Codigo militar para la Republica Oriental del Uruguay, año 1884La Nacion, 1885 - 311 páginas |
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Código Militar Para La República Oriental del Uruguay: Año 1884 (Classic ... Sin vista previa disponible - 2018 |
Términos y frases comunes
actos antigüedad arma armamento armas arresto ARTÍCULO aseo autoridad Bigamia caballos Cabo CAPÍTULO II CAPÍTULO VII castigado con prision causa centinela cinco cion circunstancias clase código Comandante cometidas Comision compañia condenado Consejo de Guerra corresponda cuartel cuatro cuidado culpable cumplimiento debe delito derecho derechos políticos desempeño despues destitucion diez disciplina disposiciones efectos ejecucion ejercicio empleo enemigo escuadra establecidas estuviere falta Guardia Nacional hará hubiere hubiese impondrá incurrirá individuos infracciones inmediato Inspector Jefe del Cuerpo Jefe ú Jefes y Oficiales Juez de Instruccion jurisdiccion licencia mando masita MÁXIMO TAJES máximum militar montepio obligacion obligaciones órden parricidio pena de muerte pena de prision penales pension persona plaza Poder Ejecutivo presidio ó penitenciaria puesto Regimiento República respecto responsable retiro revista Sargento primero segundo Jefe seis meses sentencia serán castigados servicio soldado Sub-Teniente subordinacion sueldo sufrirá la pena tambien Teniente Coronel Teniente primero TÍTULO Tribunal de Apelaciones Tribunales Militares tropa tuviere ú Oficial vestuario
Pasajes populares
Página 191 - Ocultando ó inutilizando el cuerpo, los efectos ó los instrumentos del delito para impedir su descubrimiento. 3.° Albergando, ocultando ó proporcionando la fuga al culpable, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes: Primera. La de intervenir abuso de funciones públicas de parte del encubridor. Segunda. La de ser el delincuente reo de traición, regicidio, parricidio, asesinato, ó reo conocidamente habitual de otro delito.
Página 195 - ... civil; siempre que concurran la primera y segunda circunstancias prescritas en el número anterior, y la de que en caso de haber precedido provocación de parte del acometido, no hubiere tenido participación en ella el defensor. 6...
Página 162 - Los oficiales tendrán siempre presente que el único medio para hacerse acreedores al concepto y estimación de sus jefes, y de merecer nuestra gracia, es el cumplir exactamente con las obligaciones de su grado, el acreditar mucho amor al servicio, honrada ambición y constante deseo de ser empleados en las ocasiones de mayor riesgo y fatiga, para dar á conocer su valor, talento y constancia.
Página 194 - El que en ocasión de ejecutar un acto lícito con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente, sin culpa ni intención de causarlo.
Página 188 - La conspiración y la proposición para cometer un delito, sólo son punibles en los casos en que la Ley las pena especialmente.
Página 40 - ... algunas que no pueda por entonces, dispondrá se enmienden con la brevedad posible. Luego que se presente el sargento, y que el cabo haya hecho su revista, le dará noticia exacta del número de los presentes, nombres y destinos de los ausentes, estado del armamento y aseo de su escuadra, y la misma formalidad observará con los soldados de ella que entran de guardia diariamente, y con cualquier número de ellos que se destine para función del servicio.
Página 164 - ... con hacer lo preciso de su deber, sin que su propia voluntad adelante cosa alguna, y el hablar pocas veces de la profesión militar; son pruebas de grande desidia é ineptitud para la carrera de las armas.
Página 98 - En el regimiento de su cargo hará que la subordinación se observe con el mayor tesón; que la obediencia del inferior al superior sea exacta y bien sostenida de uno á otro grado; que á cada individuo se le conserve en el pleno ejercicio de sus facultades; que el servicio se haga con exactitud; que...
Página 192 - Están exentos de las penas impuestas á los encubridores los que lo sean de sus cónyuges, de sus ascendientes, descendientes, hermanos legítimos, naturales y adoptivos ó afines en los mismos grados, con sólo la excepción de los encubridores que se hallaren comprendidos en el núm. 1.° del artículo anterior.
Página 30 - La saliente explicará á la entrante con mucha claridad las obligaciones particulares de su puesto; el cabo las oirá con atención y satisfecho de que la consigna está bien dada, ó renovando lo que hubiese omitido la centinela saliente, encargará á la entrante la exacta observancia de lo que se le ha entregado y que tenga presentes las obligaciones generales que se le han enseñado.