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144 Carlos Henning 9/22

Obra Jurídica

PREFACIO

Someto a la indulgente consideración de los hombres estudiosos, esta labor, sobre uno de los trabajos mas espinosos, en materia de derecho.

Varios años de estudio reposado, la práctica libre como defensor primero y acusador fiscal despues en el Tribunal de Jurados, me han impulsado à ella.

He consultado, como los lectores verán, autores antiguos y modernos; y he tambien adoptado, fórmulas que otros han empleado en tareas análogas.

Y como en el país no se cuenta tódavía trabajo de igual naturaleza, salido de manos nacionales, me complazco en darlo á luz sin hesitación alguna.

Solo debo de advertir un punto, y es que, no me lisongeo con la creencia de que el éxito será una maravilla, sino al contrario, proporcionado à mis humildes deseos!. Y me consuela por último la reflexión, en el lenguaje de Story, Conflicto de las leyes, t. 1o Prefacio,-de que, «otras inteligencias mas capaces, con mas tiempo é instrucción, se aplicarán á esplorar los pasos que yo me he aventurado à señalar solamente».

Asunción del Paraguay.....1897.

B. RIQUELME

580,411

Carlos Henning

پرو

Un profundo egoismo social en aquellos tiempos era el problema de los sábios y de los letrados.

Por eso el gran Ihering, refiriéndose con especialidad á los romanos, formula las siguientes, como propias y significativas frases de éllos, en su Espiritu del Derecho Romano, pág. 298-«El carácter romano con sus virtudes y sus vicios, puede definirse como el sistema del egoismo razonado. El principio fundamental de este sistema, es que el inferior debe ser sacrificado al superior, el individuo al Estado, el caso particular á la regla general ó abstracta, lo accidental á lo permanente. El egoismo romano del que nada puede saciar, sacrifica todo á su objeto, la dicha y la sangre de los ciudadanos mismos, así como la nacionalidad de los pueblos extrangeros. El mundo que le pertenece es un mundo sin alma, privado de los bienes mas preciosos, un mundo que no está gobernado por hombre, sino por máximas y reglas abstractas, una máquina gigantesca, en fin, maravillosa por su solidez, la armonia y la precisión de sus movimientos, por la fuerza que desplega, deshaciendo todos los obstáculos; pero no es mas que una máquina.»>!!!...

Hé aquí pues, encontrando que, el olvido de aquella ciencia, era el resultado de la división de las sociedades en casta, no podía haberse estudiado á la par de las otras ciencias sino en los últimos tiempos.

Y esto mismo que sucedió en Roma, aconteció también en todas partes; lo mismo que en toda la Grecia, y especialmente en Esparta, el individualismo fué desconocido, absorbido por el socialismo de aquella época, por el Estado!!

Ni los dos mas grandes historiadores romanos, Cicerón y Polibio (este último aunque griego es historiador_romano), hablan de la ciencia que nos ocupa, ni mucho menos de su olvido.

Bajo el Imperio mismo y bajo la dominación bizantina, tampoco se ha conseguido nada.

Fué despues sin embargo de esta etapa de la historia que debió venir su época.

El derecho individual, la sublimación del hombre, el reconocimiento de su personalidad sagrada, no han sido estudiados, sino despues de la venida del cristianismo.

Por eso dice con un profundo acierto, el gran Ahrens; Curso de Derecho Natural ò Filosofia del Derecho, pág. 195, «que en la antigüedad pagana, el Estado y la ley eran, el fin, y el hombre, el medio; pero desde el cristianismo, el hombre, por su cualidad de ser divino é inmortal, es el fin, y el Estado y su ley, no son sino, un medio especial de realizar los fines del hombre».

586, 411

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