Boletín de la Revista general de legislación y jurisprudencia: periódico oficial del ilustre Colegio de abogados de Madrid, Volumen124 |
Comentarios de la gente - Escribir un comentario
No encontramos ningún comentario en los lugares habituales.
Otras ediciones - Ver todas
Términos y frases comunes
actual acuerdo Administración alcohol animales aparatos aprobación arreglo Autoridades autorización capital cargo ción citado civil clase Colegio Comisión compañías comprobación condiciones conformidad conocimiento Consejo Considerando constitución contadores Corporación corresponda correspondiente cuenta Cuerpo debe declaración derecho destino determina días Diciembre Dirección Director disponer disposiciones efectos Ejército eléctrica empleados enfermos entrega Escuela especial establecimientos expediente expresa fábricas facultativo fijando ganado Gobernador guarde horas impuesto individuos Industria informe Inspección instalaciones instancia Instrucción interesado Jefe Junta Madrid Médicos medio militar Ministerio Ministro municipal necesario nombre Noviembre nueva núm número objeto obras Octubre oficial pago pasado personal pesetas plazo podrá podrán práctica presente Presidente previa primera procederá Profesores propuesta provincia provincial pública queda Real decreto Real orden refiere regla reglamento relación remitirá reserva respecto Resultando Rey Q. D. G. Sanidad sean Sección Secretario segunda señalados serán servicio servido siguientes solicita superior tengan tenido término título trata último Verificador Veterinario Vista
Pasajes populares
Página 57 - Y conformándose SM el Rey (QDG) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VI para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á VI muchos años. Madrid 7 de Octubre de 1904.— Oí/na.— Sr. Director general de Contribuciones, Impuestos y Rentas.
Página 416 - DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, Rey de España, y en su nombre y durante su menor edad la Reina Regente del Reino; A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.
Página 417 - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en...
Página 369 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto.
Página 551 - Gobierno, quienes después de haberse comunicado sus respectivos plenos poderes, y de haberlos hallado en buena y debida forma, han convenido...
Página 520 - Convención permanecerá en vigor durante cinco años contados desde el día en que se haga el canje de las ratificaciones. En caso de que ninguna de las Partes Contratantes...
Página 133 - El Gobierno de SM el rey de España y el Gobierno de la República francesa, habiéndose puesto de acuerdo para fijar la extensión de sus derechos y la garantía de sus intereses, que...
Página 326 - QDG), conformándose con lo propuesto por esa Dirección general , se ha servido...
Página 156 - Y conformándose SM el Rey (Q. 1 '. G.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone. De Real orden lo digo á VI para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á VI muchos años. Madrid 30 de Enero de 1907.— GJ Osma.—Si.
Página 37 - Por todo lo expuesto, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto.