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La elección pontificia no necesita ser confirmada, pero si el elegido no fuese Obispo, se procede á su consagración por el Obispo de Ostia, Deán del Sacro Colegio. La coronación es un acto aparte, por el cual es investido el Romano Pontífice de la autoridad y supremo poder, como Señor temporal de los Estados de la Iglesia.

CAPÍTULO XXVIII

De la ordenación de los Presbíteros, Diáconos y demás ministros de la Iglesia

$ 356.-Doctrina de la Iglesia acerca de los Sacramentos Según la doctrina de la Iglesia, son siete los Sacramentos establecidos por Jesucristo para la santificación del hombre, por medio de los cuales se aplica á los que reciben el fruto de su redención (1). El Sacramento le forman dos cosas: un signo exterior y sensible, v. gr., el agua para el Bautismo, y cierta fórmula ó palabras que pronuncia el Ministro al hacer la aplicación sobre el sujeto que lo va á recibir: v. gr., yo te bautizo (2), á lo cual se llama también materia y forma, según el lenguaje adoptado por la ciencia desde muy antiguo (3). En unos Sacramentos, como el Bautismo y la Eucaristía, el signo exterior y las palabras fueron establecidas in specie por el mismo Jesucristo, en lo cual no puede hacerse alteración alguna; en otros los estableció in genere, dejando á la Iglesia la facultad de adoptar la materia y forma que considerase más adecuadas y significativas del acto.

(1) Es punto dogmático definido en el Concilio de Trento contra los luteranos y calvinistas: ses. 7., can. 1.

(2) Las palabras materia y forma tenían muy grande significación en las teorías filosóficas de los peripatéticos, y las adoptaron en el siglo XIII los teólogos escolásticos para hacer aplicación de ellas á los Sacramentos. La materia es una cosa indeterminada, decían, indiferente para cualquier uso; la forma es la que lè da una naturaleza propia y especial; así, por ejemplo, el agua, indiferente y materia disponible para muchos usos, si se derrama sobre la cabeza del que ha de

ser bautizado, pronunciando la forma yo te bautizo, etc., constituye el Sacramento.

(3) Decreto del Concilio de Florencia para la instrucción de los armenios: «Hæc omnia Sacramenta tribus perficiuntur rebus tanquam materia, verbis tanquam forma, et persona ministri conferentis Sacramentum cum intentione faciendi quod facit Ecclesia.»>

$357.-Del Orden

El Orden es uno de los siete Sacramentos establecidos por Jesucristo para conferir la potestad sagrada á los ministros de la religión. Esta potestad únicamente puede adquirirse recibiendo el Orden correspondiente, á diferencia de la potestad que hemos llamado de jurisdicción, la cual puede delegarse, prescribirse y adquirirse por varios otros títulos. El Orden como Sacramento tiene una escala de varios grados, de los cuales unos son mayores y otros son menores, cuya diferencia ya expusimos en otro lugar (1). Los mayores ó sagrados son los de Subdiacono, Diácono y Presbitero; los menores, el de Acólito, Exorcista, Lector y Hostiario, cada uno de los cuales se confiere con un rito especial, con arreglo á su materia y forma. (1) Párrafo 182.

§ 358.-De las materias de las Órdenes sagradas

En los libros del Nuevo Testamento no hay ningún precepto de Jesucristo en el cual se determine el rito de la sagrada ordenación; la materia, por consiguiente, de este Sacramento no la estableció in specie, sino que dejó al arbitrio de la Iglesia la facultad de señalar la que considerase más conveniente (1) (2). Pero ya los Apóstoles usaron de la imposición de manos; de esta ceremonia hablan los Santos Padres en sus escritos; la Iglesia la observó siempre con la mayor religiosidad, y los Rituales griegos y latinos de todos los tiempos prescriben el mismo rito al tratar de la ordenación de los Obispos, Presbíteros y Diáconos.

(1) Dicen algunos teólogos que como no todos los preceptos que Jesucristo dió á los Apóstoles se consignaron por escrito, sino que muchos se dejaron á la viva voz ó á la tradición, bien podría ser que

la imposición de manos, como rito de la ordenación, fuese en este sentido de origen divino.

(2) Después de hablar de los Actos apostólicos, cap. 6.o, v. 5, del nombramiento de los siete Diáconos, se añade en el versículo siguiente: «Hos statuerunt ante conspectum Apostolorum, et orantes imposuerunt eis manus.» San Pablo, en su Epistola 1.a à Timot., cap. 5.%, entre otros preceptos y advertencias, le dice en el v. 22: «manus cito nemini imposueris, neque communicaveris peccatis alienis. Te ipsum castum custodi.» La imposición de manos se tomó de los judíos, entre los cuales se usaba para las bendiciones; de esta manera bendijo Jacob á los dos hijos de Joseph, Efraín y Manasés (Génes., cap. 48, v. 14), y extendiendo las manos practicaba también Moisés los portentos de la virtud sobrenatural de que estaba adornado.

§ 359.-Nuevo rito para la colación de sagradas Ordenes

No habiendo establecido Jesucristo in specie la materia de las sagradas Ordenes, la Iglesia añadió á la imposición de manos de origen apostólico, la tradición de símbolos adecuados al Orden que se iba á recibir, y significativos de la potestad que se confería al ordenando. Así es que á los Presbíteros se les entrega el cáliz con vino y la patena con hostia como materia de la consagración, y á los Diáconos el libro de los Evangelios. Esta nueva materia, aunque desconocida en los nueve primeros siglos, es considerada como parte integrante de la ordenación, la cual, si se omitiese, tendría que suplirse, siendo de lo contrario nulo el acto entre los latinos (1) (2).

(1) Entre los griegos únicamente se usa el rito primitivo de la imposición de manos, y la Iglesia latina no deja de reconocer como válidas las Ordenes conferidas de esta manera, como fueron válidas también en Occidente hasta que se introdujo la tradición de instrumentos, lo cual no tuvo lugar en los nueve primeros siglos, puesto que no hacen mención de ellos, ni los escritores latinos, ni los libros rituales que se ocupan hasta de las genuflexiones y pormenores más insignificantes. Morino, de S. S. ordin., parte 3.a, exercit. 2, 7 et 9.

(2) La imposición de manos y la entrega de los signos simbólicos es simultáneamente entre los latinos la materia de la ordenación, sin que se oponga á esta doctrina lo que dice Eugenio IV en su Instrucción á los armenios, dada en el Concilio de Florencia, según la cual la

materia es la tradición de los instrumentos, porque el Pontífice únicamente se propuso instruirles acerca de los ritos particulares que la Iglesia había añadido para la colación de las Ordenes, sin hacer mención de la imposición de manos, que ya sabían ellos era el rito primitivo y único para conferirlas en ambas Iglesias en los primeros siglos.

$ 360.-Forma de la ordenación

La forma de los Sacramentos puede ser deprecativa é indicativa. En la primera, por lo que hace al Orden, se pide al Señor que infunda los dones de su gracia sobre el ordenando y le dé la potestad para ejercer su sagrado ministerio (1). Por la segunda la concede el mismo ordenante con palabras que indican la actual tradición de la potestad propia del Orden que se confiere. Hasta el siglo x se usó en la Iglesia latina de fórmulas suplicativas; pero habiéndose añadido desde entonces á la imposición de manos la tradición de instrumentos, como parte integrante de la materia, se adoptaron también fórmulas indicativas, sin dejar por eso de usar de las preces y oraciones, siguiendo las tradiciones apostólicas (2). Así, por ejemplo, se le dice al Presbítero al entregarle el cáliz y la patena: Accipe potestatem offerendi sacrificium in Ecclesia pro vivis et mortuis, in nomine Patris, etc.; y como el Presbítero recibe además la potestad de perdonar los pecados, la forma correspondiente á esta potestad está concebida en las siguientes palabras: Accipe Spiritum Sanctum, quorum remisseritis peccata remittuntur eis, et quorum retinueritis retenta sunt.

(1) En el libro VIII de las Constituciones apostólicas, can. 3.o, se contiene la forma deprecativa para la consagración de los Obispos según el rito de aquellos tiempos, para cuya inteligencia copiamos algunas palabras: Domine Deus Omnipotens, dice el canon, qui solus es Ingenitus..... qui Samuelem in Sacerdotem et Prophetam elegisti, qui Sanctuarium tuum sine ministro non reliquisti, qui in his quos elegisti glorificari voluisti............ infunde virtutem Spiritus principalis........... da id nomine suo, scrutator cordium Deus, huic servo tuo quem elegisti Episcopum, pascere, Sanctum gregem tuum, et fungi Pontificatu tibi sine reprehensione ministrantem die ac nocte....." etc., etc.

(2) En los Actos apostólicos, cap. 6., v. 5, al hablar de la ordenación de los Diáconos, se dice: Et orantes imposuerunt eis manus. Por eso la Iglesia adoptó la forma de la oración ó suplicativa, la cual subsiste inalterable entre los griegos, así como la primitiva materia de la imposición de manos. La forma del diaconado correspondiente á la nueva materia de la entrega del libro de los Evangelios es: Accipe potestatem legendi Evangelium, etc.

Si las Ordenes no se confieren según el rito católico, y con la materia y forma que les es propia, son nulas; por eso la Iglesia no reconoce las conferidas por los ingleses con arreglo al Ritual de Eduardo VI, publicado en un Concilio celebrado en Londres en 1562.

S 361.-Materia y forma de las Ordenes menores

Las Ordenes menores fueron establecidas por la Iglesia (1), y se confirieron siempre sin imposición de manos, entregando únicamente al ordenando un signo simbólico de la potestad correspondiente al Orden que recibía. Así es que al Subdiácono se le entrega el cáliz sin vino y la patena sin hostia (2), al Hostiario las llaves de la iglesia, al Lector un códice, al Exorcista el libro de los exorcismos, y al Acólito un candelabro con la luz apagada y las vinajeras también vacías. Al hacer la entrega respectiva, y después de otras preces y solemnidades, el ordenante pronuncia una forma indicativa con las palabras accipe ceroferarium, etc., si es, por ejemplo, Acólito.

(1) Véase el párrafo 179.

(2) A pesar de haber sido elevado el subdiaconado á Orden mayor, su primitiva materia y forma han continuado inalterables, sin haber añadido nunca la imposición de manos.

S 362 Del carácter y efectos de la ordenación

Los efectos de la ordenación son: conferir la gracia (1), dar la potestad sagrada é im primir carácter (2). El carácter es una nota espiritual é indeleble, impresa en el alma á manera de la efigie de los Príncipes esculpida en las monedas, con la cual la compara San Agustín (3). Aunque à priori no pueda la inteligencia humana formarse una idea exacta de lo que es una nota impresa en el alma, podemos, no obstante, por los efec

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