Imágenes de páginas
PDF
EPUB

resolucion, señor, todos cuantos en la villa están, grandes y pequeños, son culpados en el negocio. Preguntéle que por qué los religiosos se mostraban tanto por D. Antonio, sabiendo la merced y regalo que S. M. hacia á todos ellos; díjome que como él habia siempre andado desfavorescido en la corte, se habia retirado á los monasterios, habia tenido cuenta con dar á los frailes á uno un libro, á otro un hábito, y que desta manera les tenia ganado la voluntad, y ellos con su predicacion y conversion hacian los oficios que podian y yo veia. Nuestro Señor la muy ilustre persona de v. m. guarde y acresciente. De el alojamiento de la ribera de la Caña á 13 de julio 1580.-B. L. M. á v. m. su mayor servidor.-Juan de Albornoz.

Sobre. Al muy ilustre señor, mi señor, Gabriel de Zayas, del Consejo de Estado de S. M. y su secretario de Italia en Badajoz.

Copia de minuta de carta del rey al duque de Alba. De Badajoz á 14 de julio de 1580.

Recomendacion en favor de D. Luis de Córdoba.

(Archivo general de Simancas.-Estado, legajo núm. 423.)

Al duque de Alba.-D. Luis de Córdoba, que esta os dará, ha residido en Lisboa mucho tiempo por la causa que vereis por un memorial suyo, que irá con esta, y teniendo por cierto que su persona será de provecho cerca de la vuestra por las razones que en él apunta, le he mandado. que me vaya servir en ese ejército, habiéndole mandado dar 500 ducados de ayuda de costa; y porque por su ca

lidad y buena intencion meresce que se tenga cuenta con él, os encargo mucho lo hagais así, y que le favorescais en todo lo que hubiere lugar, que yo recibiré en ello placer y servicio. De Badajoz á 14 de julio 1580.

Copia de carta de Albornoz á Zayas, fecha á 14 de julio de 1580.

Teme que los de Setubal quieran resistir.

(Archivo general de Simancas.-Secretaría de Estado, legajo núm, 420.)

MUY ILL.re SEÑOR:

Torno á besar á v. m. las manos por la merced que me hizo con los advertimientos que vinieron como se puede esperar del amor y cuidado con que v. m. me hace siempre merced, á quien suplico no se olvide de mi particular, que para solo dar salvaguardias y respuesta á los portugueses son menester dos ó tres hombres, y á ninguno dellos se los lleva ni ha de llevar una sola blanca.

Temeroso estoy de que los de Setubal han de querer aguardar, no los de la villa, sino los soldados que han entrado les han de querer persuadir á que peleen, pareciéndoles que tienen la retirada segura, y que no se les dará nada de que los naturales se pierdan. Dice este hombre que habia grandísima confusion entre ellos, y tambien dice que ganada Setubal, y venida la armada, que es acabada la jornada sin tener remedio ninguno los rebeldes.

Con esta envío el acto que hicieron los de Cabrela, y

tambien envío el de Ebora, y una carta que escribió el alcaide de Alcazar do Sal, que mandará v. m. poner con el testimonio del acto de aquella villa; hay hartos culpados en ella, y creo que lo pagarán. No puede v. m. creer el tiempɔ que hace; ha proveido Dios como quien él es, que de otra manera fuera imposible segun el camino que traemos, que es el mas áspero y tan estéril que dicen los soldados que importa mas lo que S. M. gasta que vale todo el reino, gente es de extraño humor. Plegue á Dios que esto se acabe tan presto como yo deseo, y que se lo perdone á los gobernadores, que si ellos quisieran, segun dice un clérigo de aquí mi vecino, esto estuviera acabado dias ha. Guarde y acresciente Nuestro Señor la muy ilustre persona de v. m. Del campo en el alojamiento de Landeira á 13 de julio de 1580 años.-Muy ilustre señor.-Besa las manos á v. m. su mayor servidor.-J. de Albornoz.

Sobre. Al muy ilustre señor Gabriel de Zayas, mi scñor, secretario y del Consejo de Estado de S. M.

Carta original en portugués á favor de los que habiesen tomado parte por D. Antonio, prior de Crato, firmada por Felipe II en Badajaz á 14 de julio de 1580.

CARPETA.—Carta original en idioma portugués, firmada del señor rey D. Felipe II, sellada con las armas de aquel reino, dada en la ciudad de Badajoz á 14 de julio de 1583, por la que concedió perdon á todos los que hubieren seguido la voz de D. Antonio, hijo bastardo del Infante D. Luis, su tio, que se llamó rey de aquel reino, y tomasen la de dicho señor rey dentro del término que asignase el Excmo. señor duque de Alba D. Fernando Alvarez Toledo, de su Consejo de Estado y capitan general de su ejército, exceptuando á dicho D. Antonio de este perdon y á todos los inducidores de las rebeliones, que cometió en Santaren, Lisboa y Setubal (Setuel) y á todos los que aceptaron y aceptasen de él como rey, cargos, oficios y mercedes, y á los que le sirviesen entonces, que todos serian castigados conforme á derecho.

(Archivo del Excmo. señor duque de Alba.)

Dom Philippe, per graça de Deus, rey de Portugal e dos Algarves de aquem e de alem mar em Affrica, senor de Guinee e da conquista, navegação, comercio de Ethiopia, Arabia, Persia e da India etc., a quantos esta minha carta de perdao virem faço saber que sendo eu emformado como na rebeliao que fez dɔm Antonio filho nao legitimo do senor Infante dɔm Luis, meu tio, que Deus tem, tomando e usurpando tiranicamente o nome de rey dos ditos reinos e senorios muitas das pessoas que tomarom e sequem sua voz, ó fizeron e fazem forzados e opprimidos com medo de os matarem e de lhes rombarem e saquearem suas façendas, e assi que muita da gente popular foi emganada e persuadida pelo dito dom Antonio e pe los rebeldes movedores de sua rebilao com rezoes falsas e apparentes que nunca faltao a os

taes sediciossos pera inducirem o povo simprez de cautelas ao que pretendem, e querendo prover como os forçados e opprimidos nam seyao punidos juntamente com os culpados, e que o povo (que commummente he mais facil de enganar) nam seya castigado com o rigor que o dereito permite, e por facer graça e merge as molheres e filhos inocentes que muitos deles tem e pendem de sua administraçam, hey por bem e me praz que todos aqueles que deixando a voz do dito dom Antonio e seguindo a minha comɔ de seu rey e natural senɔr que sou se reduzirem á meu serviço dentro do termo que lhe pera isso asinara o duque Dalva, meu primo, do meu Consselho do Estado e meu capitao general, seyao perdoados livremente de toda a culpa em que teverem encorrido por assiterem tomada e seguida a voz do dito dom Antonio e de todas as penas estabelecidas per dereito comum e pelas leis, ordenações e costumes dos ditos reinos e senorios de Portugal, porem o dito dom Antonio e todos os induzidores das rebelioes que cometeo na vila de Santarem, e em Lisboa e Setubal, e todos os que dele aceitarom ou ao diante aceitarem cargos, officios e merces como de rey e os que o servem actualmente nam gozaram deste perdam e merce antes serao punidos e castigados conforme a direito com todo rigor de justicia, e pera certeza de tudo mandei passar esta carta por mim asinada e asclada com o selo de minhas armas reaes da coroa de Portugal, e mando que se cumpra e guarde mui inteiramente como nela se contem, e que ao trelado dela impreso, aselado com o dito selo e refrendada per Nunalvarez Pereira, se dee tao inteira fee e credito como a esta propia. Dada na cidade de Badajoz a catorce dias do mes de julho de mill e quinhentos e oytenta. Eu Nunalvarez Pereira fiz escrever. -El rey, con rúbrica.

« AnteriorContinuar »