentes clases de indicios en el órden legal, leemos en el autor antes citado dos párrafos que creemos útil trasladar á continuacion.

de disipacion ó de lujo que se observare en un sugeto que ha estado en comunicacion con las personas de la casa robada sin que sea conocido el origen de sus nuevas facultades; los escritos firmados por el reo, como las cartas amatorias; el retiramiento de un hombre y una muger en lugar secreto oscuro y sospechoso; las amenazas que poco antes del homicidio hubiese hecho algun sugeto al asesinado mediand entre los dos causas de odio, de enemistad ó de celos; las variaciones notables que el reo biciere en su confesion; las contradicciones en que incurriere; las mentiras que se le justificaren: todos estos y otros muchos que pueden enumerarse, son indicios mas o menos graves que en los respectivos delitos no puede menos de tomar en consideracion el juez para formar su juicio, pero sin que por ellos solos deba decidirse á la condenacion, pues no deja de ha ber casos en que los mas vehementes son fala. ces. La mentira es, por ejemplo, uno de los indicios de mas fuerza, y la inocencia, sin embargo, se ha valido alguna vez de este medio peligroso para alejar mas y mas de sí ó de una persona amada la sospecha de delincuencia. El silencio del acusado que se obstina en callar cuando el juez le pregunta, se considera por algunos como una confesion tácita del delito; hanse visto, sin embargo, procesados que en medio de su inocencia han guardado silencio. »

«Hay indicios, dice, que segun las personas y las circunstancias pueden ser débiles ó fuertes, y que por lo tanto son equívocos: ta- Reasumiendo, pues, nuestra doctrina, diles son la alteracion del acusado, el temblor de remos que la prueba de indicios no puede mesu cuerpo, su cambio de color, la fuga y la fa- nos de tener aplicacion á las causas crimina ma pública. Tiembla el inocente al verse acu-les, porque los delitos no siempre pueden desado, y al considerar el poder terrible del juez: múdase el color al oir la fealdad de los cargos que se le hacen, y teme el resultado de las intrigas de sus enemigos: mientras que tal vez el verdadero delincuente se presenta con despejo, y muestra la mayor insensibilidad al oir la sentencia que le condena. ¿Y qué diremos de la fuga y de la fama pública? Aquella es á ve ces un medio que toma el inocente para no esponerse á las vejaciones de la prision y á los peligros del proceso, y esta puede haber tenido su origen de una calumnia ó de un error. Pero lo mas comun y natural es que el verdadero reo que queda sorprendido con una pregunta ó cargo que se le hace, tiemble y palidezca, ó que sabiendo que se le persigue, tome el partido de la evasion; y la mala fama no suele ser patrimonio de la inocencia. La mala fisonomia del

mostrarse por las robustas pruebas de confesion del reo, testigos presenciales é intachables ó documentos fehacientes. Asi lo reconoció el código romano cuando en la ley 25, tit. XIX del lib. IV, coloca entre las pruebas completas á la par de la de testigos idóneos y de la de instrumentos auténticos la de indicios que sean indudables y mas claros que la luz: Sciant, dice, euncti accusatores eam se rem deferre in publicam notionem debere, quæ numita sit idoneis testibus, vel instructa apertisimis documentis, vel indiciis ad, probationem indubitatis, et luce clarioribus expedita. Y asi lo declara tambien la ordenanza del ejército en el tratado 8. tit. V, art. 48, segun el cual cuando los indicios son tan vehementes y claros que correspondan á la prueba de testigos y convencen el ánimo, debe procederse á

Tomada como sustantivo, la palabra indi-
gena se aplica esclusivamente á los habitan-
tes que pertenecen al suelo, y que se desig
nan tambien bajo el nombre de naturales del
pais, para distinguirlos de los estrangeros;
pero esta espresion no se emplea mas que en
las comarcas nuevamente descubiertas, y de-
signa siempre à los habitantes, cuyo origen
remonta al momento mismo de este descu.
brimiento; no se aplica a los que han venido
alli á establecerse despues, aun cuando la época
de su establecimiento se refiera al tiempo
mismo del descubrimiento. Asi, relativamente
á América, no se entenderá jamás por indigenas
mas que á los últimos restos de esos desgra-
ciados indios á quienes la civilizacion europea
lanza diariamente en las profundidades de los
desiertos, hasta que todos ellos bayau des-
aparecido.

la pena ordinaria, como si el reo estuviese con- gero se haya olvidado, y merecerá esta deno-
feso. Pero en la estimacion del valor de los in-minacion, pues si ella era en su principio
dicios es donde debe ponerse el mayor cuida- exótica, ha adquirido derecho de naturaleza
do y proceder con estraordinaria circunspec-identificándose con una nueva patria.
cion y prudencia. Condeuar por un indicio va-
go ó indeterminado, por mas que al pronto
alucine y aparezca con algun carácter de ver-
dad, seria el colmo de la arbitrariedad y de la
injusticia. Ademas, debe contarse siempre en
tales casos con la predisposicion en que ya se
encuentra el espiritu del que busca pruebas de
criminalidad, á encontrarlas en el mas leve in-
dicio que se le ofrezca. En casos de duda será
siempre muy conveniente conocer los antece-
dentes de la persona á quien denuncian los
indicios, su conducta, su modo de vivir, y so-
bre todo sus prácticas religiosas, que es la pie-
dra de toque donde puede apreciarse el ver-
dadero valor de cada persona. No se pierda de
vista esta advertencia, sin la cual se espondria
el juez á cometer las mayores iniquidades y á
hacerse reo ante Dios y los hombres de la mas
tremenda responsabilidad, sembrando al mis-
mo tiempo una alarma terrorifica en el seno El sustantivo indigenato, no está ya en
de la sociedad, en la que ni el hombre mas uso; en otro tiempo espresaba la misma idea
justificado se creeria libre de sufrir las persccu- que naturalizacion; se llamaba cartas de in-
ciones de los tribunales, si bastaba para auto-digenato, lo que hoy Hamamos cartas de na- ·
rizarlas una vaga sospecha.
turalizacion, es decir, el acta por el cual un

INDIGENA. Esta palabra espresa la relacion estrangero pierde su cualidad de estrangero
que existe entre una cosa y el lugar de donde para adquirir los derechos de indígena, ó de
ella procede, indigena se emplea por oposi-naturales del pais.

ciou à la palabra exótico, que espresa la idea INDIGESTION. ( Medicina.) Aplícase esta
contraria y se aplica á las cosas que son estra-denominacion á los desórdenes repentinos de
ñas al pais á donde se las lleva. Las produc- la funcion digestiva considerados como in-
ciones indígenas designan las producciones disposiciones pasageras. Bajo este punto de
mismas del suelo, las que la tierra produce vista son sumamente comunes las perturba-
espontáneamente, ó que son el resultado del ciones de la digestion, pero raras veces se
trabajo ordinario de los habitantes del pais; acude á los médicos para que las curen; pues
las producciones exóticas provienen todas del cada cual se vale de los medios populariza-
estrangero. Uno de los mas grandes benefi-dos por una larga tradicion, que no es mas
cios de la civilizacion y el fin constante de que una ciega rutina. Las indigestiones de-
Eus esfuerzos, es procurar naturalizar las pro-penden de un estado morboso de los órganos
ducciones exóticas haciéndolas indígenas. La digestivos, ó de las sustancias alimenticias
observacion y la industria pueden mucho pa- que se usan, entre las cuales hay que contar
ra llegar á un resultado tan apetecible, y ca- las bebidas. No es posible suponer que en una
da dia nuevas conquistas vienen á borrar el afeccion tan leve y tan corta haya a'teracio-
carácter de estrañeza que en su origen se apli nes de tejido, sino simples perversiones de
caba á mil cosas que consideramos hoy como vitalidad, pues de otra suerte la constancia y
indigenas. Las riquezas que nos vienen de la la repeticion de los accidentes denunciarian
importacion, y que están de tal manera hoy in-enfermedades orgánicas, tales como la gas-
corporadas á nuestra industria, existen en tan tritis, la enteritis, etc. Como en el estómago
grande número, que asustaria su catálogo si es donde se verifica el acto mas importante de
pudiese presentarse por completo. Los cam-la funcion digestiva, es tambien dicha víscera
bios han sido tan rápidos y de tal modo multi-el teatro de los accidentes principales y mas
piicados, que es preciso remontarnos á varios comunes que constituyen esta indisposicion;
siglos para precisar lo que era entonces indi- en cuyos casos se ve viciada su vitalidad nor-
gena y lo que era exótico. Es preciso, pues, mal por diversas causas, y á menudo por vi-
para reconocer este carácter, detenerse en vísimas emociones morales esperimentadas
una época cierta, que se debe fijar en ciertos inopinadamente poco despues de la comida. A
años solamente, porque el hombre no puede veces producen este efecto la ingestion en el
medir nada mas que trayéndo'o todo al corto estómago de una bebida helada, ó la prepara-
espacio que abrazan los limites de su rápido cion azucarada llamada sorbete, que tanto se
tránsito por esta tierra. Asi se llamará indi-usa en las grandes cindades. Tambien pue-
gena toda produccion, cuyo origen estran-den desnaturalizar durante la quimificación, la

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