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NO VIMU AIMBOTLIAD

buscarle en extrañas y apartadas islas, y encontraremos los mares y los pueblos de Italia, y hasta de Grecia y de Turquía, llenos de briosos aragoneses y de intrépidos catalanes, asombrando al mundo con sus hazañas, ganando y abandonando reinos, deshaciendo unos monarcas la obra de los otros, peleando siempre con franceses y napolitanos, con sicilianos y sardos, con romanos y griegos, muchas veces guerreando entre sí y con los castellanos, pocas y por incidencia con los moros en auxilio de los cristianos de Castilla. Así se eternizaba la gran lucha entre cristianos y musulmanes, entre españoles y sarracenos.

II. La lucha política interior entre las diversas clases y poderes del · Estado, y principalmente entre el trono y la nobleza, continuó también en estos dos reinados, aunque con más intervalos y con menos estrépito que en los anteriores. Aplazada parecía y como adormecida la gran contienda entre el rey y los ricos-hombres durante los diez primeros años del reinado de Jaime II, alimentado y distraído el humor belicoso de los aragoneses en las guerras exteriores. Mas al apuntar el primer año del siglo XIV renuévase y se reorganiza la terrible Unión, casi bajo las mismas. bases y condiciones que en el precedente reinado, poniéndose á su cabeza el mismo procurador general del reino, con gran peligro de la autoridad real. Pero esta vez el monarca se encuentra apoyado por la capital del reino, por las cortes, por el Justicia, que todos se pronuncian contra la Unión, se ligan para resistir las devastadoras tropas de los unionistas, y declaran la Unión contraria á los fueros del reino y á los derechos de la

corona.

Interesante y sublime espectáculo es el que ofrece en este tiempo bajo el punto de vista político el reino de Aragón; espectáculo que no ofrecía en aquella época otra nación alguna. En esta solemne querella entre el rey y los ricos-hombres, todos invocan la ley: la nobleza que ataca y la corona que resiste, todos apelan, todos se someten al representante de la ley; unos y otros llevan su causa al tribunal del Justicia, y este supremo magistrado, oídas las partes en juicio contradictorio, pronuncia su sentencia definitiva. Este respeto á la ley por parte de dos grandes poderes del Estado que se disputan importantes derechos políticos, por parte de una nobleza acostumbrada á humillar al trono, y por parte de un trono acostumbrado á dominar remotos y dilatados reinos, prueba cuán hondas raíces había echado en Aragón en medio de tantas agitaciones y revueltas el amor á la legalidad, y en cuán sólidas bases descansaba ya la libertad aragonesa.

En esta ocasión el Justicia sentenció contra la Unión, declarándola ilegal, anulando sus actos, y entregando las personas y bienes de los rebeldes á la merced del rey; y el rey, á pesar de las reclamaciones de los sublevados, desterró á muchos y privó de sus feudos á otros. Comienza, pues, el Justicia á ponerse de parte del rey, y aquella institución que hasta entonces había favorecido alternativamente á unos y á otros partidos, se convierte en instrumento dócil de la autoridad real. Así el Privilegio de la Unión arrancado á Alfonso III viene á ser anulado en la práctica por Jaime II. Las cortes de Zaragoza se han mostrado favorables á los derechos del monarca. ¿Con qué elementos ha contado don Jaime para.

triunfar así de la alta nobleza, á que ningún monarca ha podido resistir? Don Jaime no ha recurrido para ello al pueblo y á las comunidades como los soberanos de Castilla: don Jaime ha buscado ya su apoyo en la nobleza de segundo orden, en los caballeros, especie de aristocracia intermedia creada por sus antecesores, y que por rivalidad á la rico-hombría de natura se ha puesto del lado del trono. Don Jaime con mucha política ha buscado también por auxiliares á los legistas, á quienes, como San Fernando, ha dado participación en su consejo; y el fundador de la universidad de Lérida, el que ayudado de un docto jurisconsulto ha puesto en orden la colección de los fueros nacionales, ha encontrado á su vez apoyo en una clase que escaseaba en Aragón, pueblo esencialmente conquistador y guerrero, la cual ha defendido las prerrogativas de la corona. con textos legales. De este modo don Jaime II de Aragón ha merecido el título de Justiciero y de amante de la ley, y el pueblo ha visto un testimonio, si no del todo sincero, por lo menos aparente, de respeto y de culto á las leyes, confirmado con un rasgo de hábil política, con el destierro de aquel famoso y pérfido legista que había arruinado y empobrecido á tantos litigantes.

Alfonso IV encontró la autoridad real robustecida con este triunfo legal de su padre, y por fortuna suya la nobleza, durante su débil reinado, pareció como apartada ó retirada de la antigua contienda entre la corona y los ricos-hombres, si bien, como más adelante veremos, no hizo sino prepararse á renovar con más furor la pelea en el reinado siguiente.

Distínguese el de Alfonso IV por la tendencia á la conservación de la integridad del territorio y de la unidad nacional. El decreto ó estatuto con que se privó á sí mismo de dar en feudo ninguna ciudad ó dominio perteneciente á la corona, era la expresión de las ideas y de la necesidad. de la época. Quebrantando ese mismo decreto en favor de los hijos de su segunda esposa, doña Leonor de Castilla, por complacer á una madre exigente, dió una prueba de su debilidad, disgustó y se enajenó los pueblos, y derramó la semilla de largas discordias.

Los reyes, hemos dicho antes, no pueden tener pasiones privadas: los reyes, añadimos ahora, pertenecen á sus pueblos antes que á su familia. Alfonso IV repartiendo las ciudades de Valencia entre los hijos de un segundo matrimonio, pudo obrar como padre amoroso y como esposo condescendiente: pero desmembrando los dominios de la corona é infringiendo su propio decreto, faltó á sus deberes como monarca y ofendió al pueblo; y el pueblo aragonés era demasiado libre, demasiado altivo, y demasiado ilustrado ya para consentir en que así se hollaran leyes recientes, hechas en provecho y conveniencia del reino. Los valencianos, á quienes más directamente aquella desmembración perjudicaba, no menos celosos de sus privilegios que los aragoneses, se sublevan contra su soberano, y el infante don Pedro, hijo del primer matrimonio y heredero legítimo de la corona, concibe un odio mortal contra su madrastra, causa y móvil de las ilegales é injustificadas preferencias de su padre. De este modo. la indiscreta y apasionada predilección de un rey produce una guerra civil y una guerra doméstica; da ocasión á que se insurreccione el pueblo, mal que lamentaremos siempre, y lleva la discordia al seno de la familia real,

mal de por sí harto deplorable. A la prudencia de los soberanos toca evitar estos males y prevenirlos. Lo peor era que la razón y la justicia estaban esta vez de parte del pueblo perjudicado y del infante ofendido.

Jamás se oyó lenguaje más rudo, más enérgico, más atrevido de boca de un hombre del pueblo hablando á su soberano, que el que usó Guillén de Vinatea cuando fué á exponer al monarca á la faz de toda la corte que el pueblo valenciano estaba resuelto á no consentir tales donaciones hechas en detrimento de la fuerza y de la integridad del reino. La protesta de que antes se dejarían todos segar las gargantas que acceder á que un rey de Aragón desmembrara y debilitara así la monarquía, era ya un rasgo de enérgica y ruda independencia difícilmente tolerable por un monarca de parte de un súbdito: pero la amenaza de que si algún oficial de palacio se propasaba á atacar ú ofender á alguno de la confederación popular estuviera cierto de que caerían rodando las cabezas de todos los de la corte, sin perdonar ó exceptuar sino al rey, la reina y los infantes, fué en verdad el colmo de la audacia. Desdichados los príncipes á quienes sus debilidades ponen en el caso y trance de sufrir tales desacatos. El rey se intimidó y las donaciones fueron por entonces revocadas á pesar de la oposición varonil de la reina y de las conminaciones con la venganza de su hermano el rey de Castilla.

Lo que de estos hechos se deduce y hace más á nuestro propósito es la tendencia á la unidad política y nacional que desde los principios del siglo XIV se observa así en Castilla como en Aragón. Las leyes hechas en cortes por los monarcas castellanos prohibiendo la enajenación de los pueblos de realengo, poniendo coto al engrandecimiento de los señoríos y á la acumulación de bienes en manos muertas: la prohibición de repartir y fraccionar los dominios de la corona, consignada ya en la legislación de Castilla hecha por un monarca y mandada observar por otro: la privación de dar en feudo las villas y lugares del reino á que se obligó un monarca aragonés: la sublevación que produjo en el pueblo la imprudente infracción de aquel estatuto, aun habiendo querido legitimarla con la dispensa y autorización de la Santa Sede, y la revocación de las donaciones á que aquel príncipe se vió forzado, todo revela que el instinto, y las ideas, y el espíritu público, así en Aragón como en Castilla, se manifestaba y pronunciaba ya en el siglo XIV en favor de la unidad nacional, de la centralización del poder, y de la integridad de cada monarquía. Este era ya un gran adelanto en la organización social de los Estados; y bajo este aspecto, reinados ó escasos ó estériles en conquistas y en hechos ruidosos. son de gran importancia é interés en el orden político.

Las querellas que la predilección apasionada y las donaciones imprudentes de Alfonso IV de Aragón á los hijos de su segunda mujer provocaron entre la reina y el infante don Pedro, dieron lugar y ocasión á que se descubriera el carácter enérgico y sagaz, la ambición precoz, la inflexible firmeza, la índole artera y doble de aquel príncipe, que tan luego como empuñara el cetro había de eclipsar y oscurecer los nombres y los reinados de sus predecesores.

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