Constitución política del estado libre y soberano de Chiapas: decretada el dia 4 de enero de 1858, por el honorable congreso constituyente del mismo, mandada á reimprimir de órden del superior gobierno del estadoImprenta del Gobierno, 1880 |
Términos y frases comunes
15 de Enero 19 de Diciembre 19 de Octubre 1ª instancia 25 de Setiembre administracion aprobacion cion circule y cumpla Ciudad de Chiapa comunico á vd Congreso constitucional constitucion Cristóbal Las-Casas debido cumplimiento decretar lo siguiente decreto de 19 decreto que sigue decreto siguiente delitos departamento Despacho de Gobernacion Diciembre diputacion permanente dirigirme el decreto dispondrá se imprima Documento número Ejecutivo dispondrá ejercicio elec electo encargo Enero fines consi Francisco gobernador constitucional guientes habitantes hubieren Ignacio Cardona Independencia y Libertad indirecta en primer inteligencia y fines jefes políticos JOSE PANTALEON DOMINGUEZ jueces de 1ª Libre y Sobe Libre y Soberano Luis Potosí magistrados mando se imprima Manuel Mariano García Mariano Ortiz México mil ochocientos setenta ministros del tribunal nombramiento nombre Palacio presidente publique rano de Chiapas receso salon de sesiones SECCION 1ª secretario senador servido dirigirme Setiembre de 1873 Simojovel Soberano de Chiapas tado tribunal de justicia Tuxtla Gutierrez
Pasajes populares
Página 49 - Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes: I.
Página 22 - Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles y posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Página 5 - Son prerrogativas del ciudadano: I. Votar en las elecciones populares; II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley; III.
Página 22 - No se podrá expedir ninguna ley retroactiva. Nadie puede ser juzgado ni sentenciado, sino por leyes dadas con anterioridad al hecho y exactamente aplicadas á él, por el tribunal que previamente haya establecido la ley.
Página 23 - IX. Se le oirá en defensa por sí o por persona de su confianza, o por ambos, según su voluntad. En caso de no tener quien lo defienda, se le presentará lista de los defensores de oficio para que elija el que o los que le convengan.
Página 8 - Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia, en la de Senadores, de las dos terceras partes, y en la de Diputados, de más de la mitad del número total de...
Página 32 - El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso.
Página 23 - Solo habrá lugar á prisión por delito que merezca pena corporal. En cualquier estado del proceso en que aparezca que al acusado no se le puede imponer tal pena, se pondrá en libertad bajo de fianza.
Página 23 - En todo juicio criminal, el acusado tendrá las siguientes garantías: I. Que se le haga saber el motivo del procedimiento y el nombre del acusador, si lo hubiere.
Página 24 - Quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquiera especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales.