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«de la religion católica, á formarla en las buenas costumbres, á dirigir los <«<colegios y seminarios, y á confesar, predicar y administrar los sacramentos, <«<con el consentimiento y aprobacion de los ordinarios de los lugares de su residencia: y desde ahora tomamos bajo nuestra proteccion, amparo é inme<«<diata obediencia y la de esta Sede apostólica todos los colegios, casas, pro«vincias, é individuos de esta órden así reunidos y los que en adelante á ella «se reunan y agreguen; reservándonos á Nos y á los Pontífices romanos, nues«tros sucesores, el establecer y prescribir todo lo que creyéremos deber esta«blecer y prescribir para consolidar y fortalecer más y más la misma Compa«ñía, y purgarla de los abusos, si alguna vez, lo que Dios no permita, llegasen «<á introducirse en ella. Ahora, pues, advertimos y exhortamos, cuanto pode«mos en el Señor, á todos y á cada uno de los superiores, provinciales, recto<«<res, socios y alumnos, quienes, quiera que sean, de esta sociedad restablecida «que se muestren en todos lugares y en todos tiempos fieles secuaces é imita«dores de su tan gran padre y fundador; que observen con exactitud la regla «que él compuso y les prescribió; y se esfuercen en practicar con la mayor <«<aplicacion y diligencia los avisos útiles y los consejos que él dejó á sus hijos. «En fin, á nuestros caros hijos en Jesucristo los ilustres y nobles varones, <<príncipes y señores temporales, como tambien à nuestros venerables herma«nos los arzobispos y obispos, y á todos los demás, que están constituidos en «cualquiera dignidad, les recomendamos encarecidamente en el Señor á las «muchas veces citada Compañía de Jesús y á cada uno de sus miembros, y los «<exhortamos é instamos á que no solamente no permitan ni consientan sean «estos religiosos molestados por cualquiera otra persona, sino que ellos mismos «<los reciban, cual conviene, con benignidad y caridad. Mandamos que las «presentes letras y cuanto en ellas se contiene sea siempre y perpétuamente «firme, válido y eficaz, y que hayan de tener y conseguir su pleno y cabal «<efecto, y que sean inviolablemente observadas por aquellos á quienes corres<«<ponda y en algun tiempo correspondiere; y que así y no de otra suerte de«ben juzgarlo, é igualmente definirlo todos los jueces, cualquiera que sea su «poder; y que se tenga por írrito y de ningun valor, si alguno, de cualquier <<autoridad, contra ellas llegare á atentar á sabiendas ó por ignorancia. Y esto, «no obstante las constituciones y mandatos apostólicos, y especialmente las «<arriba mencionadas letras, en forma de breve, de Clemente décimo cuarto, de <«<feliz memoria, que empiezan con estas palabras: Dominus ac Redemptor nos«ter, expedidas bajo el anillo del pescador el 21 de Julio de 1773; las cuales «y cualquiera otras en contrario pretendemos derogar, y derogamos expresa y <<especialmente en cuanto fuere preciso para que estas obtengan su valor. Que«remos, además, que se dé la misma fe en juicio y fuera de él á las copias <«<manuscritas, así como tambien á los ejemplares impresos de estas mismas «presentes letras, que se daria al mismo original, si fuera presentado ó mani«festado; con tal que lleven la firma de un notario público cualquiera, y estén <«<selladas con el sello de alguna persona constituida en dignidad eclesiástica. «Por tanto, á nadie absolutamente sea lícito infringir, ó contrariar con teme

«raria osadía esta página de nuestra ordenacion, estatuto, extension, conce<«<sion, indulto, declaracion, autorizacion, recepcion, reservacion, aviso, exhor<<tacion, decreto y derogacion. Y si alguno presumiere intentarlo, sepa que <«<incurrirá en la indignacion de Dios todopoderoso, y de sus santos apóstoles <<Pedro y Pablo. Dado en Roma, en Sta. María la Mayor, el año de la Encarna<«cion del Señor 1814 y el 7 de los idus de Agosto, año 15.° de nuestro ponti<«<ficado. Firmado A. card. Prodatario=R. card. Braschi Onesti.»>

8. «Despues de la lectura de esta bula, proseguia el dicho Diario, fueron «admitidos á besar el pié del sumo Pontífice todos los jesuitas presentes, al «frente de los cuales estaba el P. Panizzoni; quien, en virtud de un rescripto «de la secretaría de Estado, desempeñará interinamente las funciones del Ge«neral, que se espera de Rusia. Todos los cardenales, excepto los ausentes ó «enfermos, asistieron á esta ceremonia; y no salieron del oratorio hasta des«pues de leida la bula, y de haber los jesuitas besado el pié de su Santidad. «Luego el cardenal Pacca, camarlengo de la Sta. Iglesia, y prosecretario de «Estado, el único cardenal que quedó, asistido del marqués Ercolani, tesorero «general interino, y de monseñor Barberi, fiscal general, hizo leer el acta, fir«mada de mano de su Santidad, concerniente á la restitucion de los capitales <«todavía existentes del patrimonio de los jesuitas, y á las compensasiones inte«rinas por los bienes enajenados, ó cambiados. Enseguida se leyó el decreto «ejecutorio del tesorero, á quien está dirigida el acta. Así terminó esta cere«monia eternamente memorable y gloriosa.»>

9. Ochenta y seis ancianos, precedidos por el P. Alberto de Montalto, de ciento veintiseis años de edad y ciento y ocho de religion (1), transportados de gozo al presenciar la tan deseada resurreccion de su amada madre, corrieron á echarse á su regazo, y postrándose á los piés del R. P. Panizzoni, para ser contados de nuevo entre los hijos de la Compañía, todo lo renunciaron con gusto, hasta su voluntad y libertad propias, para cargar de nuevo sobre sí el yugo de la santa obediencia, y atarse con las fuertes cadenas de los votos. religiosos, de ellos más vivamente apetecidas, que las de oro, esmaltadas con diamantes, suelen serlo de las personas del mundo. Nueve bizarros mancebos, apreciables por el lustre de sus familias y por sus prendas personales, se agregaron a los mencionados ancianos. Otro buen número de jóvenes envidió su suerte, conmovidos sus corazones por aquel tierno y solemne acto; y algunos determinaron seguir más tarde su buen ejemplo, como, en efecto, despues lo hicieron.

10. El júbilo no fué solo entre los antiguos jesuitas; todo Roma participó del mismo sentimiento, y dió muestras de ello con puros regocijos, festivos aplausos y alegres aclamaciones. ¡Ah! ¡cuán de otra suerte es recibida por aquel pueblo la bula Sollicitudo omnium Ecclesiarum que el breve Dominus ac Redemptor! Oigamos otra vez al cardenal Pacca, que dice así (2), hablando de

(1) Cretineau Joli, Historia de la Compañía, tomo VII, cap. vi.—(2) Memorie storiche etc. del cardinale Pacca.

sí mismo: «Testigo en Roma de las dos épocas memorables de la extincion y «del restablecimiento del instituto de Loyola, he podido juzgar de las diferen«tes impresiones que produjeron. El 17 de Agosto de 1773, dia de la publica«cion del breve Dominus ac Redemptor, se veia la sorpresa y el dolor pintados «en todos los semblantes. El 7 de Agosto de 1814, dia de la resurreccion de la «Compañía, Roma resonaba en gritos de alegría, aclamaciones y aplausos. El << pueblo romano acompañó á Pio VII desde el Quirinal hasta la iglesia del Je«sús, donde se leyó la bula; y la vuelta del Pontífice á su palacio fué una mar«cha triunfal. He creido deber entrar en estos detalles, para aprovechar la «ocasion de dejar en mis escritos una retractacion solemne de las conversacio«nes imprudentes que he podido tener contra una Compañía, que ha merecido «tanto bien de la Iglesia de Jesucristo.» No es de extrañar haga con razon esta bumilde protesta, supuesto que en sus primeros años fué imbuido en ideas contrarias á la Compañía, como él mismo confiesa en aquel mismo escrito. «En «cuanto á mí, dice, habian logrado inspirarme en la adolescencia sentimientos «de aversion, odio, y hasta una especie de fanatismo contra esta ilustre Com«pañía. Bastará decir que me habian puesto en las manos, con órden de que «las extractase, las famosas Cartas provinciales, primero en francés y despues «en latin, con notas de Wendook Nicole, más detestables aún que el texto, la «Moral práctica de los jesuitas por Arnauld, y otros libros del mismo género, «que leia y creia de buena fe. ¿Quién hubiera podido prever entonces que el <<primer acto del benedictino Chiaramonti, siendo Papa, al salir de una espan«tosa tempestad, y en presencia de tantas seclas encarnizadas contra la Com«pañía, seria su restablecimiento en el universo católico, y que yo seria el que «debia preparar las sendas á este nuevo triunfo, y aquel á quien confiaria el «Papa la agradable y honrosa ejecucion de sus órdenes soberanas?>>

11. El mundo todo recibió con singular placer la precedente bula. Y no solo los pueblos, sino tambien los soberanos; todos los cuales, excepto el príncipe del Brasil, regente de Portugal, se adhirieron á ella, á lo menos con su respetuoso silencio. Los católicos, unos en pos de otros, se apresuraron á aprovecharse del beneficio que con ella el Padre comun de los fieles les proporcionaba. Solo el Portugal se obstinó en rechazarlo, ó por ventura mejor diríamos que no fué digno todavía de gozar de este beneficio; no solo por haber sido la primera nacion que arrojó á los jesuitas de sus dominios, sino tambien por haber sido la única que en aquella infausta época manchó sus manos con la sangre de los inocentes hijos de la Compañía. ¿Y en qué ha venido á parar este grande y poderoso pueblo? Perdió casi todas sus colonias, sus artes y su comercio; y convertido, desde los tiempos del malhadado marqués de Pombal, en una especie de colonia mercantil de Inglaterra, apenas ha conservado más que el nombre de nacion autónoma é independiente; dejándoselo, al parecer, para mejor explotarla, su interesada protectora. Humillante ha sido para Portugal el castigo que la ha impuesto la providencia divina; pero ya, gracias al cielo, hay señales de que va tocando á su término el tiempo de la expiacion. Lo es para nosotros, y de las más seguras, el haber, al fin, recibido en su se

no, desde el año 1855, algunos pocos hijos de la Compañía; entre los cuales tenemos la gran dicha de contar un hermano nuestro segun la sangre, que ejercita allí con los PP. los oficios propios de un humilde H. coadjutor. En los diez años transcurridos despues que los jesuitas, tolerados por aquel gobierno, han vuelto á establecerse en Portugal, algo (+) ha aumentado su número, ya por los PP. y H. desterrados de Italia en el 1860, que allí se han acogido, ya por las vocaciones, que van cada dia creciendo, de los jóvenes del país. Estamos íntimamente persuadidos de que tanto Portugal como España volverán á ser naciones dignas de su gloriosa historia, desde el dia en que conviertan en proteccion eficaz y decidida la tolerancia ó reconocimiento, no más que parcial, que han comenzado á dispensar á la Compañía de Jesús; y esto, entiéndase bien, así lo creemos, no tanto por la abundancia de bienes espirituales que reportaran estos pueblos del solemne reconocimiento, por parte de sus gobiernos, de una corporacion religiosa dedicada por instituto á promover toda clase de verdaderos adelantos del espíritu, como porque, con este reconocimiento solemne y eficaz y decidida proteccion á los hijos de S. Ignacio de Loyola, darán clarísima muestra de que vuelven á andar, sin tropiezos y sin torcer à la diestra, ni á la siniestra, por las salvadoras y engrandecedoras vias del más puro y acendrado catolicismo; al cual es cosa sabida que deben toda su antigua grandeza y pasado poderío.

(+) Así escribíamos en el 1865; ahora en 1882 ya forman una pequeña Provincia.

CAPÍTULO XV

1. El pueblo español pide el restablecimiento civil de la Compañía.-2. El Rey resuelve concedérselo.-3. Lo decreta.-4. Es recibido con aplauso este decreto.-5. El restablecimiento se realiza con ciento cincuenta jesuitas.-6. Progresos de la Compañía en España.-7. Su exclaustracion en 1820.-8. Se pide su restablecimiento en América.-9. El Rey lo decreta.-10. Se ejecuta en Méjico este decreto.-11. Se recibe en Chile.-12. No se cumple aquí.

1. El pueblo español fué el primero que, despues de la restauracion canónica de la Compañía de Jesús para toda la Iglesia católica, solicitó su restauracion civil para su país. Sabias y enérgicas, aunque respetuosas representaciones (+) se elevaron al trono en el mismo año 1814 y á principios de 1815 por diversas corporaciones civiles y eclesiásticas, pidiendo que los jesuitas fueran llamados cuanto antes al Reino de España, y reintegrados en la posesion de sus antiguos colegios. Fernando VII las recibió propicio, las leyó con emocion, y allá en su real ánimo, aun mucho antes de recibirlas todas, determinó condescender con tan razonables, justas é importantes peticiones. Para marchar más seguro, comunicó sus intentos á su Santidad, pidiéndole su parecer; y Pio VII le contestó á 15 de Diciembre de 1814 en estos términos (1): «Nos felicitamos por los bienes inmensos que debe de reportar la Es«paña de los sacerdotes regulares de la Compañía de Jesús; por enseñarnos una «larga experiencia que no es solamente por la probidad de sus costumbres y «<por su vida evangélica que difunden el dulce aroma de Jesucristo, sino tam<«<bien por el ardiente celo con que procuran la salvacion de las almas. A fin «de hacer su ministerio más provechoso, unen á la vida más pura el profundo <«<conocimiento de las ciencias, se dedican á propagar la religion, á defenderla <«contra los esfuerzos de los malos, á levantar á los cristianos del cieno de la «corrupcion y á enseñar las bellas letras á la juventud, y formarla para la ca<«<ridad cristiana. Por tanto, no dudamos que el llamamiento de estos religiosos

(+) Segun el dictamen presentado al real consejo de Castilla el 21 de Octubre del año 1815 por su fiscal el Sr. D. Francisco Gutierrez de la Huerta, las susodichas representaciones fueron elevadas por los arzobispos de Santiago, Tarragona y Burgos; por los obispos de Ibiza, Orihuela, Teruel, Barcelona, Pamplona y Lérida; por los gobernadores capitulares, sede vacante, de Cádiz y Málaga; por los cabildos catedrales y colegiatas de las santas iglesias de Sevilla, Burgos, Málaga, Barcelona, Pamplona, Mallorca, Cádiz, Manresa y Cervera; por el clero en general de Guipúzcoa, y por el arcipreste y clero de Moroña en el arzobispado de Santiago; por la junta general de Vizcaya, diputacion de Guipúzcoa, ayuntamientos de Madrid, Toledo, Santiago, Valencia, Barcelona, Tarragona, Lérida, Murcia, Cervera, Cádiz, Jaen, Coruña, Málaga, Baeza, Pontevedra, Manresa, Graus, Olot, Pollenza, Moroña; y por otras diferentes personas públicas y particulares. Segun Mr. Cretineau Joli, Historia de la Compañía de Jesús, libro VI, cap. v, fueron cincuenta y seis las ciudades que elevaron estas representaciones à su real Majestad.—(1) Cretineau Joli, Historia de la Compañía, libro VI, cap. v.

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