Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volumen30Revista de legislación, 1869 |
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Términos y frases comunes
1.º de mayo 22 de mayo abril Administracion Almirantazgo aplicacion Arancel arreglo ascenso Audiencia buques cargo cion clase clasificacion le corresponda Comandante comision competen como individuo Consejo Considerando Constitucion crédito debe Declarando cesante derechos despues dictando Diputado Direccion disponiendo disposiciones distrito efectos Ejecutivo ha tenido ejercicio enero entrada escudos españoles espediente espedir espresa establecimientos estranjero fecha Fomento Gaceta Gobernador superior civil Gracia y Justicia guarde á V. I. Hacienda Idem cesante Ilmo Jefe José Juez de primera junio Juzgado legislacion liquidacion Llivia Madrid Manuel Manuel Ruiz Zorrilla Marina marzo metros mil ochocientos sesenta Ministerio nombrando Notario Oficiales pago plazo Poder Ejecutivo Práxedes Mateo Sagasta Presidente presupuesto primera instancia Promotor fiscal provincia provincia de Búrgos provincia de Huesca provincia de Leon provincia de Valencia Provisional y Ministro pública real decreto real órden reales por trimestre Registradores reglamento reglas respecto Seccion servicio sesenta y nueve.-El tambien Tesoro tículo Tribunal Ultramar vacante
Pasajes populares
Página 546 - De dirigir peticiones individual ó colectivamente al Rey, á las Córtes y á las Autoridades. . El derecho de petición no podrá ejercerse por ninguna clase de fuerza armada. Tampoco podrán ejercerlo individualmente los que formen parte de una fuerza armada, sino con arreglo á las leyes de su instituto, en cuanto tenga relación con éste.
Página 546 - La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.
Página 551 - La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
Página 546 - Tampoco podrá ser privado ningún español : Del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante.
Página 546 - ... de otro procedimiento semejante. Del derecho de reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios á la moral pública; y, por último, Del derecho de dirigir peticiones individual ó colectivamente á las Cortes, al Rey y á las autoridades.
Página 550 - Directores de las Reales Academias Española, de la Historia, de Bellas Artes de San Fernando, de Ciencias exactas, físicas y naturales, de Ciencias morales y políticas, y de Medicina.
Página 553 - Supremo sin sujeción a lo dispuesto en el párrafo anterior, ni a las reglas generales de la ley orgánica de Tribunales; pero siempre con audiencia del Consejo de Estado y dentro de las categorías que para estos casos establezca la referida ley.
Página 553 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.
Página 389 - Diputado Secretario.— Francisco Javier Carratalá, Diputado Secretario. Por tanto: Mando á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que la guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar en todas sus partes.
Página 553 - Art. 93. Se establecerá el juicio por jurados para todos los delitos políticos y para los comunes que determine la ley.