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APENDICE III.

LA GUERRA EN LA COMARCA LERIDENSE Y FRONTERA

DE ARAGÓN.

NÚM. 683.

«Consulta de la Junta Grande de 25 de Febrero de 1641, sobre la empresa de la ciudad de Lérida.»

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Señor. El Marqués de los Velez, en carta de 12 de febrero, dice: que con ocasion de los parezeres que huvo en la junta que tuvo en 5 deste, de que dió quenta á V. M., sobre la empresa de la Ciudad de Lérida, procuró enterarse para en caso de que V. M.d se conformase con ellos de la calidad y lugares del camino, y de la forma en que se podrian asigurar las probisiones para el exército, y se remite á la relacion que le ha hecho el Probeedor general por la plática que tiene y la correspondencia ordinaria con las personas que por su órden asisten á las probisiones del exército que se halla en Fraga. Dize que de las dificultades. que se offrecen en pasar el Trozo de exército que de Tarragona a de ir á juntarse con el de Nochera, le da quenta dellas para que vea la disposicion que por aquella parte puede haber para el sustento del exército; y que para que V. M.a, con mayor Inteligencia y notizia particular de lo referido tome resolucion, da cuenta á V. M.d asimismo de estas dificultades que se apuntan en el dicho papel, para que se ajuste lo que más convenga.

El Maestro de Campo General Gerónimo Roo, en carta de dos de febrero, Avisa del recivo de la órden que se le embió para que remitiese á Tarragona el regimiento que gobierna D. Felipe de guebara, y el tercio del Varon de Molinguen, y

dice que hasta aquel dia no havia llegado embarcacion que pudiese transportar esta gente; Pero que quando llegase, tendria por el mayor deservicio de V. M.d el sacar en la ocassion presente un home de los Condados, porque el enemigo está juntando su Artillería y prebenziones en Narbona; y si viese disminuir aquellas fuerzas, seria ocasionarle á que azelerase su salida y hallarse imposiblitados de hazerle ninguna oposicion.

En otra carta para el Conde Duque, de Gerónimo Roo, le da quenta de diferentes puntos, como V. M.d se serbirá ver por ella: pondera ésta con desconsuelo en aquella parte, y que acordaba al Conde Duque lo que le dijo quando vino de Italia, y lo que en diferentes ocasiones habia escrito en no quererse encargar de governar exército en España sin que aya Capitan general y Consejo, y suplica con encarezimiento que se embie allí otra persona á governar.

El Marqués de Villafranca escrive al Conde Duque, en carta de 14 deste (1), cómo salió incierto el aviso que el Marqués de los Velez le dió de que havian venido Galeras de francia á Barcelona, y de que estava el Duque de Luyn en la dicha Ciudad, ponderando lo mal visto que está el Marqués de los Velez y otras cosas en razon de la prision de la Duquesa de Cardona y de sus hijos.

Despues de haverse leido en esta Junta las cartas referidas, El Conde Duque dijo que para que la Junta tubiese notizia de lo que se iba prebiniendo y de otros puntos que en conformidad de lo resuelto se iban disponiendo, dava quenta en ella, como en la parte de la probision del dinero. se estava con particular cuidado, y se havia remitido la cantidad que se tenia por conveniente, y para la probision de víveres, y que en las plazas de Rosellon aya de respecto los necesarios, se han embiado las órdenes convenientes, y por los ministros á quienes toca se procura con toda atencion que tenga effecto, y que aora se trata de disponer se pongan los granos que ay en Rosas en las demás plazas, porque ha

(4) Documento núm. 591.

biendo allí más de 24,000 Anegas, los Cavos que ay en la frontera no han savido disponer se repartan entre los demás presidios.

Habiéndose discurrido en todos estos puntos con la atencion que cada uno dellos pide, y tambien en otros dos que de los votos se originaron, que son sobre lo que combenia sacar las naciones de los Condados, por lo que se desazian en la frontera respecto de la vecindad de francia, y tambien en que se pusiese allí persona, mudando á Gerónimo Roo. Pareció á la Junta de conformidad, que en la empresa de Lérida, conforme lo que V. M. tiene resuelto, se deve escribir al Marqués de los Velez y Duque de Nochera cumplan lo que se les a mandado, pues la combeniencia de asigurar á aquella parte es de calidad que por todos los medios posibles se debe executar, escribiendo al Duque de Nochera que por la parte de Fraga tenga prebenidos los víberes y Forrages necesarios, así para la gente que tiene en aquella parte, como para la que viene del exército del Marqués de los Velez, porque pensar que desde Tarragona se a de llevar para lo que aquella gente necesitare, es de sumo inconveniente y embarazo, y assí combiene que cada uno disponga lo que le tocare, de forma que en la execucion no aya embarazo ni se ocasione nuevos inconbenientes, prebiniendo con grabes penas en todo casso que los soldados que vinieren á Lérida en el monesterio de Poblete no hagan ni cometan exceso ninguno. Y porque en Molina a de haver tres mil anegas de trigo, se podria mandar al Duque de Nochera se valga dellas, procurando que algunas personas suplan esta cantidad, ó que escribiendo á la Ciudad de Çaragoza las dé prestadas, en el interin que se lleban desde Molina, pues esto será fácil, y tendrá esta ayuda para poder desde luego comenzar á fabricar el Pan.

La importancia de asigurar las plazas de Rosellon y que aya persona que con todo cuidado y sin embargo atienda á su defensa, y al gobierno de lo militar, con la prudenzia y disposicion que pide Estado de las cosas, es tan conocida, que no ay que representar á V. M. las causas que obligan á que

con particularidad se procure aquello que pudiere ayudar á conseguir este intento, y assí considerando lo que Gerónimo Roo escrive al Conde Duque de que se embie allí persona, se confirió muy particularmente en las que podian ser apropósito; y respecto de las quejas que se han dado por los de Perpiñan y Condados de algunos Cavos que están en Cataluña, Ha parezido que no se puede nombrar ninguno dellos, y que es preciso sacar á Gerónimo Roo, y en su lugar, siendo V. M. servido, podria ir el Marqués de Flores de Abila, que es la persona que por aora se offreze, en quien concurren las partes que se necesita para la comunicacion de la gente de los Condados, y para que con cuidado se prevengan las plazas de todo lo que está resuelto, y que sin dilacion se hagan las fortificaziones acordadas y con los officiales mayores que allí han de quedar se pueden prometer con la experiencia que a adquirido el Marqués en las partes y puertos que a exercido, dará muy buena quenta de lo que se le encarga, dándole Título de Capitan general de los Condados por la parte donde toca, y Governador del exército que hay en aquella frontera, estando á órden del Virrey de Cataluña en casso de llegar á aquella parte.

Y á Gerónimo Roo pareze, que siendo V. M. serbido, se le puede mandar venir á Cataluña para que sirba en aquella frontera, donde ay Consejo formado y Capitan general, que es lo que dize tiene suplicado aya en la parte donde sirbiere.

Y porque una de las cosas que más se deve encargar es el castigo de los soldados por los excesos que cometen, en particular en aquellos que fueren culpados y tubieren poco respecto á las cosas sagradas, Pareze que continuando lo que V. M.d tiene mandado con tanta atenzion, se les ordene al Marqués de los Velez y al de flores, que con exemplo hagan demostracion en los culpados, pues se deve por todas razones que con effecto se vea el castigo que se haze, conforme la grabedad del casso, dando satisfacion á Dios y al mundo de la severidad con que se procura evitar semejantes delitos, y publicando Vando de que si suzediere algun casso inrreberente á las cosas sagradas, el Capitan de la

compañía que le cometiere, a de dar el culpado, y si no lo hiziere, se le a de hazer cargo, y si fuere el Capitan culpado, si no se procediere contra él, a de correr por quenta del Maestre de Campo, y se a de proceder contra él, y en la averiguacion no a de haver omision ni causa que obligue á dejar de saverse la Verdad, para que sea castigado como mereziere, pues si en esto no se haze la demostracion conveniente, es sin duda que los Cavos y Capitanes de las Compañías no cuidarán de reprimir los excesos de sus soldados con el cuidado que es necesario.

En quanto al punto de mudar las naciones que ay en los Condados al exército del Marqués de los Velez, y pasar otra tanta Infantería á Rosellon del dicho exército, como la que huviere en ellos, se tiene por muy conveniente, respecto de que la experiencia muestra es de daño estén en la frontera, por la facilidad que ay en desazerse, y assí Pareze que se embien las órdenes necesarias para que todos los tercios de naciones y el Regimiento de las guardias de D. Felipe de Guevara se pasen á Tarragona, embiándose en su lugar el tercio de Tejada, ochocientos ó mil hombres biejos del tercio de Don Diego de Toledo, añadiéndoles de otra gente vieja la que faltare.

Tambien Pareze se conduzgan á rosellon los Mallorquines y los Visoños que vinieron de Vinaroz al exército del Marqués, el tercio de los Portugueses, dividiéndole en todas las dichas tropas, menos en los Mallorquines, sin embargo de las hórdenes que se embiaron para repartirse en todas las Compañías del exército y tanto número de gente de Milizias que computados los Spañoles que quedan en los Condados y la gente dicha arriva, hagan el número de nueve mil infantes largos, y que se comienze á transportar la gente con las Galeras á Rosellon para resguardo de la que a de salir de los Condados, mayormente que las Galeras han de partir de Tarragona, de donde a de salir la gente, correspondiéndose el Virrey con los officiales que mandan en Rosellon, para saver el número effectivo que queda, y sobre el remitir y llenar el que se ha ordenado.

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