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traslado del dicho preuilegio, signado de Escribano público, sin ser sobrescrito ni librado, en cada un año les serán resciuidos en cuenta en cada un año segund mas largo en el dicho preuilegio se contiene, de que está en traslado en el libro de traslado de Preuilegios.

CEDULA PARA QUE EL ÁLCAIDE DE MALAGA DI SPONGA SE DEN PARA LA ARMADA CINCUENTA CORAZAS Y OTRAS TANTAS ESPINGARDAS Y BALLESTAS (1).

MAYO 23 DE 1493.

El Rey e la Reina: Garcia Fernandez Manrique, del Nuestro Consejo e Nuestro Alcaide de la Ciudad de Malaga: Nos, Habemos acordado de hacer cierta Armada para las Yslas e Tierra-firme que se han descobierto e descobrieren en el Mar Oceano a la parte de las Yndias, e para la facer armar e aderezar, Habemos dado cargo al Almirante Don Cristobal Colon e a Don Joan de Fonseca, Arcediano de Sevilla, del Nuestro Consejo: e porque para enuiar en la dicha Armada son menester algunas armas, por ende

(1) Del Archivo de Indias.

Nos, vos mandamos que de las armas que teneis en esa Ciudad de Malaga deis a la persona que los dichos Almirante Don Cristobal Colon, e Don Joan de Fonseca, e Joan de Soria, Secretario del Principe, Nuestro muy caro e amado Hijo, Lugarteniente de Nuestros Contadores mayores de la Contaduria de la dicha Armada, vos escribieren, cincuenta pares de corazas, e cincuenta espingardas e cincuenta ballestas: e tomad su conocimiento de las armas que asi le dieredes e entregaredes, con lo cual e con esta Nuestra Carta, Mandamos que vos sean recibidas en cuenta las dichas armas. Fecha en Barcelona a veinte y tres dias de Mayo de noventa y tres años.

Otra carta se dió para el Conde de Tendilla; para que de las armas que estan en el Alhambra, de cincuenta pares de corazas, e cincuenta espingardas e cincuenta ballestas.

CEDULA PARA QUE FRANCISCO PINELO PAGUE LOS CORREOS Y MENSAGEROS QUE DESPACHE DON JOAN DE FONSECA (1).

MAYO 23 DE 1493.

El Rey e la Reina: Francisco Pinelo, Nuestro Jurado e Fiel Ejecutor de la Ciudad de Sevilla, Nos,

(1) Archivo de Indias.

TOMO XIX.

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vos mandamos que todos los maravedis que fueren menester para pagar cualesquier correos o mensageros, que enviare a Nos o a otras cualesquier partes Don Joan de Fonseca, Arcediano de Sevilla, del Nuestro Consejo, que Nos, enviamos agora a facer el Armada que Mandamos facer para enuiar a las Yslas e Tierra-firme que se han descobierto e han de descobrirse en el Mar Oceano en la parte de las Yndias, que los dedes e paguedes, e tomad sus cartas o nominas firmadas del dicho Don Joan de Fonseca de lo que para ello dieredes; con las cuales e con esta Nuestra Cedula, Mandamos a los Nuestros Contadores mayores de las Nuestras cuentas, que vos reciuan e pasen en cuenta todo lo que asi dieredes para lo susodicho, para en cuenta de cualesquier maravedis que vos Hauemos Mandado librar o libraremos para los gastar en la dicha Armada; e non fagades ende al. Fecha en la Ciudad de Barcelona a veinte y tres dias de Mayo de noventa y tres años. Yo EL REY. YO LA REINA. Por mandado

del Rey e de la Reina.

Fernand Alvarez.

CEDULA PARA QUE FERNANDO DE ZAFRA BUSQUE VEINTE HOMBRES DE CAMPO Y OTRO QUE SEPA HACER ACE

QUIAS, PARA QUE PASEN A LAS YNDIAS (1).

MAYO 23 DE 1493.

El Rey e la Reina: Fernando de Zafra, Nuestro Secretario: Porque demas de las veinte lanzas que por otra Nuestra letra vos escriuimos que busqueis entre la gente de la Hermandad que esta en ese Reino, para que vayan en la Armada que Mandamos facer para las Yslas que se han descobierto e se han de descobrir, Habemos acordado que vayan veinte hombres de campo, para que despues que en las dichas Yslas sea llegada el Armada, descobran la tierra, porque en poco tiempo lo sabran ellos facer mejor que otros, e que asi mismo vaya un hombre que sepa facer acequias; por ende, Nos, vos Mandamos, que luego busqueis en esa frontera los dichos veinte hombres de campo, e otro hombre que sepa facer las dichas acequias, que non sea moro, que sean hombres seguros e fiables, a los cuales se les pagara a treinta maravedis de sueldo al dia, e mas, el mantenimiento de sus personas, los cuales vayan a Sevilla para veinte de Junio que viene, a donde

(1) Archivo de Indias.

hallaran al Almirante Don Cristobal Colon e Don Joan de Fonseca, e fagan lo que los dichos Almirante e Don Joan de Fonseca de Nuestra parte les dijeren e mandaren; e en esto poned luego mucha diligencia e recabdo, porque asi cumple a nuestro servicio. De Barcelona a veinte y tres dias de Mayo de noventa y tres años. Yo EL REY.-YO LA REINA.

=

CEDULA MANDANDO QUE A FRANCISCO PINELO SE DEN QUINCE MIL DUCADOS DE ORO PARA LOS GASTOS DEL

APRESTO DE LA ARMADA (1).

MAYO 23 DE 1493.

El Rey e la Reina: Fernando de Villa-Real e Alonso Gutierrez de Madrid: Nos, vos Mandamos que los quince mil ducados de oro que Nos habeis de dar de socorro por la Tesoreria general de la Hermandad que vos mandamos dar, los dedes e paguedes a Francisco Pinelo, Nuestro Jurado e Fiel Ejecutor de la Ciudad de Sevilla, que los ha de reciuir para los gastar en el Armada que Mandamos

(1) Archivo de Indias.

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