Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento Civil,1Imp. del Boletín de Jurisprudencia, 1856 |
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Página vi
... conocer su bondad prác tica ó sus defectos , y aceptar lo bueno práctico como bueno , y desechar lo malo esperimentado como malo . Respecto á las demas indicaciones que se hicieron sobre la publici- dad de la prueba , las condiciones de ...
... conocer su bondad prác tica ó sus defectos , y aceptar lo bueno práctico como bueno , y desechar lo malo esperimentado como malo . Respecto á las demas indicaciones que se hicieron sobre la publici- dad de la prueba , las condiciones de ...
Página xii
... conocer las disposiciones que rigen en el procedimiento civil ' ; no tendrá que ordenarlas para ponerse al corriente de las reglas que ha de observar en un juicio dado ; ni mucho menos se espondrá , como has- ta nuestros dias ha ...
... conocer las disposiciones que rigen en el procedimiento civil ' ; no tendrá que ordenarlas para ponerse al corriente de las reglas que ha de observar en un juicio dado ; ni mucho menos se espondrá , como has- ta nuestros dias ha ...
Página xviii
... conocer de los asuntos de está especie ? Y determinando , ¿ cómo habia de dejarse de prejuzgar que ha de haber jueces inferiores á los de primera instancia ? ¿ Cómo habia de tramitarse el modo de resolver las discordias , sin prejuzgar ...
... conocer de los asuntos de está especie ? Y determinando , ¿ cómo habia de dejarse de prejuzgar que ha de haber jueces inferiores á los de primera instancia ? ¿ Cómo habia de tramitarse el modo de resolver las discordias , sin prejuzgar ...
Página xix
... conocer de los asuntos judi- ciales de voluntaria jurisdiccion , disputaban á los segundos la compe- tencia para intervenir en ciertos asuntos , que los unos calificaban de voluntaria y los otros de contenciosa jurisdiccion . Y alguna ...
... conocer de los asuntos judi- ciales de voluntaria jurisdiccion , disputaban á los segundos la compe- tencia para intervenir en ciertos asuntos , que los unos calificaban de voluntaria y los otros de contenciosa jurisdiccion . Y alguna ...
Página xxii
... conocer de un asunto dado ; asi es que no forma parte del procedimiento en su esencia , sino que constituye un inciden- te ; y por tanto , las disposiciones que tienden á determinar las causas legítimas de recusacion , y el modo de ...
... conocer de un asunto dado ; asi es que no forma parte del procedimiento en su esencia , sino que constituye un inciden- te ; y por tanto , las disposiciones que tienden á determinar las causas legítimas de recusacion , y el modo de ...
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Términos y frases comunes
acaso accion acontecer acto actos actuaciones acumulacion admitir alegar ambos antigua apelacion apelaciones asuntos Audiencia autoridad autos cargo causa cion citar civil claro clase competencia comprende concede conciliacion conocer considerarse contrario convenido costas creemos cuestion dado debe declarado decreto defensa definitiva deja demanda demandante demas derecho despues determina dias diferentes diligencias disposiciones duda efecto embargo enjuiciamiento escepcion escrito especial espresa establece falta fijar fuero fuese funda habia halla hubiese interés judicial Jueces de paz juez juicio jurisprudencia justicia justo juzgado legal limita litigante litigio llevar luego mala manda manera materia medio modo necesario necesidad necesita nueva objeto obliga ocasion opinion órden ordinario pago palabra pedir perjuicios pleito pobre poder podia podrá práctica preciso presente primera instancia principio procedimiento procurador produce providencia prueba pública pudiera queda razon Real reconoce recurso recusacion regla remita respecto Sala segundo sentencia sentido señalado seria Superior supuesto tambien término trata Tribunal únicamente vista
Pasajes populares
Página ii - Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española. Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren , sabed : que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : ARTÍCULO 1.°...
Página ii - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes.
Página 10 - Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, si hallándose en él, aunque accidentalmente, pudiera hacerse el emplazamiento.
Página 10 - Fuera de los casos de sumision esprcsa ó tácita, de que tratan los artículos anteriores, es juez competente para conocer de los pleitos en que se ejerciten acciones reales sobre bienes inmuebles, el del lugar en que esté la cosa litigiosa, ó cualquiera de ellas, si fueren varias. De los en que se ejerciten acciones reales sobre bienes muebles o ' , J semovientes, el del lugar en que se hallen^^L del domicilio del demandad o, á eleccion del demandante.
Página 39 - Sin embargo, si la persona notificada se hubiere manifestado en juicio sabedora de la providencia, la notificación surtirá desde entonces sus efectos, como si estuviera legítimamente hecha.
Página 26 - El documento ó documentos que acrediten el carácter con que el litigante se presente en juicio, en el caso de tener representación legal de alguna persona ó corporación, 6 cuando el derecho que reclame provenga de habérsele otro trasmitido por herencia, ó por cualquier otro título.
Página 39 - Si ésta no supiere ó no pudiere firmar, lo hará á su ruego un testigo. Si no quisiere firmar ó presentar testigo que lo haga por ella en su caso, firmarán dos ¡testigos requeridos al efecto por el actuario.
Página 118 - Si los honorarios de los peritos ó de cualesquiera otros funcionarios no sujetos á arancel, fueren impugnados, se oirá á otros dos
Página 82 - No podrán, bajo ningún pretexto, los jueces ni los tribunales aplazar, dilatar, omitir ni negar la resolución de las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito.
Página 224 - El litigante que no se haya defendido por pobre en la primera instancia, si pretende gozar de este beneficio en la segunda , deberá justificar , que con posterioridad ha venido á ser pobre con efecto. No justificándolo cumplidamente, no se le otorgará la defensa gratuita.