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boise y á cercenar la libertad por él otorgada á los protestantes.

Felipe II. de España, que tanta parte habia tomado en la guerra civil de Francia en favor de los católicos, aprovechó este viage de Cárlos IX. y de Catalina de Médicis al Mediodía de aquel reino, para que se viesen en Bayona la reina Isabel de España y su hermano el rey de Francia Cárlos IX. Envió, pues, á su esposa, acompañada del duque de Alba y de varios obispos y personages. Salió á esperarla á la raya de ambos reinos su hermano el duque de Orleans, y juntos pasaron á Bayona (junio, 1565), donde se hallaban con la reina y el rey el cardenal de Lorena, el condestable y los nuevos duques de Guisa y de Vendôme. En esta entrevista pidió el duque de Alba, á nombre de su rey, medidas rigorosas contra los protestantes franceses, y es fama que en estas conferencias quedó ya concertado hacer unas Vísperas Sicilianas con los hugonotes de aquel reino. Terminadas las vistas, la reina Isabel y el de Alba se volvieron á Madrid (1).

Otro de los negocios mas graves y de los que ocuparon mas en este tiempo al rey Felipe II. fué el del concilio de Trento, de nuevo convocado, despues de

(1) De Thou, Hist. lib. XXIII á XXVIII.-Daniel, Hist. de France, t. IX y X.-Garpier, Hist. de France, François II. et Charles IX.Brantôme, Vie de l'Amiral ChatiIlon.-Memoires de Tabannes.

Enciso Caterino Dávila, Hist. .de las Guerras civiles de Francia, trad.-Memoires de Condé.-Memoires de Coligny.-Cabrera, Historia de Felipe II. lib. VI.

tantos años de suspension, por el papa Pio IV (1). Este pontífice, mostrando por una parte mas respeto que algunos de sus antecesores á las necesidades de la cristiandad y á los deseos y reclamaciones de los príncipes católicos, temiendo por otra parte que los franceses, con motivo de sus disturbios religiosos, realizaran el proyecto que tenian de celebrar un concilio nacional (lo cual, dicho de paso, trabajó por impedir mas que nadie Felipe II., conociendo cuánto podria perjudicar á los buenos efectos del concilio general), creyó ya de necesidad absoluta para remediar los males que seguian afligiendo al mundo cristiano congregar la interrumpida asamblea, y no obstante la oposicion de una parte de la córte romana, que temia comenzára por ella la reforma, expidió la bula convocatoria (29 de noviembre, 1560). Los términos de la bula eran tan ambiguos, que de ellos no se podria deducir con certeza si el concilio habia de ser continuacion del anterior, como queria con empeño Felipe II. y le habia prometido el pontífice, ó sì era

(1) Luego que ocupó este papa la silla pontificia, fueron presos y procesados los Caraffas, sobrinos de Paulo IV., los rencorosos é intrigantes enemigos de Cárlos V. y de Felipe II. Cuando eran llevados al castillo iba diciendo el cardenal Caraffa: «Tal merece quien á Médicis hizo pontifice.» Los jueces los sentenciaron á muerte: al notificar la sentencia al cardenal, exclamó: «¡Oh rey cruel! ¡Oh pon

tifice traidor!» aludiendo á Felipe II. y á Pio IV., que en efecto parece les habian ofrecido perdon. Al cardenal le dieron garrote; el duque y sus cómplices fueron degollados, con universal contento del pueblo de Roma, porque eran odiados de todo el mundo, á causa de su mal proceder y de sus costumbres, motivo porque no encontraron un solo príncipe que por ellos se interesara.

nueva indiccion, cosa á que decididamente se oponia el rey de España, porque cedia en detrimento de las anteriores decisiones del concilio, y era precisamente lo que deseaban los protestantes. Con tal motivo, envió Felipe á Roma á don Juan de Ayala con instrucciones de lo que habia de hacer y decir cerca de Su Santidad, recomendándole en especialidad muy enérgicamente que no transigiese en manera alguna en dejar dudoso lo de la continuacion, hasta conseguir que el papa lo declarase asi esplícitamente antes de la reunion del concilio "). Aun asi no lo pudo recabar al pronto del pontífice, y esto fué ocasion de largos y fuertes debates y aun de ásperas contestaciones entre el papa, los embajadores del rey, y el rey mismo.

Abrióse, pues, el concilio sin resolverse esta

(4) Si Su Santidad (le decia > entre otras cosas en el Memorial »ó Instruccion) respondiese con »generalidad sin querer venir á »particular remedio, diciendo que >>nos debemos satisfacer con lo que »á él y al colegio ha parecido...... »ó si S. S. quisiere todavía, como »se ha de su parte apuntado, que >>esto se remita al concilio y que »alli se determinará; en tal caso, » se ha de replicar é insistir en que Den ninguna manera conviene ni »lo uno ni lo otro, ni puede que» dar este negocio ansi, ni congre»garse el concilio debajo desta >>tan gran dificultad y confusion, » y procurar de aducir á S. S. á »que quiera venir á tratar del re»medio y de los medios que para

»satisfacer á este punto serán ne>> cesarios....>

Y en el dictámen que sirvió de base al despacho, se decia, que la convocacion que S. S. habia hecho conforme al tenor de la bula, era derecha y claramente nueva indiccion, y no continuacion del Concilio de Trento, de lo cual se seguia notorio perjuicio á la autoridad de dicho concilio y de otros que la iglesia habia celebrado, contra lo cual protestaba enérgica y resueltamente el rey.

Las fechas de estos documentos Son de 13 y 14 de mayo de 1561 en Toledo.-Archivo de Simancas, Estado, Roma: y Coleccion de Documentos inéditos, tom. IX.

cuestion (18 de enero, 1562), con asistencia de ciento doce prelados, de los embajadores de todas las naciones, y otras personas que tenian derecho á concurrir por diferentes títulos. En la primera sesion no se hizo sino declarar el objeto de la congregacion, que era apaciguar las contiendas religiosas, corregir y reformar las costumbres y restablecer la unidad y la paz de la Iglesia. Pero en aquella sesion se intercalaron en la fórmula del decreto unas palabras, á saber, aproponentibus legatis, »que no dejaron de ser objeto constante de serias contestaciones entre el pontífice y el rey de España y los embajadores y prelados españoles, oponiéndose estos y rechazándolos incesantemente desde el principio hasta el fin del concilio, como restrictivas de las facultades de la asamblea. Infinitas fueron las réplicas y disputas que sobre este punto mediaron entre Pio IV. y Felipe II., y los reparos y protestas que sobre ello hicieron los embajadores de España; y por mas esplicaciones que el papa dió para atenuar la mala impresion que aquella cláusnla habia causado, nunca los prelados españoles se pudieron avenir bien con ella, y los hubo que esplícitamente protestaron, é hicieron constase su voto en contra de las palabras, por desusadas y por limitatorias de su autoridad (1)

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(4) «No me conformo, dijo el »obispo de Orense, con las pala>>bras Proponentibus legatis, á pro>>puesta de los legados,» asi por

no ser costumbre ponerlas en semejantes decretos, como porque dan á entender cierta limitacion, que no es conforme al órden de un

Tratóse del salvo-conducto que pedian y se habia de dar á los príncipes, obispos y teólogos protestantes que quisieran asistir al concilio, y en esto anduvo aquella venerable asamblea tan generosa que se le

concilio general; y ademas de esto, porque no se hallan en la bula de convocacion de éste, á la que debe conformarse el decreto de su apertura; en cuya consecuencia pido, que de no borrarse dichas palabras, inserte el Reverendo señor secretario este voto mio, despues del mismo decreto: en lo demas me conformo. Non placent illa verba: Proponentibus, etc.» -Lo mismo habia protestado el arzobispo de Granada, y tambien hicieron sus salvedades los de Leon y Almería.

En el Archivo de Simancas, (Negociado de Estado, legajo 890 y otros) hemos visto y leido multitud de cartas del embajador en Roma Francisco de Vargas al rey Felipe II., del arzobispo de Granada, del obispo de Gerona, del de Lérida, del marqués de Mántua, del de Pescara, de los legados pontificios, del mismo pontifice al rey, sobre las dos cuestiones, la de la Continuacion y la de la cláusula Proponentibus legatis, en que se ve la insistencia y la energía con que Felipe II. y sus embajadores reclamaban del papa la supresion de ésta y la aclaracion de aquella, y los medios que el pontifice y los legados buscaban para eludir el compromiso y aprietos en que los ponía el rey. «Esplicándole (á Su »Santidad), decia en una de sus » cartas el embajador Vargas al >>rey, lo que V. M. decia en ambos >>puntos de Continuacion y cláusula Proponentibus, fué tanto lo »que se alteró y arrebató de cólera, que no hay palabras con que

poderlo esplicar, ni lleva camino hacelle mudar desta condicion »que tan perniciosa es para sí y »para todos, y tan fuera de príncipe, y mas del que es vicario de »Dios, y padre y pastor univer» sal... Yo tuvo lugar de tractar la materia como fué menester, é »inculcalle que el remedio que »V. M. le representaba era el mas >> honesto y acomodado.... el cual »ponderó S. S. tres ó cuatro veces, »>jurando que aquella cláusula nun» ca se le comunicó, y que le pesó >>cuando la vido puesta, pero que »los legados la habian pasado con »el sinodo y en conformidad de to»dos, sacando tres ó cuatro que »>contradijeron. Respondile que asi lo tenia por cierto y escripto»lo á V. M., y tanto mas por esto »de no lo haber sabido y pesado»le, tenia S. S. obligacion al remedio que se le pedia. Replicó »que no habia perjuicio en aquellas palabras, y que al sínodo se »le guardaria su libertad y se les »diria de palabra á los padres: pe>>ro que tocar á la cláusula por es»cripto no se haria, porque ni era >> costumbre ni seria honra de los »legados, que eran personas de » mucha cualidad, y el de Mantua »príncipe. Dijele que mas princi»pal era Dios y la verdad; que me » maravillaba de S. S. siendo tan »prudente y tan celoso del bien »público, usase de semejantes eva»siones, y que le suplicaba lo pen»sase con mas quietud, y que yo esperaba lo remediaria como con»venia, con que entendiese que donde ofendia lo escripto no bas

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