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CAPÍTULO CUARTO.

ANTONIO DE TORRES.

Atendieron los Reyes las quejas llegadas hasta su trono por conducto del mensajero Pedro de Santana, y confirmadas la verdad y justicia de la reclamacion, expidieron Real Cédula en 4 de Febrero de 1502, dirigida al Gobernador cualquiera que en Canaria se encontrase, para que se despojase á Lope Sanchez de Valenzuela de cuantas heredades hubiese tomado en lugar diferente del que se le hubiese señalado: «Sepades que Pedro de Santa Ana, »en nombre de los que nos sirvieron en la conquista de »la dicha Isla, nos fizo relación por su petición, diciendo que Nos ovimos mandado por una nuestra carta á Lope »Sanchez de Valenzuela, nuestro Gobernador de la dicha Isla, que á los que nos habian servido en la conquista adella, les pagase en tierras y heredades, apreciadas á precios razonables, lo que justamente les es fazer debi»do por razón del dicho servicio, é que hiciesemos mer»ced al dicho Lope Sanchez de tierras de regadío para

>>cien fanegas de sembradura, é diz que el dicho Goberna>>dor tomó las dichas tierras en otras partes é logares »>de las que por Nos le fué mandado, é por que algunas >>personas lo ge contradecian, diz que les dió muchas >>tierras y heredades, porque lo oviesen por bien, é los >>que nos habian servido en la dicha conquista diz que >>no le fueron pagados de lo que se les debia, ni les dió >>>tierras ni aguas, en lo cual diz que habian recibido mu>>cho agravio é daño, é en dicho nombre nos suplicó é pi>>dió por merced mandásemos quitar é tomar al dicho »Gobernador las tierras é heredades que habia tomado >>en otros logares de los que por Nos le habia sido man>>dado, é mandásemos tomar todas las tierras que habia >>dado el dicho Gobernador á los que no habian servido >>en la dicha conquista, é de las dichas tierras é hereda>>des mandásemos pagar á los que nos habian servido... é >>Nos tovimoslo por bien; por lo que vos mandamos que >>luego véades lo susodicho é llamades é oidas las partes >>á quien atañe, breve é somariamente sin dar lugar á lar»gas ni dilaciones de malicia..... fagades é administra>>des... cumplimiento de justicia...»

Con la misma fecha fué nombrado Gobernador Antonio de Torres, y en Cédula de 24 del mismo mes de Febrero de 1502, le dicen los Reyes «que Pedro de Sta. Ana, >>en nombre de los que sirvieron en la Conquista de ella, >>les habia hecho relacion para su peticion diciendo que >>muchas personas se van á avecindar á dicha isla y >>que á causa de no les dar vecindades según que por >>otras cartas lo mandamos que se reparta entre las "personas que nuevamente se van á avecindar á la di>>cha isla, se tornan y van á otras partes; en lo cual dice >>que la dicha isla recibe mucho agravio porque si las ve>>cindades les fuesen dadas como nos mandamos por las >>dichas nuestras cartas continuamente se poblaria y eno>>bleceria mas, esto suplicó y pidió por merced sobre >>ello. Mandásenos proveer de manera que las personas

»>que á la dicha isla fuesen á avecindarse de aquí adelan>>te les fuesen dadas las tierras y cosas que nos tenemos >>mandado y ordenado ó como la nuestra fuese etc.»>

Y se nombró á Bartolomé Ramirez para que informase, cuyo trabajo principió inmediatamente; en tanto el nuevo Gobernador trabajaba sin descanso por poner en órden la distribucion'de tierras y aguas, reglamentando la incipiente sociedad, que principiaba á inficionarse con un gérmen de ambicion al cual era forzosamente poner coto; pues á la par que se ensanchaba el cultivo con la roturacion de terrenos, la poblacion crecia, y como se habian repartido terrenos junto al circuito de la misma villa, era indispensable para construir nuevos edificios proceder á la expropiacion que se llevaba á cabo, sin necesidad de esos complicados é interminables expedientes que hoy están en uso: «Despues desto en 18 dias del mes de Junio »de 1502 años, el Gobernador Antonio de Torres, dijo; que por cuanto por el Cabildo de esta Isla veyendo que en »esta Villa hay mucha necesidad de Lugar para hacer ca»sas y que abia muchas gracias de cada dia crece esta Is»>la, especial esta Villa, é viendo la dicha necesidad y que >>>Juan de Siverio tiene un pedazo de tierra de regadío jun>>to con esta Villa y por el Cabildo habia sido acordado »que se le tomase y que él como repartidor y reformador >>le diese por ella equivalencia y el dicho, Juan de Siverio >>era contento de la dar que acatando el valor de la dicha >>tierra que tiene el dicho Juan de Siverio él le dá é hace >>gracia é donación en nombre de sus Altezas de una suer»te de tierra de regadío de cinco alanzadas con el agua »á ella perteneciente en el Valle de Tenoya é con el agua >>del dicho valle donde........ avida junta ó en pedazos »que sea sin daño de...... »

Y el Tribunal de la Inquisición parecía ser como el complemento de aquel órden de cosas, con la reglamentacion de su personal é instrumentos de tortura, que iban sembrando por donde quiera el terror y el espanto, fun

cionando con energía, y soñando en su insistente fanatísmo, encontrar numerosas personas á quienes aplicar saludable correccion, y si se equivocaba en sus investigaciones, lo que con frecuencia acontecía, los mismos inquisidores habian encontrado la fórmula de salvar toda su responsabilidad, haciendo de antemano saber al supuesto reo las siguientes palabras de su bien estudiado formulario que: «si en el dicho tormento muriere ó >>fuere lisiado ó se siguiere efusion de sangre ó mutilacion >>de miembro, sea á su culpa y cargo, y no á la nuestra, >>por no haber querido decir la verdad.»>

El mismo Sr. Millares que tuvo ocasion de examinar el archivo de este calificado Santo Tribunal, nos dice lo siguiente respecto á los aparatos y procedimientos que empleaba (1): «El tormento más comun, era el que llama»ban de la cuerda, que consistia, cuando era ordinario, >>en atar las manos del paciente á su espalda, con el ex>>tremo de una cuerda, que colgaba de una pólea, fija en el >>techo. Subíasele luego al reo hasta donde permitia la >>altura de la bóveda, y enseguida se le soltaba, deján >>dole caer de improviso, pero sin que tocara con sus >>piés el suelo. Este juego se repetia dos ó tres ve>>ces, hasta que todas las articulaciones de la víctima >>quedaban fuera de su lugar, y el nudo que sujetaba la »cuerda, tocaba el hueso. El extraordinario no tenia más »>diferencia, sino que en cada uno de los piés del reo, se »ataba un peso de cincuenta libras, lo que proporcionaba >>el placer de verle espirar reventado, en medio de los »más horribles dolores.

>>Sin embargo, se procuraba siempre no abusar de es>>tas pruebas, hallándose el médico cerca de la cámara »para consultarle al final de cada ejecucion, porque hu>>biera sido una grave responsabilidad para los Inquisi>>dores, si aquella alma moria impenitente, ó se sustraia »de ese modo á una pena más lenta y prolongada.

(1) Millares: Historia de la Inquisicion: T. I. p. 132.

>>Usábase tambien del tormento del potro, que consis->>tia, en extender el cuerpo del paciente sobre un caba>>llete, en forma de arco, colocándole la cabeza, de modo »>que apenas pudiera respirar, y en esta posicion, se le »>ataban los brazos y piernas en unos barrotes que se >>movian en encontradas direcciones, dislocando á cada »vuelta los miembros de la víctima.

»A veces añadian el suplicio del agua, vaciando por >>la boca, con un alambique, cuantos azumbres pudiera >>contener el cuerpo. Otras empleaban el de la cuña ó >>borceguí, que se ejecutaba, colocando las piernas del paciente entre cuatro tablas, de las cuales dos iban in>>ternas y dos externas perfectamente ligadas. En seguida, «con unas cuñas de hierro, que se entraban á viva fuer»za, se comprimian lentamente las tablas, que iban á su >> vez pulverizando las piernas; de modo, que á la octava »cuña, era cosa probada, que las tablas quedaban perfec>>tamente unidas, y desaparecian las piernas, habiendo cai»do al suelo desmenuzadas, en informes fragmentos de »carne, sangre y huesos.» (1)

No podia deslizarse palabra alguna que no fuese correcta y comedida; pues la más leve indicacion daba lugar á un severo procedimiento, como lo demuestra el hecho de que en el año de 1503, al celebrarse con la debida pompa en el Real de Las Palmas la procesion del Córpus, á que asistía el Gobernador y demas caracterizadas autoridades, y á cuyo acto habia sido invitado el Regidor Bartolomé Paez para cargar una de las andas del trono, dijo, observando lo excesivo del peso, que así como á un

(1) Con motivo de estar derribando, para hacer nuevas construcciones, el Palacio y Cárcel de la Inquisicion, supliqué al Maestro encargado de la fábrica, con el permiso de su dueño el Sr. D. Rafael Massieu y Falcon, que si se encontraba algun objeto de cualquier naturaleza, me lo entregasen para depositario en el Museo Canario, y solo se han encontrado esqueletos humanos, lo que indica que al lle var á feliz término la sumaria, algunos entregaban su alma al Cria-dor, privando asi á Jueces tan rectos tan cristianos y tan caritati vos, la satisfaccion de contemplar las horribles contorsiones que produce el fuego proporcionalmente que vá destruyendo los tejidos.

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