Jurisprudencia criminal: collección completa de la sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en los recursos de casación y competencias en material criminal, Volumen100

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Editorial Reus, 1919

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Página 49 - del Código penal, son circunstancias atenuantes las contenidas en el artículo anterior cuando no concurran todos los requisitos necesarios, para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos, como quiera que el requisito de la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler una agresión,
Página 28 - las acciones u omisiones penadas por la ley se reputan siempre voluntarias, a no ser que conste lo contrario, razón por la cual la falta de malicia no puede presumir por la simple insinuación de un supuesto derecho no comprobado, como en el caso presente es un hecho aceptado por el fallo recurrido, que los vecinos propietarios del
Página 71 - Código, las acciones u omisiones penadas por la ley se reputan siempre voluntarias, a no ser que conste lo contrario, presunción legal contra la que no puede prevalecer la simple alegación de un supuesto derecho sin base bastante que lo justifique, o por lo menos autorice
Página 345 - del artículo 548 del Código penal los que en perjuicio de otro se apropiaren o distrajeren dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de
Página 98 - en el cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo: Resultando que instruidos del recurso la defensa de la acusación privada y el
Página 117 - se determina conforme al art. 4." del Código de Justicia militar, por razón de la persona responsable del delito cometido y del lugar en que se cometa, de donde se desprende que bajo •estos tres aspectos debe ser estudiado el conflicto jurisdiccional que se encuentra sometido
Página 416 - dinero, efectos o cualquiera otra cosa mueble que hubiere recibido en depósito, comisión o administración o por otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla: Considerando que

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