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otros fundamentos, que la demandante no habia justificado que entregase á su marido bienes algunos en clase de dote ni con otra calidad, y que la citada Doña Francisca interpuso recurso de casacion por la causa 4.' del art. 5. de la ley sobre reforma de la casacion civil, puesto que creia que el recibimiento del negocio á prueba era procedente y ajustado á lo dispuesto en el núm. 1.° del art. 869 de la ley de Enjuiciamiento civil:

Visto, siendo Ponente el Magistrado D. José Fermin de Muro:

Considerando que para que proceda el recurso de casacion por quebrantamiento de forma, segun la causa 4. del art. 5.° de la ley provisional sobre la casacion civil, es indispensable no sólo que el pleito no se haya recibido á prueba en alguna de las instancias, sino que la prueba sea procedente con arreglo á derecho:

Considerando que la peticion de nueva prueba que por otrosí, alegando de agravios, solicitó la recurrente en segunda instancia fundada en el caso 1. del art. 869 de la ley de Enjuiciamiento civil no puede estimarse si no media causa no imputable á quien la solicita que le haya impedido darla en la primera instancia; y que la equivocacion ó error que se supone de parte de los defensores por no haber justificado los hechos que ahora se alegan, no puede dejar de imputarse a la misma recurrente, porque los defensores representan en los juicios la persona de los litigantes, teniendo éstos espedito su derecho para exigir la responsabilidad de aquellos cuando no cumplan los deberes de su cargo:

Considerando, por consecuencia de lo que va expuesto, que al denegar la Sala sentenciadora el recibimiento á prueba en segunda instancia sobre hechos conocidos en la primera no ha infringido el núm. 1.° del art. 869 de la expresada ley de Enjuiciamiento civil, único motivo de casacion que se alega en el recurso;

Fallamos que debemos declarar y declaramos no haber lugar al de casacion por quebrantamiento de forma interpuesto por Doña Francisca de Paula Jimenez, á la que condenamos á la pérdida de 500 pesetas que pagará si viniere á mejor fortuna, distribuyéndose entónces con arreglo á la ley y en las costas; y devuélvanse los autos á la Audiencia de Granada con la certificacion correspondiente.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Gaceta y se insertará en la Coleccion legislativa, pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Mauricio García.-José M. Cáceres.-Laureano de Arrieta. Francisco María de Castilla.-José Fermin de Muro.—Benito de Posada Herrera.—Benito de Ulloa y Rey.

Publicacion.-Leida y publicada fué la anterior sentencia por el Excelentísimo Sr. D. José Fermin de Muro, Magistrado del Tribunal Supremo, celebrando audiencia pública la Sala primera en el dia de hoy, de que certifico como Relator Secretario de la misma.

Madrid 30 de Diciembre de 1871.-Licenciado Desiderio Martinez.(Gaceta de 1.o de Enero de 1872.)

FIN DEL TOMO VEINTICUATRO.

TOMO XXIV.

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DE LAS

SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO,

en recursos de nulidad, casacion civil é injusticia notoria y en materia de competencias,

CONTENIDAS EN ESTE TOMO.

NÚMEROS.

PÁGINAS.

192 RECURSO DE CASACION (14 de Abril de 1871.).-Reivindicacion. Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Mariano Senen y Ausejo contra la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de Valeucia, en pleito con Vicente Soncase.

193 RECURSO DE CASACION (15 de Abril de 1871.).—Prevencion de un juicio voluntario de testamentaria.-Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por D. Cárlos Agreda y Panigarola contra la sentencia pronunciada por la Sala tercera de la Audiencia de Granada, en pleito con D. José Bernal Perez.

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194 RECURSO DE CASACION (15 de Abril de 1871.).-Peticion de herencia. Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por D. Ignacio Royo y Doña María Llordés contra la sentencia pronunciada por la Sala primera de la Audiencia de Barcelona, en pleito con D. Jáime Llordés.

195 RECURSO DE CASACION (15 de Abril de 1871.).—Particion de herencia. Se declara por la Sala primera del Tribunal Su→ premo haber lugar al recurso de casacion interpuesto por D. José María Cano contra la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de Oviedo, en pleito con Doña Santa de Diego y Madrazo.

196 RECURSO DE CASACION en asunto de Ultramar (20 de Abrit de 1871.) Pago de maravedis.-Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo haber lugar en parte, y en parte no haber lugar, al recurso de casacion interpuesto por D. Pastor García por la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de la Habana, en pleito con D. Pedro Sinforiano García.

197 RECURSO DE CASACION (20 de Abril de 1871.).-Pertenencia de un terreno. Se declara por la Sala primera del Tribunal

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NÚMEROS.

PÁGINAS.

Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto
por la Sociedad de Crédito y Fomento de Barcelona contra
la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audien-
cia de dicha ciudad, en pleito con el Ayuntamiento de la
misma y los administradores de la testamentaría de D. Sal-
vador Fochs. ·

198 RECURSO DE CASACION (20 de A

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ADR 1871.).—Entrega de un

hijo. Se déclara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por D. N. N. contra la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de...., en pleito con D. N. N. 199 RECURSO DE CASACION (20 de Abril de 1871.).—Reivindicacion de bienes.-Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Antonia Romero Sanchez contra la sentencia pronunciada por la Sala primera de la Audiencia de Granada, en pleito con Ramon Gomez y Sanchez, sus hermanos y otros. 200 RECURSO DE CASACION (20 de Abril de 1871.).—Declaracion de hijo natural. Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por los albaceas testamentarios y herederos fideicomisarios de N. N. contra la sentencia pronunciada por la Sala primera de la Audiencia de........... en pleito con Doña N. N. 201 RECURSO DE CASACION (21 de Abril de 1871.).-Liquidacion de obras y pago de su importe.-Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar á resolver sobre el recurso de casacion interpuesto por D. Manuel García Milan contra la sentencia pronunciada por la Sala tercera de la Audiencia de Valladolid, en pleito con D. José Guerrero. 202 RECURSO DE CASACION (22 de Abril de 1871.).—Dominio útil de varias fincas.-Se declara por la Sala primera del Tribunál Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Julian Tovalina contra la sentencia pronunciada por la Sala tercera de la Audiencia de Búrgos, en pleito con D. Jacinto del Castillo, como marido de Doña María Angela Tovalina.

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203 RECURSO DE CASACION (24 de Abril de 1871.).-Desahucio.

Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no ha→
ber lugar á la admision del recurso de casacion interpuesto
por D. Miguel Lloret contra la sentencia pronunciada por
la Sala tercera de la Audiencia de Valencia, en pleito con
D. Octavio María Martin.

204 RECURSO DE CASACION en asunto de Ultramar (25 de Abril
de 1871.)-Pago de pesos.-Se declara por la Sala primera
del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion
interpuesto por Doña Escolástica Jóven contra la sentenciá

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NÚMEROS.

PÁGINAS.

pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de Manila,
en pleito con Doña Romana Lampa.

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55

205 RECURSO DE CASACION (26 de Abril de 1871.)-Indemnizacion de perjuicios. Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Doña Isabel Galens contra la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de Madrid, en pleito con la razon social Meric y compañia. 206 RECURSO DE CASACION (27 de Abril de 1871.).—Indemnizacion de perjuicios por incumplimiento de un contrato.Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo haber lagar al recurso de casación por infraccion de ley, interpuesto por los hijos y herederos de D. José Arnaz Saavedra contra la sentencia pronunciada por la Sala primera de la Audiencia de Sevilla, en pleito con D. Tomás Pintor y Simon. 207 RECURSO DE CASACION (28 de Abril de 1871.).—Núlidad de las cláusulas de un testamento.-Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar en parte, y en parte haber lugar, al recurso de casacion interpuesto por Doña Josefa García Saiz contra la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiencia de Madrid, en pleito con D. Pedro Regulez, como marido de Doña Melchora García Sainz. 208 RECURSO DE CASACIÓN (29 de Abril de 1871). Tercería dé dominio. Se déclara por la Sala primera del Tribunal Su→ premo haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Doña Leona Sainz, por sí y en nombre de sus hijos, contra la sentencia pronunciada por la Sala tercera de la Audiencia de Burgos, en pleito con D. Toribio Ruiz de la Torre. 209 RECURSO DE CASACION (29 de Abril de 1871.)-Entrega de unas fineas.Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Juan García Rosal y consortes contra la sentencia pronunciada por la Sala primera de la Audiencia de Oviedo, en pleito con D. Bernardo y Doña Antonia Rosal y Valle. 210 RECURSO DE CASACION (29 de Abril de 1871.).-Defensa por pobre. Se declara por la Sala primera del Tribunal Supre mo que no ha debido admitirse el recurso de casacion in❤ terpuesto por D. José Viladomar y Serrano contra la sentencia de la Sala primera de la Audiencia de Madrid, en pleito con D. Gaspar Domper y Sanchez."

1

211 RECURSO DE CASACION (3 de Mayo de 1871.).—Pago de legados.-Se declara por la Sala primera del Tribunal Supremo no haber lugar al recurso de casacion interpuesto por Rosa Gomez Jimenez contra la sentencia pronunciada por la Sala segunda de la Audiència de Cáceres, en pleito con D. Antonio Vizcaino García y otros.

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