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dependiente y vasallo de tantos reyes y señores, particulares como patronos tenian sus iglesias.

Mas fuerte contra la independencia sería, en caso de exactitud, la observacion de Llorente, de que los reyes de Navarra dieron leyes á los vizcainos á mediados del siglo XI, citando como ejemplo concluyente, un diploma en que el rey concedia. ingenuidad y franqueza á todos los monasterios de Vizcaya, para que los condes y potestades no tuviesen autoridad de servidumbre alguna sobre ellos; para que ningun conde ni caballero se atreviese en lo sucesivo á enviar sus perros á los monasterios ni destinar familiares suyos para gobernarlos. El preámbulo de este diploma dice: «En el nombre de Dios y de la individua Trinidad: Yo, D. García, rey, y la reina Doña Estefanía y D. Gomesano, y los condes que hay en mi tierra. Plúgonos á nosotros y al conde D. Iñigo Lopez, que es Gobernador en la tierra que se llama Vizcaya, y en Durango, con acuerdo y asenso de todos mis caballeros, que yo diese ingenuidad y franqueza, &c.» Este diploma, reconocido hasta por Aranguren, ha puesto en prensa el ingenio de los defensores de la independencia, y á pesar de que apelan á muchos recursos para explicarle, no lo han conseguido hasta hoy satisfactoriamente, porque perteneciendo á cierta escuela política, les repugnaba consignar el derecho que asistia ya el siglo XI en Navarra, para aconsejar á los reyes y tomar parte en sus resoluciones. Hemos dicho antes, que las iglesias y monasterios de Vizcaya tenian varios patronos, incluso el rey y algunos señores de Navarra, sobre quienes el señor de Vizcaya no podia tener la autoridad que tenia el monarca: por esto aconsejaron todos á D. García, entre ellos el mismo D. Iñigo Lopez, señor de Vizcaya, que fuese el rey quien autorizase el diploma, no como autoridad con jurisdiccion sobre Vizcaya, sino como jefe civil de los patronos navarros que tenian iglesias y monasterios en Vizcaya. No debe perderse de vista conde D. Iñigo Lopez estuvo al servicio de D. García, y no es de extrañar su consentimiento á que el rey autorizase un

que

el

TOMO VIII.

diploma que habia de contribuir poderosamente á la tranquilidad del señorío, y al decoro y lustre de las iglesias y monasterios sitos en territorio vizcaino.

Esta es á nuestro juicio la verdadera explicacion del diploma, que no contiene disposicion alguna civil. Si los reyes de Navarra hubiesen tenido alguna vez derecho para legislar en Vizcaya, quedarian indudablemente vestigios de su legislacion, y nadie hasta hoy, á pesar de la curiosidad y cuidado que desde muy antiguo han puesto los navarros en la conservacion de sus monumentos legales, ha podido encontrar la menor señal de semejante legislacion.

Disípanse completamente las nubes que pudiera arrojar el diploma anterior sobre la independencia de Vizcaya, con otras escrituras y privilegios de aquel tiempo, en que el Sr. Don Iñigo Lopez se titula constantemente conde de Vizcaya por la gracia de Dios, fórmula reconocida como expresiva de soberania, segun ha demostrado D. Luis de Salazar y Castro. Esta fórmula se encuentra en una donacion de 30 de Enero de 1054, hecha por D. Iñigo y su mujer Doña Toda á D. García, obispo de Alava, dándole el monasterio de Izpea en Busturia durante su vida, y pasada esta al monasterio de San Millan. En otra donacion del mismo conde D. Iñigo al monasterio de San Millan del año 1076 concediéndole la villa de Camprovin, se titula conde por la gracia de Dios de toda Vizcaya (Eneco Lopez, gratia Dei totius Vizcahie comes). En otra del año 1081 confirma el conde D. Lope que domina en Vizcaya y Guipúzcoa. Léese en otra de D. Lope Iñiguez, hijo del anterior Iñigo Lopez, de fecha 17 de Agosto de 1082. «Ego senior Lupe Ennecones, prolis de comite Enneco Lupiz dominante Vizcahia, et Ipuzcoa, et Alava, qui hanc scripturam fieri jusi, manu mea signum, &c. » En otra de 1083, que es una donacion de Fortun Sanchez al monasterio de San Millan, se dice en la fecha, que el conde D. Lope Iñiguez imperaba en Vizcaya, Alava y Guipúzcoa. En otra de 1086, que es una donacion de Munio Tellez al mismo monasterio, se dice que D. Lope era conde en Alava y

Vizcaya (Comite Lope in Alava et Bizkahia.) En otra de 1088 de Fortun Sanchez al mismo monasterio, se reitera la idea de ser D. Lope conde en Alava y en Vizcaya, (Comite domno Lope in Alava et in Biskaia.) De todos estos documentos resulta, que D. Lope Iñiguez era señor de la independiente Vizca→ ya, viéndose que al mismo tiempo unia á este señorío el de Alava; y como tal título solo se encuentre unido al del señorío de Vizcaya, durante la vida de D. Lope Iñiguez, sin que en ningun documento de aquel tiempo se titulen reyes de Alava los de Castilla, se deduce, que los alaveses despues de la muerte de D. Sancho el de Peñalen, eligieron por señor al de Vizcaya, volviendo Alava al señorío de los reyes de Navarra despues de la muerte de este D. Iñigo. Sin duda aludian los alaveses á esta eleccion del señor de Vizcaya para serlo suyo, cuando en la escritura de incorporacion á Castilla del año 1332, reinando D. Alonso XI, decian al monarca, que Alava era libre é independiente y lo elegia por su señor, « cual se lo querian tomar los fijosdaldo, eligiendo á veces los hijos de los reyes et á las veces el señor de Vizcaya.» Exceptuando esta época del señorío de D. Iñigo Lopez, no se encuentra unido Alava al señorío de Vizcaya, ni existe documento alguno en que durante la vida de D. Lope conste dominar en Alava los reyes de Castilla ni de Navarra.

Ante tantos y tan numerosos documentos que demuestran la independeneia de los señores de Vizcaya, desaparece la eficacia que pudiera concederse al diploma citado por Llorente, que tiene además la natural y sencilla explicacion que le acabamos de dar. Por otra parte, á medida que avanzan los años, se van encontrando documentos que justifican no solo la soberanía de los señores de Vizcaya sobre el señorío, sino el gran poder de que disfrutaban en la córte de los reyes de Castilla, hasta el punto de no existir en ella ningun magnate mas poderoso ni considerado. Una escritura de donacion hecha por Doña Toda Lopez y su hija María Lopez al monasterio de Nájera, nos dice terminantemente en la calendacion, que el

año 1121 reinaba D. Diego Lopez de Haro en Vizcaya y en Haro (4).

Sabido es, que despues de la muerte de D. Alonso el Batallador, estuvo muy próximo á desaparecer el reino de Navarra, si los magnates separándose de los aragoneses, no eligieran á D. García Ramirez. Uno de los mayores enemigos de D. García fué D. Alonso VII, cuya córte y pretensiones seguia y favorecia el señor de Vizcaya D. Lope Diaz de Haro. Las tres provincias vascongadas abrazaron la causa del rey D. García, y Vizcaya abandonó á su señor D. Lope, proclamando señor al rey de Navarra. Esta conducta de los vizcainos desnaturalizándose de su señor y proclamando á otro, prueba incontestablemente, que les asistia pleno derecho para elegir otro señor, cuando el que tenian no seguia las inspiraciones, opinion y deseos de los vizcainos. D. Lope era partidario del rey de Castilla, los vizcainos lo eran del de Navarra, y en este divorcio niegan la obediencia á D. Lope y prestan homenaje á Don García Ramirez. Por esto se vé, que en los documentos de aquel tiempo toma D. García Ramirez los títulos de rey de Alava, Vizcaya, Ipúzcoa y Tudela; y en una donacion que hizo el año 1440 á las monjas de la villa de Santa Cruz, además de expresarse que reinaba en Pamplona, Alava, Vizcaya y Guipúz coa, la confirma el conde D. Vela Ladron, que tenia á Guipúzcoa en honor por el rey. Entre tanto D. Lope Diaz confirma como rico-hombre de Castilla, las escrituras y donaciones de D. Alonso VII hasta los años 1444 y 1142, en que abandonando el servicio del rey de Castilla pasa al de Navarra, y enton. ces ya cesa este monarca de llamarse rey de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, y solo dice reinar en Navarra, Logroño, Valdonsella y las Montañas. Mas en 1142 abandona D. Lope el ser

(1) Regnante rege Aldefonso in Castilla, et in Alava, et in Pampilona, et in Aragone, et in Riva-curza: Didico Lopiz (suple regnante) in Vizcaya, et in Faro.

vicio del rey de Navarra, se le vé confirmando de nuevo escrituras castellanas, y al navarro D. García volver á tomar en 1443 los títulos de rey de Navarra, Alava, Vizcaya y Guipúzcoa. Sigue usándolos en 4445, 1147, 1148, 1449 en la carta de fueros á Monreal, y 1450 en una donacion al monasterio de la Oliva. De manera, que hasta este último año en que murió D. García de Navarra, se demuestra irresistiblemente, que con el corto intervalo de 1144 y 1142, Vizcaya siguió á Navarra por hallarse su señor D. Lope Diaz al servicio del rey de Castilla; y esta variacion de señorío no indica otra cosa, que la facultad absoluta de los vizcainos para elegir señor segun conviniese á sus intereses politicos. Y de este derecho existe una prueba terminante, oficial y moderna. Refiérela Zurita en los Anales, cuando los vizcainos desconocieron la autoridad de D. Enrique IV por haberlos desaforado, eligiendo señora á la princesa Doña Isabel, quien no consideró vulnerada su conciencia aceptando el señorío en vida de su hermano. El rey mandó al poderoso conde de Haro redujese á la obediencia el señorío, dándole tropas y hasta cinco millones, pero los vizcainos le batieron en Munguia el 27 de Abril de 1471, con pérdida de más de mil hombres y prision del conde de Salinas y de D. Luis de Velasco, primo hermano del de Haro. De este triunfo salió el cantar de los vizcainos: «Esta es Vizcaya, buen conde de Haro, esta es Vizcaya que no Belorado.»

Desde la muerte de D. García Ramirez y sucesion de su hijo D. Sancho el Sábio, se vé á Vizcaya separada de Guipúzcoa y Alava, que siguen á Navarra, volviendo Vizcaya al señorío de D. Lope Diaz.

Durante la minoría de D. Alonso VIII de Castilla, era señor de Vizcaya D. Lope Diaz de Haro, quien se ofreció voluntariamente al rey y le ayudó eficazmente á recobrar su reino. Murió D. Lope en 1170, y le sucedió su primogénito D. Diego Lopez por sobrenombre el Bueno. Desde una escritura de donacion á los templarios, citada por Moret, en que se dice dominar en Vizcaya el conde D. Vela puesto por el rey D. Sancho

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