Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento Civil,1Imp. del Boletín de Jurisprudencia, 1856 |
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... Sala estraordinaria , no tan solo para ver y fallar los pleitos , sino tambien para sentenciarlos . A este tiempo se refiere sin duda la última parte del art . 9. ° ; de modo que los efectos de las vaca- Томо I. 4 ciones son parciales ...
... Sala estraordinaria , no tan solo para ver y fallar los pleitos , sino tambien para sentenciarlos . A este tiempo se refiere sin duda la última parte del art . 9. ° ; de modo que los efectos de las vaca- Томо I. 4 ciones son parciales ...
Página 38
... salas 5. Los escritos que tengan por objeto acusar rebeldías , pedir tér- mino , publicacion de probanzas y señalamiento para las vistas de los pleitos , los cuales seran firmados solo por Procuradores.me do emp Jcb ferea citost ef ...
... salas 5. Los escritos que tengan por objeto acusar rebeldías , pedir tér- mino , publicacion de probanzas y señalamiento para las vistas de los pleitos , los cuales seran firmados solo por Procuradores.me do emp Jcb ferea citost ef ...
Página 41
... Sala . Las disposiciones del artículo preinserto son tan claras y ter- minantes , que no necesitan de comentario alguno . ART . 21. Las notificaciones se practicarán leyéndose integramen- te la providencia , y dando en el acto copia de ...
... Sala . Las disposiciones del artículo preinserto son tan claras y ter- minantes , que no necesitan de comentario alguno . ART . 21. Las notificaciones se practicarán leyéndose integramen- te la providencia , y dando en el acto copia de ...
Página 53
... Sala , con esclusion del Presidente . ART . 37. Será cargo del Ministro Ponente : nidad zol'en 1. Informar á la Sala sobre la reforma ó adiciones del apunta- miento solicitadas por los litigantes . Para este efecto se le pasarán pre ...
... Sala , con esclusion del Presidente . ART . 37. Será cargo del Ministro Ponente : nidad zol'en 1. Informar á la Sala sobre la reforma ó adiciones del apunta- miento solicitadas por los litigantes . Para este efecto se le pasarán pre ...
Página 54
... Sala . 3. Presidir la práctica de las diligencias de prueba , y recibir cua- lesquiera declaraciones que la Sala ordenare.lt vi 4. Autorizar las ratificaciones y hacer los discernimientos de todo cargo . 5. Redactar las sentencias con ...
... Sala . 3. Presidir la práctica de las diligencias de prueba , y recibir cua- lesquiera declaraciones que la Sala ordenare.lt vi 4. Autorizar las ratificaciones y hacer los discernimientos de todo cargo . 5. Redactar las sentencias con ...
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Términos y frases comunes
acaso accion acontecer acto actos actuaciones acumulacion admitir alegar ambos antigua apelacion apelaciones asuntos Audiencia autoridad autos cargo causa cion citar civil claro clase competencia comprende concede conciliacion conocer considerarse contrario convenido costas creemos cuestion dado debe declarado decreto defensa definitiva deja demanda demandante demas derecho despues determina dias diferentes diligencias disposiciones duda efecto embargo enjuiciamiento escepcion escrito especial espresa establece falta fijar fuero fuese funda habia halla hubiese interés judicial Jueces de paz juez juicio jurisprudencia justicia justo juzgado legal limita litigante litigio llevar luego mala manda manera materia medio modo necesario necesidad necesita nueva objeto obliga ocasion opinion órden ordinario pago palabra pedir perjuicios pleito pobre poder podia podrá práctica preciso presente primera instancia principio procedimiento procurador produce providencia prueba pública pudiera queda razon Real reconoce recurso recusacion regla remita respecto Sala segundo sentencia sentido señalado seria Superior supuesto tambien término trata Tribunal únicamente vista
Pasajes populares
Página ii - Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española. Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren , sabed : que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : ARTÍCULO 1.°...
Página ii - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes.
Página 10 - Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, si hallándose en él, aunque accidentalmente, pudiera hacerse el emplazamiento.
Página 10 - Fuera de los casos de sumision esprcsa ó tácita, de que tratan los artículos anteriores, es juez competente para conocer de los pleitos en que se ejerciten acciones reales sobre bienes inmuebles, el del lugar en que esté la cosa litigiosa, ó cualquiera de ellas, si fueren varias. De los en que se ejerciten acciones reales sobre bienes muebles o ' , J semovientes, el del lugar en que se hallen^^L del domicilio del demandad o, á eleccion del demandante.
Página 39 - Sin embargo, si la persona notificada se hubiere manifestado en juicio sabedora de la providencia, la notificación surtirá desde entonces sus efectos, como si estuviera legítimamente hecha.
Página 26 - El documento ó documentos que acrediten el carácter con que el litigante se presente en juicio, en el caso de tener representación legal de alguna persona ó corporación, 6 cuando el derecho que reclame provenga de habérsele otro trasmitido por herencia, ó por cualquier otro título.
Página 39 - Si ésta no supiere ó no pudiere firmar, lo hará á su ruego un testigo. Si no quisiere firmar ó presentar testigo que lo haga por ella en su caso, firmarán dos ¡testigos requeridos al efecto por el actuario.
Página 118 - Si los honorarios de los peritos ó de cualesquiera otros funcionarios no sujetos á arancel, fueren impugnados, se oirá á otros dos
Página 82 - No podrán, bajo ningún pretexto, los jueces ni los tribunales aplazar, dilatar, omitir ni negar la resolución de las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito.
Página 224 - El litigante que no se haya defendido por pobre en la primera instancia, si pretende gozar de este beneficio en la segunda , deberá justificar , que con posterioridad ha venido á ser pobre con efecto. No justificándolo cumplidamente, no se le otorgará la defensa gratuita.