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CAPITULO XII.

EL CONGRESO DE CAMBRAY.

ABDICACION DE FELIPE V.

De 1720 1724.

Da Felipe su adhesion al tratado de la cuádruple alianza.-Artículos concernientes á España y al Imperio.-Evacuacion de Sicilia y de Cerdeña por las tropas españolas.-Pasa el ejército español á Africa.-Combates y triunfos contra los moros.-Esquiva la córte de Viena el cumplimiento del tratado de la cuádruple alianza.-Union de España con Inglaterra y Francia.-Reclamacion y tratos sobre la restitucion de Gibraltar á la corona de Castilla.-Enlaces reciprocos entre príncipes y princesas de España y Francia.-El congreso de Cambray. Plenipotenciarios.-Dificultades por parte del emperador.-Cuestion de la sucesion española á los ducados de Parma y Toscana.-Vida retirada y estado melancólico de Felipe V.-Intrigas del duque de Orleans en la córte de Madrid.-Muerte súbita del padre Daubenton, confesor del rey don Felipe.-Muerte repentina del duque de Orleans.-El duque de Borbon, primer ministro de Luis XV.-Instrucciones apremiantes á los plenipotenciarios franceses en Cambray.-Despacha el emperador las Cartas eventuales sobre los ducados de Parma y Toscana.-No satisfacen al rey don Felipe.-Transaccion de las potencias.-Ruidosa y sorprendente abdicacion de Felipe V. en su hijo Luis.-Causas á que se atribuyó, y juicios que acerca de esta resolucion se formaron.—Retíranse Felipe y la reina al palacio de la Granja.-Proclamacion de Luis I.

Parecia que con la salida de Alberoni de España quedaba removido el único, ó por lo menos el prin

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cipal obstáculo para la realizacion de la paz. Pero todavía anduvo reacio el rey don Felipe para venir al acomodamiento que le proponian; lo bastante para que pudiera decir con alguna razon el desterrado cardenal que no era él ni el autor ni el solo sostenedor de la guerra, sino que en ella se hallaba empeñado y acalorado el rey. En la primera contestacion de Felipe á los Estados generales de las Provincias Unidas (4 de enero, 1720), en que le invitaban á adherirse á la cúadruple alianza, no se mostró mas conciliador ni menos exigente que el ministro caido: puesto que pretendia, entre otras cosas, quedarse con Cerdeña, no ceder la Sicilia al emperador sino con el derecho de reversion á España, como la tenia el duque de Saboya, y que le fueran restituidas Gibraltar y Menorca, sobre lo cual habian mediado ya tantos tratos y promesas de los ingleses. Era evidente que no habian de admitir las potencias tales condiciones; y no fué poco que enviáran á Madrid ministros especiales para ver de reducir y convencer á Felipe antes que espirára el plazo de tres meses que para su resolucion le habian dado. Y fué menester ademas de esto que se empleáran para acabar de vencerle las persuasiones y las instancias del confesor Daubenton, del marqués Scotti y de la reina misma.

Al fin, dió Felipe su accesion al tratado de la cuádruple alianza en un documeuto solemne (26 de enero, 1720), en el cual todavía manifestaba que sacrifi

caba á la paz de Europa sus propios intereses, y la posesion y derechos que cedia en ella (1). Envió este instrumento á su embajador en Holanda el marqués de Beretti Landi, con la plenipotencia para que le firmase con los ministros de los aliados, como asi se verificó (17 de febrero, 1720). Los artículos concernientes á las córtes de Viena y de Madrid, en que consistian todas las dificultades, eran ocho, á saber:-la renuncia del rey Católico al reino de Cerdeña:-ratificacion de la renuncia por parte de Felipe á la corona de Francia, y por parte del emperador á sus pretensiones á la monarquía de España y de las Indias: que el emperador Cárlos reconoceria á Felipe de Borbon y á sus sucesores por reyes legítimos de España:-que Felipe renunciaría por sí y por sus descendientes á toda pretension sobre los Paises Bajos, estados que el emperador poseia en Italia, incluso el reino de Sicilia:-que faltando el sucesor varon de los ducados de Parma y Toscana, entrarian á suceder los hijos de la reina de España:-que el derecho de reversion del reino de Sicilia, que Felipe se reservó en el tratado de 1713 respecto al duque de Saboya, se transferiria al reino de Cerdeña:-que Cárlos y Felipe se comprometian á mantener lo con

(1) Deseando ahora contribuir por mi parte (eran sus palabras) á los deseos de las referidas Magestades los serenísimos reyes de Francia é Inglaterra, y dar å la Europa el beneficio de la paz,á cos

ta de mis propios intereses, y de la posesion y derechos que he de ceder en ella, he resuelto aceptar el referido tratado, etc.»-Tomo de Varios de la Real Academia de la Historia, Est. 13, gr. 3.

venido en este tratado:-que todo se cumpliria dentro de dos meses, y que ambos designarian lugar y sugetos para establecer definitivamente la paz. En su virtud hizo Felipe la correspondiente solemne renuncia en el Escorial á 22 de junio de aquel mismo año.

Mientras se hacian estos arreglos diplomáticos, las armas no habian estado ociosas. En medio de las nieves y los hielos y de todas las injurias de un invierno crudo, y en tanto que el príncipe Pío perseguia y sujetaba á mas de dos mil catalanes que se rebelaron á la entrada de los franceses en el Principado, el marqués de Castel-Rodrigo, encargado de lanzar á los franceses de Urgel, de la Conca de Tremp y de otros puntos que ocupaban en Cataluña mandados por el marqués de Bonás, emprendiendo sus operaciones con una actividad y un arrojo admirables, los fué atacando, venciendo y arrojando sucesivamente de Urgel, de Castellciutat, de la Conca de Tremp y de todos los lugares que habian ocupado, hasta internarlos en Francia, y quedar nuestras tropas dominando, no solo la Cerdaña española sino tambien la francesa, y alli permanecieron hasta que se arreglaron las diferencias entre los monarcas (1).

La adhesion de Felipe al tratado de la cuádruple alianza produjo tambien, como era de suponer, la cesacion de hostilidades en Sicilia. El marqués de Lede

(1) Belando, Ilistoria civil, P. IV. cap. 37 y 38.

recibió poder de su soberano para acordar la evacuacion de ambos reinos, Sicilia y Cerdeña. En su virtud púsose de acuerdo con los generales inglés y aleman, Byng y Merci, y entre los tres estipularon el tratado y la forma de la evacuacion de Sicilia (6 de mayo, 1720); concluido el cual, hicieron otro semejante para el de Cerdeña (8 de mayo). Este último fué á los pocos meses (agosto) entregado por los españoles al príncipe Octaviano de Médicis, que sin dilacion hizo lo mismo en manos del conde de Saint Remy, comisario general del duque de Saboya, á quien los sardos reconocieron por soberano (1).

Evacuadas la Sicilia y la Cerdeña por las tropas españolas, y no queriendo el genio animoso de Felipe dejar de tentar alguna otra empresa, alarmáronse otra vez las potencias limítrofes, Francia, Portugal, y aun Inglaterra, al observar los armamentos navales que se hacían en Cádiz, Málaga y otros puntos de la costa de Andalucía, impulsados por el activo é inteligente don José Patiño, y al ver concurrir á aquellos puertos fuerzas respetables de infantería, caballería y artillería, cuyo mando se confió al mismo marqués de Lede, gefe de la espedicion á Sicilia. Mostráronse otra vez recelosas las potencias, y no cesaban de inquirir sobre el destino y objeto de estos nuevos aprestos mili

(4) Belando, P. II. c. 53 y último.-El primer tratado constaba de veinte y ocho articulos, y el

segundo de veinte y cuatro. El marqués de San Felipe espresa el contenido de cada uno.

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