Memoria de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Volumen1887

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Página 11 - Los instrumentos públicos otorgados en una de las Repúblicas contratantes serán válidos en las otras, siempre que estén debidamente autenticados y que en su celebración se hayan observado las leyes de la República de donde proceden. ARTÍCULO XV.
Página 6 - Destrucción de instrumentos de agricultura, y destrucción ó envenenamiento de ganado ú otros animales. 36. Oposición á que se hagan ó ejecuten trabajos públicos. 37. Baratería y piratería, constituyéndola aun la toma de un buque por personas pertenecientes á su tripulación, por medio de un fraude ó violencia contra el Capitán ó contra quien lo sustituya; abandono del buque por el Capitán, fuera de los casos previstos por la ley. 38. Ataque ó resistencia de la tripulación de un...
Página 23 - Estado reclamante, sea suficiente para justificar la captura y enjuiciamiento del inculpado. En caso de fuga del reo después de estar condenado, y antes de haber sufrido totalmente la pena, la reclamación expresará esta circunstancia, é irá acompañada únicamente de la sentencia. Artículo 34.
Página 10 - Estado, ó la práctica de cualquiera otra diligencia judicial, se enviará, al efecto, por la vía diplomática, un exhorto que deberá ser cumplimentado, observándose las leyes del país requerido. ARTÍCULO XVI. Cuando se juzgue necesaria la comparecencia de un testigo, el Gobierno...
Página 30 - Los Cónsules podrán recibir en sus cancillerías, en el domicilio de las partes ó á bordo de los buques de su país, las declaraciones y los otros actos que los capitanes, las tripulaciones, los pasajeros, comerciantes ó ciudadanos de su Nación quisieren hacer, incluyendo en éstos todos los actos de Notariado.
Página 30 - En el caso de fallecer un ciudadano de la nación del Cónsul, sin albacea ni heredero en el territorio de la República, le corresponderá la representación en todas las diligencias para la seguridad de los bienes, conforme a las leyes de la República en que resida.
Página 24 - Gobierno de quien dependan unos y otros testigos, procurará corresponder á la invitación que le haga el otro Gobierno solicitando el comparendo. Si los testigos consintieren en ir, los Gobiernos respectivos se pondrán de acuerdo para fijar la indemnización debida que se les abonará por el Estado reclamante, en razón de la distancia y del tiempo de la permanencia, anticipándoles la suma que necesiten.
Página 5 - ... de pasiones ajenas, el libertinaje ó la corrupción de menores de uno ú otro sexo. 24. Golpes y heridas voluntarias con premeditación, ó habiendo ocasionado, ya sea la muerte ó una enfermedad que parezca incurable, ó una incapacidad permanente de trabajo personal, ó siendo seguido de mutilación grave, amputación ó privación del uso de algún miembro, ceguera ó pérdida del uso completo de un órgano. 25. Abuso de confianza y engaño. 26.
Página 16 - La decisión arbitral, cualquiera que sea, se tendrá por tratado perfecto y obligatorio entre las Altas Partes contratantes, y no admitirá recurso alguno. 'Ambas Partes se comprometen a su fiel cumplimiento, y renuncian a todo reclamo contra la decisión, empeñando en ello el honor nacional.
Página 23 - La entrega será hecha, siempre bajo la condición de que si la pena del crimen ó delito que motiva la extradición, no es igual en la nación reclamante y en la del refugio, se impondrá al delincuente la menor, y en ningúu caso la de muerte.

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