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privilegio de la moneda de terno á la ciudad de Barcelona, y el dia antes de los idus de diciembre de 1295 el de la moneda de plata creada por su padre; en fin, en el año 1317, el dia antes de las kalendas de octubre, confirmó de nuevo las monedas barcelonesas de terno y de plata así como todos los privilegios acordados por Jaime I, Pedro III y Alfonso III. (Véanse los documentos justificativos }

Los dos puntos que se ven partiendo la palabra CI:VI en la leyenda del reverso número 2, no se repiten en las monedas de los sucesores de Don Jaime II; podrian acaso ser la marca del nuevo entallador ó del nuevo director de la casa de moneda de Barcelona.

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1. ALFONSVS DEI GRACIA REX. Busto á la la izquierda.
Rev. CIVI-TASB-ARCK--NONA. Cruz, etc.: pesa 3,20.
(A. H.) Lám. 78.

2. ALFONSVS REX. Busto á la izquierda.

Rev. B'A-QI-NO-NA. Cruz, etc.: dinero de terno.

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Pesetas.

2

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2

2

Hemos visto que las monedas de Alfonso III eran de la misma fábrica y probablemente del mismo grabador que las de Don Pedro III, su predecesor,

y

de Don Jaime II, su sucesor; y que en tiempo de este último se cambió el estilo que empezó á ser mas delicado. Es natural que las monedas de Alfonso IV participen del estilo de las del rey que le precedió y del que le siguió, lo cual se nota en seguida. Como tienen la misma ley, el mismo peso y hasta los mismos tipos que los de los príncipes anteriores y posteriores, no hay otro medio para clasificarlas que el estudio de su estilo. Pero está tan marcada la diferencia que existe en las que hemos clasificado como de Don Alfonso III y las que suponemos pertenecer á Don Alfonso IV, que es imposible se equivoquen unas con otras.

El dia 3 de las nonas de mayo de 1330 Don Alfonso IV publicó una real provision marcando el valor de los gruesos blancos, 6 dineros de plata Barcelonescs, que debe ser de doce dineros monedas de terno.

(Véase la série de Valencia.)

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Peselas.

1. PETRVS : DEI GRACIA REX. Busto á la izquierda. Rev. CIVI-TASB-ARCK-NONA Cruz, etc. Plata pesa 3,20. (Nogués, Madrid.) Lám. 78.

2. PETRUS DEI GRACIA REX. Busto á la izquierda.

Rev. CIUI-TASB-ARCK-NONA. Cruz, etc. Plata pesa 3,20.
(A. H.) Lám. 78.

3. PETRUS DEI GRACIA: REX. Busto á la izquierda con
una cruz en el pecho.

Rev. Como el de la moneda anterior. Plata, pesa 3,20.
(A. H.) Lám. 78.

4. PEŪRVS DEI: GRACIA: REX. Busto como el de la mone-
da anterior.

(A. H.) (El reverso no está grabado. ) Lám. 78.

5. PETRVS REX. Cabeza del rey á la izquierda. Rev. BA-QI-NO-NA. Cruz etc. Vellon. .

(A. H.) Lám. 79.

+

9. XXX VяTA Cabeza como en la moneda anterior. Rev. Como el de la moneda anterior pero con las letras al revés.

(A. H.) Lám. 79.

7. PEŪRUS REX. Cabeza como en la moneda anterior. Rev. BA-QI-NO-NA. Cruz etc. Vellon..

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(Vidal Ramon, Barcelona.) Láúm. 79.

8. PETRVS REX. Cabeza como en la moneda anterior.
Rev. BA-QI-NO-NA. Cruz, etc. Vellon; óbolo.
(Vidal Ramon Barcelona.) Lám 79.

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3

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Lo que hemos dicho á propósito de la diferencia que existia en el estilo de las monedas de los Alfonsos III y IV, se puede repetir ahora en las de los Pedros III y IV: ni los croats 6 dineros de plata, ni los dineros menudos de terno, que atribuimos á este último, pueden confundirse con los que han debido labrarse en tiempo del hijo del Conquistador.

El estilo de las monedas números 1, 2, 3 y 4, aunque de diversos tipos, es la continuacion del de las monedas de Don Alfonso IV; en las de terno, números 5, 6, 7 y 8, la forma de las coronas y la de los bustos es propia de los reinados posteriores al de Don Jaime II y no á los de sus antecesores. Entre los numerosos documentos numismáticos que nos quedan del reinado de Don Pedro IV, mencionaremos la citacion que dicho monarca lanzó en Valencia el dia anterior á las nonas de febrero de 1341, contra su cuñado Don Jaime II de Mallorca, para que se presentase en Barcelona á responder á la acusacion que sobre él pesaba, de haber faltado al homenage debido á su soberano permitiendo circulase otra moneda que la Barcelonesa en el Rosellon, Cerdaña, Conflent, Vallespir y Colibre; haber hecho fundir la moneda Barcelonesa y batir otra en Perpiñan de mas baja ley. (Véanse los documentos justificativos.) Don Jaime no compareció y apeló al sumo Pontífice; entonces Don Pedro IV proclamó la anexion del reino de Mallorca á la corona de Aragon.

Encontramos una ordenanza de Don Pedro IV de 1362, por la cual manda que no se afinase vellon alguno en Barcelona sin licencia de Pedro Vincencio, maestro de la casa de moneda, bajo la pena de mil morabatines de oro. (Véanse los documentos justificativos.) El 13 de agosto del mismo año permitió a los conselleres de Barcelona el batir en esta ciudad cien mil marcas de croats. (Veanse los documentos justificativos.) El 20 de febrero de 1365, Don Pedro IV escribió una carta al obispo de Barcelona, para que cediese el diezmo que percibia de la acuñacion de moneda á favor del rey para continuar la guerra contra Castilla. (Véanse los documentos justificativos.) Pero no accedió á esta pretension el obispo y en lugar de la demanda del rey las córtes de Tortosa decretaron en 21 de abril de 1365, que para atender à los gastos de guerra se fabricarian en Perpiñan florines à la ley de 18 quilates y de 68 por marco de dicho Perpiñan.

Se sabe que Don Pedro IV hacia labrar en un castillo cerca de Barcelona monedas francesas de mala ley, que se introducian en Francia por tierra y por mar, cambiándolas por las de buena ley, las cuales se fundian en Barcelona. Este tráfico, principiado en el reinado de Alfonso IV duró unos sesenta años. Don Pedro IV falsificó tambien las monedas castellanas. (Colson, pag. 88 y 89.

(Véanse las séries de Valencia, Mallorca y Rosellon.)

JUAN I.

(1387-1396.)

(Véanse los reyes de Aragon, Tom. II, pág. 22.)

No conocemos monedas barcelonesas de este monarca, pero sí del principado labradas en Gerona y Lérida.

(Véanse las séries de Valencia, Mallorca, Rosellon y Sicilia.)

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1.: MARTINUS : DEI : GRA : REX:. Busto á la izquierda. Rev. CIVI-TASB-ARCK-NONA. Cruz etc. Plata; pesa

270 centigramos..

(A. H.) Lám. 79.

2. Variedad del núm. 1.

(Vidal Ramon. Barcelona.) Lám. 79.

3. Medio croat; los mismos tipos y leyenda que en el núm. 1.

(Vidal Ramon, Barcelona) Lám. 79.

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El dia 17 de noviembre de 1400 Don Martin de Aragon concedió á los oficiales de la Ceca de Barcelona la licencia de labrar reales de plata de ley de once dineros, rindiendo cada marco de Barcelona sesenta y ocho piezas, dividida cada una en tres «.....de batre moneda d'argent apellada reyal de Barchelona...es á saber á la ley de onze diners é à talla de sexanta vint per march de Barchelona fahents de aquella troços, ço es que tos peseu un dels dits reyals no tocant res en la ley.......»

En la fabricacion de las monedas barcelonesas de Don Martin, vemos dos cambios notables; primero, las coronas mucho mas anchas, altas y adornadas que las que están grabadas en los croats y dineros de terno de los monarcas que le precedieron; segundo, los cabellos mas cortos y rizados detrás de la cabeza, mientras que en las anteriores los habiamos visto largos y ca

yendo sobre los hombros. Este nuevo tipo fué adoptado por los sucesores de Don Martin hasta Felipe II, cuyas monedas barcelonesas llevan por primera vez desnuda la cabeza real.

(Véanse las séries de Barcelona, Valencia, Mallorca, Rosellon y Sicilia.)

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1.: FERDINANDUS: DEI : GRA: REX. Busto á la izquierda. Rev. CIUI-OASB-ARCK-NONA. Cruz etc.; Plata..

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Pesolas.

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Salat dice que fueron muy pocas las monedas que se labraron en el breve reinado de cuatro años de Don Fernando I, y en efecto, sus monedas son muy escasas; no hemos hallado otro documento de este reinado relativo á monedas, mas que un edicto del 31 de agosto de 1413, por el cual prohibe la circulacion de las monedas estrangeras nombradas escudos y blancas bajo la pena de la pérdida de la tercera parte de ellas, y otra de 16 de febrero de 1416, declarando que la jurisdiccion civil y criminal de los oficiales de la Ceca de Perpignan pertenece al director de la moneda y no á otro. (Salat y Colson.)

(Véanse las séries de Valencia, Mallorca, Rosellon y Sicilia,)

TOMO II.

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