Código de procedimientos del estado de PueblaOsorio, 1875 - 297 páginas |
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... pruebas ma- teriales del delito ó falta . 2.0 dido . 3 . 4 . El de la demarcacion en que el reo presunto haya sido aprehen- El de la residencia del reo presunto . Cualquier juez que hubiese tenido noticia del delito ó falta . Si se ...
... pruebas ma- teriales del delito ó falta . 2.0 dido . 3 . 4 . El de la demarcacion en que el reo presunto haya sido aprehen- El de la residencia del reo presunto . Cualquier juez que hubiese tenido noticia del delito ó falta . Si se ...
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... prueba , si fuere menester rendirla . ART . 71. - La declinatoria propuesta sin que concurran los requisitos enumerados en el antecedente artículo se tendrá por no opuesta . ART . 72. - La autoridad judicial ante quien se proponga la ...
... prueba , si fuere menester rendirla . ART . 71. - La declinatoria propuesta sin que concurran los requisitos enumerados en el antecedente artículo se tendrá por no opuesta . ART . 72. - La autoridad judicial ante quien se proponga la ...
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... pruebas . Entregar los autos ó procesos bajo conocimiento , que firmará quien los reciba . Dar oportunamente cuenta del vencimiento de los términos y de las solicitudes que se les presenten . Fenecidos los términos fatales recojer los ...
... pruebas . Entregar los autos ó procesos bajo conocimiento , que firmará quien los reciba . Dar oportunamente cuenta del vencimiento de los términos y de las solicitudes que se les presenten . Fenecidos los términos fatales recojer los ...
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... 187. - El relator hará por escrito el extracto de los autos en tér- minos claros y concisos , sin dilucidar puntos de derecho , ni valorizar las pruebas . ART . 188. - Cinco dias por lo menos antes 36 LIBRO I. TITULO V.
... 187. - El relator hará por escrito el extracto de los autos en tér- minos claros y concisos , sin dilucidar puntos de derecho , ni valorizar las pruebas . ART . 188. - Cinco dias por lo menos antes 36 LIBRO I. TITULO V.
Página 57
... prueba . El de los artículos inhibitorios . El tiempo que los jueces ó sus auxiliares retengan las actuaciones . El de la suspension del negocio ART . 373. Se interrumpe la prescripcion por gestion de cualquiera de los interesados ...
... prueba . El de los artículos inhibitorios . El tiempo que los jueces ó sus auxiliares retengan las actuaciones . El de la suspension del negocio ART . 373. Se interrumpe la prescripcion por gestion de cualquiera de los interesados ...
Contenido
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Términos y frases comunes
accion acciones civiles acreedores acta actuaciones acusacion administracion agraviada albacea alegaciones antecedente artículo apelacion apertura del juicio arbitraje árbitros arreglo audiencia autoridad judicial autos calificacion CAPÍTULO casacion causa cion citacion Código civil Código penal compromisarios concurso conforme al artículo créditos debe declaracion declaraciones demanda demas depósito derecho derecho real despues deudor comun dias dictará diligencias documentos domicilio efectos ejecucion ejecutivo emplazamiento escribano escrito estime excepciones expresa fallo fianza firme fraccion hará hipotecario honorarios hubiere incidentes interdicto interesados interventor inventario jueces juez juicio universal jurisdiccion voluntaria juzgado laudo legal litigantes mandará Ministerio público negocio notificacion obligacion observará pago patria potestad penal peritos perjuicios persona peticion pleito prejudiciales prevenido primera instancia procederá providencias prueba recurso recurso de casacion recusacion refiere el artículo remitirá resolucion resoluciones judiciales Sala de jurados sentencia sentencia firme síndico subasta sumario supervenientes sustanciacion sustanciará tambien tercero término testamento testigos tículo título Tribunal Supremo tutor veredicto
Pasajes populares
Página 67 - En el caso del art. 1217, si el que debe absolver las posiciones estuviere ausente, el juez librará el correspondiente exhorto, acompañando cerrado y sellado el pliego en que consten las preguntas, pero del cual deberá sacar previamente una copia, que autorizada conforme á la ley con su firma y la del secretario, quedará en la Secretaría del tribunal.
Página 224 - Juez dictará providencia mandando intimar al marido que no moleste á su mujer ni al depositario, bajo apercibimiento de precederse contra él á lo que hubiere lugar; y á la mujer, que...
Página 79 - Que el hecho de que se trate sea susceptible de ser conocido por medio de los sentidos, y que el testigo lo conozca por sí mismo y no por inducciones ni referencias á otras personas.
Página 216 - El tutor interino, que en estos casos debe nombrarse conforme al art. 486 del Código Civil, presentará dentro del término que designe el juez y con presencia de los datos que existan en los libros de la testamentaría...
Página 74 - El juez, al examinar á los testigos, puede hacerles las preguntas que estime convenientes, siempre que sean relativas á los hechos contenidos en los interrogatorios.
Página 74 - Los testigos serán examinados separada y sucesivamente, sin que unos puedan presenciar las declaraciones de los otros. A este efecto, el juez fijará un solo día para que se presenten los testigos que...
Página 79 - Si por una parte hubiere mayor número de testigos que por la otra, .el tribunal se decidirá por la mayoría, siempre que en todos concurran los mismos motivos de confianza. En caso contrario, obrará como le dicte su conciencia, fundando especialmente esta parte del fallo.
Página 224 - Las pretensiones que puedan formularse por la mujer, por el marido ó por el depositario sobre variación de depósito, ó cualesquiera otros incidentes á que éste pueda dar lugar...
Página 72 - En el caso de que sosteniendo una de las partes la falsedad de un documento que pueda ser de influencia notoria en el pleito, entablare la acción criminal en descubrimiento del delito y de su autor, se suspenderá el pleito en el estado en que se halle hasta que recaiga ejecutoria en la causa criminal.
Página 107 - Cuando hubiere condena de frutos , intereses , daños ó perjuicios , se fijará su importe en cantidad líquida , ó se establecerán por lo menos las bases con arreglo á las cuales deba hacerse la liquidacion.