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go esta plaza. Sobre su solucion la integridad de V. E. resolverá lo que estime de justicia-Tesoreria General de Buenos Aires, Octubre 30 de 1819-Roque Gonzalez-Indispuesto el Sr. Tesorero, Miguel del Prado.

Buenos Aires, Noviembre 4 de 1819-Informe el Tribunal de Cuentas-Cossio.

Exmo. Señor-El Tribunal, visto este espediente en que Doña Juana Asurduy, viuda del Coronel de Milicias D. Manuel Asencio Padilla, Subdelegado que fué del Partido de Tomina, solicita se le ajuste y pague el haber que ha devengado su marido á razon de 1,200 pesos anuales, que por este empleo le fueren asignados, respecto á no haber sido satisfecho por la Caja de la Plata, adonde se consignaron, dice: que aunque para justificar cual corresponde esta asercion no se tengan á la vista los documentos matrices, que son de necesidad, halla sin embargo equitativo el Tribunal que V. E. atendiendo á las circunstancias de este benémerito patriota, muerto en campaña en defensa de la libertad del Pais, y que no deja duda en órden á la lejitimidad de sus despachos, acompañado de honrosas comunicaciones, puede por un efecto de su Suprema benignidad ordenar que los Ministros Generales de Hacienda procedan á ajustarle segun corresponda, á fin de que recaiga el competente decreto de pago que solicita la interesada-Tribunal y Noviembre 12 de 1819-Antonio de la Pociga-Vicente Mariano de Reyna-Juan Manuel de Luca.

Buenos Aires Noviembre 18 de 1819-Informe el Gefe de Estado Mayor General-Cossio.

Exmo. Señor-La suplicante acompaña documentos irrefragables que convencen que su esposo el Coronel de Milicias Nacionales D. Manuel Asencio Padilla fué promovido á Sarjento Mayor de Ejército el 3 de Octubre de 1815, con el sueldo anual de 1,200 pesos pagaderos de la Caja de Chuquisaca, mientras existiese en el cargo de subdelegado de Tomina-Igualmeute prueba que no percibió cantidad alguna en razon de sueldos respecto que el 29 del siguiente mes se perdió la accion de SipeSipe, y ocupó el enemigo el Alto Perú-Aunque el citado Gefe quedó por la derrota sin la Subdelegacion á que pareció vinculada la suma de su sueldo, no es menos cierto que conservó el carácter militar de Sarjento Mayor de Ejército y que prestó incesantes servicios al pais hasta su muerte acaecida el 14 de Setiembre de 1816, á consecuencia de la accion del Villar-Asi este E. M. G. cree que el citado Padilla tiene opcion al sueldo señalado por V. E. por no haber resolucion en contrario y porque no se separó de la Provincia en una guerra abierta: abierta: que V. E. debe ordenar el abono de cien pesos mensuales á favor de su esposa y como una justicia á los servicios de Padilla, y que sin otro descuento que el de la primera mesada íntegra por su nuevo empleo de Ejército y de los Inválidos y Monte, á razon de ocho maravedis por peso, en los siguientes, deben ajustársele once meses diez dias por los Señores Ministros Generales-Buenos Aires, Noviembre 23 de 1819-Cornelio de Saavedra.

Buenos Aires, Noviembre 27 de 1819-Fórmese por la Contaduría General la correspondiente liquidacion-Cossio.

Contaduría General de Buenos Aires-El Sarjento Mayor de Ejército graduado de Teniente Coronel D. Manuel Asencio Padilla-Ajuste del haber que le corresponde en el tiempo que se espresará.

Ha de haber en once meses diez dias que se-
gun el informe del Sr. Gefe de Estado
Mayor le corresponden de abono al res-
pecto de cien pesos mensuales contados
desde 3 inclusive de Octubre de 1815 que
obtuvo despacho de Teniente Coronel de
Ejército hasta 14 inclusive de Setiembre
de 1816 que murió..
Baja de Inválidos-Por 8 maravedis en peso
sobre los 1133 pesos 23 reales..
Retencion para el Monte Pio Militar. Por 8

maravedis en peso sobre 1100 pesos que
quedan líquidos...

Idem por una mesada íntegra del sueldo de
100 pesos que se le consideran por su
nuevo ingreso al Monte...

1133 23

33 23

32 23

100"

Importa el líquido haber de este ajuste nuevecientos setenta y siete pesos cinco y cuartillo reales-Buenos Aires, Diciembre 19 de 1819-Gonzalez-Indispuesto el Sr. Tesorero, Rebollar.

Buenos Aires, Diciembre 7 de 1819-Vista al Fiscal-Cossio.

Exmo. Señor-El Fiscal visto este espediente, dice: que por las razones que suponen los Ministros Generales de Hacienda y el Estado Mayor General, no se opone este Ministerio á que se abone del modo que V. E. estime mas conveniente el alcance que resulta de la liquidacion practicada por sueldos devengados del finado Teniente Coronel D. Manuel Asencio Padilla que ha demandado Doña Juana Asurduy como su viuda, acreditando préviamente esta su personeria que aun no aparece del espediente-Buenos Aires, Diciembre 17 de 1819 -Patron.

Buenos Aires, Diciembre 22 de 1819-Al Asesor

Cossio.

Exmo Señor-Puede V. E. proveer como propone el Fiscal-Buenos Aires, Enero 5 de 1820-Paso.

Buenos Aires, Enero 7 de 1820-Pase á los Ministros Generales para que acreditando ante ellos la suplicante ser viuda del Coronel D. Manuel Asencio Padilla, le otorguen billete de amortizacion por los novecientos sesenta y siete pesos cinco y un cuartillo reales, que resultan líquidos en el precedente ajuste-Una rúbricaCossio.

Señor Gefe de Estado Mayor General-D. Gregorio Asurduy, residente en esta capital, ante V. S. con el respeto debido me presento y digo: que para los efectos que convenga á mi parte, se ha de servir su integridad mandar que los dos tenientes coroneles que hoy se hallan aquí

D. Juan José Nogales y D. Toribio Dávalo, certifiquen á continuacion de este, si conocieron al finado Coronel de Milicias D. Manuel Asencio Padilla y si este era lejítimo consorte de la Teniente Coronela Doña Juana Asurduy, devolviéndoseme orijinal-Por tanto

A V. S. pido y suplico así lo provea y mande por ser de justicia, y para ello &-Gregorio Asurdui.

Buenos Aires, Enero 19 de 1820-Como lo pideSaavedra.

Señor Gefe del Estado Mayor General-Cumpliendo con lo mandado por V. S. en obsequio de la verdad y justicia, certifico: que he conocido al Coronel D. Manuel Asencio Padilla, por la relacion de paisano, como tambien por haber sido yo su defensor en dos causas que se jiraron ante el Sr. General D. Manuel Belgrano, en Tucuman, como tambien á su esposa la Tenienta Coronela Doña Juana Asurday, en la villa de Potosí, el año pasado de ochocientos trece, y finalmente apenas habrá uno que deje de conocer á ambos por sus memorables y distinguidos hechos de que abundan sus comprobantes, en los mejores testigos que son los Ministeriales, como monumentos que distinguirán en la posteridad á tan dignos libertadores de la Patria-Buenos Aires y Enero 19 de 1820-Juan José Nogales.

Señor Gefe del E. M. G.-En cumplimiento de su órden que antecede y en obsequio de la verdad, certifico: que conocí al Coronel de Milicias D. Manuel Asencio

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