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Santa Iglesia Catedral de Plasencia, Comisionado Regio para el reconocimiento y arreglo del Real Archivo de Simancas &c. Certifico que de orden del REY nuestro Señor he buscado, leido, copiado y confrontado por mí mismo diversas escrituras pertenecientes al Condado y Señorío de Vizcaya y á las Provincias de Guipúzcoa y Alava, en el mencionado Real Archivo de la Corona de Castilla que S. M. tiene en la fortaleza de la villa de Simancas, y en los de las Secretarías de Estado y del Despacho que estan en Madrid: todos los cuales papeles, rubricados de mi mano, se han distribuido en varios volúmenes por el orden de sus fechas, con separacion de los que pertenecen al referido Condado y Señorío, y los que conciernen á las espresadas Provincias de Guipúzcoa y Alava. Y los que se incluyen en este tercer volumen tocantes á Guipúzcoa, son los siguientes, con expresion de su número, título y folios en que van, á saber:

Núm. I. Privilegio de la villa de Fuenterrabía, desde el folio 1.° hasta el 18 inclusive.

Carta de merced á la villa de Fuenterrabía para que pueda proveer cada año el oficio de la Prebostad de ella, en la forma que se expresa: fecha á 20 de Marzo de 1496, con nota de las confirmaciones posteriores, desde el folio 19 hasta parte del 20.

Núm. II. Privilegio á la villa de Tolosa desde parte del folio 20 hasta fin del mismo.

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Núm. III. Privilegio de la villa de San Sebastian, desde el folio 21 hasta parte del 22.

Núm. IV. Privilegio á la villa de Vergara, desde parte del folio 22 hasta fin del mismo.

Núm. V. Privilegios de Elgueta, desde el folio 23 hasta parte del 26.

Núm. VI. Privilegio de Salinas de Leniz, desde parte del folio 26 hasta parte del 29.

Núm. VII. Carta de merced y confirmacion de mil maravedís de juro al Monasterio de monjas de San Bartolome de San Sebastian situados en los diezmos de los puertos de la mar de la misma villa en la forma que se

expresa: fecha 30 de Junio de 1374, desde parie del folio 29 hasta parte del 31.

Núm. VIII. Privilegio

Privilegio de merced al Concejo de Motrico de dos mil maravedís para el reparo de los muros: fecho á 3 de Agosto de 1374, desde parte del folio 31 hasta parte del 34.

Núm. IX. Apuntamiento de la toma de razon de la libertad de Aduanas á la provincia de Guipúzcoa para las vituallas de su proveimiento y mantenimiento en la forma que se expresa año 1408, desde parte del folio 34 hasta fin del mismo.

Núm. X. Privilegio de Guetaria y Zarauz, fecho á 20 de Marzo de 1467, desde el folio 35 hasta el 38 inclusive.

Núm. XI. Albalá franqueando á la villa de Monte Real de Deva del pago de dos mil é cuatrocientos maravedis de Pedido y Martiniega; por las razones y en la forma que se expresa, fecho á 27 de Junio de 1468, desde el folio 39 hasta fin del 42.

Núm. XII. Provision Real del Consejo para que en Azcoitia no puedan repartir mas de tres mil maravedís: fecha á 21 de Febrero de 1475, desde el folio 43 hasta parte del 45.

Núm. XIII. Carta Real Patente de finiquito á los Procuradores de Guipúzcoa de los doscientos mil maravedís de la situacion de la Princesa Doña Isabel, fecha á 9 de Julio de 1475, desde parte del folio 45 hasta parte

del 47.

Núm. XIV. Carta Real de merced de la Alcaldía de sacas á la provincia de Guipúzcoa en la forma que se expresa, fecha á 23 de Diciembre de 1475, y 12 de Julio 1479, desde parte del folio 47 hasta parte del 51.

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Núm. XV. Carta Real Patente dando licencia á la villa de San Sebastian para echar sisa con objeto de torrearla y fortificarla, con intervencion del Corregidor: fecha á 20 de Febrero de 1477, desde parte del folio 51 hasta parte del 52.

Núm. XVI. Privilegio á la villa de San Sebastian,

fecho á 20 de Febrero de 1477 y 30 de Junio de 1485, desde parte del folio 52 hasta parte del 63.

Núm. XVII. Carta Real Patente mandando que en el Dictado Real despues de Gibraltar se diga é intitule Rey de Guipúzcoa: fecha á 12 de Julio de 1479, desde parte del folio 63 hasta parte del 65.

Núm. XVIII. Comision para hacer averiguacion y dar licencia para imponer un tributo con que atender á la habilitacion del puerto de Guetaria: fecha á 30 de Julio de 1479, desde parte del folio 65 hasta parte del 67.

Núm. XIX. Aprobacion de una ordenanza para toda la provincia de Guipúzcoa, sobre las fuerzas que se hacen á personas naturales de ella: fecha á ocho de Noviembre de 1479, desde parte del folio 67 hasta parte

del

70.

Núm. XX. Carta Real Patente sobre la carga y descarga de géneros de comercio en Iruniranzu: fecha á 6 de Febrero de 1480, desde parte del folio 70 hasta fin del 75.

Núm. XXI. Carta Real Patente desembargando la renta de los diezmos de la mar al Condestable Don Pedro Fernandez de Velazco en la forma que se expresa: fecha á 11 de Mayo de 1480, desde el folio 76 hasta el 78 inclusive.

Núm. XXII. Carta Real Patente imponiendo fuertes penas á Fuenterrabía y á Iruniranzu, por haber hecho un compromiso sin licencia Real, condenándolos á aprontar mil y quinientos peones en la forma que se expresa, en castigo de su exceso: fecha á 27 de Setiembre de 1480, desde el folio 79 hasta el 80 inclusive.

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Núm. XXIII. Aprobacion Real de unas ordenanzas de la provincia de Guipúzcoa sobre las penas en que curren los que hacen resistencia á los mandatos y ejecu ciones de justicia, y sobre la asistencia de los Abogados á las juntas, moderadas y limitadas por la Señora Reina Católica en la forma que se contiene: fecha á 16 de Octubre de 1480, desde el folio 81 hasta el 84 inclusive.

Núm. XXIV. Comision á Diego de Soria para acopiar armas para proveer las fortalezas del Reino de Sicilia y la armada contra el turco, con preferencia á cualesquiera otros compradores al precio corriente, mandando á los mercaderes que las tienen que las entreguen, y que en las ferrerías de Vizcaya, Guipúzcoa y Alava se labren, dejando otra labor: fecha á 16 de Diciembre de 1480, desde el folio 85 hasta parte del mismo.

Núm. XXV. Carta Real Patente para que la Junta de Guipúzcoa trate de servir con las naves y gente que pudiere en la armada para la guerra de Granada: fecha á 13 de Diciembre de 1483, desde parte del folio 85 hasta el 86 inclusive.

Núm. XXVI. Licencia Real á la villa de Guetaria, para que pueda tener hornos para cocer pan para el público sin perjuicio de tercero, y que los arrienden en favor de los propios de la villa en la forma que se expresa: fecha á 18 de Diciembre de 1483, desde el folio 87 hasta el 89 inclusive.

Núm. XXVII. Carta Real Patente de finiquito á Guipúzcoa del servicio de la Armada, dándola por libre de un repartimiento de un millon doscientos y cincuenta mil maravedís, sirviendo á su costa y mision con tres naos en la guerra con los moros: fecha á 20 de Marzo de 1484, desde el folio 90 hasta parte del 91.

Núm. XXVIII. Carta Real Patente dando licencia para labrar minas en Vizcaya, Alava y Guipúzcoa, á Pedro de Medina, Alvaro de Villafuerte y Sancho de Hernani en la forma que se expresa: fecha á 28 de Julio de 1484, desde parte del folio 91 hasta fin del mismo.

Núm. XXIX. Carta Real Patente sobre unos corsarios Vizcainos, mandando pagar á ellos ó á los fiadores que dieron en el lugar donde armaron, los robos y costas que habian hecho á unos mercaderes Bretones, fecha á 18 de Marzo de 1486, desde el folio 92 hasta parte del 94.

Núm. XXX. Comision al Capitan General de la frontera de Navarra para hacer indagacion y repartir un em

préstito de dos cuentos de maravedís á las personas acaudaladas de la provincia de Guipúzcoa, á pagar dentro de un año, con facultad de hacer ejecucion en los bienes de los que no pagaren el repartimiento, fecha á 12 de Mayo de 1487, desde parte del folio 94 hasta el 96 inclusive.

Núm. XXXI. Provision Real del Consejo, prohibiendo el corso á los armadores de la provincia de Guipúz coa, sin que antes den fianzas suficientes en los lugares donde armaren, de que guardarán las alianzas y amistades de la Corona Real, fecha á 24 de Julio de 1487, desde el folio 97 hasta el 98 inclusive.

Núm. XXXII. Corregimiento de Guipúzcoa á Don Juan de Ribera, con facultad de suspender los Jueces y Alcaldes ordinarios, y hacer salir de la provincia á las personas que le pareciere: fecha á 23 de Agosto de 1487, desde el folio 99 hasta parte del 102.

Núm. XXXIII. Carta Real Patente mandando embargar las embarcaciones de treinta toneles arriba en Vizcaya y Guipúzcoa para la armada: fecha á 23 de Agosto de 1487, desde parte del folio 102 hasta fin del

mismo.

Núm. XXXIV. Carta Real Patente mandando que en las causas y casos de Hermandad en Guipúzcoa no haya recurso ni apelacion sino á la Persona Real, por las razones y en la forma que se expresa: fecha á 28 de Julio de 1488, desde el folio 103 hasta parte del 105.

Núm. XXXV. Carta Real Patente mandando que ni de la provincia de Guipúzcoa, ni del Condado de Vizcaya se saquen armas para fuera de estos Reinos: fecha á 19 de Noviembre de 1488, desde parte del folio 105 hasta parte del mismo.

Núm. XXXVI. Carta Real Patente mandando que se acopien y remitan de Vizcaya, Guipúzcoa y Alava armas para Sicilia con preferencia á cualquiera otra obligacion y contrato: fecha á 20 de Enero de 1488, desde parte del folio 105 hasta fin del mismo.

Núm. XXXVII. Carta Real Patente mandando que

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