Jurisprudencia criminal: collección completa de la sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en los recursos de casación y competencias en material criminal, Volumen88 |
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Términos y frases comunes
Abril acto afirma Antonio apreciar atenuante auto autor casación por infracción causa celebrando audiencia pública certifico ción circunstancia citando Código penal COLECCIÓN LEGISLATIVA cometido comuníquese condenó conocimiento Considerando constando contiene corte de Madrid costas culpable dado debemos declarar decla declarar y declaramos defensa delito derecho días dictada disparo efectos Enero Enjuiciamiento criminal error establece estimar Excmo expresada Fallamos que debemos falta Febrero fiscal Francisco Ruiz fundado Gaceta de Madrid García González graves impugnó infringidos injurias inter José juicio Junio Juzgado legal lesiones López Madrid é insertará Magistrado del Tribunal mandamos Manuel María Marzo Mayo medio Ministerio fiscal motivo municipal nombre núm número pago pena pende pesetas Ponente el Magistrado pregunta presente primera probados procesado pronunciada puesto razón realizar recurrente recurso de casación recurso interpuesto referida relación resolución responsabilidad Resultando Sala Secretario seguida segunda siendo Ponente siguiente tenía Tribunal Supremo último único veredicto villa y corte vista
Pasajes populares
Página 596 - ese sentido, al calificarlo y penarlo como delito, la Sala sentenciadora no infringió los preceptos legales que se invocan en el primer motivo del recurso: Considerando que la circunstancia atenuante de no haber tenido intención de causar un mal tan grave como el producido, presupone siempre la realidad de un daño material que, en el presente
Página 517 - á la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo y del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y al pago de la mitad de las costas:
Página 562 - de cada grado los Tribunales determinarán la cuantía de la pena en consideración al número y entidad, de las circunstancias agravantes y atenuantes, y á la mayor ó menor extensión del mal producido por el delito;
Página 605 - de la ley de 8 de Agosto de 1907, «cometen el delito de coacción electoral aunque no conste ni aparezca la intención de cohibir ó ejercer presión sobre los electores, las Autoridades civiles, militares ó eclesiásticas que prevengan ó recomienden
Página 605 - la intención de cohibir ó ejercer presión sobre los electores, las Autoridades civiles, militares ó eclesiásticas que prevengan ó recomienden á los electores que den ó nieguen su voto á persona determinada, sin distinguir de tiempo ni de lugar, ni admitir excepciones de ninguna clase, por entender, sin duda,
Página 509 - más delitos previstos en esta ley, pero sujetos á distintas jurisdicciones, cada una de éstas conocerá del que le sea respectivo: Considerando esto sentado que la improcedencia del requerimiento de inhibición hecho por el Juez de instrucción de Tenerife á la jurisdicción de Marina es evidente, por cuanto las imputaciones hechas á la Armada en el
Página 123 - del Código penal el haber sido castigado el culpable anteriormente por delito á que la ley señala igual ó mayor pena, ó por dos ó más á que
Página 439 - á la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión correccional, accesorias compatibles con su sexo y al pago de las costas procesales:
Página 10 - meses de arresto mayor, accesorias de suspensión de todo cargo y del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, indemnización
Página 487 - á nombre de la Compañía de los Caminos de Hierro del Norte de España y