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deudas y de las leyes que tanto la oprimian., cios al juicio del pueblo como inherente à la Los patricios para evitar las consecuencias de potestad tribunicia aquel descontento querian que no se licencia- Continuaron las disensiones entre los pase el ejército, porque asi tendrian sujeta á la tricios y plebeyos. Publilio Voleron, que perplebe, habiendo prestado las tropas el juramen- tenecia á esta clase y habia estado para ser to, no al dictador que ya habia abdicado la apaleado delante del pueblo por mandato de dictadura, sino á los cónsules Mandó al sena-un cónsul, logró salvarse de esta afrenta, condo que los tropas saliesen de la ciudad, pre- citando la ira popular, y al año siguiente hatestando que los volscos recien vencidos habiéndose hecho nombrar tribuno, consiguió bian renovado sus hostilidades, y con esto esta- que se formara una ley, por la cual se estalló la sedicion. Propusieron algunos dar muer- bleció que los comicios para la eleccion de te á los cónsules para quedar libres del jura- | tribunos se celebrasen por tribus, quedando mento, mas esta proposicion fué rechazada, y por este medio anulada la influencia del órden la plebe, siguiendo el consejo de un tal Sici- senatorio en el nombramiento de tales magisnio, abandonó la ciudad y se retiró al Monte Sa-trados. En esta época, dice Tito Livio, que segrado, donde se fortificó y permaneció algu-gun el testimonio de Pison, con el cual no nos dias sin atacar ni ser atacada. está conforme, se aumentó hasta cinco el número de los tribunos.

En el consulado de L. Ebucio y P. Servilio, trató un tribuno llamado C. Terentilo, de proponer una ley cuyo objeto era restringir la autoridad consular, y aunque se abstuvo de proponerla, mientras duró la ausencia de aquellos cónsules que estaban haciendo la guerra contra los volscos, al fin se hizo la proposicion, que encontró, como era de esperar, mucha resistencia, pero que dió por resultado un convenio en que el número de los

Reconcilióse al fin el senado con la plebe, mediando Menenio Agripa, bajo la condicion de que los plebeyos tendrian en adelante magistrados propios encargados de protegerlos, con la potestad de oponerse á la ejecucion de los decretos de los cónsules que pudieran perjudicarles. Estos magistrados, á quienes se dió el nombre de tribunos, debian ser elegidos por la plebe, eran inviolables, mientras ejercian el tribunado, y los patricios no podian en ningun caso aspirar á là potestad tribunicia. En consecuencia de este convenio se nom-tribunos se aumentó hasta diez, á condicion braron inmediatamente dos tribunos, que fue- de que ninguno pudiese ser reelegido para esron C. Licinio y L. Albino. Estos nombraron ta magistratura. tres colegas, uno de los cuales fué Sicinio, el Mas adelante propuso el tribuno Canuleyo mismo que propuso la retirada al Monte Sa- una ley aboliendo la prohibicion de mezclargrado. Los nombres de los otros no se salva-se las familias plebeyas con las patricias por ron del olvido, segun dice Tito Livio.

Tal fué el origen de la potestad tribunicia | en Roma. La historia del tribunado es la historia de la porfiada lucha sostenida por largo tiempo entre los patricios y los plebeyos. La potestad de los tribunos fué en su principio, como hemos dicho meramente protectora, pero bien pronto comenzó á ensancharse, y á tener proporciones que aumentaban el poder de la plebe y disminuian el de los patricios.

medio del matrimonio, y sus colegas propusieron que los cónsules pudieran ser elegidos indistintamente entre los patricios y los plebeyos, y no solo entre los primeros como entonces. La primera de dichas proposiciones encontró menos resistencia que la segunda y fué aprobada. En cuanto à la segunda hubo una especie de transaccion, pues se convino en que en vez de cónsules se nombrasen unos magistrados que tenian las mismas facultades que estos y podian ser plebeyos, pero denominándose tribunos militares. Sin embargo de haber triunfado la plebe, los primeros tribunos militares que'se nombraron fueron patricios.

Tres años despues de la retirada al Monte Sagrado se trataba en el senado del precio en que habia de venderse al pueblo una gran cantidad de trigo que se habia traido de fuera para su subsistencia. Hubo algunos senadores No mucho despues C. Licinio Stolon y Lique pretendieron retener el trigo hasta que los cinio Sextio, tribunos de la plebe propusieron plebeyos, forzados por la necesidad, renuncia- dos leyes que hicieron aprobar al fin. Una esran los derechos que habian adquirido por la tableció que los plebeyos pudieran ser cónsuley sagrada, y uno de los que con mas ener-les y otra que ningun romano pudiera poseer gia sustentaban este dictámen era C. Marcio, apellidado Coriolano, por haber tomado á Coriolos, ciudad de los volscos. Enfurecida la plebe contra C. Marcio, estuvo á punto de acometerle un dia al verle salir de la Curia, pero lo evitaron los tribunos, emplazándole como reo para ante el pueblo y sometiéndole á un juicio. El senado y los patricios, aunque muy á su pesar, se vieron en la necesidad de consentirlo, y desde entonces quedó reconocida la facultad de emplazar y someter á los patri

mas de quinientas yugadas de tierra. Licinio Sextio fué el primer cónsul plebeyo.

Cuando la plebe encontró abierto el camino para la magistratura suprema adquirió una influencia política que por necesidad quitó gran parte, de su importancia al tribunado.

TRIBUS DE ISRAEL. La palabra tribu significa una parte de aquellas en que se divide un pueblo, ó bien la porcion de gentes que pertenecen á una de las fracciones en que se reparte una nacion,

La de Aser tenia al Este las de Zabulon y Neptali, al Norte el Libano, y por el Oeste continaba con la Fenicia y el Mediterráneo.

La de Neptali estaba entre la de Aser y primera mitad de Manasés, y tenia al Norte el Libano y al Sur la de Zabulon.

La de Ruben y la de Gad estaban á la parte Oriental del Mar Muerto y del Jordan.

El pueblo de Israel, el pueblo escogido, el pueblo hebrco, el pueblo de Dios, que con todos estos nombres es conocido en la historia el que salió de Egipto para habitar la tierra de promision, se dividió eu doce tribus, que se llamaron las doce tribus de Israel Estas eran la de Judá, palabra que significa alabanza; la de Simeon, palabra que significa escuchar; la de Benjamin, palabra que significa hijo de Para dar mas claridad á todo lo dicho po- la vejez; la de Dan, palabra que significa nemos á continuacion dos cuadros uno de los juicio; la de Efrain, palabra que significa nombres de las tribus, sus capitales y terriacrecentamiento; la de Manasés, palabra que torio, y otro de las ciudades levíticas o de resignifica olvido; la de Isacar, palabra que sig-fugio. De este modo se conocerá á primera nilica recompensa; la de Zabulon, palabra que vista todo cuanto interesa saber respecto á ezsignifica morada; la de Aser, palabra que ta parte de la historia del pueblo judío. significa dicha; la de Neptali, palabra que significa combate; la de Ruben, palabra que significa hijo de la vision; y la de Gad, palabra que significa prosperidad. La tribu de Levi, palabra que significa consagrado á Dios, no se contó verdaderamente en el número por Judá. su destino especial y por estar mezclada con todas las demas.

Primer cuadro.

Nombres de
las tribus.

Capitales.

Hebron...

.

Simeon... Bersabé..

Dan..

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Llegados que fueron los israelitas à la tierra de Canaam, llamada despues tierra de promision, Palestina, Judea, y hoy Tierra Santa, Benjamin.. Jebus. se dividió el terreno entre las doce tribus verdaderas, escluyendose por consiguiente la de Levi, que por estar dedicada al culto no se la repartió territorio, aunque se le señalaron cuarenta y ocho ciudades de las otras tribus, á fin de que pudiera habitar en ellas, con sus alrededores, estando sus ganados en la facultad Manasés... Astarot... de pastar hasta la distancia de dos mil codos de las mismas poblaciones.

La division que se practicó fué la siguiente: La tribu de Judá obtuvo el territorio á la parte Occidental del Mar Muerto, teniendo al Mediodia los desiertos de la Idumea.

La de Simeon al Oeste de la de Judá, y confinaba al Sur con el desierto, y á la parte Occidental con el Mediterráneo, ó mejor dicho, con el pais de los Filisteos.

La de Benjamin tenia al Sud la de Judá, y por el Este lindaba con el Jordan y el Mar Muerto.

Efrain..

Isacar

Joppe.

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Siquen...

Ramet.

Zabulon... Betulia. . .

Aser.

Neptali.

Caná. . . .

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Ruben.... Hesedon.

La de Dan se hallaba al Norte de la de Simeon: por el Este confinaba con la de Benjamin, y al Oeste con el Mediterráneo y los fi- Gad. listeos.

La de Efrain estaba al Norte de las de Dan y Benjamin, lindando al Este con el Jordan, y al Oeste con el Mediterráneo.

La de Manasés, una parte estaba al Oriente del Jordan, y la otra tenia el territorio á la parte del Norte de la de Efrain, y se estendia por el Este hasta el Jordan, y al Ocaso terminaba en el Mediterráneo.

La de Isacar tenia al Oriente el Jordan; al Sur la segunda mitad de Manasés, y por el Oeste llegaba hasta el Mediterráneo.

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Al Este del Jordan,

Norte de la de
Ruben, y Sur de
la 1. mitad de
Manasés.

Segundo cuadro.

Nombres de las ciudades levíticas y de refugio. (Hebron, Lábana, Jether, Istemo, Holon, Dabir. Ain ó Asan, Jeta, Bethsa

mes.

Gabaon, Gabaé, Anatot,
Almon.

Eltheco, Gabathon, Aya-
lon, Gethremon.

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Los ministros reunidos en 1595, bajo la presidencia del marqués de Poza, para buscar arbitrios, dijeron, «que el medio mas principal de aumentar y beneficiar la hacienda no era el de imponer tributos, sino el de enriquecer á los vasallos, porque de las piedras no puede sacarse aceite.>>

Don Diego de Saavedra Fajardo escribia en la Empresa LXVII de las suyas políticas «que los tributos no se han de imponer en aquellas cosas que son precisamente necesarias para la vida, sino en las que sirven á las delicias, á la curiosidad, al ornato y á la pompa, en lo cual, quedando castigado el esceso, cae el mayor peso sobre los ricos y poderosos, y quedan aliviados los labradores y oficiales.»

Osorio en su Estension politica y cconómica, asegura que bajando la mitad de los tributos valdrian mas las rentas; que el mayor tributo que debieran pagar los vasallos era un 5 por 100.»

Con estos cuadros se adquiere inmediatatamente el conocimiento de cuanto interesa saber sobre el número, nombres, capitales, si- Solorzano, en sus Emblemas, ha establecituacion y ciudades levíticas y de refugio dedo en versos latinos máximas luminosas "sobre las tribus de Israel. la imposicion de tributos.

Martinez de la Mata aconseja que se impongan los menores tributos que ser pueda y que se repartan bien.

TRIBUTOS. De este modo se denominan las cantidades que pagan los habitantes de un es tado por el repartimiento que se les hace para sostener las cargas públicas, consignadas en los presupuestos generales, provinciales y mu-Fernando VI, «que el esceso de los tributos nicipales.

Las obras de los antiguos legisladores y economistas españoles contienen tan sublimes teorías sobre la imposicion de los tributos, que no podemos resistir al deseo de estractar lo mas notable que en ellas hallamos para dar una idea de la madurez y de la sabiduría de nuestros codificadores y hombres de gobierno y de letras.

Las leyes de Partida, despues de consignar | que los reyes solo tienen derecho á exigir de sus súbditos lo que tomaron sus antecesores para satisfacer sus necesidades, dicen en la ley 2.2, del título XXVIII, de la Partida 3., «que las rentas, los pechos y los tributos que dan los homes, son de los reyes, é fuéronles otorgadas estas cosas para que hobiesen con que se mautener honradamente en sus despensas, é con que pudiesen amparar sus tierras, é guerrear con los enemigos. >>

Don Juan II en las cortes de Castilla de 1385, al lamentarse de la funesta jornada de Aljubarrota, decia que la sentia por los pechos que era necesario imponer á los pueblos, porque como de estos pechos pese á vosotros, debedes entender que mas pesa á nos; cá bien sabedes que nos, en cuanto rey, debémonos haber como un padre acerca de su fijo, y como tal padre de este regno somos tenudos é obligados de aliviar los pechos en cuanto pudiéramos.» Y habiéndole ofrecido las cortes de Briviesca varios tributos no los quiso aceptar, respondiendo «que faria sinrazón á sus vasallos en demandarles y tomar mas de lo que le fuere menester.»>

El marqués de la Ensenada decia al rey don

mataba los manantiales de la riqueza pública, por lo cual aquellos debian reducirse.»

Macanáz esponia á don Felipe V, «que los tributos debian ser muy moderados y arreglados en todo al producto de los bienes de los vasallos, teniendo en consideracion que no sean vejados.»

Gándara manifiesta «que cuanto mas se acrezcan los impuestos, cuanto mas se estanquen los géneros, cuantos mas arbitrios se intenten de nuevo, y cuantas mas contribuciones se exijan á la nacion, otro tanto bajarán las rentas del rey.»>

Campomanes espresa «que el acierto en la materia de tributos está en fijar de tal modo la imposicion que no pueda ser engañado el que la exije ni el que la paga, y comprenda á todos los contribuyentes en una exacta proporcion.»>

Don Bernardo Ward «queria que para la imposicion de los tributos se tuvieran presentes la diferencia de las clases de los vasallos y la diferente calidad de los objetos.

De estas doctrinas de los legisladores y economistas antiguos españoles, se deduce, que los tributos se deben al principe ó á la nacion para mantener el decoro de la persona de aquel y la seguridad é independencia del Estado; que los sacrificios pecuniarios deben tener un límite, cual es las necesidades del pais y la riqueza del pueblo; que los tributos deben seguir la razon directa de las necesidades verdaderas; que su número debe reducirse al minimo posible; que la utilidad del erario no consiste en el peso escesivo de los tributos, sino

en que se concilien con la posibilidad del con- | sus productos. Asi es que en este particular tribuyente; que deben establecerse las contri- conviene ser parcos, y mas vale pecar por canbuciones bajo reglas que lejos de destruir fo-tidad de menos que por esceso.

menten los manantiales de la riqueza pública; Los tributos han tenido en España distinque no deben recaer sobre la clase indigente; tos nombres, que no es del caso referir en esque se han de imponer con igualdad y equi-te lugar.

dad, cuidando de la nivelacion en los reparti- Para terminar el artículo ponemos dos cuamientos; que la recaudacion debe ser la mas dros de los tributos, derechos y contribuciones económica y menos vejatoria; que los tribu-que pagaba el pueblo por todos aspectos en el tos deben imponerse sobre los fondos que pro- año de 1806, y de los que se cobraron con arducen las riquezas; que la cuota individual, reglo á las leyes de presupuestos generales, finalmente, no debe esceder de un 5 por 100 provinciales y municipales, aprobados para el en circunstancias ordinarias de paz y de pros- año de 1853, haciendo espresion del importe peridad. quo aquellos tuvieron y del que se calculó á los últimos.

Los tributos deben destinarse á cubrir las atenciones de los Estados, y para que aquellos no sean crecidos deben estas disminuirse, prescindiendo de todo gasto innecesario, porque los gastos en general son improductivos y estériles, consumiendo y no creando.

Cuadro correspondiente al año de 1806.

Aduanas..

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Todos los tributos pueden comprenderse Aguardiente. en seis especies principales. Primera, los tri-Albufera . butos territoriales, que pesan sobre la propie-Alcabalas. dad rústica y urbana: segunda; los de inquili- | Almirantazgo nato, que gravan sobre los alquileres de las Alojamiento. casas: tercera; los de la renta pública, que se Amortizacion. dirigen contra los acreedores del Estado: cuar-Andage. ta; los personales, que se imponen sobre el Ancorage. individuo, como la capitacion, el derecho de Anualidades. patentes y las contribuciones suntuaria y movi- Avería. liaria:, quinta; los convencionales, que se im- Azúcar. ponen por derechos sobre los actos civiles y Azogue. sobre las transacciones sociales, como los que Azufre... tienen el papel sellado, el registro, las hipotc- Bagages.. cas, las ventas: y sesta; los comerciales, que gravitan sobre los efectos de comercio, como la sal, el tabaco, los hierros, etc. Todos estos impuestos destruyen y no crean, y por lo mismo disminuyen la riqueza pública, por lo cual debe hacerse uso de ellos con sobriedad y parsimonia.

Barcage y portazgos.
Bailías.

Braceage y señoriage.
Bula de cruzada..
| Bulas de obispos.
Caballos de regalo.
Cal y ladrillo.
Cámara (sus efectos).
Capitanías de puerto.
Catastro en Cataluña.
Cena de ausencia.
Censos enfitéuticos.
Cientos.
Coches..
Cofradías.
Correos..
Criados.
Curia romana.
Derechos de estola.
Id. feudales de los señores.
Diezmo eclesiástico.
Equivalente..

Mucho se ha disputado y disputa sobre si son mas ventajosos los tributos directos que los indirectos y viceversa, dividiéndose los economistas en dos escuelas enteramente contrarias; pero preciso es decir que es mucho mayor el número de los que sostienen los impuestos directos. Estos esponen que el tributo directo pesa sobre el pudiente tan solo, y siempre en relacion proporcionada con su riqueza, de modo que de esta manera se causa el menor perjuicio posible y únicamente á quien puede soportarle. Sus adversarios dicen que tanto es mas beneficiosa y mas llevadera una contribucion, cuanto menos se advierte que se paga y cuanto menos se afecta en el momento de satisfaceria; siendo esto lo que acontece con los Escusado. impuestos indirectos. Lo mas razonable es sos-Espolios.. tener que los tributos directos deben ser prefe-Fiestas religiosas ridos, y que los indirectos solo deben exigirse Fiel medidor.. en cantidades cortisimas, de modo que no vejen ni ofendan á los pobres y necesitados. Los tributos tienen un limite, y una vez traspasado ocasionan graves disminuciones en 2202 BIBLIOTECA POPULAR.

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Fondo pio..
Frutos civiles.
Generalidades..
Gracias al sacar.

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T. XXXIII. 33

10.000,000

800,000 2,000,000

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Estos tres mil seis millones, ciento cin-Id. de Linares.

cuenta mil reales vellon, grababan sobre

12.000,000 de habitantes á que ascendia en aquella época la poblacion de España.

Id. de Falset.
Id. de Alcaráz.

Id. de Marbella.
Loterias...

Cuadro del presupuesto para el año de 1853. Obligaciones de la Península

Contribucion de inmuebles,

cultivo y ganadería. ...

que pesan sobre las cajas
de la Habana. . . . . . . .

300.000,000 Id sobre las cajas de Filipinas.

12.775,000

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1.765,000

27,000

6,000

6,500

90.000,000

5.000,000

10.038,450

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