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Cada una de las cámaras tiene el derecho de pasar á los ministros las peticiones que se le dirigen. Los ministros están obligados á dar esplicaciones sobre su contenido siempre que la cámara lo exija.

44. Ningun miembro de una ó de otra cámara puede ser perseguido de manera alguna por las opiniones y votos que haya emitido en el ejercicio de sus funciones.

45. Durante la sesion ningun individuo de una ú otra cámara puede ser perseguido ni preso por motivos de represion sin autorizacion de su cámara, exceptuando el caso de delito infraganti, Ningun acto de prision puede ejercerse contra un individuo de las cámaras durante la sesion sin la misma autorizacion. La detencion ó persecucion de un individuo de las cámaras se suspende durante toda la sesion si la cámara lo exije asi.

46. Cada cámara determina por medio de su reglamento el modo siguiente de egercer sus atribuciones.

Seccion Primera.

De la Cámara de los representantes.

47. La cámara de los representantes se compone de los diputados elegidos directamente por los ciudadanos que pagan el censo determinado por la ley electoral, que no puede exceder de cien florines de contribucion directa, ni bajar de 20 florines.

48. Las elecciones se hacen segun las divisiones de provincia y en los lugares que la ley determina.

49. La ley electoral fijará el número de diputados segun la poblacion. Este número no puede pasar de la proporcion de un diputado por cada 40,000 habitantes.

La misma ley determina las condiciones requeridas para ser elector, y el órden de las operaciones electorales. 50. Para ser elegido se necesita:

lizacion.

3:

Ser belga de nacimiento ó haber obtenido la natura

Gozar de los derechos civiles y políticos.

Tener 25 años cumplidos.

49 Estar domiciliado en Bélgica.

No puede exigirse ninguna otra condicion de elegibilidad. 51. Los individuos de la cámara de los representantes se eligen por cuatro años, y se renuevan por mitad cada dos años, segun el órden de séries determinado por la ley electoral.

En caso de disolucion se renueva la cámara en su totalidad.

52. Cada individuo de la cámara de los representantes goza de una indemnizacion mensual de 200 florines mientras dure su legislatura. Los que están domiciliados en el pueblo donde se celebran las sesiones no gozan de ninguna indemni zacion.

Seccion Segunda.

090

Del Senado.

53. Los individuos del senado se elijen en razon de la poblacion de cada provincia por los mismos ciudadanos que eligen á los miembros de la cámara de representantes.

54. El senado consta de un número de individuos igual á la mitad de los diputados de la otra cámara.

55, Los senadores se eligen por ocho años, y se renuevan por mitad cada cuatro, segun el orden de séries determinado por la ley electoral, En caso de disolucion el senado se renueva totalmente,

56. Para poder ser clegido y ser senador es preciso:

1. Ser belga de nacimiento ó haber obtenido la natu ralizacion.

2 Cozar de los derechos politicos y civiles.

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49 Tener á lo menos 40 años de edad.

59 Pagar en Bélgica á lo menos mil florines de contribucion directa, comprendida la de patentes.

En las provincias en donde la lista de los ciudadanos que pagan mil florines de contribucion directa no llega á la proporcion de mil á seis mil almas de poblacion, se com. pletará con las mayores contribuyentes de la provincia hasta llegar á la mencionada proporcion.

57. Los senadores no tienen tratamiento ni sueldo alguno.

58. A la edad de 18 años el heredero presuntivo del Rey es senador nato: no tiene voz deliberativa hasta la edad de 25 años.

5. Las reuniones del senado fuera del tiempo de la legislatura de la cámara de representantes son nulas de derecho.

CAPITULO SEGUNDO.

11990

DEL REY Y DE LOS MINISTROS.

Seccion Primera.

Del Rey.

60. Los poderes constitucionales del Rey son heredita rios por sucesion directa, natural y legitima de S. A. R. Leopoldo de Sajonia Coburgo, de varon en varon por or den de primogenitura con esclusion perpetua de mugeres y de su descendencia,

61. A falta de descendencia masculina de S. A. R. Leo. poldo de Sajonia Coburgo, podrá este nombrar su sucesor con el consentimiento de las cámaras espresado del modo prescrito en el articulo siguiente.

Sino se verificase el nombramiento en la forma indicada quedará vacante el trono.

62. El rey no puede ser à la vez gefe de otro estado sin consentimiento de las cámaras.

Ninguna de las dos cámaras puede deliberar sobre este asunto sino se hallan presentes dos terceras partes á lo menos de los individuos que las componen y la resolucion no se adoptará no reuniendo á lo menos dos tercios de votos. 63. La persona del rey es inviolable: sus ministros son responsables.

64. Ningun acto del rey puede tener efecto sino está firmado por un ministro que por este solo hecho es respon sable.

65. El rey nombra y separa á sus ministros.

66. Confiere los empleos del ejército.

Nombra los de la administracion general y de relacio nes esteriores, esceptuando los casos establecidos por las leyes.

Nol e corresponde el nombramiento de otros empleos sino en virtud de disposicion espresa de una ley.

67. Hace los reglamentos necesarios para la ejecucion de las leyes sin poder jamas ni suspender las leyes mismas, ni eximir á nadie de su ejecucion.

68. El rey manda las fuerzas de mar y tierra, declara la guerra, hace los tratados de paz, de alianza y de comer cio. Da conocimiento de ellos á las cámaras, tan pronto como el interes y la seguridad del Estado lo permita, añadiendo las oportunas esplicaciones.

Los tratados de comercio ó los que pueden gravar el es tado ó ligar individualmente á los belgas no tienen efecto hasta despues de haber recibido el consentimiento de las cá

maras.

No puede verificarse sino en virtud de una ley ninguna cesion, cambio ó agregacion de territorio. Los articulos secretos de un tratado no pueden en manera alguna anular los artículos patentes del mismo.

69. El Rey sanciona y promulga las leyes.

79. Las cámaras tienen el derecho de reunirse anua Imens

te el segundo martes de noviembre, á no ser que las haya convocado el Rey anteriormente.

Las cámaras permanecerán reunidas en cada año á lo menos 40 dias.

El Rey cierra las sesiones.

El Rey tiene el derecho de convocar estraordinariamente

las cámaras.

71. El Rey tiene el derecho de disolver las cámaras sea simultánea ó separadamente.

El acta de disolucion contendrá la convocacion de los electores en el término de 40 dias y la de las cámaras en el de dos meses.

72. El Rey puede prorogar las cámaras; pero la proroga no puede pasar del término de un mes, ni repetirse en la misma legislatura sin el consentimiento de las cámaras.

73. Tiene el derecho de conmutar ó atenuar las penas pronunciadas por los jueces, salvo lo establecido respecto de los ministros.

74. Tiene el derecho de acuñar moneda con arreglo á la ley.

75. Tiene el derecho de conferir titulos de nobleza sin poder jamas agregar á ellos ningun privilegio.

76. Confiere las órdenes militares observando lo que la ley prescribe en este punto.

77. La ley fija la lista civil para cada reinado.

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78. El Rey no tiene mas facultades que las que le concede formalmente la eonstitucion y las leyes que emanan de ella.

79. A la muerte del Rey se reunen las cámaras sin convocacion, lo mas tarde al décimo dia d esu muerte. Si las cámaras se han disuelto anteriormente y estuviese hecha la convocacion desde su disolucion para una época posterior al décimo dia, las Câmaras anteriores recobran sus funciones hasta la reunion de las que han de reemplazarlas.

Si solamente se ha disuelto una cámara se observará la misma regla con respecto á ella.

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