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destinados á él. Formar de todos un fondo común y sostener con éste un solo hospital, amplio, decente y abundante de aux ilios, es el pensamiento más noble y conveniente, más filantrópico y benéfico que puede realizarse. San Cosme con 79,000 pesos de capitales, San Juan de Dios con 40,000 y Belén con más de 60,000 pesos, forman una suma de ce rca de 180,000 pesos que debe producir anualm ente más de 8,000 pesos, con los que un solo hospital es indispensable que esté bien servido y suficientemente habilitado de cuantos útiles sean necesarios para los enfermos, inclusos los gastos del culto. Este hospital así arreglado puede formar se en cualquiera de los tres lugares referidos que V. S. I. lo estime conveniente, conservando en él todos sus derechos, su intervención, sus prerrogativas y jurisdicción, que como al diocesan o del Estado le conceden los sagrados cánones, sin que nadie pueda atacar en lo más leve sus legítimas atribuciones, con la circunstancia de contar para todo con el auxilio que este gobierno pueda darle á V. S. I., ya para el mejor arreglo y servicio de la casa, ya para el cobro de los réditos destinados á su sostén y de los capitales que no se hallen en vía de producir, por falta de voluntad en los deudores, por defecto de acción en los cobradores. Esta será la unión intervención que tenga el gobierno cuando V. S. I. la reclame y sus facultades para cualquiera otra cosa siempre estarán expeditas cuando V. S. I. las necesite.

Bajo este pie, ni temor ni dificultad ofrece esta gran obra, que si en todos tiempos ha sido útil á la sociedad, hoy es de todo punto necesaria, porque la desoladora plaga del cólera morbus se acerca al estado y la clase infeliz de él, reclama un asilo y abundantes socorros. Sin perjuicio de los más que este gobierno pueda proporcionarle á su vez, toca á V. S. I. franquearle el que queda referido, llenando de gozo su sensible corazón y conquistando de la generación presente un sentimiento de gratitud, y de las futuras una memoria de gloria y bendición.

En tal virtud y convencido de que V. S. I. se encuentra animado de los mejores deseos en favor del rebaño que la Providencia tiene confiado á su cuidado, me tomo la libertad de excitarlo con el empeño y la eficacia más decidida, para que con cuanta brevedad sea posible, puesto que solo de su voluntad depende, se sirva dictar las providencias que estime convenientes para realizar este plan de caridad en obsequio de un pueblo que ciertamente no es indigno de él, contando para cuanto juzgue útil y conveniente con el auxilio y la decidida cooperación del gobierno y de todas las autoridades del Estado, en cuyo progreso y beneficio estamos resueltos á sacrificarnos.

Sírvase V. S. I. comunicarme su resolución en este importante negocio y aceptar como siempre las protestas de mi particular consideración y distinguido aprecio.

Dios y libertad. Oaxaca, Septiembre 1o de 1849.-Benito Juárez.-Illmo. Sr. obispo de es. ta diócesis.

Se transcribió al M. I. y V. Sr. dean y cabildo de esta Santa Iglesia Catedral con el aumen to que sigue:

Y como este gobierno esté en la íntima convicción de que el I. Sr. obispo ha de dictar las medidas convenientes para la realización de esta obra interesante, de acuerdo con su M. I. y V. cabildo, tiene el honor de dirigirse á él, insertándole para su conocimiento la nota anterior, y rogándole con encarecimiento, que por su parte y en cuanto penda de sus atribuciones se sirva cooperar á ella con la eficacia y esmero que distinguen todos sus actos de beneficencia, en concepto de que el gobierno estimará en valor muy crecido este rasgo de interés en beneficio público y lo auxiliará empeñosamente dentro del límite de sus facultades.

Sírvase V. S. elevar lo expuesto á noticia del I. y V. cabildo que dignamente preside, y asegurarlo de la constante adhesión y respeto que á V. S. igualmente le protesto.

Dios y libertad. Oaxaca, Septiembre 3 de 1849.-Benito Juárez.-Al I. y V. Sr. dean y cabildo de esta Santa Iglesia Catedral. 1

I Contestación: Excmo. Sr.-Con mucho aprecio ha leído este cabildo la interesante nota que V. E. dirigió al Illmo. Sr. obispo sobre reunión de hospitales, y cooperará á tan caritativa obra cuanto le sea posible en la órbita de sus facultades.

Agradece también á V. E la bondad de haberle transcrito el ci

Cómo debe ser el juez

Secretaría del gobierno del Estado de Oaxaca.

Gobierno del Estado de Oaxaca.-El gobierno sabe con bastante sentimiento, que algunos jueces y asesores luego que conocen la gravedad de un negocio, luego que presumen en otro interesado el respeto de alguna persona que temen desagradar, se excusan de conocer apelando al medio de pretextar amistad ó enemistad con alguna de las partes, ó al de haber externado su opinión, sin reflexionar en este caso, que ni á los jueces ni á los asesores propietarios ó interinos les es lícito discutir y opinar indiscretamente sobre negocios, que tal vez pueden decidir ejerciendo las sagradas funciones de su encargo. El juez debe ser circunspecto, independiente de afecciones y de temores, debe cumplir su deber por grave que sea el asunto, por distinguido que sea el rango de la persona que se interese en él. De lo contrario, llegaría el caso de que la justicia no se administrase por falta de juez que la impartiera. Todos los hombres tenemos un círculo más o menos extenso de relaciones, tenemos afecciones también, y si fuera lícito no estrellarse alguna vez en este inconveniente, sería preciso con

tado oficio, y tiene el honor de repetirle las protestas de su consideración y distinguido aprecio.

Dios guarde á V. E. muchos años, Sala capitular de esta Santa Iglesia Catedral. Oaxaca, Septiembre 5 de 1849.—José M. Galindez.-José Francisco Mora.-José María Alvarez. -Excmo. Sr. gobernador de este Estado Lic. D. Benito Juárez.

venir en que la sociedad no debía tener servidores para todo, y antes que ponerla en conflicto, mejor sería abandonar el puesto en que ella los ha colocado y dejarlo expedito para el que sin temores, sin consideraciones, sin afecciones y con un vivo deseo de corresponder á la confianza que le ha dispensado, no conozca más norte en su conducta que el de la ley, ni haga otra cosa que cumplir fríamente con su deber.

Mientras este gobierno recaba del soberano congreso una disposición que corrija este abuso que cede en descrédito del Estado y causa irreparables perjuicios á la sociedad, espero que V. S., de acuerdo con la Exma. corte de justicia, que dignamente preside, dicte las providencias que sean de su resorte para remediar este mal. Recomiendo á V. S., que como tan interesado en la buena administración de justicia, tan convencido de que sin ésta los goces sociales son nulos, se interese en obsequiar esta indicación, que no lleva más fundamento que el interés que me anima por el bien y felicidad del Estado.

Espero que V. S. me comunique el resultado y que entre tanto se sirva aceptar las seguridades de mi fino aprecio y distinguida consideración. Dios y libertad. Oaxaca, Septiembre 14 de 1849.-Benito Juárez.-Sr. regente de la Exma. corte de justicia de este Estado.

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