MISCELANEA Antiguo Catálogo de Indulgencias concedidas a los que visitaren los Santos Lugares de Palestina. - Los Frailes Menores que en todo tiempo, por razón de su altisima pobreza, vivían de las limosnas que espontáneamente les suministraban piadosos bienhechores, solian dar a éstos Cartas de Hermandad en que se consignaban ias indulgencias y gracias espirituales de que se hacían participantes los que contribuían al socorro de su pobreza. En otro lugar (1) hemos dado a conocer dos de estas Cartas y ahora nos parece conveniente publicar otra en que, además del Catálogo de indulgencias ordenado por Fr. Marcos de Treviso, se insertan las que se ganaban visitando los Lugares de la Tierra Santa, de cuya custodia, como es bien sabido, estuvieron encargados los Franciscanos casi desde los comienzos de nuestra Orden. Esta Carta de Hermandad la encontramos en el Archivo de los PP. Capuchinos de León, y está escrita en un grande pergamino que mide 800×500 mm. Omitiendo el Catálogo de Fr. Marcos, publicamos solamente las indulgencias referentes a los Santos Lugares de la Palestina, que son las siguientes: «In Dei nomine, amen. Este e traslado de vn priuillegio que fué sacado de vna bulla original que fué ganada por el muy reuerendo don fray Gandulfo, patriarca de Iherusalem (2), en el qual se contienen las gracias et estaciones otorgadas a todos los Hermanos o Hermanas de la dicha Orden, las quales ganan todos aquellos et aquellas que visitaren las dichas casas et monesterios de nuestro Padre Sant Francisco et dieren sus limosnas a la dicha Orden. Las quales gracias et indulgencias son estas que se siguen: >> Primeramente en la casa de Bethleem, donde nasçió nuestro señor Ihesu Christo, mill años et mjll quarentenas de perdon. > La segunda estacion es en la casa de Nazareth, donde saludó el angel Gabriel a la virgen Maria, et le dixo: Aue Maria gratia plena, Dominus tecum, ochoçientos años et ochoçientas quarentenas de perdon. > Iten, en el templo donde fué nuestro Señor ofresçido en las manos de Simeon el justo, sitecientos años et siteçientas quarentenas de perdon. > Iten, en la torre de Dauid, donde se humilló la palma a Ihesu Christo, quinientos años et quinientas quarentenas de perdon. 1) Vease AIA, t. I, págs. 548-9; t. IV, págs. 300-7. (2) En el año de 1295, Radulfo o Landulfo fué elegido por el sumo pontifice Bonifacío VIII, Patriarca de Jerusalén, que suponemos sea el mismo que obtuvo la bula de indulgencias a que se alude aquí, ECBEL. Hierarchia cath., t. I. ed. 2., pág. 275. Iten, en la huerta de Ihericó, donde todo palmero deue de traer la palma, ochoçientos años et ochoçientas quarentenas de perdon. > Iten, en la puerta por la qual entró nuestro señor Ihesu Christo el dia de Ramos cauallero en la asna, mjll años y mjll quarentenas de perdon. Iten, en la fuente de Jordan, donde fué nuestro señor Ihesu Christo baptizado por las manos de Sant Juhan Baptista, nueuecientos años et nueueçientas quarentenas de perdon. >Iten, en el val de Ebron, donde nuestro padre Adam et nuestra madre Eua fueron echados del paraiso terrenal, quinientos años et quinientas quarentenas de perdon. Iten, en el monte Sinay adonde nuestro señor Dios dió la ley a Moysen, quinientos años et quinientas quarentenas de perdon. >Iten, adonde degollaron a Santiago, fijo del Zebedeo, quinientos años et quinientas quarentenas de perdon. >> Iten, en el desierto, adonde nuestro señor Jhesu Christo ayunó quarenta dias et quarenta noches por todo el mundo saluar, mjll años et mjll quarentenas de perdon. Iten, en el templo de Salomon, donde yase el monumento de Sancta Maria Salomé, seysçientos años et seysçientas quarentenas de perdon. >Iten, en el val de Ebron, adonde se crió el arbol de que se fizo la crus de nuestro señor Jhesu Christo, seyscientos años et seysçientas quarentenas de perdon. >Iten, en Bethania, donde nuestro señor Jhesu Christo resucitó a Sant Lazaro, quinientos años et quinientas quarentenas de perdon. Iten, adonde nuestro señor Jhesu Christo cenó el Jueves de la Cena' con sus discípulos, mjll años et mill quarentenas de perdon. Iten, en el huerto, adonde nuestro señor Jhesu Christo fizo oracion al Padre et sudó gotas de sangre por todo el mundo saluar, mjll años et mjll quarentenas de perdon. >> Iten, en la carrera por donde leuaron preso, preso (sic) a Jhesu a casa de Anás et Cayphás, mjll años et mjll quarentenas de perdon. >>Iten, en el palacio del rey Herodes, mjll años et mill quarentenas de perdon. > Iten, en el palacio de Pilato, adonde judgaron a nuestro señor Jhesu Christo, tres mjll años et tres mjli quarentenas de perdon. Iten, en el monte Caluarie don[de] fué crucificado nuestro señor Jhesu Christo, indulgencia plenaria a culpa et a pena. > Iten, en el sancto Sepulcro, donde fué sepultado el cuerpo de nuestro señor Jhesu Christo, cinco mjll años et cinco mill quarentenas de perdon. >>Iten, en el lugar adonde nuestro señor Jhesu Christo apareció a la Magdalena después de la Resurrecion, mjll años et mill quarentenas de perdon. > Iten, en el lugar adonde nuestro señor Jhesu Christo apareció a la Virgen María, mjll años et mill quarentenas de perdon. Iten, en el lugar donde nuestro señor Jhesu Christo apareció a Sant Pedro en la cuena donde se fue a esconder quando lo negó, quinientos años et quinientas quarentenas de perdon. > Iten, adonde nuestro señor Jhesu Christo apareció a sus Discípulos, seysçientos años et seysçientas quarentenas de perdon. > Iten, en el monte Oliuete, donde nuestro señor Jhesu Christo subió a los cielos, seysçientos años et seysçientas quarentenas de perdon. >>Iten, en el lugar donde fué fallada la Cruz de nuestro señor Jhesu Christo, dos mjll años et dos mjll quarentenas de perdon. >>Iten, en el ual de Josaphat, donde auemos de ser jusgados en el dia del juysio, tres mjll anos et tres mill quarentenas de perdon. ►Manifiesto sea a todos los fieles christianos que las presentes vieren como nos fray Juan Carlin, maestro en santa Theologia, ministro de la Prouincia de Santiago (1) et el doctor fray A.o de Llangreo, custodio de Leon e el doctor frey Pedro de Avila, guardian de Sant Francisco de la çibdad de Astorga et el presentado frey Gómes de Robredo, comissario (2) estando ayuntados en el dicho monesterio de la dicha çibdad en nuestro Capítulo, a campana tañida, segun que lo avemos de vso et costumbre de nos ayuntar, ordenamos et establecemos por estatuto et ordenança de confraderia que todos et qualesquier fieles christianos ansi omes como mugeres que quisieren ser Hermanos et confrades de la dicha Orden de Sant Francisco que sean recebidos por la manera seguiente: > Primeramente, que todos los clérigos, caualleros, escuderos, dueñas et donsellas, çiudadanos, labradores et pastores, omes et mugeres de qualquier estado et condicion que sean que en esta santa Confradia quisieren entrar del bienaventurado Sant Francisco, que sean recebidos cada vna persona dando vn rreal de plata o su justo valor, para mantener et sustentar los frayres de todos estos reynos de Castilla que para esta fiesta de Sant Juan deste año an de ser juntos a celebrar su Capitulo et ordenar aquellas cosas de que Dios sea seruido y nuestra santa fee cathólica enxalçada. >> Iten, que qualquiera duena que no fuere casada nyn desposada, asi como moços et moças et onbres et mugeres (borrado) que desta Confradia quisieren gozar... de la bos de Sant Francisco quisieren estar que ayan de dar por si un rreal de plata o su justo et verdadero valor, en qualquiera cosa que sea. (1) Fué Minissro provincial desde el año 1493 hasta el de 1496, según el P. CASTRO, Arbol cronológico, P. 1, pág. 76. En el año de 1498 se titula Menistre general de la Probencia de Santiago et administrador de las frayras et religiosas de Santa Clura, en un documento que hemos publicado en El Eco Franciscano, t. XXXI, pág. 500, donde aparece su firma autógrafa. (2) En el Archivo de nuestras religiosas de Santa Clara de Astorga hemos logrado eхаminar el Becerro copiossisimo y muy ymportante para este conrento Real de Santa Clara, Contiene quatro tomos en los quales se hallarán quanto se pudiera veer, papel por papel, en todo el Archibo. Compuesto y cohordinado con toda expresion, claridad y acierto por el celosissimo y vigilante R. P. FR. ANTONIO RODRIGUEZ RICON, predicador general, ex guardian de San Francisco de Benauente, vicario y reformador de este conuento en cuio beneficio incesantemente trauazó desde el principio de el año 1744 asta 3 de Febrero de 1748 en que dió fin a la carrera de su mortal vida. Todo esto que precede léese en la portada del tomo I de la obra, por muchos conceptos estimable, del P. Rodríguez Ricón. En el tomo II, fol. 334v. sigs., hay una escritura de foro hecha en 6 de Enero de 1484 por Fernán Garrido y su mujer María Martínez, a favor de Fr. Gómez de Robledo, fraile de Astorga y bachiller de Teología. Probablemente, este mismo sujeto es el que figura en la Carta de Hermandad que aquí publi camos. >> Otrosy, por quanto las ánimas de los defuntos son... de sus herederos, por ende establecemos que qualquiera que diere (?) vn real o su valor, que pueda poner a si et a seys ánimas defuntas; el que diere medio que pueda poner a si et a tres animas defuntas. >> E nos, los sobredichos Ministro et cetera recebimos a todos los que en esta Confradia et Hermandá recibierdes, en todas las gracias, et indulgencias et perdones a la dicha Orden de Sant Francisco concessas. E más, vos rrecebimos a vosotros et a las ánimas de vuestros defuntos en todos los beneficios, Missas, et sacrificios, oraciones que fazen et faran para sienpre jamás en la dicha Orden de Sant Francisco; en todas las oras canónicas et en Maytines, Prima, Tercia, Sesta, Nona, Visperas, Conpleta, et ayunos, e uigilias, e romerias, et predicaciones, et disciplinas, e aniuersarios, e en huérfanos criar, e enfermos visitar, e en muertos enterrar, e en limosnas dar, en las siete obras de misericordia conplir et acabar, e en todos los otros los otros (sic) bienes que fazen et farán en la dicha Orden de Sant Francisco ansi en la muerte como en la vida. >> En testimonio de lo qual mandamos dar et dimos esta nuestra Carta de Confraderia et hermandad, firmada de nuestro nonbre et sellada con el sello de la dicha casa. >Otrosi, mandamos a los frayres que predicaren la presente bulla, en qualquiera lugar que sea, que digan el dia que llegaren al lugar vna vegilia cantada, et otro dia vna Missa de rrequien con rresponso sobre el ciniterio de la yglesia por ánima de los defuntos.>> Dispensa de la Sagrada Penitenciaría, año 1679, para que Fr. Blas González, lego de la Provincia de San Miguel (1) pueda ser incorporado a la de Santiago. Este documento se conserva en nuestro convento del Palancar; está escrito en pergamino, que mide 190×305 mm, con 30 en los pliegues. Tiene un sello de cera pendiente de cordones, y su tenor es como sigue: «Leander, miseratione divina tituli Sanctorum Nerei et Achillei S. R. E. presbyter cardinalis Colleredus, religioso viro Provinciali Fratrum Minorum Observantium Provincie Sancti Jacobi, salutem in Domino. >> Ex parte Blasii Gonzales, laici religiosi prefessi Fratrum Minorum Observantium Provincie Sancti Michaelis, latoris presentium, Nobis oblata petitio continebat, quod ipse, alias a sua Provincia, absque suorum Superiorum licentia, discessit, et ad Urbem personaliter accessit, ubi Procuratori generali se presentavit, et subinde, adsentiente et supplicante ipso Procuratore generali, a sacra Penitentiaria penarum et penitentiarum quibus propter huiusmodi a Provincia discessum et ad Urbem accessum, iuxta sui Ordinis Constitutiones mulctandus esset, condonationem et collocationem in Provincia Sançti Jacobi obtinuit. Cum autem, sicut eadem petitio subiungebat, dictus lator nullum super huiusmodi condonationis et collo (1) La Provincia de San Miguel es hija de la de Santiago, cuya división fué decretada en el año de 1548, en un Capítulo celebrado en Benavente bajo la presidencia del Rmo. Padre Fr. Andrés de Insua. CASTRO, Arbol cronológico, P. I, pág. 69. cationis gratia testimonium reportaverit ut Superioribus, ad quos spectat, de prefata gratia constare possit, ideo pro sue conscientie quiete cupit per Sedem Apostolicam sic condonatus in utroque foro ad te mitti. Quare supplicavit humiliter, ut sibi super his de opportuno remedio providere dignaremur. > Nos, igitur, qui Penitentiarii domini Pape curam gerimus, huiusmodi supplicationibus inclinati, auctoritate apostolica Nobis speciali concessa, dictum latorem a penis et penitentiis quibus propter premissa mulctandus esset, condonatum, ad te collocandum et incorporandum in tua Provincia, in utroque foro, mittimus. >> Non obstantibus premissis ac constitutionibus et ordinationibus apostolicis, necnon dictorum Fratrum Minorum Observantium ac Provinciarum statutis ac privilegiis, ceterisque contrariis quibuscumque. > Datum Rome, apud Sactum Petrum, sub sigillo officii Penitentiarii decimo septimo kalendas Aprilis, pontificatus domini Innocentii papa undecimi, anno tertio. ►N. Grimaldus. >> Gratis ubique. > P. patriarcha alexandrinus, sigillator.» Facultad dada en 1698 a Sor Rosa Luisa y Sor Juana Quiñones y Neira, religiosas del convento de Santa Clara de Zafra, (1) para elegir confesor extraordinario. En el mismo convento del Palancar encontramos el documento siguiente: «Leander, tituli sanctorum Nerei et Achillei S R. E. presbyteri cardinalis Colloredus, dilectis nobis in Christo Rose Ludovice et Joanne Quinones e Neira monialibus professis Ordinis Sancti Francisci, monasterii Sancte Clare ex villa de Zafra, Pacensis seu alterius civitatis seu diocesis, salutem in Domino. >>> Ex parte vestrum Nobis oblata petitio continebat quod pro vestrarum conscientiarum exoneratione et quiete cupitis vobis facultatem eligendi confessarium, preter assignatum pro vestro monasterio per Sedem Apostolicam, concedi. Quare supplicastis humiliter ut vobis super his de opportuno remedio providere dignaremur. >> Nos, igitur, qui penitentiarie domini Pape curam gerimus, huiusmodi supplicationibus inclinati, auctoritate apostolica speciali et expresse previa consultatione, annuente ipso domino Papa, Nobis concessa, vobis et cuilibet vestrum ut confessarium preter assignatum pro vestro monasterio, dummodo ille sit ex approbatis ab Ordinaris pro monialibus, pro duabus vicibus dumtaxat, pro vnaquaque vestrum, per tempus incipientes a die receptionis presentium vsque ad totum annum proxime futurum 1699 inclusive, eligere possitis, concedimus, et confessario a vobis eligendo ut vestras sacramentales Confessiones audire vosque sacramentaliter absolvere valeat eadem auctoritate apostolica indulgemus. (1) El convento de Santa Clara de Zafra antes del ano 1548 pertenecia a la Provincia de Santiago, y después formó parte de la de San Miguel. CASTRO, 1. c. |