Instituciones del derecho canonico, Volumen1Sanchez, 1885 - 495 páginas |
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... eclesiásticas quedan consignadas en la primera edición , de la cual nada se ha variado . Madrid , 1885. - Estab . tip . de E. Cuesta , á cargo de J. Giráldez , Cava - alta , 5 PRÓLOGO ( 1 ) A los pocos años de haberme Fir な t.
... eclesiásticas quedan consignadas en la primera edición , de la cual nada se ha variado . Madrid , 1885. - Estab . tip . de E. Cuesta , á cargo de J. Giráldez , Cava - alta , 5 PRÓLOGO ( 1 ) A los pocos años de haberme Fir な t.
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... tanto las anteriores como esta sexta edición , se résol- vió no alterar en nada este prólogo , puesto por el autor ( q . s . á su primera edición en 1859 . g . h . ) 708114 explicarla considerando que la viva voz pasa fugaz , como.
... tanto las anteriores como esta sexta edición , se résol- vió no alterar en nada este prólogo , puesto por el autor ( q . s . á su primera edición en 1859 . g . h . ) 708114 explicarla considerando que la viva voz pasa fugaz , como.
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... primera haber publicado en castellano esta obra , pudiendo haber adoptado la lengua latina , que es la de la Iglesia , y la más á propósito y recomendable para tratar las ciencias ecle- siásticas . Comprendo toda la fuerza de esta ...
... primera haber publicado en castellano esta obra , pudiendo haber adoptado la lengua latina , que es la de la Iglesia , y la más á propósito y recomendable para tratar las ciencias ecle- siásticas . Comprendo toda la fuerza de esta ...
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... primera para completar el Apostolado por la defección de Judas ( 1 ) ; la segunda para la creación de los siete Diáconos ( 2 ) , y la tercera para declarar que no esta- ban sujetos á la circuncisión y demás leyes judaicas los gen- tiles ...
... primera para completar el Apostolado por la defección de Judas ( 1 ) ; la segunda para la creación de los siete Diáconos ( 2 ) , y la tercera para declarar que no esta- ban sujetos á la circuncisión y demás leyes judaicas los gen- tiles ...
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... Supre- mo de Aragón , en su Historia legal de la Bula In cœna Domine , hace subir su primera publicación en Roma al año 1254 . $ 52. - Leyes vigentes sobre la materia Una ley PUBLICACIÓN DE LAS LEYES ECLESIÁSTICAS 41.
... Supre- mo de Aragón , en su Historia legal de la Bula In cœna Domine , hace subir su primera publicación en Roma al año 1254 . $ 52. - Leyes vigentes sobre la materia Una ley PUBLICACIÓN DE LAS LEYES ECLESIÁSTICAS 41.
Contenido
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Términos y frases comunes
además antigua Apóstoles Arzobispo autoridad beneficios Bonifacio VIII Bulas cabildo CAN.-TOMO cánones Canónigos capellanías CAPÍTULO Cardenales cargo catedral católica causa Cavalario celebrado celibato ción Clemente XII Clérigos clero Coadjutores Conc Concilio de Calcedonia Concilio de Nicea Concilio de Trento Concordato Concordato de 1851 conferir confirmación consideración convenio costumbres cristianos cuyo debe Decretales decreto Decreto de Graciano delegación derecho Diáconos Diocesano diócesis disciplina dispensar disposiciones doctrina ecclesiæ eclesiásticos ejercer elección Episcopado episcopal España establecer fuese Graciano Gregorio Gregorio IX Idem Igle Iglesia Inocencio III irregularidad Jesucristo jurisdicción Legados legislación mandó Metropolitanos ministerio monasterio monástica monjes necesario negocios nombramiento nombre noviciado Nuncio Obis Obispos obligación oficio Ordenes sagradas ordinaria Papa Párrocos Patriarcas patronato personas poder potestad Prelados Presbíteros presente principio prohibe provincias pública quæ Real Reform regla renta respecto Roma Romano Pontífice Santa Sede siglo XII Silla romana territorio tít título Toledo Trid vacante Vicario virtud
Pasajes populares
Página 451 - Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes. de Algeciras, de Gibraltar, de las islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano, Archiduque de Austria. Duque de Borgoña. de Brabante y Milán. Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Página 451 - Don Carlos por la gracia de Dios, rey de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo...
Página 434 - Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra firme del Mar Occéano, Archiduque de Austria , Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán, Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona, Señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Página 434 - Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano, archiduque de Austria, duque de Borgoña, de Brabante y de Milán, conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Página 454 - La religión católica, apostólica, romana, que con exclusión de cualquier otro culto continúa siendo la única de la nación española, se conservará siempre en los dominios de SM Católica con todos los derechos y prerrogativas de que debe gozar según la ley de Dios y lo dispuesto por los sagrados cánones.
Página 454 - Tampoco se pondrá impedimento alguno á dichos Prelados ni á los demás sagrados ministros en el ejercicio de sus funciones, ni los molestará nadie bajo ningún pretexto en cuanto se refiera al cumplimiento de los deberes de su cargo ; antes bien cuidarán todas las autoridades del reino de guardarles y...
Página 454 - ... los obispos y demás prelados diocesanos encargados por su ministerio de velar sobre la pureza de la doctrina de la fe, y de las costumbres, y sobre la educación religiosa de la juventud en el ejercicio de este cargo, aun en las escuelas públicas.
Página 463 - A fin de que en toda la península haya el número suficiente de ministros y operarios evangélicos de quienes puedan valerse los prelados para hacer misiones en los pueblos de su...
Página 482 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 456 - Obispos extenderán el ejercicio de su autoridad y jurisdicción ordinaria á todo el territorio que en la nueva circunscripción quede comprendido en sus respectivas Diócesis; y por consiguiente, los que hasta ahora por cualquier título la ejercían en distritos enclavados en otras Diócesis, cesarán en ella.