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que V. pueda vindicar el aserto de su obra, y si V. considerase conveniente aprovecharse de esta carta, autorizo á V. para que haga de ella y del documento adjunto el uso que su prudencia le dicte.

Celebraré que V. se conserve bueno y que disponga como guste del corazon de su afectísimo amigo Q. B. S. M.-Agustin Argüelles. Excelentísimo señor conde de Toreno.

"Legacion de S. M. Católica en Lisboa. Copia de un despacho del príncipe de la Paz de tres de octubre mil ochocientos seis al excelentísimo señor conde de Campo Alange entonces embajador de S. M. Católica en esta Corte. Excelentísimo señor: Don Agustin Argüelles, que va á esa ciudad con el objeto de embarcarse para Londres á tratar de negocios de su propio interes, lleva al mismo tiempo un importante encargo reservado del real servicio; y asi espero que V. E. se servirá no solamente proporcionarle los medios de que pase prontamente á su destino, sino tambien facilitarle los auxilios que pendan de su autoriridad y las recomendaciones oportunas. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid á tres de octubre de mil ochocientos seis. El príncipe de la Paz.Señor conde de Campo Alange. Don Evaristo Perez de Castro y Colomera, del consejo de estado, caballero gran cruz de la real y distinguida órden española de Cárlos III, gran cruz de la órden de Cristo en Portugal, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de S. M. católica Doña Isabel II cerca de S. M. fidelísima Doña María II &c. &c. Certifico que la copia que antecede de un despacho del príncipe de la Paz, dirigido al señor conde de Campo Alange con fecha de tres de octubre de mil ochocientos seis es auténtica y literal y la firma la propia del referido príncipe de la Paz de mi bien conocida, cuya copia he hecho sacar á mi vista del original existente en el archivo de esta legacion de mi cargo: y para que cons

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te lo firmo y sello con el sello de mis armas en Lisboa á veinte y cinco de febrero de mil ochocientos treinta y siete. Evaristo Perez de Castro.= (hay un sello). Don Ildefonso Diez de Rivera, conde de Almodóvar, secretario de estado y del despacho de la guerra é interino del de estado &c. &c.— Certifico que la firma que antecede es verdadera y la misma que usa siempre en sus escritos el señor Don Evaristo Perez de Castro, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario de S. M. católica, cerca de S. M. fidelísima la reina de Portugal. Madrid diez y ocho de marzo de mil ochocientos treinta y siete.= El conde de Almodóvar. Corresponde con su original, que me ha sido exhibido por el señor Don Agustin Argüelles, á quien lo devolví, y firmó su recibo, de que doy fé y á que me remito. Y para que conste donde convenga, á su instancia yo el infrascripto escribano de número de esta villa de Madrid pongo el presente que signo y firmo en ella á primero de abril de mil ochocientos treinta y siete. Don Claudio Sanz y Barea. Recibi el original. Agustin Argüelles. Legalizacion. Los escribanos del número de esta M. H. villa de Madrid que aquí signamos y firmamos, damos fé que el doctor Don Claudio Sanz y Barea por quien va dado y signado el testimonio que antecede es tal escribano del número, nuestro compañero como se titula y nombra, y en actual ejercicio de su destino, y para que conste donde convenga damos la presente sellada con el de nuestro cabildo en Madrid fecha ut supra.(hay un sello). José García Varela. Martin Santin y Vazquez. Miguel María Sierra. Don Luis Mayans ministro togado de primera instancia en esta M. H. villa de Madrid. Certifico que Don Martin Santin y Vazquez, Don José García Varela y Don Miguel María Sierra por quien va autorizada la legalizacion anterior son tales escribanos

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de número de esta misma villa é individuos de su cabildo como se titulan y nombran, los cuales desempeñan sus respectivos oficios. Y para que conste donde convenga firmo esta en Madrid á primero de abril de mil ochocientos treinta y siete. Luis Mayans. Don José Landero, notario mayor de los reinos y secretario del despacho de Gracia y Justicia de España é Indias &c. &c. Certifico: que Don Luis Mayans por quien aparece autorizado el documento que precede es tal juez de primera instancia de Madrid como se titula, y de su puño y letra al parecer la firma que pone. Y para que conste doy el presente en Madrid á cinco de abril de mil ochocientos treinta y siete. José Landero. Don José María Calatrava secretario de estado y del despacho, presi~ dente del consejo de ministros, &c. &.c. &c. Certifico que Don José Landero por quien va autorizada la anterior partida es tal secretario de estado y del despacho de Gracia y Justicia como se titula, y la firma que pone á su final de su puño y letra. Y para que conste doy el presente en Madrid á seis de abril de mil ochocientos treinta y siete. hay un sello.= José María Calatrava. Primera secretaría de estado. Registrado núm. 445. Nous ambassadeur de sa Majesté le Roi des Français prés sa Majesté Catholique: Certifions véritable la signature ci-dessus de Mr. José María Calatrava, prémier secrétaire d'état de S. M. Catholique et président du conseil des ministres. Madrid le 8 avril 1837. Pour Mr. L' ambassadeur, et par autorisation. Le prémier secrétaire d'ambassade. E. Drouyn de Lhuy."

Y si el autor de las Memorias ha perdido la suya sobre un hecho de tamaña entidad ¿qué crédito podrán merecer los demás sucesos que relata en su obra?

El público ha hecho ya justicia de esta, considerándola como una fastidiosa compilacion falta de verdad é interés histórico, y desnuda de todo mérito li

terario; no queriendo por lo tanto nosotros manehar las páginas de nuestra história destinada á un objeto grandioso, con responder á personalidades que nos tocan, falsas ó ridículas, comunes todas y expresadas en lenguaje vulgar. Por otra parte maltratados en dichas Memorias con cási todos los hombres célebres y dignos que ha contado la España desde Cárlos III acá, holgámonos de estar en medio de compañía tan buena y honrosa, y solo nos dolemos de que el príncipe de la Paz, nada versado en letras, haya querido aparecer convertido en autor al fin de su carrera, poniendo á ella funesto colmo, y sirviendo de iustrumento torpe y ciego á tres ó cuatro de sus antiguos aduladores ó secuaces, verdaderos componedores de las Memorias, quienes escudados con el nombre del príncipe han derramado en su obra á manos llenas la hiel y las falsedades, desfigurando sin recato alguno la história entera del reinado de Cárlos IV.

FIN DEL TOMO V.

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Sucesos de Cádiz. Muerte del general Solano.

Rendicion de la escuadra francesa.

Levantamiento de Granada.

-De Extremadura.

-De Cartagena y Murcia.

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