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blos, como los antiguos germanos y algunos tár taros modernos que habitando en paises fértiles desdeñan la agricultura y prefieren vivir de rapi ña, obran contra sí mismos, causan injuria á todos sus vecinos, y merecen que se les estermine como bestias feroces y nocivas. Otros hay que por huir del trabajo, solo quieren vivir de la caza y de sus rebaños; lo cual podia hacerse muy bien en la primera edad del mundo, cuando la tierra era mas que suficiente por sí misma para el corto número de sus habitantes. Pero en el dia que tanto se ha multiplicado el género humano, no podria subsistir, si todos los pueblos quisieran vivir de esta manera. Los que todavia conservan este ocioso género de vida usurpan mas terreno que el que tendrian necesidad de ocupar con un honesto trabajo, y no pueden quejarse si otras naciones mas laboriosas y de menos estension vienen á ocupar una parte de él. Asi mientras que la conquista de los imperios organizados del Perú y de Méjico fue una usurpacion escandalosa, el establecimiento de muchas colonias en el continente de la América septentrional podia ser muy legítimo, conteniéndose en unos justos límites; porque los pueblos de estas vastas regiones mas bien se ocupaban en recorrerlas que en habitarlas.

82. El establecimiento de los graneros públicos es un escelente establecimiento de policía urbana para prevenir la carestía; pero es necesario poner grande atencion en no administrarlos con espíritu mercantil y sórdidas miras de ganancia; porque se incurriria entonces en un monopolio que no dejaria de ser menos ilícito porque le ejerciese el magistrado. Estos graneros se llenan en los tiempos de grande abundancia, y descargan

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á los labradores del trigo que les haya sobrado, que pasaria al estrangero en muy gran cantidad, y se abren cuando escasea y se encarece el trigo. contribuyendo á mantenerlo en un justo precio, Si en la abundancia se impide que este género tan necesario baje á un precio íntimo, queda mas que recompensado este inconveniente por el alivio que ofrecen en tiempo de carestia, ó mas bien no hay tal inconveniente. Cuando el trigo

se vende caro, todo artesano por obtener la pre

ferencia trata de establecer sus manufacturas á un precio que despues tiene necesidad de subir; lo cual perjudica al comercio, ó bien se acostumbra á una comodidad que no le es posible sostener en tiempos mas dificiles; y por lo mis mo sería ventajoso á las fábricas y al comercio que la subsistencia de los obreros pudiese mantenerse á un precio moderado y siempre casi el mismo. En fin los graneros públicos conservan en el estado existencias que saldrian de él á vil precio, y que fuera necesario importar á mucha costa en años estériles; lo que es una pérdida real para la nacion. Estos establecimientos no sirven de obstáculo al comercio de granos, porque si el pais produce en un año comun mas de lo que necesita para sus habitantes, se esportará necesariamente lo superfluo, pero se venderá á un precio mas sostenido y mas justo.

CAPITULO VIII.

DEL COMERCIO.

83. El comercio es el vehículo por donde los particulares y las naciones pueden adquirirse las cosas que les son necesarias, y que no encuen

tran en sus respectivos paises. Divídese este comercio en esterior é interior; el primero es el que se ejerce en el Estado entre los diversos habitantes, y el segundo se hace con los pueblos estrangeros.

84. El comercio interior es de muy grande utilidad, porque ofrece á los ciudadanos los medios de adquirirse las cosas de que tienen necesidad, lo preciso, lo útil y lo agradable; promueve la circulacion del dinero, escita la industria, anima el trabajo; y dando la subsistencia á un crecido número de súbditos, contribuye á la mayor poblacion del pais y al mayor poder del Estado.

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85. Las mismas razones demuestran la utilidad del comercio esterior, y ademas se encuentran las dos ventajas siguientes: 1.a Que una nacion por su comercio con los estrangeros se procura las cosas que la naturaleza ó el arte no producen en el pais que ocupa; y 2.a que si á este comercio se le dá una buena direccion, aumenta las riquezas de la nacion, y puede serla un manantial de abundancia y de tesoros: y el ejemplo de los Cartagineses entre los antiguos, y de los ingleses y holandeses entre los modernos, son irrefragables pruebas de esta verdad. Contrabalanceó Cartago por sus riquezas la fortuna, valor y grandeza de Roma; amontonó Holanda sumas inmensas en sus pantános: una compañía de sus mercaderes posee reinos en el Oriente, y el gobernador de Batavia manda á reyes de las Indias. ¿A qué grado de poder y de gloria no ha llegado la Inglaterra ? En otro tiempo sus reyes y sus pueblos belicosos habian hecho brillantes conquistas, que les hicieron perder las adversidades y frecuentes reveses de la guerra; y hoy dia es el comercio quien pone princi

palmente en su mano la balanza de Europa.

86. Las naciones están obligadas á cultivar el comercio interior: 1.° porque se demuestra por derecho natural que los hombres deben asistirse recíprocamente, contribuir en cuanto puedan á la perfeccion y felicidad de sus semejantes; de lo cual resulta, despues de la introduccion de la propiedad, la obligacion de ceder á los demas por su justo valor las cosas de que tienen necesidad, y que no destinamos para nuestro uso: 2.o porque habiéndose establecido la sociedad con el objeto de que pueda cada uno procurarse lo necesario a su perfeccion y felicidad, y siendo el comercio interior el medio de obtener todas estas cosas, la obligacion de cultivarle deriva del pacto mismo que ha formado la sociedad; 3.o finalmente, porque siendo útil este comercio á la nacion, debe ella misma cuidar de hacerle floreciente.

87. Por la misma razon emanada del bien del Estado, y tambien para procurar á los ciudadanos todas las cosas de que tienen necesidad, debe una nacion hacer y favorecer el comercio esterior. La Inglaterra es la que mas se distingue en esto entre todos los estados modernos; el parlamento vela constantemente sobre este objeto importante, protege eficazmente la navegacion de sus comerciantes, y favorece con gratificaciones considerables la esportacion de los géneros y mercancías superfluas. En una muy buena obra intitulada: Observaciones sobre las ventajas y desventajas de la Francia y de la Gran Bretaña con relacion al comercio, se pueden ver los preciosos frutos que de una policía tan sábia ha reportado este reino.

88. Veamos ahora cuáles son las leyes de la

naturaleza, y cuales los derechos de las naciones en el comercio que hacen entre sí. Los hombres deben asistirse mútuamente en cuanto hacerlo pue den, y contribuir á la perfeccion y felicidad de sus semejantes (Prelim. §. 10); de donde se sigue, como se acaba de decir (S. 86), que despues de la introduccion de la propiedad, es debido vender los unos á los otros por su justo precio las cosas que no necesita el poseedor para sí, y que son necesarias á los demas; porque desde esta introduccion nadie puede adquirirse de otro modo lo que es necesario ó útil, y lo que es propio á proporcionarle una vida dulce y agradable. Y supuesto que el derecho nace de la obligacion (Prelim. §. 3), la que acabamos de establecer dá á cada hombre derecho de procurarse las cosas que necesita, comprándolas á un precio razonable de aquellos que no las necesitan para sí.

Tambien hemos visto (Prelim. §. 5), que por unirse los hombres en sociedad civil no han podido substraerse á la autoridad de las leyes naturales, y que la nacion entera permanece suje ta como nacion á estas mismas leyes; de suerte que la ley de las naciones, ó el derecho de gentes natural ó necesario, no es otra cosa que el derecho de la naturaleza, aplicado convenientemente á las naciones ó á los Estados soberanos (Prelim. §. 6). De todo lo cual resulta, que una nacion tiene derecho á adquirirse á un precio equitativo las cosas que le faltan de los pueblos que no lo necesitan para sí: este es el fundamento del derecho del comercio entre las naciones, y en particular el derecho de comprar.

89. No se puede aplicar el mismo raciocinio al derecho de vender las cosas de que nos que

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