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suerte, pues, el derecho, regla de la vida humana, conforme es corriente calificarlo, no tiene sino un aspecto negativo, y todas sus normas, sin dejar una, están formuladas prohibitivamente, de manera que con sólo abstenerse uno de dañar po sitivamente á su prójimo (al próximo), aun cuando le tenga mala voluntad y aun cuando no le haga beneficio de ninguna clase, pudiéndoselo hacer, se producirá como un hombre justo, y el derecho nada tendrá que reprocharle. Las injusticias no pueden serlo sino por comisión ó acción, ó sea causando directamente á alguien un daño efectivo, apreciable, tangible (un damnum emergens); por lo que ha podido asegurarse, adop tando este punto de vista, que la noción de la injusticia es originaria y positiva, y la del derecho, en cuanto remedio de aquélla y reparación del daño con ella causado, derivada y negativa (1).

Mas esto no es aplicable sino al orden jurídico que diremos primitivo, es decir, al derecho natural que se confunde con la ley objetiva y eterna, con el orden mismo de la Naturaleza; en modo alguno le puede ser aplicado al derecho ú orden jurídico racional y finalista, hijo de la inteligente labor humana y constituído por el tejido de servicios mutuos y de instituciones que la vida artificial de los hombres ha ido creando en el curso del tiempo. La ley eterna ú orden objetivo, aquél que pesa sobre todos los seres creados y á todos ellos les traza la ruta que han de seguir y las leyes á que forzosa y naturalmente (de acuerdo con su naturaleza propia, donde aquéllas están impresas é in. manentes) han de obedecer, el jus naturale universalissimum, en suma, que es el orden mismo de la creación, no exige de sus súbditos que hagan nada positivamente unos por otros, ni que, para ello, saliéndose de los carriles que de antemano (ab æterno) tienen señalados, se esfuercen por reaccionar contra la obra de la pura Naturaleza, creando, por sus acciones inteli.

(1) Sobre todo esto. véase mi libro El derecho y sus sacerdotes, primera parte, Madrid, 1909, párrafo 59.

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gentes y voluntarias (espontáneas, no necesariamente causadas y determinadas), algo nuevo, que jamás se encontraría entre los simples productos de aquélla. Lo que la ley eterna ó ius naturale universalissimum pide no es más sino que cada uno de los seres sometidos à su dominio se mantenga dentro de su propio radio de actividad, previamente señalado, sin extralimitarse de su esfera de acción ni invadir la de otros, haciéndoles daño, ora por usurparles bienes ó funciones que naturalmente (por ley natural) les pertenecen, con lo que merman las prerrogativas y derechos de su individualidad (de su personalidad, si se quiere), ora por dañarles de cualquier otro modo: oprimiéndoles, verbigracia.

Si ahora pensamos que los hombres primitivos hacen una vida apenas humana, sin artes, sin historia, sin creaciones propias, espirituales, productos de su inteligencia y de su elec. ción voluntaria, esclavos completamente, como otros cualesquiera seres, de las fuerzas naturales, comprenderemos que entre ellos no haya todavía derecho racional, y que sólo exista el orden imperativo de la Naturaleza, el jus naturale universalissimum, que no impone, con respecto á los restantes individuos, otras obligaciones sino las negativas de no hacerles daño y no estorbarles el desarrollo de sus actividades, el empleo de sus respectivas fuerzas y el goce de los bienes que les proporciona el medio exterior, ó, lo que es igual, la situación de hecho en cuyo seno viven y de cuyos beneficios -muchos ó pocos- se aprovechan. ¿Qué es, si no esto, el tabú, conjunto de prohibiciones, acompañante de los grupos humanos primitivos? ¿Ni por qué, si no por esto, las legislaciones más antiguas que se conocen están compuestas principal ó exclusivamente de preceptos formulados negativamente, es decir, de prohibiciones ó tabús?

En los seres vivos-ó en todos los seres, si á todos queremos, como es posible, extender la regla, aun cuando en aquéllos se ve más claramente su imperio-, basta con la toleran y la no agresión de unos contra otros para que la vida de

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ellos persista de un modo regular. La mera coexistencia es suficiente para que la ley natural se cumpla, y hasta para que ya asome un vislumbre de ley racional, voluntaria y positiva. . Los animales gregarios, v. g., que hacen su vida en agrupaciones, y no en un estado de absoluta independencia y disgregación, donde se halle cada uno á sus anchas y sin contacto inmediato con el prójimo, pueden permanecer en tal estado y aprovecharse de él, con la sola condición de no molestarse unos á otros y de permitir cada cual á los compañeros un mínimo de libertades y movimientos. A la cooperación positiva no se ha llegado todavía, aunque a veces se ven ciertos comienzos de la misma (1); pero la obligación negativa y abstencionista ya está aquí presente. Véase lo que pasa con los rebaños de herviboros: todos los individuos que forman en ellos pastan al lado de los demás, sin estorbarse mutuamente; ninguno ayuda al vecino, ni nadie le obliga á ayudarle; pero se le exige que consienta á los demás hacer otro tanto que él, ó sea poder moverse libremente y tomar el alimento que le cuadre de la tierra, almacen común para todos.

Es necesario considerar ahora que si los hombres comenzaron su vida social de esta manera, y si, por lo tanto, su derecho ó ley de vida como animales gregarios hubo de tener un carácter negativo-enteramente ó casi enteramente natural--, análogo al que ofrece la vida de los animales hervíberos, à estas horas ya, en los medios civilizados que se llaman naciones, ó también grupos sociales de otra clase, no ocurre lo mismo. Desde la vida primitiva de ayer, casi del todo natural,

(1) Pensemos, no ya tan sólo en los animales monógamos (las aves, v. g., en su mayoría), sino también en aquellas sociedades. animales que siempre han llamado la atención de las gentes observadoras, y no ya tan sólo la de los naturalistas de profesión: por ejemplo, las sociedades de abejas, donde hasta se da muerte al que no contribuye con su trabajo al bienestar del grupo. La transición de la vida puramente natural, pasiva, y del puro derecho objetivo, ley de la Naturaleza, á la vida activa y al orden de cosas creado por el esfuerzo propio, finalista, se ve aquí bien clara, me parece á mí.

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casi del todo animal, apenas nada humana ni histórica, hasta la vida llamada civilizada de nuestros días, corre un período larguísimo de tiempo, durante el cual aquélla ha ido y sigue sin cesar trasformándose, y trasformándose precisamente en el sentido de emancipar cada vez más al hombre de la tiranía de la Naturaleza y de su orden imperativo, de su derecho y de sus leyes, para hacerle dueño de sí, director consciente y voluntario de su propia conducta, y creador, igualmente inteligente, voluntario y finalista, del orden racional y artificial de derecho, de instituciones y leyes á que prefiere someter su actividad.

Voy a decir la significación que á mis ojos tiene este cam. bio, cuyo momento inicial no puede marcarse de un modo preciso, y cuyo término último tampoco nadie es capaz de prever (1).

VII

La vida social es una empresa jurídicamente ordenada.

La lucha del hombre contra la Naturaleza, y la serie de esfuerzos emancipadores y dominadores de ésta, lo convierten en un verdadero empresario. La vida humana, en cuanto tal, es decir, la vida espiritual, inteligente, social, no es otra cosa que una empresa. Salvo quizá algunos animales que tienen cierta. organización colectiva para la obtención de resultados comunes y el logro de comunes beneficios, no hay otros seres terrestres, fuera del hombre, que constituyan asociaciones emprendedoras, y de todos modos, sólo entre los hombres es donde el fenómeno adquiere un relieve extraordinario, hasta el punto de que se puede y se debe decir que no hay vida humana sino en sociedad, y que la sociedad, cualquiera que sea su forma, extensión, complejidad y fines, no vale nunca sino como una

(1) O más bien no lo habrá, pues desde el momento en que tal término existiera, la vida humana habría concluído. Vivir es no llegar nunca á la meta, ó, llegando á una, proponerse otra.

empresa. La historia humana no es sino una ininterrumpida y variada empresa ó una serie de empresas.

La generalidad de los seres vivos se contentan con tomar lo que necesitan para su persistencia como tales, esto es, como individuos, de donde mejor pueden y del mejor modo que pueden; y si no lo encuentran á mano ó no se lo dejan otros tomar, se someten á su mala suerte y sucumben. Ellos no producen nada, ni inventan nada; no tienen industrias que creen algo nuevo poniendo en tortura à la Naturaleza y aprovechándose de las propias fuerzas de ella para arrancarle sus tesoros. Como puros parásitos de la Naturaleza, se abalanzan siempre que pueden sobre las creaciones de la misma, sin cuidarse de tomar precauciones para que se cause el menor daño posible tanto à ella como á otros seres vivos que apetezcan y necesiten también iguales medios de subsistencia.

Esto no más es lo que se llama la lucha por la vida», lucha implacable y despiadada, egoista por esencia, tendremos que decir. El pájaro del cielo, de que habla la Escritura, no siembra ni trabaja, ciertamente, y sin embargo come; pero come, por esto mismo, no de lo suyo, sino de lo de otros, de lo del sembrador, que no siembra para los pájaros, sino para sí y los suyos, ó de lo de todos, es á saber, de lo que la madre Naturaleza produce por sí misma, obedeciendo al impulso espontáneo de sus fuerzas íntimas, y que luego se apropia, como cosa nullius, el primero que llega (primus capiens), ó el que más puede, el que más listo ó astuto es de los múltiples pretendientes. ¿No es también ésta la conducta que observan (la ley de vida) los hombres primitivos, los que no conocen la agricultu ra ni ninguna otra industria, los que, haciendo vida animal, sólo se alimentan, como los restantes animales, de la cosecha natural, de la caza y la pesca, ó lo que es lo mismo, de las cosas que, por no ser producto de los esfuerzos conscientes y voluntarios de nadie-de su trabajo ó industria-, no han entrado en el horizonte del dominio de nadie, y por eso no están so metidas á propiedad, ni nadie puede alegar derecho sobre ellas?

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