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Rev. BARCINONA. Monograma de Cárlos. Plata; pesa

121 centígramos..

(Vidal Ramon, Barcelona.) Lám. 77.

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Este precioso denario ha sido dibujado defectuosamente en la obra de Mr. Poey d'Avant (1) poniendo BARCIKONA en lugar de BARCINONA, pues la N no es de forma latina sino de esta f. Por lo cual dicho escritor cree que la mencionada moneda «que por la leyenda pareceria á primera vista pertenecer á Carlo Magno, debe atribuirse á uno de los primeros condes de Barcelona» y añade: «Lo que confirma mi opinion, es la degeneracion de las leyendas y particularmente la del reverso. Los Carlovingios hubieran puesto BARCINONA como lo vemos en los denarios de Luis el Piadoso.» Continúa escribiendo Don Vayssete; en la Historia del Languedoc, dice: «po. sitivamente en 965 existian denarios acuñados con el nombre de Barcelona; por consiguiente al reinado de Cárlos el Simple, deben pertenecer las monedas de estos Señores (condes) y se sabe que las concesiones acordadas por el espresado rey ordenaban que las monedas serian acuñadas en nombre del Rey.»

«Con un testimonio tan positivo» concluye el autor, «no hay duda que este precioso denario es una moneda de los condes.»

No obstante, como hemos visto que la leyenda no es BARCIKONA sino BARCINONA, cae por su base el primer argumento que se apoya sobre la ortografia defectuosa de este nombre. Ahora bien, que Don Vayssette haya asegurado en la Historia del Languedoc, escrita por los años de 1730 á 1745, que existian en 965 denarios con el nombre de Barcelona, no prueba que se conozcan documentos de Carlos el Simple dando privilegio de labrar moneda en su nombre á los condes de Barcelona; para eso hubiera sido preciso que Wifredo y sus descendientes se considerasen como feudatarios de los reyes de Francia, lo cual no es cierto. A pesar del tan citado tratado de Corbeil en 1258, jamás los condes de Barcelona reconocieron el derecho de suzerania de los reyes de Francia (2).

(1) Monnaies féodales de France, Tom. II, pág. 211, pl. 17, núm. 15.

(2) .....No falta quien niegue la soberanía á nuestros ilustres condes de Barcelona concediéndoles solo el carácter de meros feudatarios de los monarcas de Francia, fundando principalmente su opinion en la dependencia que supone la práctica constante de fechar en este condado las escrituras de los siglos IX al XII por los años del gobierno de aquellos reyes;

TOMO II.

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Pero si no creemos que la moneda de que nos ocupamos pertenece al susodicho Cárlos el Simple, que no tenia, ni podia tener, ninguna autoridad sobre la ciudad de Barcelona, tampoco la consideramos de Carlo Magno; el tipo del monograma cruciforme, nunca usado por Luis el Piadoso, y me

añadiendo algunos, que estos condes no tuvieron como tales la soberanía hasta el tratado de Corbeil de 1253, en que Luis IX de Francia renunció los derechos que pretendia tener en Cataluña y Rosellon á favor de D. Jaime I de Aragon, como lo corrobora, dicen, varias actas de los condes de Barcelona, en que se observa que estos exigian la confirmacion de los monarcas de Francia en algunos casos, segun se vé en la donacion de los albaceas del conde Don Wifredo II hijo del Velloso, en virtud de su testamento, el año 911 (probaremos que esta escritura corresponde al año 912) á la iglesia de San Pedro de Vich, de la tercera parte del monedaje que el textador tenia en dicha ciudad «per domitum Regis, donec per ipsos (obispos y canónigos) aut per legatos ad Regem pergant et præceptum exinde fideliter requierant atqu recipiant.»

No negaremos que deje de notarse en alguno de nuestros primeros condes cierta deferencia, hija de la atencion ó del reconocimiento de su orígen, como la del monedaje de Vich y otras pocas que podrán presentarse: pero son tantos los actos positivos que tenemos para justificar el ejercicio de la soberanía independiente, que no hay casi documento otorgado por nuestros condes, ó á su favor, que no la justifique. El título de Príncipes, á Wifredo, (Historia de Languedoc, tomo II, pruebas, fól. 50), y aun el de reyes, á Don Ramon Berenguer I, (Real Archivo, armario de los condes de Barcelona, núm. 115) que se dá á los primeros en varios diplomas, las monedas acuñadas en sus tiempos (véause las de D. Berenguer Ramon I, Ramon Berenguer IV y siguientes. Tom. II, lám. 77), las leyes ó usages sancionadas en las Córtes en asamblea del año 1068, los tratados de paz, declaraciones de guerra, confederaciones y empresas militares, terrestres y marítimas, sin intervencion alguna de los mo narcas de Francia, y sus enlaces contínuos con Príncipes y Princesas de los primeros potentados de la Europa, ¿qué otra cosa son que pruebas las mas evidentes de la soberanía é independencia de nuestros condes, reconocida ya desde el principio de su mas remota existencia?... Si por la renuncia de Luis IX (en el tratado de Corbeil de 1258) de los dere chos que presumia tener en Cataluña y Rosellon á favor de D. Jaime el Conquistador, se quiere deducir la dependencia ó falta de soberanía de los condes de Barcelona, la misma razon habrá para negársela á los monarcas de Francia sobre los estados de Carcasona, Tolosa, Minerve, etc. etc., situados en aquel reino, eu que en este mismo diploma que tenemos á la vista, renunció D. Jaime I de Aragon á favor del rey Luis..... decir, que datar las escrituras por los años de los reinados de Francia arguye dependencia ó falta de soberanía en los condes de Barcelona, es razon que no necesita rebatirse; pues á los diez siglos que no existia ni el César ni Roma se fechaba en Europa por la Era de Augusto.

Para que no quede un ápice de duda sobre tan interesante hecho histórico, y en corrobacion del comun sentir de nuestros historiadores, que creen que la remision del feudo ó donacion del condado en plena é independiente soberanía, fué hecha por Cárlos el Calvo á Don Wifredo el Velloso, presentaremos una prueba diplomática concluyente, que hasta ahora nadie ha producido. Tal es la escritura de venta que el Conde de Barcelona, hijo de Sunyer y nieto del Velloso y doña Winidilda, hizo de cierto alodio, sito en el condado de Ausona, á 17 de las Calendas de noviembre del año octavo de Lotario, hijo de Luis, 961, á favor de Arnulfo, en que dice: «Ego Borrellus Coneser Marquio vindo tibi alodem meum propium qui mihi advenit per vocem genitoris mei et parentum meorum, et parentibus meis advenit per vocem preceptis Regis Franchorum quod fecit gloriosissimus Karolus de omnibus fiscis vel heremis terre illorum. » Siendo, pues, el conde Borrell hijo de Sunyer, genitoris mei, nieto de Wifredo y de Wini

nos en las monedas de Carlo Magno, fué probablemente una creacion de Carlos el Calvo, por cuyas razones hemos clasificado este denario como perteneciente al hijo de Luis el Piadoso.

En Piste, dia 7 de las kalendas de julio del año 854, y el 25 de su reinado, Cárlos el Calvo publicó un ordenamiento sobre monedas en el cual describe dos nuevos tipos: «Ut in denarius novæ nostræ monetæ ex una parte nomen nostrum habeatur in gyro, et in medio nostri nominis monogramma, ex altera vero parte nomen civitatis, et in medio cruz habeatur.»

Notaremos que en el denario que atribuimos á Carlos el Calvo, el nombre del rey está al lado de la cruz y el de la ciudad al del monograma, lo contrario de lo que manda el edicto; pero Leblanc hace observar que no ha visto nunca una moneda con el nombre de CARLVS del lado del monograma y por lo tanto cree que hay una equivocacion del copista en el dicho ordenamiento de Piste.

El denario que hemos dibujado pesa solo 121 centigramos mientras que los del mismo rey pesan generalmente de 145 hasta 175. Su menor peso denotaria mas antigüedad que la de los denarios de Luis el Piadoso y por consiguiente nos llevaria hasta creerlo de Carlo Magno, lo cual es improba. ble por lo espuesto mas arriba. Materia es esta de tan dificil averiguacion, que los numismáticos se hallan muy lejos de entenderse sobre las monedas carlovingias, y si damos nuestra opinion es con la mayor reserva y dudando si habremos ó no acertado.

dilda, parentum meorum, y habiendo estos adquirido per vocem preceptis Regis Franchorum quod fecit gloriosissimus Karolus de omnibus fiscis, resulta evidentemente probado: que Don Wifredo y Doña Winidilda, tuvieron el condado y sus fiscos en soberanía por donacion de Cárlos el Calvo, que fué el rey de este nombre que reinó en Francia durante el gobierno de nuestros condes; con lo que creemos haber demostrado un hecho hasta ahora dudoso por no hallarse documento.

Finalmente corrobora esta misma verdad, la terminante cláusula que se lee en varias escrituras de ventas de tierras sitas en el condado de Ausona por los años de 938, 941 y otros, en que hablando los vendedores del título en virtud del cual poseian aquellas tierras, le esplican así: «que nos traximus de heremo primi homines sub ditione Franchoruns: que mater nostra traxit de heremo cum nos supradictos filios suos primi homines terra regia sub ditione Franchorum.» Es decir que habian estado, pero que ya no estaban bajo la dominacion ó vasallage de los reyes de Francia; no porque los condes de Barcelona ó sea Don Wifredo el Velloso ó alguno de sus sucesores hubiese usurpado la soberanía, como lo sientan Masdeu, Balazio, los Maurinos y finalmente los historiadores del Languedoc, sino porque realmente la adquirió Don Wifredo, como acabamos de manifestar, por derecho de conquista con aprobacion de sus súbditos, y por la cesion del emperador Cárlos el Calvo. (Bofarull, Condes de Barcelona, etc. Tomo I, página 15 y siguientes.)

CONDES INDEPENDIENTES

DE BARCELONA.

WIFREDO EL VELLOSO.

(874-898.)

El condado de Barcelona, creado en 801 por Carlo-Magno, formó del año 817 al 861, una de las dos divisiones del ducado de Septimania que poseyó 24 años el favorito de Luis el Piadoso, Bernardo de Gotia (820-844); aislado de nuevo por Carlos el Calvo, lo dió á Wifredo el Velloso en toda soberanía (874) como premio de los servicios que prestó al monarca francés; con el cual se cree generalmente que estaba emparentado.

Se supone que Wifredo el Velloso era hijo de un señor llamado Seniofredo ó Wifredo y de Ermesinda; que Miron, conde de Rosellon y Rodulfo, conde de Conflent, eran sus herinanos, con cuya ayuda echó á los sarracenos de Ausona (Vich), de las faldas del Montserrat y de una gran parte del Campo de Tarragona.

Falleció, segun Bofarull, el 11 de agosto de 898, y fué enterrado en el monasterio de Ripoi! que habia fundado en 888. De su mujer Doña Winidilda ó Guinedilda, tuvo la sucesion siguiente: DON RODULFO que aunque sacerdote se casó, tuvo hijos y finalmente murió obispo de Santa María de Urgel antes de finalizar el año 945; Don WIFREDO BORRELL, que sucedió á su padre; DoN SUNYER, que fué conde de Barcelona despues de su hermano Wifredo II; DON MIRON, que heredó de su padre los condados de Berga y Conflent; SUNIEFREDO conde de Urgel, que los autores han confundido con su hermano Sunyer; Suniefredo casó con su sobrina Adalaiza, hija de Sunyer, de la cual tuvo á Borrell que murió sin sucesion, con cuyo motivo se reunió su condado de Urgel al de Barcelona á mediados del siglo X; DOÑA HEMMON Ó EMMON que murió abadesa del monasterio de Ripoll hacia el año 945; DOÑA ERMESINDA de la cual no sabemos mas que el nombre; DOÑA CHIXILONE Ó QUIXILONE que murió en el año 945 y á DOÑA RICHILDIS Ó RIQUILDE que murió antes de las Calendas de abril del año 925.

La condesa Doña Winidilda feneció por los años de 897 á 900. (1)

(No conocemos monedas de este príncipe.)

(1) Bofarull, tomo I, pág. 2 y siguientes.

WIFREDO II Ó BORRELL I.

(898-912.)

Wifredo II, llamado tambien Borrell en los documentos, casó con Doña Garsinda, que se sospecha ser hija de algun magnate del condado de Rosellon ó del antiguo vizcondado de Narbona, y tuvo en ella algunos hijos, de los cuales solo le sobrevivió DOÑA RICHILDIS Ó RIQUILDA que casó el año de 933 con Odon, vizconde de Narbona. Wifredo II murió el 26 de abril de 912 y como no dejaba sucesion varonil, en virtud de la ley sálica que regia entonces en el condado de Barcelona, le sucedió su hermano Suniario ó Sunyer. (No se conocen monedas de este príncipe.)

SUNYER Ó SUNIARIO.

(912-954.)

Este reinado se pasó en peleas con los moros y en fundar monasterios. Habiendo perecido en una reyerta ARMENGOL, conde de Ampurias, hijo primogénito de Sunyer, asocióse en el gobierno á BORRELL, el mayor de los hijos que le quedaban y concluyó por retirarse al monasterio de Ripoll, donde murió el 15 de octubre de 954.

De su casamiento con Doña Rikildis ó Richildis, ademas de ERMENGANDO Ó ARMENGOL, tuvo á Don BORRELL y á DON MIRON que le sucedieron; á DON JOZFREDO, que vivió por los años de 936 y á DOÑA ADALIZÓ ADALEIZ, ADELACIBA Ó BONAFILIA, que casó con su tio Suniefredo, conde de Urgel; á la muerte de este, antes del año 949, se retiró al monasterio de San Juan Bautista de Ripoll, donde fué abadesa; tambien lo fué años despues del monasterio de San Pedro de las Puellas de Barcelona, donde vivia aun en 992.

(No se conocen monedas de Sunyer.)

CONREINADO DE BORELL II Y MIRON.

CONREINADO DE BORRELL II.

(954-992.)

CONREINADO DE MIRON.

(956-966.)

Borreli II sucedió á su padre Sunyer; gobernó solo de 954 á 956, en cuya fecha proba blemente por disposicion testamentaria de su padre, asoció al mando á su jóven hermano Miron. Muerto este en 31 de octubre de 966, Borrell II se encontró otra vez dueño del condado de Barcelona; agregó á sus estados el de Urgel por no dejar sucesion su tio

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