Jurisprudencia civil: colección completa de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en recursos de nulidad, casación civil é injusticia notoria y en materia de competencias desde la organización de aquéllos en 1838 hasta el día ..., Volumen24

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Editorial Reus, 1871

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Página 336 - 8 de Febrero de 1861, los contratos otorgados por persona que en el Registro aparezca con derecho para ello no se invalidan en cuanto á tercero, una vez inscritos, aunque después se anule ó resuelva el derecho del otorgante en virtud de titulo anterior
Página 333 - para ello no se invalidan en cuanto á tercero, una vez inscritos, aunque después se anule ó resuelva el derecho del otorgante en virtud de titulo anterior no inscrito, ó de causas que no resulten claramente del mismo Registro;
Página 198 - á quien condenamos en las costas; y devuélvanse los autos á la Audiencia de Granada con la certificación correspondiente. Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Gaceta y se insertará en la Colección legislativa,
Página 310 - en los juicios en que se ejercitan acciones personales es Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado:
Página 147 - sentencia, que se publicará en la Gaceta y se insertará en la Colección legislativa, pasándose al electo las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—Juan González Acevedo. —José M. Cáceres.—Laureano de
Página 230 - á quien condenamos á la pérdida de la cantidad por que prestó caución, que pagará si viniere á mejor fortuna, distribuyéndose entonces con arreglo á la ley, y en las costas; y mandamos que se devuelvan los autos á la Audiencia de esta capital con la certificación correspondiente.
Página 541 - que no valgan las mandas que fueren hechas en la enfermedad de que uno muere á su confesor, sea clérigo ó religioso, ni á deudo de ellos, ni á su iglesia
Página 186 - á quien condenamos á la pérdida de la cantidad por que prestó caución, que pagará si viniere á mejor fortuna, distribuyéndose entonces con arreglo á la ley, y en las costas; y mandamos que se devuelvan los autos á la Audiencia de Oviedo con la certificación correspondiente.
Página 139 - á quien condenamos á la pérdida de la cantidad por que prestó caución que pagará si viniere á mejor fortuna, distribuyéndose entonces con arreglo á la ley, y en las costas; y mandamos que se devuelvan los autos á la Audiencia de Barcelona con la certificación correspondiente.
Página 703 - quienes condenamos en las costas; y líbrese á la Audiencia de Burgos la certificación correspondiente. Asi por esta nuestra sentencia, que se publicará en la Gaceta, y se insertará en la Colección legislativa,

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