Imágenes de páginas
PDF
EPUB

siona y produce el desapego al trabajo, la ociosidad y le vagancia. De no poderse citar, por regla general, los naturales de este país como modelo de laboriosidad y de afanoso ahinco al trabajo, no es la primera vez que nos lamentamos en nuestra historia. Causas se reconocen naturales para ello, que por desgracia no está en el poder de los hombres evitar. Pero á modificar éstas en lo posible, y á corregir las que de humano origen proceden debe consagrarse todo gobierno que comprenda que es el trabajo y la ocupacion la verdadera fuente de la moralidad y de la prosperidad de los pueblos. Y el soberano que tanto habia hecho por dar á la córte de España la material decencia y aseo, y el ornato público que tan bien sientan á un pueblo culto, y de que tanto necesitaba en su tiempo, no podia menos de acoger con gusto las medidas que sus ministros le propusieran para limpiar la córte y el reino de la plaga de ociosos, vagos y mendigos voluntarios que le infestaban y corrompian, promoviendo la educacion y la aplicacion al trabajo.

El caso era que el mismo nonarca, sin advertirlo, habia estado fomentado la holganza con las limosnas que en abundancia mandaba repartir en las jornadas y partidas de caza á las gentes de los pueblos comarcanos á los bosques y sitios reales. Atraidos del aliciente del socorro, siempre que el rey tenia cacería, y teníalas con frecuencia, descolgábanse de toda la

comarca enjambres de hombres, mugeres y niños, abandonando sus casas y labores, seguros de ganar mejor jornal y volver mas alimentados con andar al rededor de la regia comitiva que si invirtieran el dia en el cultivo de la tierra ó en la faena de su oficio; y la vuelta á sus hogares, de noche, y mezcladas numerosas cuadrillas de ambos sexos, no favorecia tampoco á la pureza de les costumbres. Tan pronto como Floridablanca le advirtió un dia, acompañándole en la jornada al Escorial, los inconvenientes de aquella manera de distribuir limosnas, el modo mejor de socorrer á los verdaderos pobres y necesitados de los pueblos, y la necesidad de corregir el hábito de la mendicidad, Cárlos III. que siempre acogia con gusto toda idea provechosa que le inspiráran los consejeros de su confianza; Cárlos III. que habia dado ya la ordenanza de vagos y dispuesto las levas para aplicar al servicio del ejército ó de la marina los ociosos y mal entretenidos, prohijó desde luego y sin vacilar el pensamiento de su primer ministro, y de aqui tuvo principio una série de disposiciones que vinieron á formar un sistema general de beneficencia y de impulso y fomento al trabajo, que es uno de los caractéres que distinguen y enaltecen mas este reinado.

Abrió la marcha en este sentido una real órden (18 de noviembre, 1777), mandando que en cada uno de los sitios reales se estableciese un asilo provisional, en que se recogiera y alimentára á costa del real

Erario á todos los que fueran aprehendidos pidiendo limosna, hasta trasladarlos al Hospicio de Madrid, donde se mantendria v educaria á los verdaderamente pobres é impedidos, entregando los demas á las justicias para que les aplicáran la ley de vagos. Se prevenia á los de los pueblos de dos ó tres leguas á la redonda de Madrid y sitios reales que impidiesen la salida de sus vecinos y moradores á pordiosear como acostumbraban, reservándose S. M. socorrer á los verdaderamente necesitados por medio de los párrocos de los mismos lugares y de otras personas de su confianza, y recomendaba al Consejo que con el mayor celo y actividad fomentára la creacion de hospicios para el recogimiento de los mendigos, y muy especialmente de niños y niñas, «no teniendo derecho los padres que abandonan á sus hijos (decia muy sábiamente la real órden), ó que no los educan y mantienen sino en el ocio y en los vicios, á impedir al soberano que tome sobre sí este cuidado paternal (1), »

Puesto en este ben camino, Carlos III. continuó por él con aquella asiduidad y perseverancia que acostumbraba en todo lo que emprendia, y que formaba uno de los rasgos más distintivos de su carácter. Propúsose que Madrid, como centro y capital del reino, fuera el modelo de las Jemas poblaciones en cuanto á los medios de desterrar la vagancia y la mendicidad,

(1) Sanchez, Coleccion de Pragmáticas, Cédulas, Provisiones, etc.

excitando al Consejo á que dictára prontas providencias para extinguirla, y ordenando desde luego y haciendo saber por carteles fijados en todos los parages públicos (1), que en el término de quince dias todos los mendigos forasteros se resti uyesen á los respectivos pueblos de su naturaleza ó vecindad, donde á su tiempo se proveeria respecto á ellos lo conveniente, y que todos los que trascurrido dicho plazo, fueran hallados pordioseando se recogieran en los hospicios de Madrid y de San Fernando, donde se daria sustento, educacion y trabajo á los niños de ambos sexos y á los verdaderamente impedidos, destinando los demas á los servicios de guerra y marina, remitiéndose listas nominales y semanales de todos los mendigos, con espresion del destino que á cada uno se diese. Con respecto á los pobres llamados vergonzantes, que por su condicion, achaques ó edad no pedian limosna, mandábase formar Diputaciones de parroquias, por cuyo medio y el de los alcaldes de barrio se le informára de su número y necesidades para aplicar las tunas providencias, excitando al propio tiempo á la Sociedad Económica de Amigos del País, al clero secular y regular, y á las personas acomodadas á que proporcionáran ocupacion honesta á las familias de los pobres vergonzantes.

opor

Dió el Consejo de Castilla testimonio de su celo

(1) Real órden de 14 de febrero de 1788.

por el cumplimiento de los benéficos y humanitarios fines del soberano, como se vió por los autos acordados de 13 y 30 de marzo (1778). Por el primero se ponia en ejecucion lo ordenado respecto al recogimiento de mendigos, haciendo cooperar á tan laudable obra á los alcaldes de casa y córte, á los de cuartel, al corregidor y sus tenientes, al colegio de escribanos reales y demas funcionarios y auxiliares de la justicia. Por el segundo se creaban Diputaciones de caridad en cada uno de los sesenta y cuatro barrios, comprendidos en los ocho cuarteles en que antes habia distribuido la capital el conde de Aranda. Componian cada diputacion el alcalde del barrio, un eclesiástico nombrado por el párroco, y tres vecinos acomodados y conocidos por su honradez y sus sentimientos de caridad. De este cargo no habia de poder escusarse nadie, y los servicios que en él se prestáran se considerarian como mérito especial para las pretensiones. La junta habia de celebrar sesion por lo menos todos los domingos en locales que se designaban, averiguar la certeza de las necesidades, distribuir convenientemente el fondo de socorros, que se habia de guardar en un arca con tres llaves, proporcionar amos ó maestros á los jóvenes desvalidos, socorrer á los jornaleros desocupados, enfermos ó convalecientes, informar de las cofradías ó fundaciones piadosas cuyos fondos pudieran aplicarse á este objeto, etc. De este auto se remitieron ejemplares á todos

« AnteriorContinuar »